Permiso de Lactancia: Derechos del Padre y Requisitos en España

El permiso de lactancia es un derecho laboral fundamental en España, diseñado para apoyar la conciliación laboral y familiar de los empleados con hijos menores de 9 meses. Este permiso retribuido permite a los progenitores ausentarse del trabajo para el cuidado del bebé, y es aplicable tanto a madres como a padres.

¿Qué es el Permiso de Lactancia?

Es un derecho de todo empleado con hijos menores de 9 meses, que consiste en ausentarse del puesto de trabajo durante una hora al día para el cuidado del niño. Este permiso es retribuido, y pueden acogerse tanto padres como madres. Existe la posibilidad de ampliar el permiso hasta que el bebé cumpla los 12 meses, aunque esto conlleva una reducción salarial proporcional.

Es importante indicar que el permiso lo puede solicitar cualquier padre o madre, sin tener en cuenta la forma de alimentar al bebé, ya sea con lactancia natural o artificial. De hecho, tras la reforma de 2019 ya ni siquiera se llama permiso de lactancia, sino "permiso de cuidado del lactante".

Marco Legal del Permiso de Lactancia

El permiso de lactancia está regulado principalmente por el Estatuto de los Trabajadores, específicamente en el artículo 37.4, donde se establece la duración de la ausencia y las situaciones (nacimiento, adopción, etc.) y el período (9 meses). Es un derecho individual e intransferible, extendido a ambos progenitores desde la reforma de 2019.

Una segunda norma, el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, marca los requisitos y condicionantes que influyen en la prestación económica, estableciendo que se cobrará el 100% de la base reguladora.

¿Quiénes Tienen Derecho al Permiso de Lactancia?

  • Padres y/o madres trabajadores por cuenta ajena.
  • Por nacimiento, acogimiento o adopción del bebé.
  • Autónomas, es decir, mujeres que trabajan por cuenta propia (solo en caso de riesgo para la lactancia).

Además, para acogerse al permiso de lactancia, es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  • Estar dado de alta como empleado cuando se solicita el permiso.
  • Cumplir con el período de cotización (varía según la edad y la vida laboral).

El Permiso de Lactancia para el Padre

El permiso de lactancia lo pueden disfrutar tanto los hombres como las mujeres. Antes de la reforma de marzo de 2019 era un derecho de los dos pero solo lo podía disfrutar uno. Actualmente, lo pueden usar los dos y el que no lo use lo pierde, porque ya no se puede ceder.

Es mentira que el permiso de lactancia solo lo pueda disfrutar el hombre si la madre trabaja y se lo cede. Esa limitación fue eliminada hace 10 años; aunque haya ignorantes que no se hayan enterado, como muchísimos empresaurios, "encargaos" de personal, jefecillos de RR.HH., "asesorías Pepe" e incluso "sindicalistos".

El Tribunal Supremo ha confirmado que el permiso de lactancia puede ser ejercido por el trabajador, aunque la madre del menor no desempeñe actividad laboral. La finalidad del permiso por lactancia conduce a la irrelevancia jurídica de cuál sea el sexo de quien lo disfruta. El objetivo general de corresponsabilidad en las tareas familiares aconseja una interpretación favorable al ejercicio indistinto del derecho.

Dentro de los permisos laborales, el permiso de lactancia está diseñado para apoyar la conciliación laboral y familiar de las personas empleadas. Pero ¿sabes cuáles son los requisitos y particularidades actuales de este derecho?

Modalidades del Permiso de Lactancia

Existen diferentes formas de disfrutar de este permiso:

  • En la jornada: El empleado se ausenta 1 hora al día de su puesto de trabajo, que puede ser seguida o dividida en dos espacios de media hora.
  • Reducción de jornada: Se reduce media hora de la jornada, ya sea al inicio o al final.
  • Lactancia acumulada: Se acumula la hora de varios días para disfrutar de días libres consecutivos. Esta opción depende del convenio colectivo y de la empresa.

¿Cómo se Puede Aplicar el Permiso de Lactancia en una Empresa?

