En la antigua Roma, el comportamiento de las mujeres respetables debía ajustarse a un ideal femenino muy preciso: el de la matrona. Su misión era tener hijos e hijas en el marco de un matrimonio controlado y educarlos en los valores tradicionales. Desde la infancia, las niñas eran encaminadas a cumplir ese papel.
Escena familiar romana.
El Ideal de la Matrona Romana
Livia se convertirá en el paradigma de la matrona romana que un célebre epitafio resume así: casta fuit, domum seruauit, lanam fecit (fui casta, me ocupé de la casa y tejí la lana).
En la ceremonia de los esponsales (sponsalia) se colocaba a la prometida -aún una niña- un anillo en el dedo, que por eso se llamaba anular, del que se pensaba que partía un nervio que iba al corazón. A partir de ese momento, la niña esperaba el matrimonio como el acontecimiento más importante de su vida. Con él iniciaba su función reproductora y de mantenimiento de los valores nacionales, educando a las hijas y a los hijos en los principios del patriotismo romano.
El Papel de la Mujer en Roma: Desde la Matrona hasta la Esclava
El Sometimiento Legal de la Mujer
La mujer estaba sometida a un orden patriarcal, en el que eran los varones quienes controlaban su sexualidad y capacidad reproductiva. Para ello se aplicaban normas y leyes de gran dureza. Toda relación fuera del matrimonio, incluso si las relaciones las mantenían mujeres solteras o viudas, se consideraba delito y podía ser castigada por el cabeza de familia o paterfamilias sin necesidad de juicio.
En el siglo II a.C., Catón afirmaba, no sin satisfacción, que si el marido sorprende a la mujer cometiendo adulterio «puede matarla impunemente», mientras que si es la mujer la que sorprende al marido «no puede tocarlo a él ni siquiera con un dedo», según recogía más tarde Aulo Gelio. Asimismo, aunque una mujer desease ser madre, si el paterfamilias no quería ese hijo podía obligarla a abortar sin que su comportamiento fuera jurídicamente reprochable.
Más allá de su papel de madres, las mujeres sufrían innumerables limitaciones legales. No podían hacer testamento y estaban de por vida sometidas a tutela masculina en todos los negocios jurídicos que realizaban. En algunos casos no heredaban ni podían disponer de sus bienes en favor de sus propios hijos. Igualmente, las mujeres estaban excluidas de la vida política. No se les permitía votar en los comicios donde se elegía a los magistrados, y, por tanto, tenían prohibido el acceso a los llamados «oficios viriles», officia virilia.
Esta marginación se mantuvo a lo largo de toda la historia de Roma, como pone de relieve en el siglo III d.C. el jurista Ulpiano: «Las mujeres están apartadas de todas las funciones civiles y públicas, y por ello no pueden ser jueces, ni tener magistratura, ni actuar como abogadas, ni intervenir en representación de alguien ni ser procuradoras».
La subordinación jurídica y política de la mujer se justificaba de diversos modos. El filósofo Séneca, por ejemplo, afirmaba que «los dos sexos contribuyen de igual modo a la vida común pues uno está hecho para obedecer y otro para mandar». También se argüía que la exclusiva dedicación de la mujer a la familia la inhabilitaba para el ejercicio de los oficios públicos.
Otros se referían a la inferioridad natural de las mujeres, y más precisamente a su «debilidad de juicio» o levitas animi, conforme al mito de la inconstancia femenina, que tanta trascendencia jurídica y literaria ha tenido a lo largo de la historia posterior. Así se manifiesta en los textos jurídicos: «Los antiguos quisieron que las mujeres, aunque fueran de edad adulta, estuvieran bajo tutela a causa de la ligereza de su espíritu», escribía el jurista Gayo refiriéndose a la Ley de las XII Tablas, el código legal más antiguo de Roma.
Busto de una mujer romana.
Los Resquicios del Sistema
Sin embargo, no puede decirse que las mujeres romanas vivieran totalmente resignadas a esta sumisión legal. A lo largo de la historia muchas encontraron resquicios para hacer valer sus intereses e incluso plantearon desafíos abiertos a la supremacía masculina. Así ocurrió a propósito de las severas leyes que regían contra la ostentación de lujo.
