Cuando una pareja con hijos decide separarse o divorciarse, surge una pregunta inevitable: ¿qué pasará con los hijos? Aquí entran en juego las llamadas medidas paterno filiales, un conjunto de normas y acuerdos que regulan cómo se organizarán las responsabilidades, los cuidados y las obligaciones respecto a los menores. No solo los matrimonios están sujetos a estas medidas. Aunque no exista un vínculo matrimonial, los derechos de los hijos son idénticos.
El procedimiento de medidas paterno filiales es el camino legal que establece qué derechos y deberes tendrá cada progenitor respecto a sus hijos tras la ruptura. Este procedimiento puede iniciarse de dos formas principales: de mutuo acuerdo o de manera contenciosa. Además, es importante destacar que la ley exige que cualquier medida adoptada sea homologada por un juez, incluso cuando existe acuerdo entre las partes.
Es imprescindible su formalización para garantizar a los menores un marco jurídico que regule su situación personal en caso de que entre sus progenitores surja cualquier tipo de desacuerdo, y para que los menores tengan garantizada tanto la relación con ambos padres como la cobertura de sus necesidades económicas básicas.
¿Convenio Regulador Obligatorio Aunque No Haya Matrimonio?
Sí, el convenio regulador se aplica a las parejas que tengan hijos menores de edad en común, aunque no hayan estado casados.
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¿Qué Hacer Si No Hay Acuerdo en el Convenio Regulador?
En estos casos cualquiera de los progenitores debe iniciar un procedimiento contencioso de medidas paternofiliales asistido necesariamente por un abogado. El progenitor presenta un escrito de demanda ante el juzgado de familia competente en el que tiene que exponer sus peticiones sobre la patria potestad, guardia y custodia y alimentos de los menores. Tras un procedimiento judicial con el otro progenitor, el Juez dictará sentencia acordando las medidas en beneficio de los menores.
Contenido del Convenio Regulador
El convenio regulador establece las obligaciones de cada uno de los progenitores respecto a sus hijos. Deben contener las medidas que se soliciten sobre:
- La patria potestad y su ejercicio: Incluye obligaciones y derechos en relación con los hijos. Confiere a los padres la representación legal del hijo y encierra un doble contenido: personal y patrimonial.
- La guardia y custodia: Ha de establecerse si el régimen va a ser de custodia compartida o custodia exclusiva de un progenitor, régimen de visitas de ser necesario, reparto de periodos vacacionales y otras fechas señaladas.
- La pensión alimenticia: Se determinará el importe de la pensión alimenticia que deberá abonar el progenitor con el que el menor no conviva. La pensión alimenticia debe cubrir todos los gastos ordinarios del menor: alimentación, vestido, educación y vivienda.
- Contribución al resto de gastos de los menores: Ha de establecerse también la contribución de los progenitores a los gastos extraordinarios (generalmente médico farmacéuticos no cubiertos por la Seguridad Social), y al resto de gastos que afecta a los menores tales como ocio, actividades extraescolares, actividades formativas complementarias, actividades lúdicas, etc.
Procedimiento para Elaborar un Convenio Regulador
El convenio regulador de mutuo acuerdo se redacta con la asistencia de un abogado que dará forma jurídica a las decisiones adoptadas por acuerdo por los progenitores. Posteriormente se presentará el convenio ante el juzgado de familia competente siendo citados los progenitores para su ratificación judicial. Una vez ratificado el convenio, el mismo será trasladado al Ministerio Fiscal para que emita informe al respecto.
Es importante diferenciar entre la privación de la patria potestad y la solicitud del ejercicio exclusivo de la patria potestad. Igualmente debemos recordar que la patria potestad se entiende como el conjunto de derechos y deberes recíprocos que tienen padres e hijos no emancipados y que siempre se debe ejercer «en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respecto a su integridad física y psicológica”.
Custodia Monoparental: ¿Qué es y Cómo se Establece?
La custodia monoparental, también llamada custodia exclusiva, es un régimen de guarda y custodia de los hijos menores no emancipados, que consiste en que los hijos conviven la mayor parte del tiempo con el progenitor custodio, mientras que el progenitor no custodio tiene derecho de visita, estancia y comunicación. Durante el tiempo de custodia, el progenitor que la tenga atribuida puede tomar de forma unilateral las decisiones cotidianas que afectan al día a día de los menores: las relativas a los horarios, la alimentación diaria, la vestimenta, el momento de hacer los deberes escolares, las actividades de ocio, etc.
El régimen de custodia exclusiva o monoparental se establece en la sentencia que pone fin al procedimiento de separación matrimonial, nulidad o divorcio, o bien al de establecimiento de medidas paternofiliales en caso de que los progenitores no se hubieran casado. Este procedimiento puede ser de mutuo acuerdo o contencioso, si no existe acuerdo entre los progenitores.
Circunstancias para Establecer la Custodia Monoparental
En los últimos años, el establecimiento de la custodia compartida está aumentando sus números frente a la custodia monoparental, ya que se considera la solución más favorable para los menores, que pueden seguir manteniendo el contacto con ambos progenitores de manera equilibrada. No obstante, el artículo 92 prevé algunos supuestos en los que no procederá la custodia compartida, por lo que será la monoparental la que se establezca preferiblemente:
- Cuando durante el proceso se revele causa para la privación de la patria potestad.
