Pruebas del Tercer Trimestre en Educación Primaria en España

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en Educación Primaria es un componente esencial del sistema educativo español. Esta evaluación es continua, global, competencial, formativa, integradora, diferenciada y objetiva, adaptándose a las distintas áreas del currículo. Su objetivo principal es mejorar tanto los procesos de enseñanza como los de aprendizaje.

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, ha introducido cambios importantes en la etapa de Educación Primaria. Además, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, junto con las orientaciones de la Unión Europea, enfatizan la adquisición de competencias clave por parte de los ciudadanos, considerándola indispensable para su desarrollo personal, social y profesional.

El aprendizaje basado en competencias abarca no solo el "saber", sino también el "saber hacer" y el "saber ser y estar". Se busca formar ciudadanos competentes a través de una educación que considere las competencias clave necesarias para una sociedad plural, dinámica, emprendedora, democrática y solidaria. En este contexto, la lectura se posiciona como un factor didáctico y pedagógico fundamental para el desarrollo y la adquisición de aprendizajes.

El currículo de Educación Primaria en Andalucía organiza y relaciona los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje. Este currículo especifica las competencias específicas, los criterios de evaluación y los saberes básicos que se aplicarán en diversas situaciones para promover la adquisición de competencias clave.

Para conseguir esta finalidad se procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado desde una perspectiva global, adaptándose a sus ritmos de trabajo que se organizarán de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad, poniéndose especial énfasis en la atención personalizada, sus necesidades de aprendizaje, la participación y la convivencia, aplicándose medidas de atención a la diversidad, así como alternativas metodológicas y otras medidas tan pronto como se detecten sus necesidades.

Asimismo, se atenderá a la compensación de los efectos que las desigualdades de origen cultural, social y económico tienen en el aprendizaje, potenciándose la adquisición de las competencias y de los conocimientos, promoviendo su autonomía y su reflexión.

Estructura y Contenido de la Orden

Esta Orden se acompaña de seis Anexos:

  • Anexo I: Establece el horario lectivo para la etapa de Educación Primaria.
  • Anexo II: Recoge los desarrollos curriculares de las distintas áreas que conforman esta etapa. Estos desarrollos presentan una estructura común: una introducción en la que se hace una descripción de las mismas, las competencias específicas que se pretenden desarrollar, los criterios de evaluación y los saberes básicos.
  • Anexo III: Determina la vinculación entre los Objetivos de la etapa y los descriptores operativos del Perfil competencial al término de la misma.
  • Anexo IV: Incorpora orientaciones para el diseño de las situaciones de aprendizaje.
  • Anexo V: Detalla un modelo de programa de atención a la diversidad y a las diferencias individuales.

El diseño curricular de Andalucía incorpora a los diseños del currículo mínimo, elementos necesarios como son los perfiles competenciales al término de cada uno de los ciclos de Educación Primaria; define las competencias clave y los conocimientos que el alumnado debe haber adquirido y desarrollado al completar cada ciclo, introduciendo orientaciones a través de los descriptores operativos que concretan el nivel de desempeño esperado al término de los mismos.

La adquisición de las competencias clave tiene un carácter necesariamente secuencial y progresivo, atendiendo a la singularidad de cada persona.

Principios de Buena Regulación

La presente orden se ha elaborado atendiendo a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que persigue un interés general al proporcionar a la ciudadanía un marco normativo de las enseñanzas básicas adecuado al nuevo ordenamiento educativo vigente y dotar así de seguridad jurídica en este ámbito a los centros docentes que imparten las mismas.

Asimismo, esta Orden cumple estrictamente el mandato establecido en dicha Ley, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos o que imponga menos obligaciones a las personas destinatarias, resultando coherente con el ordenamiento jurídico y permitiendo una gestión más eficiente de los recursos públicos, por lo que quedan justificados los objetivos que persigue la citada Ley.