El riesgo de corrupción que siempre lleva consigo el manejo del dinero se presentaba como algo especialmente perjudicial para las mujeres. Éstas debían seguir el modelo de Cornelia, la madre de los Gracos, ejemplo de matrona romana, quien despreciaba los adornos y las riquezas y se jactaba de que sus hijos (los héroes de Roma Cayo y Tiberio Graco) eran sus únicas joyas: «Haec ornamenta mea».
Pese a este ejemplo, el enriquecimiento general que vivió Roma al acabar la segunda guerra púnica (218-201 a.C.) hizo que las mujeres se mostraran beligerantes con leyes que las alejaban de las riquezas, como la lex Oppia, de 215 a.C., que les prohibía lucir sus joyas («llevar encima más de media onza de oro» ). Ante esta resistencia de las mujeres, Catón respondió con su habitual misoginia: «Lo que realmente quieren es la libertad sin restricciones; o, para decir verdad, el libertinaje. En verdad, si ahora ganan, ¿qué no intentarán?».
En esa misma época, tanto las hijas como los hijos de las familias accedían con mayor facilidad a la administración de su patrimonio. Muchos cabezas de familia habían muerto durante las guerras púnicas y cada vez había más mujeres ricas y dedicadas al comercio. Ello provocó una presencia cada vez mayor de las mujeres en el mundo de los negocios y de la empresa e incluso de la política, como ponen de relieve decenas de carteles electorales en Pompeya firmados por mujeres.
Cuando en 169 a.C. se promulgó la lex Voconia, que les impedía ser herederas de los ciudadanos más ricos (los que se inscribían en la primera clase del censo), las mujeres hallaron estrategias legales para burlar esta restricción, con la colaboración de varones que se censaban en clases distintas.
Asimismo, las mujeres idearon complejos mecanismos jurídicos para librarse de la tutela masculina, eligiendo para ejercerla a algún familiar o amigo que no interfiriese en sus deseos. Algo que suscitó las críticas de autores conservadores como Cicerón: «Fue voluntad de nuestros antepasados que todas las mujeres, por su debilidad de juicio, estuvieran bajo la potestad de los tutores, mas los jurisconsultos inventaron una especie de tutores que estuvieran sometidos a la potestad de las mujeres».
Mujeres en el Imperio
Aunque la presencia femenina en la política ya se empezó a hacer visible durante la República, ésta fue en aumento cuando el modelo de familia -cuyos miembros estaban unidos por vínculos de sumisión al paterfamilias- entró en crisis hasta desaparecer definitivamente en el Imperio.
La presencia femenina fuera de la domus, la casa, iba en aumento a la par que la vieja idea de familia patriarcal tradicional perdía fuerza. Empezaron a ser frecuentes las familias mixtas: algunas de ellas estaban compuestas por un solo progenitor divorciado o viudo, otras por cónyuges sin hijos, otras eran familias «pluriparentales» que unían hijos de diferentes matrimonios y personas de edades muy diferentes. Esto sin contar las numerosísimas uniones de concubinato ni las familias compuestas por parejas homosexuales.
Poco hicieron para corregir la nueva situación las leyes de Augusto en favor de la natalidad y en defensa de la institución matrimonial, ni la promoción que se hacía de la figura ideal de la matrona, fiel a su marido y madre de muchos hijos. Por otra parte, hay que destacar que las leyes natalistas del fundador del Imperio incorporaban importantes ventajas legales para las mujeres, puesto que declaraban liberadas de la tutela masculina a las mujeres ingenuas (aquéllas nacidas libres que nunca habían caído en la esclavitud) que daban a luz al menos tres niños, así como a las libertas que hubieran tenido al menos cuatro hijos.
Millonarias y Potentadas
Muchas mujeres de la aristocracia gozaron durante el Imperio de una posición económica envidiable. Las mayores fortunas procedían del favor imperial y pertenecían en gran medida a libertos y libertas, a quienes los emperadores prestaban su garantía sin hacer distinción entre varones y mujeres. Del mismo modo, se superó la idea republicana de que el dinero fuera algo sucio o indigno. De ahí que fuera cada vez más habitual que las mujeres aparecieran como titulares de grandes patrimonios y como gestoras de los mismos, e invirtiesen personalmente su capital.
Con el Imperio, el estatuto legal de las mujeres también mejoró en otros aspectos. Por ejemplo, bajo los emperadores Severos (193-235 d.C.) a las madres divorciadas se les reconoció el derecho a ejercer la custodia sobre sus hijos, aunque sólo en caso de probada maldad (nequitia) del padre.