Las empresas deben implementar políticas para facilitar el permiso de lactancia, como:

  • Jornada laboral flexible.
  • Proporcionar periodos de descanso.
  • Cheques para guarderías.
  • Escuelas infantiles en oficinas.
  • Elementos para facilitar el proceso de lactancia (sala de lactancia, nevera, etc.).

Implicaciones para las Empresas

El permiso de lactancia tiene implicaciones para las empresas, incluyendo la responsabilidad de pagar al empleado durante el permiso. Cuando el permiso dura hasta los 9 meses, es la empresa quien paga el permiso, manteniendo el salario base. Si el permiso se prorroga hasta los 12 meses, el salario se ve reducido de forma proporcional, con una prestación económica por parte de la Seguridad Social.

Para mejorar la gestión de los permisos de lactancia, es recomendable contar con un programa de RR. HH. que permita gestionar las ausencias, reorganizar el calendario y adaptar los turnos de trabajo.

¿Cómo se Solicita el Permiso de Lactancia?

Para solicitar el permiso de lactancia, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Solicitar por escrito el permiso de lactancia, con al menos 15 días de antelación.
  2. Aportar documentación que ratifique la situación (certificado médico, certificado de nacimiento del bebé, etc.).
  3. Escoger el tipo de permiso (durante la jornada, reducción de jornada o lactancia acumulada).
  4. Planificar el permiso con la empresa.
  5. Solicitar y guardar una copia de la solicitud.

Cuando las personas trabajadoras perciben que la empresa respeta y apoya sus derechos, incluyendo el permiso de lactancia, se sienten más valoradas. El estrés que puede generar la dificultad de conciliar la vida laboral y personal puede llevar a un aumento en el absentismo. Además, las políticas de conciliación bien gestionadas son un factor clave en la retención de talento.

Cálculo del Permiso de Lactancia Acumulado

El permiso de lactancia acumulado implica acumular las horas de lactancia que no se han disfrutado. Su cálculo es sencillo:

  • Tener en cuenta la duración total del permiso (una hora al día durante los primeros 9 meses).
  • Calcular las horas semanales (5 horas si se trabaja de lunes a viernes).
  • Acumular las horas no utilizadas.

Un cálculo completo para cuatro meses de permiso de lactancia sería:

4 meses x 4 semanas = 16 semanas x 5 horas = 80 horas

Si la jornada laboral es de 8 horas, serían:

80 / 8 = 10 días en total de permiso

Es necesario adaptar este cálculo a cada circunstancia particular y acordarlo con la empresa.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Cuántos días son los permisos de lactancia? La duración depende de las horas, generalmente una hora al día.
  • ¿Quién decide el periodo de lactancia? El trabajador, siempre y cuando se realice el preaviso de 15 días y se cumplan los requisitos necesarios.
  • ¿En qué casos se puede ampliar el permiso de lactancia a 12 meses? En casos especiales de salud.
  • ¿Qué sucede si trabajo desde casa? El permiso sigue siendo aplicable.

El 20 de Diciembre del 2023, el gobierno anunció que todos los trabajadores podrán disfrutar de hasta 28 días de permiso de lactancia acumulada. Gracias a esta reforma, el Art. 37.4 del Estatuto de los Trabajadores se verá modificado y todos las personas trabajadoras, independientemente de su convenio colectivo podrán disfrutar el permiso de lactancia de forma acumulada.

Con la nueva reforma no es necesario ni el acuerdo en el convenio colectivo ni el acuerdo del trabajador. Hay que avisar a la empresa con 15 días de antelación de la fecha de inicio y fin del permiso por lactancia, sea cual sea la modalidad elegida.

Cuando una persona solicita el permiso de lactancia, no verá reducido su ingreso por conceptos salariales, ni se verán afectados el salario base, horas extras o pluses voluntarios. No obstante, la empresa puede disminuir o descontar de forma proporcional pluses que estén relacionados con la productividad, o a la asistencia al puesto de trabajo.