Además, en el procedimiento de elaboración de esta Orden se ha permitido y facilitado la participación y las aportaciones de las personas potenciales destinatarias a través de los procedimientos de audiencia e información pública regulados en el artículo 133 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Organización y Funcionamiento de los Centros Docentes

Los centros docentes organizarán, en el marco de su autonomía, recreos inclusivos y activos con el objetivo de potenciar las interacciones que se establecen entre el alumnado.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 101/2023, de 9 de mayo, el alumnado podrá cursar enseñanzas de Religión en cada uno de los cursos de la etapa a elección de los padres, madres o personas que ejerzan su tutela legal. Asimismo, aquel alumnado que no haya optado por cursar dichas enseñanzas recibirá la debida atención educativa.

Los centros docentes, en el horario lectivo de asignación autonómica en el tercer ciclo, podrán configurar en su oferta educativa el desarrollo de Proyectos interdisciplinares. El equipo de ciclo presentará los Proyectos interdisciplinares al Claustro para su aprobación por mayoría cualificada de dos tercios.

La programación ha de partir de los elementos curriculares del área de Lengua Castellana y Literatura, integrando las competencias específicas, así como los criterios de evaluación del mismo curso o de cursos anteriores en función de los resultados de la evaluación inicial del alumnado que conforma el grupo. El Área Lingüística de carácter transversal será evaluable y calificable como las restantes áreas.

El horario lectivo de cada uno de los cursos de Educación Primaria se organizará en sesiones de 60 minutos. Los centros docentes configurarán su horario lectivo semanal para las diferentes áreas de Educación Primaria en función de las necesidades de aprendizaje de su alumnado.

Evaluación del Aprendizaje

La evaluación será integradora por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo. El carácter formativo de la evaluación propiciará la mejora constante del proceso de enseñanza y aprendizaje

El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos de manera objetiva.

Para la evaluación del alumnado se utilizarán diferentes instrumentos tales como cuestionarios, formularios, presentaciones, exposiciones orales, edición de documentos, pruebas, escalas de observación, rúbricas o portfolios, entre otros, coherentes con los criterios de evaluación y con las características específicas del alumnado, garantizando así que la evaluación responde al principio de atención a la diversidad y a las diferencias individuales.

La evaluación inicial del alumnado ha de ser competencial y ha de tener como referente las competencias específicas de las áreas que servirán de punto de partida para la toma de decisiones. Para ello, se tendrá en cuenta principalmente la observación diaria, así como otras herramientas.

Durante los primeros días del curso, con el fin de conocer la evolución educativa del alumnado y, en su caso, las medidas educativas adoptadas, la persona que ejerza la tutoría y el equipo docente de cada grupo analizarán los informes del curso anterior, a fin de conocer aspectos relevantes de los procesos educativos previos.

Sesiones de Evaluación

Son sesiones de evaluación continua las reuniones del equipo docente de cada grupo coordinadas por la persona que ejerza la tutoría y, en ausencia de esta, por la persona que designe la dirección del centro, con la finalidad de intercambiar información sobre el progreso educativo del alumnado y adoptar decisiones de manera consensuada y colegiada, orientadas a la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de la propia práctica docente.

En las sesiones de evaluación continua se acordará la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá al alumnado y a las familias, de acuerdo con lo recogido en el Proyecto educativo del centro y en la normativa que resulte de aplicación.

Asimismo, para orientar a las familias se entregará a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado un boletín de calificaciones que tendrá carácter informativo y contendrá tanto calificaciones cualitativas como cuantitativas, expresadas en los términos Insuficiente (IN): 1, 2, 3 o 4. Suficiente (SU): 5. Bien (BI): 6. Notable (NT): 7 u 8.

Son sesiones de evaluación ordinaria las reuniones del equipo docente de cada grupo coordinadas por la persona que ejerza la tutoría y, en ausencia de esta, por la persona que designe la dirección del centro, donde se decidirá sobre la evaluación final del alumnado. En esta sesión se adoptarán decisiones de manera consensuada y colegiada, orientadas a la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de la propia práctica docente. En caso de que no exista consenso, las decisiones se tomarán por mayoría cualificada de dos tercios de los integrantes del equipo docente. Para el desarrollo de estas sesiones, el equipo docente podrá recabar el asesoramiento del equipo de orientación educativa del centro.