Ventajas e Inconvenientes
Las mujeres también supieron aprovechar algunas ventajas del sistema. Así, algunas se valieron de su condición de viudas para proteger sus derechos. Tal fue el caso de Antonia la Menor, sobrina de Augusto y nuera de la emperatriz Livia, que tras haber cumplido sus deberes con el Estado dando a luz a sus tres hijos -Germánico, Livila y el futuro emperador Claudio-, decidió no volver a casarse, desoyendo los consejos de su imperial tío, con lo que pudo acceder a las ventajas legales de que disfrutaban las viudas.
Permaneciendo univira (esposa de un solo varón) y fiel a la memoria de su heroico esposo, Antonia logró la admiración y el respeto de toda Roma, y esquivó las críticas de las que no se libraron ni su madre Octavia ni su suegra Livia por tener hijos de diferentes matrimonios. Pero la mayor de las ventajas de seguir viuda fue que estuvo en condiciones de manejar por sí misma, sin injerencias masculinas, su enorme patrimonio.
En otros aspectos, las leyes seguían siendo contrarias a la libertad de la mujer. La interrupción del embarazo sin el acuerdo del marido salió de la jurisdicción doméstica y fue objeto de persecución pública. Pero no era el feto ni la libertad de la madre lo que se protegía, sino «la legítima expectativa del marido de tener prole». Seguía existiendo la figura del «cuidador del vientre», curator ventris, que se ocupaba de la marcha del embarazo e impedía que la mujer abortara sin el consentimiento del marido.
Livia Drusila: Un Ejemplo de Poder e Influencia
Livia Drusila Iulia Augusta (58 a.C.-29 d.C.) fue una de las mujeres más poderosas de la antigua Roma. Perteneciente a las familias de los Livii y de los patricios Claudii, contrae matrimonio con su primo, Tiberio Claudio Nerón, en torno al 42 a.C. con quien engendra al futuro emperador Tiberio y a Druso el Mayor. De gran belleza y embarazada en aquel momento de su segundo hijo, Octavio, el futuro emperador Augusto, se habría enamorado de ella. Más allá de las razones afectivas, su unión encierra fundamentalmente motivaciones políticas y alianzas de poder. Así, tras anunciarse sus divorcios respectivos, se casan un día después, convirtiéndose Livia en la tercera esposa de Augusto.
Sin embargo, más allá de las tareas domésticas, Livia se convierte en la verdadera mano derecha de Augusto, interviniendo directamente en cuestiones políticas y asuntos de Estado. A lo largo de su dilatada vida, se rodea de su propia clientela y coloca a sus allegados y amigos en puestos estratégicos de poder. A la muerte de Augusto y, tras ir falleciendo los herederos en extrañas circunstancias, consigue que su hijo Tiberio sea proclamado emperador ejerciendo de hecho durante algún tiempo una especie de corregencia junto a él, al serle dirigidas a ambos las distintas misivas en las que se trataban los asuntos del Imperio.
A pesar de ello, las relaciones con su hijo se fueron deteriorando a lo largo de los años. Tiberio nunca pudo perdonar a su madre que le obligase, por razones de Estado, a divorciarse de su mujer Vipsania Agrippina con la que tenía un hijo, Julius Caesar Drusus y a casarse con la hija de Augusto y por lo tanto su hermanastra, Julia. Tras la muerte de Augusto, Tiberio trata de deshacerse paulatinamente de la poderosa influencia de su madre.
Calígula llegó a llamar despectivamente a su bisabuela Livia, Ulises con faldas (Ulises stolatus) dando cuenta así de su extraordinaria inteligencia y de su capacidad de manipulación. El desencuentro llegó hasta tal punto que, a su muerte, Tiberio no asistió a sus funerales y se negó a rendirle los honores debidos. Fallecida a los 86 años, a una edad muy avanzada para la época, será enterrada en el mausoleo de Augusto.
A lo largo de su vida orquesta la consolidación de su imagen pública llegando a representar el ideal de madre y esposa hasta llegar a asimilarse a la diosa Juno, mujer de Júpiter y madre de los dioses. Su divinización viene a reforzar el simbolismo que adquieren los julio-claudios, la primera familia imperial romana que, de este modo, adquiere carácter divino. De esta voluntad da buena cuenta nuestra escultura en la que Livia aparece representada bajo la apariencia de una mujer joven cuando en realidad contaba ya 72 años.
