La salud mental es un aspecto fundamental del bienestar general, y contar con recursos y apoyo adecuados es crucial para quienes enfrentan problemas en esta área. En Paterna, existen diversas opciones de servicios y programas diseñados para atender las necesidades de personas con problemas de salud mental y sus familias.
En este artículo, exploraremos los recursos disponibles en Paterna, desde servicios públicos hasta asociaciones y programas específicos.
Servicios Públicos de Salud Mental
El primer nivel de atención está compuesto por centros y personal de atención primaria de la salud. Distribuidos en centros y unidades móviles, entre otros, se encargan de detectar, captar y motivar a las personas drogodependientes. El segundo nivel de instituciones públicas se compone de centros ambulatorios donde se interviene a las personas adictas, buscando, por ejemplo, la abstinencia.
Las estrategias para cada paciente suelen ser personalizadas en función de sus características biológicas, psicológicas y sociales. Aunque se denominen de segundo nivel, el acceso a estos centros puede darse de forma directa sin la necesidad de ser derivado desde el primer nivel.
Las Unidades de Salud Mental ofrecen un abordaje psicoterapéutico integral, teniendo como eje al paciente y cuidador principal, utilizando terapia psicofarmacológica y técnicas psicoterapéuticas, individuales y grupales, basadas en la evidencia científica.
Unidades de Hospitalización y Hospital de Día
La Unidades de Hospital a Domicilio (UHD) presta una atención hospitalaria en el domicilio del paciente, para aquellos procesos donde se considere el propio domicilio como el mejor lugar terapéutico. Es un dispositivo asistencial para el tratamiento intensivo en régimen de ingreso y atención continuada (24 horas). Para aquellos casos que, por la gravedad de la sintomatología aguda no pueden continuar recibiendo la atención en su entorno comunitario.
La estancia media será la adecuada para la estabilización de la fase aguda o crisis presentada y se adaptara a las necesidades de cada paciente. El hospital de Día es un recurso sanitario, terapéutico y rehabilitador, de carácter temporal, con indicación específica para pacientes con trastorno mental grave. En régimen de hospitalización parcial, sin pernoctación. El periodo terapéutico será variable según el proceso.
La Unidad está integrada en el Hospital Psiquiátrico de Bétera que tiene como finalidad prestar asistencia tanto preventiva como curativa a los procesos psiquiátricos de la población de la provincia de Valencia. Esta Unidad cubre sus plazas fundamentalmente con las personas tuteladas por la Diputación de Valencia.
Centros de Rehabilitación e Integración Social (CRIS)
Los centros de rehabilitación e integración social (CRIS) son servicios específicos y especializados, en régimen ambulatorio, dirigidos a personas con enfermedad mental crónica, con un deterioro significativo de sus capacidades funcionales, donde se llevarán a cabo programas de trabajo adecuados a las características, necesidades y situación concreta de los usuarios y usuarias. Centro residencial comunitario, abierto y flexible, destinado a personas con enfermedades mentales crónicas que no requieren hospitalización.
Recursos de apoyo a la intervención: Estancias terapéuticas donde viven en régimen semi abierto quienes se encuentran recibiendo un tratamiento. Ubicados en áreas urbanas, estos espacios cuentan con profesionales que realizan un seguimiento de las personas en tratamiento. Su objetivo puede ser apoyar el tratamiento ambulatorio ante la carencia de apoyo familiar de las personas adictas o respaldar la inserción socio laboral de quienes ya han pasado por un proceso de desintoxicación y deben regresar a la vida social.
Servicio de Atención y Seguimiento a Personas con Problemas Graves de Salud Mental (SASEM)
Financiado por la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, el Ayuntamiento de Paterna presta el SERVICIO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A LAS PERSONAS CON UN PROBLEMA GRAVE DE SALUD MENTAL (SASEM), es un recurso de atención primaria específico, que se articula como un servicio de atención domiciliaria y comunitario. Consiste en una unidad de apoyo a la intervención con personas con problemas graves de salud mental.
Está Dirigido a personas que presentan problemas graves de salud mental, con necesidad de apoyo, y con edades comprendidas entre 18 y 65 años, en el término municipal de Paterna, con diferentes grados de afectación en su esfera personal, familiar, social y laboral.
Documentación Necesaria para Acceder al SASEM
Para acceder a este servicio, se requiere la siguiente documentación:
- Solicitud debidamente cumplimentada en el modelo normalizado.
- DNI o NIE de la persona interesada y, en su caso, de su representante legal.
- Tarjeta sanitaria SIP.
- Informes médicos:
- Informe modelo Dependencia con valoración del índice de Barthel y el test de Pfeiffer.
- Informe clínico de MAP, USM.
- Tratamiento farmacológico vigente.
Dónde Presentar la Documentación
La documentación puede presentarse en:
- Sede Electrónica.
- Servicio de Información y Atención a la ciudadanía (SIAC).
- Cualquier otra de las sedes que se regulan en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a: ventanilla única, ORVE y SIR).
AFEMPES: Asociación en Defensa de la Salud Mental
AFEMPES dejó en el estudio de Paterna Ahora Radio un mensaje claro: la salud mental nos concierne a todos. Bajo el lema “Compartimos vulnerabilidad, defendemos nuestra salud mental”, el programa reunió a voces que conviven cada día con esta realidad.
El presidente de AFEMPES, Juan González, fue contundente: “Estamos aquí por la ineficiencia de las administraciones. Si hicieran su trabajo, seguramente no harían falta tantas asociaciones”. Recordó que la entidad atiende a unas 180 personas y que la demanda crece cada año.