En las sesiones de evaluación ordinaria, el profesor o profesora responsable de cada área decidirá la calificación de la misma. Esta calificación ha de ser establecida tomando como referencia la superación de las competencias específicas del área.

En la sesión de evaluación ordinaria, se acordará la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá al alumnado y a las familias, de acuerdo con lo recogido en el Proyecto educativo del centro y en la normativa que resulte de aplicación.

Al finalizar la etapa, a juicio del equipo docente, cuando un alumno o alumna demuestre que ha alcanzado un desarrollo académico excelente, se le otorgará Mención Honorífica por área. Esta circunstancia deberá quedar reflejada en el Informe final de etapa, así como en el Expediente y en el Historial académico del alumnado.

Evaluación de Diagnóstico

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 101/2023, de 9 de mayo, en el cuarto curso de Educación Primaria todos los centros realizarán una Evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por el alumnado. El Claustro de profesorado realizará un análisis tanto del proceso llevado a cabo como del nivel competencial del alumnado.

Atención a la Diversidad en la Evaluación

En función de lo establecido en el artículo 18 del Decreto 101/2023, de 9 de mayo, se establecerán las medidas más adecuadas, tanto de acceso como de adaptación de las condiciones de realización de las evaluaciones, para que las mismas se apliquen al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo conforme a lo recogido en su correspondiente Informe de evaluación psicopedagógica. Entre estas medidas se destaca la adaptación del formato de las pruebas de evaluación y la ampliación del tiempo para la ejecución de las mismas o la utilización de diferentes procedimientos de evaluación que tengan en cuenta la variedad de formas de registrar las competencias adquiridas.

La decisión sobre la evaluación y la promoción del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo será competencia del equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa y teniendo en cuenta la tutoría compartida, en su caso, a la que se refiere la normativa reguladora de la organización y el funcionamiento de los centros docentes.

La evaluación del alumnado con adaptaciones curriculares significativas en algún área se realizará tomando como referente los elementos curriculares establecidos en dichas adaptaciones definidas en el artículo 36.

El alumnado escolarizado en el curso inmediatamente inferior al que le correspondería por edad, al que se refiere el artículo 17.3 del Decreto 101/2023, de 9 de mayo, se podrá incorporar al grupo correspondiente a su edad, cuando a juicio de la persona que ejerza la tutoría, con el acuerdo del equipo docente y asesorado por el equipo de orientación educativa, haya superado el desfase curricular que presentaba.

Promoción del Alumnado

Según lo establecido en el artículo 12 del Decreto 101/2023, de 9 de mayo, al finalizar cada uno de los ciclos de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de manera colegiada, adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado, tomando especialmente en consideración la información y el criterio de la persona que ejerza la tutoría y con el asesoramiento del equipo de orientación educativa. En caso de que no exista consenso, las decisiones se tomarán por mayoría cualificada de dos tercios de los integrantes del equipo docente. Para la toma de decisiones se tendrán en cuenta los criterios de promoción que deberán ir referidos al grado de desarrollo de los descriptores operativos del perfil competencial de cada ciclo establecidos en el Proyecto educativo del centro.

Quienes promocionen sin haber superado todas las áreas seguirán un programa de refuerzo.

Recursos y Materiales Didácticos

Existe una colección de situaciones de aprendizaje y otros materiales didácticos de naturaleza competencial creados por docentes en activo, para Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Todos los materiales se han elaborado con la herramienta eXeLearning, un editor de recursos educativos interactivos, gratuito y de código abierto, lo que hace posible que cualquier usuario los pueda descargar y utilizar -con o sin conexión-, así como editar para adaptarlos a sus necesidades.

Los instrumentos de evaluación son herramientas y técnicas que permiten evaluar tanto el proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos y alumnas y el desempeño de las tareas asignadas. La evaluación Trimestral nos permite evaluar hasta qué punto los alumnos y alumnas han conseguido superar las competencias fijadas para el trimestre. Para Terminar en su mayoría se encuentran en PDF para poder descargarlos de forma más sencilla.

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