El historiador Tácito quizá sea uno de los autores que mejor resuma la personalidad de esta mujer única en su tiempo: "Pura en sus costumbres como antaño, previsora más allá de lo que parecía permitido a las mujeres de antes, madre imperiosa, esposa complaciente; el carácter idóneo en suma para la política de su marido y a la disimulación de su hijo".
Aurelia Isidora: Un Testimonio Documental
Aurelia Isidora fue una matrona romana que vivió en la segunda mitad del siglo III en la ciudad de Oxirrinco en Egipto. Muy poco sabemos de ella. No conservamos una imagen de su rostro o de su aspecto físico, de sus gustos, pero conocemos su nombre y algunos aspectos de su vida por un único documento: un papiro sobre el que se copió el testamento de su marido Aurelio Hermógenes. Él era un destacado miembro de la élite local y disfrutaba de una buena posición económica, como se refleja en la relación de bienes que se menciona en el papiro. Ambos eran ciudadanos romanos y tuvieron un matrimonio legítimo y próspero.
Esta matrona fue la esposa de Aurelio Hermógenes, pero también la madre de Aurelio Hermión, Aurelio Orión, Aurelio Heraclídes, Aurelia Tolemaide y Aurelia Dídima. Dos de ellos disfrutaban de la mayoría de edad cuando murió su marido: Aurelio Hermión y Aurelia Tolemaide. Esta última, además, estaba casada. Los otros tres eran menores, aunque el padre les había nombrado un tutor en su testamento. Aurelio Hermógenes, hombre precavido, había designado también a un ayudante del tutor en la persona de un sobrino suyo.
Pero no contento con esto dejó claro a las autoridades su firme voluntad para que su esposa y madre de sus hijos participara en la tutela de los menores junto al tutor designado.Sin tener necesidad ni obligación de ello, Aurelio Hermógenes dejó a su esposa un legado personal para su mantenimiento de por vida, le dio participación en la toma de decisiones en cuanto a la tutela de sus hijos menores y emitió una valoración muy positiva de su vida conyugal junto a ella. Este último aspecto resulta innecesario y es poco habitual en los testamentos grecorromanos. Sin embargo, muestra la voluntad del marido por apreciar y agradecer las capacidades que como madre y esposa tuvo Aurelia Isidora. Así también, indica el interés y preocupación porque tuviera una viudez tranquila y sosegada.
Aurelia Isidora, también llamada Prisca, como así aparece en varias ocasiones en el testamento de su marido, recibió el derecho de llevar la estola que se concedía a las mujeres libres que habían dado a luz a tres hijos -en su caso, ella había superado esa cifra- y a las libertas que tenían cuatro. La estola era una prenda de vestir, larga y característica de las matronas romanas que las diferenciaba de otras mujeres.
Maternidades Jurídicas y Biológicas
La maternidad en Roma no era fácil; de hecho, técnicamente apenas la podríamos denominar maternidad hoy en día. Las mujeres no tenían con sus hijos un vínculo legal que reconociese esa relación como tal. Es la diferencia entre agnados, los parientes relacionados por vía masculina, y los cognados. No era una diferencia solo de nomenclatura, sino que conllevaba una pérdida de derechos. En caso de divorcio, los hijos se irían con el padre, y la madre no podía tomar decisiones legales relacionadas con ellos.
La familia de una mujer termina en sí misma, diría el derecho romano, así como que “los que nacen siguen la familia del padre, no de la madre” (Gayo, Instituciones, I, 156). De hecho, hay que tener en cuenta que la mujer ni siquiera era considerada una mayor de edad de forma completa en muchos casos, por lo que mal podría tener autoridad sobre otros seres vivos. La ironía es que, precisamente, podían librarse de esa tutela proporcionando tres o cuatro hijos a su marido, o liberarse de la esclavitud si se los daban al dueño. En la esclavitud no existía ningún derecho sobre tus hijos.
La ciencia tampoco consideraba que fueran del todo familia. Para la mayoría de científicos y médicos del mundo clásico era el hombre el que aportaba la forma y la herencia, y la madre era solo un horno, o la fértil tierra en que nacería la semilla. En parte por ello, el padre tenía también la potestad de vida y muerte sobre el recién nacido, sin que la madre tuviera mucho que decir. Eso sí, el vínculo se reconocía para cuestiones como el incesto. Por mucho que la legalidad y la ciencia cerraran los ojos, para este tipo de relaciones eran muy conscientes de los vínculos biológicos, como también con los hermanos de una misma madre. De hecho, la pena sería la muerte o la deportación, y no solo la anulación del matrimonio.
