El permiso de paternidad en España ha experimentado una evolución significativa a lo largo de los años, consolidándose como un derecho fundamental para los trabajadores. Este artículo analiza la legislación vigente en 2013, su impacto y las tendencias observadas en el número de permisos concedidos.
A partir de 2007, con la Ley de Igualdad aprobada, se estableció un permiso paterno independiente del permiso por maternidad. Según establece la propia exposición de motivos, la medida más innovadora en este sentido es «el permiso de paternidad de trece días de duración, ampliable en caso de parto múltiple en dos días más por cada hijo o hija a partir del segundo».
Actualmente, la normativa detalla que el permiso de paternidad tiene una duración de 13 días, que se empezarán a contar a partir de la finalización de la licencia por nacimiento de hijo, que, dependiendo del convenio colectivo de la empresa, pueden ser dos, tres ó cuatro días naturales a contar desde el alumbramiento, más dos días más por cada hijo adicional al primero en caso de parto múltiple.
Además, el permiso de paternidad puede disfrutarse bien durante los días que correspondan, normalmente 13, o bien, cuando la empresa y el trabajador así lo acuerdan expresamente, en jornada parcial, siempre y cuando la reducción de jornada sea igual o superior al 50 por ciento.
El Gobierno considera que con el permiso de paternidad "sin duda" ha habido un "importante crecimiento" de la demanda y concienciación social de la importancia del mismo.
Inversión y Estadísticas de la Seguridad Social en 2013
La Seguridad Social ha destinado más de 1.338 millones de euros a prestaciones económicas en los tres primeros trimestres de 2013: 1.189,3 a la maternidad y 149,2 millones de euros a prestaciones por paternidad. Estas cifras han caído un 8% y un 5,6% respectivamente respecto al mismo período de 2012.
En total fueron 219.248 prestaciones por maternidad hasta el mes de septiembre las que gestionó la Seguridad Social y 179.655 en el caso de las demandadas por los padres. Estas prestaciones son equivalentes a un subsidio que aporta la misma cantidad económica que el salario íntegro del trabajador. La diferencia entre los permisos cedidos por maternidad o paternidad supera los 200.000 casos, siendo las madres las que más prestaciones han recibido.
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Solicitudes por Comunidad Autónoma
Por lo que respecta a la cantidad de solicitudes según Comunidad Autónoma, Andalucía (38.709), Madrid (37.756), Catalunya (37.819) se sitúan al frente de la lista en permisos por maternidad. Baleares y Murcia, aunque sumaron menos prestaciones, han sido las únicas que han subido la cantidad de permisos concedidos, en términos relativos.
Catalunya encabeza la lista de Comunidades Autónomas que más permisos por paternidad ha concedido (33.157), seguida de Madrid (30.773) y Andalucía (28.037). En términos relativos han sido Aragón y Baleares quienes más cantidad de permisos han concedido.
Permisos por Cuidado de Hijos y Familiares
En relación a los permisos por cuidado de hijos, menor acogido o familiar, durante los nueve primeros meses del 2013 se han registrado 27.685 excedencias, 1.301 menos que en el mismo período del año anterior. Del total, 25.723 correspondían a solicitudes presentadas por mujeres y 1.962 por hombres.
Modificaciones Legislativas
Es importante tener en cuenta que la legislación sobre el permiso de paternidad ha sufrido varias modificaciones a lo largo del tiempo. A continuación, se enumeran algunas de las leyes y decretos que han introducido cambios significativos:
- Se modifica por la disposición final 11 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre.
- Se modifica por la disposición final 10 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre.
- Se modifica por la disposición final 22 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre.
- Se modifica por la disposición final 18 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre.
- Se modifica por la disposición final 11 de la Ley 2/2012, de 29 de junio.
- Se modifica por la disposición final.8 del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre.
- Se modifica por la disposición final 13 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre.
Artículos Relevantes de la Legislación
Artículo 1. «Artículo 48 bis. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d) de esta Ley, el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. En el supuesto de parto, la suspensión corresponde en exclusiva al otro progenitor.
Artículo 2. «Artículo 30. 1.
| Comunidad Autónoma | Permisos por Maternidad | Permisos por Paternidad |
|---|---|---|
| Andalucía | 38.709 | 28.037 |
| Madrid | 37.756 | 30.773 |
| Catalunya | 37.819 | 33.157 |
| Baleares | Menos prestaciones (aumento relativo) | Más permisos (aumento relativo) |
| Murcia | Menos prestaciones (aumento relativo) | N/A |
| Aragón | N/A | Más permisos (aumento relativo) |
