Plazo para Solicitar la Baja por Maternidad en España

La baja por maternidad, oficialmente conocida como prestación por nacimiento y cuidado del menor, es un derecho reconocido por la Seguridad Social en España que permite a las madres -y padres- ausentarse del trabajo tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo. Para explicarte cómo es esta baja por maternidad en 2025 hemos preparado este artículo. Además, también trataremos los aspectos más importantes relacionados con la baja de paternidad 2025.

La baja por maternidad está regulada en el Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Duración de la Baja por Maternidad y Paternidad

La primera pregunta que se suelen plantear los nuevos padres es cuánto dura una baja por maternidad. En la actualidad, la baja por maternidad y paternidad cuenta con una duración de 16 semanas. Desde el 2021, la duración de una baja por maternidad, igual que la baja por paternidades, es de 16 semanas desde el nacimiento.

Durante el 2025, se espera que el número de semanas se amplíe a 20 semanas, con el objetivo de mejorar la conciliación familiar. La ampliación de la baja de maternidad y paternidad que está prevista para el 2025 todavía no ha entrado en vigor.

Cabe recordar que España equiparó en enero de 2021, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores hasta las 16 semanas de prestación, convirtiendo a nuestro país en uno de los más avanzados de nuestro entorno en cuanto a la equiparación de este permiso como ocurre en países como Suecia, Islandia o Dinamarca.

Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda. 11 semanas (22 en el caso de una familia monoparental): podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses. Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.

En nuestro país, la baja por maternidad dura 16 semanas.

El permiso de maternidad podrá aumentarse 2 semanas adicionales en el supuesto de parto múltiple.

Todo ello supone un total de 19 semanas para cada progenitor.

Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.

Las 2 semanas de permiso parental retribuidas para el cuidado de hijos e hijas menores de 8 años se aplican de forma retroactiva desde el 2 de agosto de 2024. Al no hacerlo la Comisión Europea anunció una sanción de más de 40.000 € diarios a partir del 1 de agosto de 2025. Eso sí, no tiene carácter retroactivo.

La trabajadora podrá distribuirlas como desee: todas de golpe, o disfrutarlas parcialmente hasta que el niño cumpla un año. En el caso de ser madre biológica podrá solicitar el descanso por maternidad durante las 4 semanas anteriores a la fecha prevista del embarazo.

Cómo SOLICITAR la PRESTACIÓN por MATERNIDAD o PATERNIDAD | Cómo Solicitar Prestación por Nacimiento

Plazos para la Solicitud de la Baja por Maternidad

La solicitud de la baja por maternidad puede realizarse una vez se produce el nacimiento, aunque hay un plazo máximo para hacerlo. Tienes un plazo de 15 días hábiles desde el nacimiento del hijo para presentar la solicitud de la baja por maternidad. El plazo para presentar la solicitud de baja por maternidad es de 15 días hábiles desde el día del nacimiento del hijo. El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción.

Según la normativa vigente, la prestación puede solicitarse hasta 5 años después del nacimiento del menor, siempre y cuando no se haya disfrutado previamente del permiso ni se haya extinguido por otros motivos. No obstante, si se desea comenzar a cobrarla desde el primer día, es recomendable solicitarla tan pronto como sea posible, idealmente tras la inscripción del menor en el Registro Civil.

En resumen, la baja por maternidad se puede pedir hasta cinco años después del nacimiento del hijo, pero para evitar complicaciones y empezar a disfrutar del permiso desde el primer día, lo ideal es solicitarla cuanto antes, preferiblemente tras registrar al bebé.

Para finalizar los aspectos importantes a tener en cuenta para la solicitud de la baja por maternidad o baja por paternidad, esta se deberá tramitar en un plazo de 15 días desde el nacimiento, la acogida o la adopción.

Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja.

Anticipar la Baja por Maternidad

Sí. Las trabajadoras embarazadas pueden anticipar la baja hasta 4 semanas antes de la fecha prevista del parto, siempre que lo autorice un médico del sistema público de salud. Si atendemos a lo que dice la Seguridad Social, se podrá solicitar la baja por maternidad hasta 4 semanas antes de la fecha estimada de parto.

En casos de embarazo de riesgo o parto prematuro, el periodo puede ampliarse. La baja por maternidad antes del parto, o baja preparto, es una prestación a la que pueden optar las madres que tienen algún riesgo durante su embarazo, situación en la que puede venirte bien un seguro médico para embarazadas. La ventaja es que esta baja no influye en las 16 semanas de baja (o 20 próximamente) que puede disfrutar la mujer -y también el hombre- tras el parto.

Podrá solicitarla cuando el trabajo que desempeñe suponga un riesgo para la salud del bebé. A partir de la semana 18 de embarazo se puede solicitar una baja cuando el trabajo requiere agacharse más de diez veces por hora o requiera cargar más de 10 kilos de peso.

Cómo Tramitar la Baja por Maternidad

Para tramitar en la Seguridad Social la baja por maternidad tendrás que hacer uso de las vías habilitadas al respecto. Sí, es posible tramitar la baja de maternidad online. Para ello, es necesario dirigirse al portal Tu Seguridad Social e iniciar el proceso.

