¿Tienes casa con tu pareja y no tenéis hijos? Entonces quizá estés convencido de que, si uno falta, el otro se queda con todo. Suena lógico, casi de sentido común. Pero la realidad legal en España es bastante diferente, y muchos matrimonios descubren tarde que la ley no siempre va de la mano con lo que imaginaban.
La notaria alicantina María Cristina Clemente Buendía lo ha explicado en un vídeo en sus redes sociales: el viudo no siempre lo hereda todo, y en la ecuación entran también los suegros.
Herencia sin Testamento: ¿Quiénes Heredan?
Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, el reparto de su patrimonio no queda al arbitrio de los familiares ni se basa en suposiciones sobre la voluntad del difunto. En estos casos, es el propio ordenamiento jurídico español quien determina de forma estricta quién hereda y cómo se reparten los bienes.
El primer escenario es el más desconocido y, al mismo tiempo, el más habitual: que uno de los cónyuges fallezca sin haber otorgado testamento. En ese caso, si no hay hijos, los herederos son los padres del fallecido. El cónyuge viudo no se queda con todo, sino que únicamente tiene derecho a la legítima en usufructo: es decir, la mitad de la herencia, pero solo para disfrutarla, no en plena propiedad.
Traducido a la vida real: si compartes casa con tu pareja y no hay testamento, el inmueble pasará a ser copropiedad de tus suegros y tú solo podrás usar la mitad. Sí, suena a enredo y lo es.
Orden de Sucesión sin Testamento
La ley establece un sistema jerárquico que prioriza el parentesco más cercano con el fallecido. Son los primeros llamados a la herencia conforme a los artículos 930 y siguientes del CC.
- Descendientes: Hijos y nietos heredan por partes iguales.
- Ascendientes: Padres heredan a partes iguales; si solo uno vive, hereda el 100%.
- Cónyuge: Tiene derecho al usufructo de un tercio de la herencia si hay descendientes, la mitad si hay ascendientes, y la totalidad si no hay ninguno de los anteriores.
- Hermanos: Heredan por partes iguales si son de doble vínculo; los medio hermanos heredan la mitad que los de doble vínculo.
- Sobrinos: Heredan por estirpes si no hay hermanos.
- Parientes colaterales hasta el cuarto grado: Tíos, primos, etc., heredan por partes iguales.
- Estado: Si no hay parientes, el Estado hereda los bienes.
Herencia con Testamento: Mayor Protección para el Cónyuge
El segundo escenario es mucho más favorable. Si existe testamento, la ley reconoce que los padres del fallecido tienen derecho únicamente a la legítima estricta, equivalente a un tercio de la herencia. Todo lo demás puede adjudicarse al cónyuge superviviente en plena propiedad.
En la práctica, esto significa que con un testamento bien hecho se puede proteger al viudo y asegurar, por ejemplo, que la vivienda familiar quede a su nombre. Una diferencia abismal frente al primer caso.
División de la Herencia con Testamento
Según el Código Civil, la herencia se divide en tres partes:
- La legítima: Se reparte en la misma proporción entre todos los herederos forzosos.
- El tercio de mejora: El testador puede otorgar a un descendiente en particular.
- El tercio de libre disposición: El testador puede dejar a quien quiera sin justificación.
La Importancia de Anticiparse: Otorgar Testamento
📜 ¿Cómo HACER un TESTAMENTO en VIDA? 📜 | [ESPAÑA] 📙
La conclusión que lanza la notaria es clara: otorgar testamento es la clave para evitar sorpresas. No basta con asumir que “todo irá para el cónyuge” porque la ley, en territorio de Derecho Común, no funciona así.
El testamento permite organizar la herencia de forma justa, práctica y, sobre todo, acorde a la realidad de cada pareja. Además, el notario no solo redacta el documento: también asesora sobre las fórmulas más adecuadas para blindar la vivienda o cualquier otro bien común.
Lo que Muchas Parejas Desconocen
El punto clave de la explicación es que la ley no siempre coincide con lo que la mayoría da por hecho. Muchas parejas sin hijos creen que, en caso de fallecimiento, el viudo se queda automáticamente con todo. Pero en Derecho Común no funciona así: los padres del fallecido tienen parte en la herencia, salvo que exista testamento que disponga lo contrario.
Ese matiz legal, sencillo de entender y al mismo tiempo poco conocido, es lo que hace que este tipo de aclaraciones resulten tan útiles para quienes comparten vivienda o hipoteca y quieren proteger a su pareja.
El Consejo que Puede Ahorrarte un Disgusto
Hacer testamento no es caro, no exige trámites complicados y puede evitar conflictos familiares de gran calibre. Sin embargo, la cosa se complica cuando no hay testamento, ¿quién hereda en un matrimonio sin hijos si no se ha otorgado testamento? en primer lugar deberían heredar los descendientes, pero en este caso al no existir hijos ni nietos, serían los ascendientes quienes heredarían, es decir, los padres del fallecido.
INJUSTA LA LEY CON ESE(A) CONYUGE, QUE CONSTRUYÓ Y EDIFICO UN LINDO HOGAR, desafortunadamente sin hijos, y que al morir su AMADO(A) ESPOSO(A), le toca entregarle el 50% de esos bienes que construyeron juntos, a herederos que ni siquiera se interesaron en ellos. No hay derecho.
¿Qué Ocurre si no hay Descendientes ni Ascendientes?
En la herencia en matrimonio sin hijos, si el fallecido no deja descendientes (hijos) ni ascendientes (padres o abuelos), el orden sucesorio se desplaza hacia los familiares colaterales, es decir, los hermanos y sobrinos del fallecido. De esta forma, el Código Civil establece que:
- Si hay hermanos del fallecido: el patrimonio se reparte entre ellos y el cónyuge. El cónyuge recibiría la mitad de la herencia en usufructo y los hermanos heredarían la propiedad plena.
- Si no hay hermanos, pero hay sobrinos: los sobrinos pueden heredar en lugar de sus padres.
- En caso de no haber hermanos ni sobrinos, es el cónyuge el que puede heredar el total de la herencia.