- Cuando un progenitor esté incurso en un proceso penal por intentar atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad sexual del otro progenitor o de los hijos que convivan con ambos.
- Cuando el juez advierta la existencia de indicios de violencia de género o doméstica. También si hay malos tratos a animales como una forma de controlar a los hijos o la pareja.
Fuera de estos supuestos, se establecerá la custodia monoparental cuando los progenitores lo decidan o el juez estime que es la mejor solución para el menor, atendidas las siguientes circunstancias:
- La cercanía de los domicilios y la facilidad de traslado entre uno y otro.
- La relación que los progenitores mantienen entre sí y con los hijos.
- La coincidencia entre las pautas educativas que impone cada progenitor.
- La disponibilidad de tiempo y las posibilidades de conciliación laboral.
- Las condiciones personales de cada uno.
- La edad de los hijos y sus propias preferencias.
Derechos y Obligaciones del Progenitor No Custodio
Para equilibrar las posiciones entre los progenitores en relación con el cuidado de los hijos, la ley articula una serie de derechos y obligaciones para el progenitor no custodio:
- Derecho a un régimen de visitas: El régimen de visitas a favor del progenitor no custodio es tanto un derecho como un deber para él, y sobre todo, es un derecho para los hijos, ya que su finalidad es garantizar que mantienen la relación con ambos progenitores.
- Derecho a ser informado: El hecho de no convivir con los hijos habitualmente no significa que el progenitor no custodio deba quedar al margen de la vida de los hijos.
- Deber de pagar pensión de alimentos: Además, el progenitor no custodio debe contribuir económicamente a la manutención de los hijos, compensando el gasto que recae sobre el otro progenitor en el día a día, y el tiempo que se ocupa de ellos.
- Derecho y deber de tomar decisiones relevantes: Aunque un progenitor no tenga atribuida la custodia de los hijos, sigue siendo titular de la patria potestad, a menos que haya sido privada de ella por motivos graves previstos en la ley, o que ambos progenitores hayan acordado que sea ejercida exclusivamente por el progenitor custodio.
Título de Familia Monoparental
Las familias monoparentales son uno de los tipos de familia que más se ha extendido a lo largo de los últimos años. Se trata de familias con mayor vulnerabilidad socioeconómica y una mayor intensidad en la crianza de las hijas e hijos que la media, especialmente cuando están encabezadas por mujeres, que son la gran mayoría. El Título de Familia Monoparental pretende dar respuesta a esta realidad, ofreciendo a estas familias una serie de beneficios.
Requisitos para Obtener el Título
El requisito general es que solo haya un ascendiente, pero existen otros casos específicos. Una mujer que ha sufrido violencia de género por parte del progenitor y la descendencia sobre la cual tiene la guarda y custodia.
Los requisitos afectan tanto a la composición de la unidad familiar como al cumplimiento de requisitos individuales de las personas que la componen:
- Convivir en la unidad familiar.
- Depender económicamente de la unidad familiar. Se considera que hay dependencia económica siempre que la persona descendiente no obtenga ingresos superiores, en cómputo anual, al 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente calculado en doce mensualidades.
Una familia monoparental pierde esta condición, de forma general, a excepción de aquellas situaciones específicas contempladas en el Decreto, en el momento en el que la persona que encabeza la unidad familiar contrae matrimonio con otra persona o constituya una unión de hecho de acuerdo con la legislación vigente.
De manera general, la vigencia de un título viene determinada por el cumplimiento de la edad de 26 años por parte de la hija o hijo mayor de la unidad familiar.
Preguntas Frecuentes sobre Medidas Paterno Filiales
¿Cómo se presenta una demanda de medidas paterno filiales?
La demanda de medidas paterno filiales se presenta ante el juzgado de familia del lugar donde residen los hijos menores. Debe ir firmada por abogado y procurador, y acompañada de la propuesta de medidas que el progenitor considera más adecuadas para los hijos. A partir de ahí, se inicia el procedimiento judicial que puede ser de mutuo acuerdo o contencioso.
¿Quién decide las medidas paterno filiales en caso de desacuerdo?
Cuando los progenitores no logran un consenso, es el juez quien toma la decisión final. Para ello se basa en informes sociales, psicológicos y jurídicos, siempre priorizando el interés superior del menor por encima de los deseos de los padres.
¿Qué diferencia hay entre medidas paterno filiales y convenio regulador?
El convenio regulador es el documento que recoge los acuerdos alcanzados por los progenitores en caso de separación o divorcio, mientras que las medidas paterno filiales son las disposiciones específicas que regulan la vida de los hijos en situaciones donde no existe matrimonio, como en las parejas de hecho. Ambos buscan la protección de los menores, pero se aplican en contextos distintos.
¿Qué son las medidas coetáneas paterno filiales?
Son aquellas que se solicitan de forma provisional mientras dura el procedimiento judicial principal. Su finalidad es garantizar que los menores estén protegidos desde el inicio del proceso hasta que se dicte una resolución definitiva.
¿Qué documentación necesito para solicitar medidas paterno filiales?
Normalmente se requiere el certificado de nacimiento de los hijos, el certificado de empadronamiento, documentación que acredite la situación económica de los progenitores (nóminas, declaraciones de la renta, etc.) y cualquier otra prueba que respalde la propuesta de medidas presentada.