El permiso de lactancia puede ser utilizado por ambos progenitores. Tanto el padre como la madre, o ambos simultáneamente, tienen derecho a este permiso. Los progenitores pueden optar por una hora completa de ausencia o una reducción de treinta minutos en su jornada de trabajo.

Si ambos progenitores trabajan en la misma empresa, pueden llegar a un acuerdo para disfrutar del permiso de lactancia de manera alterna o simultánea. Solamente si el padre y la madre trabajaran en la misma empresa, esta podría limitar el ejercicio simultáneo del permiso de lactancia por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

Limitar pero no impedir, es decir que en el peor de los casos y justificadamente no podrían disfrutar del permiso los dos a la vez, pero la empresa no tendría derecho a limitar que los dos lo disfrutaran en fechas u horas diferentes.

Se puede acumular en jornadas completas, aunque la empresa no quiera y el convenio no lo permita.

Para disfrutar del permiso de lactancia no hay ningún requisito especial, salvo el evidente de haber tenido un hijo. No es obligatorio justificar que necesites el permiso, por la misma razón que no es obligatorio justificar que necesites el permiso retribuido por matrimonio o la fecha en la que vayas a casarte. Simplemente, ya tienes el permiso si has tenido un hijo, tanto si eres su padre como si eres su madre.

En la configuración que la L 3/2012 (EDL 2012/130651) dio al permiso, el mismo aparece desconectado de la coetánea suspensión por maternidad. La finalidad del permiso por lactancia conduce a la irrelevancia jurídica de cuál sea el sexo de quien lo disfruta. El objetivo general de corresponsabilidad en las tareas familiares aconseja una interpretación favorable al ejercicio indistinto del derecho.

Bajo la rúbrica «Integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas» el art.4º LOI alberga el que suele identificarse como principio o canon hermenéutico de perspectiva de género («La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas»). Esta pauta interpretativa viene a reforzar la decisión que adoptamos.

Cuando el hecho causante sucede en un día no laborable -festivo o día establecido como no laborable en el calendario laboral- la finalidad y la propia esencia del permiso fuerzan a que tenga que iniciarse al siguiente día laborable inmediato. Esta solución la corrobora el art.37.3 ET que, al regular el descanso semanal, las fiestas y los permisos dispone que «el trabajador… podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración…», en los supuestos que enumera y que coinciden con los que nos ocupan, en términos que evidencian que el permiso se da para ausentarse del trabajo en día laborable, porque en días festivos no es preciso solicitarlo (STS 13 febrero 2018, Rec.

Permite a responsables y managers encargarse de aprobar o rechazar las solicitudes de sus equipos.

A modo de argumento de cierre, encontramos el séptimo, cual es el de la “transversalidad por razón de sexo”, a partir de la toma en consideración del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, contemplado en la LO 3/2007, como informador, con carácter transversal de la actuación de todos los poderes públicos, concluyendo que “esta pauta interpretativa viene a reforzar la decisión que adoptamos.

Concluyo aquí el comentario de esta bien argumentada sentencia, en la que se potencia claramente a mi parecer la corresponsabilización de los cuidados familiares, en una interpretación plenamente respetuosa con la normativa internacional, europea y española del principio de igualdad de trato y no discriminación.

Tabla resumen de los puntos importantes:

Concepto Descripción
Derecho Permiso retribuido para el cuidado del bebé hasta los 9 meses.
Beneficiarios Madres y padres trabajadores.
Marco Legal Estatuto de los Trabajadores (art. 37.4), Real Decreto Legislativo 8/2015.
Modalidades Ausencia de 1 hora al día, reducción de jornada, lactancia acumulada.
Solicitud Por escrito, con 15 días de antelación, aportando documentación.
Permiso acumulado Hasta 28 días laborables (a partir del 21 de diciembre de 2023).
La lactancia, aunque en origen se asocia más a las madres, es un derecho que también puede ser disfrutado por los padres y otros progenitores. Garantizar el derecho al permiso para el cuidado del bebé lactante es esencial para equilibrar la vida familiar con la profesional de las personas empleadas.

Rol del padre en la lactancia materna

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