Medallón de cristal dorado con una madre y un niño. Principios del siglo IV.
Ni siquiera físicamente la maternidad era una cuestión fácil. Cada parto suponía mirar a la cara a la muerte. Se calcula que, en circunstancias como las romanas y las de muchos países actuales, la mortalidad en el parto es tan alta que casi una cuarta parte acaban con el fallecimiento de la madre, del niño o de ambos. La mitad de los bebés, además, morirían antes de los cinco años.
Y, cuando no pudieron, se saltaron las leyes para crear vínculos informales. El caso de Syra tiene un antecedente, también completamente excepcional, en el emperador Galba, que fue adoptado por su madrastra, en una acción que ha hecho correr ríos de tinta, sobre todo porque parece que el futuro emperador, durante un tiempo (quizás la vida de la madrastra) cambió su nombre para enlazarlo con el de ella. Aunque la imagen de la madrastra en la literatura del mundo clásico era pésima, hay casos en que vemos a estas mujeres cuidando de estos hijos como si fueran suyos.
Las madres romanas también lograron que se reconociera el nexo con los hijos en el testamento, mediante dos senadoconsultos que permitían la herencia directa (Tertuliano y Orfitiano). Antes no había una herencia automática al, recordemos, no ser familia directa. Así mismo, la prohibición de acusar públicamente que recaía sobre las mujeres se anulaba cuando perseguían a los asesinos tanto de sus padres como de sus hijos, aunque no de su marido. En el caso de las libertas, también podían acusar en el caso de sus patronos… y de los hijos de estos. Algunas de estas libertas habrían sido sus nodrizas y su vínculo era igual de fuerte que el de una maternidad biológica.
De hecho, si bien recordamos más la escena de Argos, el perro de Odiseo, reconociendo a su antiguo dueño justo antes de morir, también Euriclea, su nodriza, le reconoce, aun antes que su esposa o cualquier otra persona. Había sido la nodriza de Odiseo y, después, de su hijo, Telémaco. Toda una institución en palacio.
Asimismo lucharon por mantener la tutela cuando se quedaban viudas, lo que normalmente quedaba condicionado por permanecer viudas. En algunos casos lograron también la custodia en divorcios, cuando pudieron probar la maldad del padre biológico. En caso de que la madre optara por no entregar a sus hijos al padre, de hecho, la legislación cedió en que pudiera hacerlo mientras no se resolviera el caso, por el bien de los niños (Dig. 43, 30, 1, 3; 43, 30, 3, 5-6).
El jurista Ulpiano comentaba también que, en algunos casos, en hijos nacidos tras un divorcio, la madre podía intentar forzar el reconocimiento del hijo por parte del padre y que este le alimentase. En estas situaciones el padre solo podía pedir que se le mostrase y, si quería llevárselo, como en los casos anteriores, sería el emperador el que decidiese (Dig. 25, 4, 1, 1).
Lápida de una familia en el Museo de las Termas de Diocleciano, en Roma.
Parece que también las abuelas hicieron de madres, cuando los padres biológicos faltaban, acogiendo, reconociendo y cuidando de sus nietos. El Digesto nos recuerda el caso de una abuela que logró reconocer a un nieto, que había sido expuesto, tras la muerte del padre. También el futuro emperador Vespasiano se crio en casa de su abuela paterna y tenemos dos inscripciones en la que nietos conmemoran a sus abuelas como avia (abuela) y nutrix (nodriza o criadora). Lo mismo pasa con un tal Agonio Ingenuo, que conmemora en una lápida a quien llama “abuela y madre”.
Así pues, aunque las madres romanas no lo tuvieran fácil, tampoco dejaron que las dificultades legales y sociales las separaran de sus hijos. Tampoco todas las madres eran las biológicas porque, al final, hay y siempre ha habido más de una manera de ser madre y los vínculos de amor y crianza también se eligen.
Tabla Resumen de los Derechos y Limitaciones de las Matronas Romanas
| Aspecto | Derechos/Ventajas | Limitaciones |
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| Legal |
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| Social |
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| Económico |
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