AFEMPES trabaja actualmente en programas de inserción laboral, viviendas tuteladas y apoyo psicológico continuo. AFEMPES, con sedes en Paterna y actúa en San Antonio de Benagéber y l’Eliana, continúa ampliando sus proyectos y recordando que detrás de cada historia de dolor hay también una historia de resistencia.
Ley de Dependencia y Reconocimiento de la Situación de Dependencia
Este procedimiento tiene como objetivo el reconocimiento de la posible situación de dependencia de las personas, siendo esta de conformidad con el art. Esta misma profesional le revisará su solicitud comprobando que esté correctamente cumplimentada y que la documentación a adjuntar sea la debida; pudiendo solicitar cita previa en el siguiente número de teléfono 963053070
El registro de la documentación revisada por el/la profesional, podrá hacerse por el/la interesado/a, el/la representante legal o persona distinta a estas siempre y cuando se cumplimente el modelo "AUTORIZACIÓN PARA HACER GESTIONES EN NOMBRE DE OTRA PERSONA PARA DEPENDENCIA"
Una vez hecho el registro de entrada, en la Oficina del SIAC o desde la sede electrónica, presentando la totalidad de la documentación requerida, desde su Centro de Servicios Sociales contactarán con usted para elaborar un informe social de entorno relativo a las necesidades sociales y la propuesta técnica del grado de dependencia mediante la aplicación del baremo vigente de valoración en el momento de la solicitud.
Finalmente, la Dirección General con competencias en atención a personas en situación de dependencia será quien resuelva, notificando a la persona solicitante el grado y el llamado PIA: Programa Individual de Atención, que son las prestaciones y servicios que de acuerdo con sus preferencias se consideran adecuados a sus necesidades.
Requisitos de Acceso a la Ley de Dependencia
Para acceder a los beneficios de la Ley de Dependencia, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser español/a o extranjero/a, en cuyo caso la solicitud se regirá por la Ley Orgánica 4/2000.
- Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley 39/2006.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
La Dirección General de la Generalitat con competencias en atención a personas en situación de dependencia será quien resuelva, sobre el reconocimiento de la situación de dependencia y el grado de la misma; emitiendo posteriormente la resolución aprobando el Programa Individual de Atención (PIA) que son las prestaciones y servicios que de acuerdo con las preferencias se consideran adecuadas a las necesidades del/la dependiente.
Plazos de Resolución
- Resolución de reconocimiento de dependencia y grado: Plazo máximo de resolución y notificación 3 meses desde la fecha de registro de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
- La resolución del PIA deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de 3 meses desde la fecha de la resolución de grado.
Transcurrido el plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá, en todo caso y de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2016, de 28 de octubre, de Regulación de los Procedimientos de Emergencia Ciudadana en la Administración de la Comunitat Valenciana, estimada por silencio administrativo, sin perjuicio de la obligación de la administración de resolver expresamente.
Recursos
Si cabe recurso de alzada tanto contra la resolución de reconocimiento de la situación y grado de dependencia, como contra la resolución de aprobación del PIA.
- El plazo para interponer el recurso es de un mes desde la fecha de notificación de la resolución.
- Se interpone ante el órgano que haya dictado la citada resolución o ante la Secretaria Autonómica con competencias en materia de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, siendo ésta el órgano competente para la resolución de dicho recurso.
- El plazo para resolver el recurso es de tres meses.
Obligaciones de los Beneficiarios
Son obligaciones de las beneficiarios/as:
- Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones otorgadas o la suscripción del convenio de colaboración.
- Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión o disfrute de la subvención o suscripción del convenio de colaboración.
- Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente así como cualquier otra comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de sus funciones.
- Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, todo ello con anterioridad a la justificación de la subvención concedida o convenio suscrito.
- Acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. ( en el caso de que no autoricen expresamente al Ayuntamiento a la comprobación de estos extremos)
- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso.
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos.
- Proceder al reintegro de los fondos recibidos en los supuestos a que se refiere la base décima.
- Dar publicidad al respecto de la colaboración del Ayuntamiento de Paterna en la financiación; a tales efectos, se deberá insertar en el material impreso o audiovisual que los/as beneficiarios/as elaboren la leyenda "colabora el Ayuntamiento de Paterna", así como los logotipos tanto del Ayuntamiento como de la Concejalía de la Inclusión social y Políticas de Igualdad. Si se realizasen actividades en medios de comunicación hablados, se deberá realizar la correspondiente mención.
Documentación Adicional Requerida
- Informe de salud: Las personas que en el reconocimiento, declaración y calificación de grado de discapacidad tengan reconocido el complemento de la necesidad del concurso de otra persona con una puntuación igual o superior a 45 puntos estarán exentas de aportar el informe de salud.
- DNI/NIE de la persona solicitante.
- Libro familia: Las menores de edad además libro de familia.
- Certificado/s de empadronamiento histórico/s : Que acredite/n la residencia en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Certificado de empadronamiento: en caso de certificado de empadronamiento, este último si es en el término municipal de Paterna lo verificará el Ayuntamiento a través de la consulta y acceso a los datos obrantes en los ficheros de la Administración Pública.
- Certificado negativo del registro de delincuentes sexuales: Si la asistencia se presta por persona física a una persona dependiente menor de 18 años, certificado negativo del registro de delincuentes sexuales (art.
- DNI/NIE de la persona representante legal: DNI/NIE de la persona representante legal, sólo en el caso de que la persona interesada no preste su consentimiento para que el órgano instructor consulte sus datos de identidad personal en el sistema de verificación de datos de identidad (SVDI).
Normativa Aplicable:
- Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ordenanzas Municipales.
- Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.