En el caso de realizar el trámite de forma online, se va a poder seguir el procedimiento para observar cómo cambia su estado -de estar “pendiente de trámite” a “en trámite” o “aprobado”-.

El trámite se puede hacer presencialmente en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o bien a través de su sede electrónica.

También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente. Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.

Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.

El proceso es muy sencillo. Se puede tramitar telemáticamente mediante el certificado digital.

El plazo para presentar la solicitud de prestaciones es de 15 días hábiles a partir de finalizar el período de maternidad o de paternidad, a través de: La Sede Electrónica del SEPE o por correo ordinario. Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo. O muucho mejor: ¡Hacerlo con nosotros!

Documentación Necesaria

  • Certificado de empresa donde se incluya la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
  • Si trabajas por cuenta ajena, el certificado de empresa en el que conste el día que inicias la baja por nacimiento.

Aspectos Económicos de la Baja por Maternidad

Aunque se suele pensar que la baja por maternidad y paternidad la paga la empresa, en realidad, la cubre la Seguridad Social en su totalidad. Esto también se aplica a aquellas madres y padres que estén dados de alta como autónomos.

La Seguridad Social es quien se encarga de costear el 100% de la baja por maternidad.

Desde la Seguridad Social exponen que, en caso de parto, se tendrá derecho al subsidio desde el mismo día de la fecha del nacimiento del bebé. Sin embargo, entre que se solicita la prestación y esta se cobra puede pasar un tiempo.

La baja por maternidad 2025 se cobra el último día hábil del mes, pero si cae en festivo se pasa al día hábil siguiente.

Normalmente la resolución de baja por maternidad tarda 15 días en ser aprobada desde la fecha de solicitud.

El Estado ofrece una retribución económica para compensar el tiempo que los progenitores estarán recuperándose del embarazo y cuidando al recién nacido. Se cobra el mismo salario que tanto el padre como la madre percibieron el mes anterior a la fecha de baja por maternidad.

En principio la legislación dice que se tiene derecho al subsidio por maternidad en el mismo momento del nacimiento del bebé. Sin embargo, en la práctica no ocurre.

Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social. Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores.

Durante la baja por maternidad las trabajadoras están exentas del pago de la cuota de autónomo.

Para saber si la baja por maternidad en 2025 cuenta como segundo pagador, debemos acudir a la Ley 35/2006.

Tabla resumen de la duración de la baja por maternidad:

Situación Duración
General 16 semanas
Previsión 2025 20 semanas
Parto múltiple +2 semanas

Otros Aspectos Relevantes

  • Vacaciones: Las mujeres trabajadoras que estén disfrutando una baja de maternidad 2025 mantienen su derecho a vacaciones, que es de 30 días naturales por año trabajado.
  • Requisitos: Para poder solicitar la baja por maternidad o baja por paternidad, se debe estar afiliado a la Seguridad Social y contar con un periodo de cotización mínimo.
    • Menores de 21 años.
    • Entre 21 y 26 años.
    • Mayores de 26 años.
    • ¿Y qué ocurre si nunca has cotizado?
  • Desempleo: Aquellas personas desempleadas podrán aumentar hasta un 100% la base que se ha calculado para cobrar el paro.
  • Riesgo laboral: Podrá solicitarla cuando el trabajo que desempeñe suponga un riesgo para la salud del bebé. Se considera una baja por enfermedad común.
  • Cuidado de menores: Este permiso se puede prolongar hasta los 9 meses el bebé. Aquellas personas que tengan a su cargo un menor de 12 años pueden disfrutar de una reducción de jornada. Como mínimo, deberá ser una octava parte y, como máximo, la mitad de su jornada diaria.
  • Interrupción del permiso: La legislación permite interrumpir el permiso de paternidad en circunstancias excepcionales o incluso por decisión voluntaria.
  • Pago de la paternidad: La paternidad se suele cobrar el último día hábil de cada mes.
  • Conciliación: Los convenios colectivos tenían como objetivo mejorar las condiciones de los permisos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. ¡Así es!

Otro de los trámites a realizar con la Seguridad Social al tener un bebé es darle de alta como beneficiario de alguno de sus progenitores (que tengan la condición de asegurados) para acceder a la asistencia sanitaria. Este trámite se suele realizar en paralelo a la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, especialmente si se hace presencialmente o por correo ordinario. En estos dos últimos casos deberá presentar la solicitud debidamente cumplimentada (puede descargarla en este enlace), fotocopia del documento de identidad del asegurado y el Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.

En resumen, solicitar la baja de maternidad es un derecho y un beneficio que todas las madres trabajadoras en España tienen. Esta baja te permitirá disponer del tiempo y la tranquilidad necesarias para cuidar de tu recién nacido sin tener que preocuparte por tu sustento económico. Haz tu renta 100% online, aplicamos más de 250 deducciones que Hacienda no contempla en el borrador. No pierdas dinero en tu renta consigue un ahorro medio de 382€. Sin errores.

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¡Importante!

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