Gastos Fiscalmente Deducibles por Paternidad en España

¿Eres o vas a ser padre? Pues lee con atención porque vamos a contarte algunas ventajas fiscales por tener hijos y te aclararemos cualquier cuestión relacionada con las deducciones por paternidad. Tener hijos/as es una aventura que hoy en día no todo el mundo está dispuesto a tener. Sin embargo, sí hay varias ventajas fiscales y ayudas que te permitirán pagar menos de IRPF por tener un hijo/a.

En 2024, en España hubo 322.034 nacimientos, según el Instituto Nacional de Estadística. Esto supone un incremento del 0,4% respecto al año anterior y marca el primer repunte tras una década a la baja. Este leve aumento de la natalidad se produce en un contexto marcado por la longevidad y el envejecimiento de la población, en el que la inversión de la pirámide demográfica plantea importantes desafíos económicos y sociales.

En definitiva, la planificación fiscal es un aspecto fundamental para cualquier familia, y más aún en situaciones como la maternidad y paternidad. En 2025, existen múltiples beneficios fiscales que pueden aliviar la carga económica asociada con la llegada de un hijo. Sin embargo, para aprovechar al máximo estas ventajas, es esencial estar bien informado y cumplir con los requisitos establecidos por ley.

¿Te encuentras en esta situación y tienes dudas sobre el proceso? ¿Las prestaciones de maternidad y paternidad tributan en el IRPF? ¿Debemos incluirlas al hacer nuestra declaración de la Renta 2024 en la campaña de 2025?

¿Hay que declarar la prestación por maternidad y paternidad?

Las prestaciones públicas de maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF, desde una sentencia del Tribunal Supremo en octubre de 2018. Esta exención se introdujo con efectos para el ejercicio 2018 y los 4 ejercicios anteriores no prescritos. Ahora ya no se tributa por esas rentas.

Así que los contribuyentes que durante el ejercicio 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad o paternidad o retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos y pueden deducirse las retenciones soportadas.

Según el artículo 7 de la Ley del IRPF, las prestaciones públicas de maternidad y paternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF. Esto es así desde una sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2018, que introdujo la exención desde 2018 y, además, para los cuatro ejercicios anteriores no prescritos. Por tanto, en ese momento se pudo solicitar la rectificación (devolución) de esos ejercicios.

Además, se declaran exentas las prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos por las Mutualidades de Previsión Social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social.

De acuerdo con esta modificación legal, los contribuyentes que durante 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad y paternidad o retribuciones durante los permisos o bajas por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos y pueden deducirse las retenciones soportadas.

Atendiendo a la forma de cálculo de la prestación de maternidad y/o paternidad, y a efectos del límite que se indica en el artículo 7.h) de la Ley del IRPF, el importe mensual de la prestación nunca podrá superar al 100 por 100 de la base máxima de cotización vigente en cada momento.

La cuantía exenta tiene como límite el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda.

Importante: las prestaciones públicas de maternidad percibidas de la Seguridad Social se han venido considerando como sujetas al IRPF hasta la sentencia del Tribunal Supremo núm.

En 2018 el Tribunal Supremo tumbó el criterio de Hacienda, que consideraba la prestación por paternidad y maternidad una renta del trabajo más en el IRPF. Ahora, ¿cómo tributa la prestación por paternidad en el IRPF? La prestación por paternidad ha ido mejorando con los años. A día de hoy la fiscalidad de la baja por paternidad es muy clara. En otras palabras, es un dinero que no tributa en la renta, aunque sí aparecerá reflejado en los datos fiscales de Hacienda con la Seguridad Social como pagador.

¿La baja por paternidad cuenta como segundo pagador?

Según establece la Ley 35/2006 del IRPF, las prestaciones por maternidad o paternidad están exentas de tributación, por lo que no habrá que agregarla como un rendimiento o como un pagador más, algo que sí ocurre con la prestación contributiva por desempleo.

¿Cuando estás de baja por paternidad te retienen IRPF?

La respuesta a esta pregunta es negativa.

La deducción por maternidad en el IRPF

La prestación por maternidad no tiene que tributar en el IRPF. Sin embargo, existe otra deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo referente a los gastos de guardería o en centros de educación infantil.

Concretamente, el 1 de enero de 2023 se introdujo una modificación por la cual podrán optar a ella las mujeres con hijos menores de tres años, por los que tengan derecho al mínimo por descendientes, que:

  • En el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo
  • En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad
  • En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados

También podrán aplicar esta deducción cuando se cumplan los requisitos anteriores:

  • Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes)
  • El padre o tutor en caso del fallecimiento de la madre
  • El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva

Los hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción son:

  • Los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquel en el que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive.
  • Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva. La deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
  • Los menores en régimen de tutela. El tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años de edad.

La deducción por maternidad sigue siendo uno de los beneficios fiscales más importantes para las madres trabajadoras en España. Según el artículo 81 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las mujeres con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo. Además, se han ampliado los supuestos que permiten acceder a esta deducción, extendiéndola a mujeres que se encuentren en situaciones específicas como el ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), que trabajen a tiempo parcial o que estén en una situación de incapacidad temporal.

Para poder beneficiarse de esta deducción por maternidad, es imprescindible que la madre esté dada de alta en la Seguridad Social.

A partir de 2023 y siguiendo en vigor en 2025, se ha consolidado la ampliación de la deducción por maternidad para incluir un importe adicional por los gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. Esta deducción adicional puede llegar hasta 1.000 euros anuales por cada hijo menor de tres años que esté inscrito en una guardería o centro autorizado.

Otras ventajas fiscales por tener hijos

Para aquellos valientes que sí se decidan por ello, hay que aclarar una cosa muy importante: actualmente no existen deducciones por paternidad, sino de maternidad, que en algunos casos puntuales sí se puede ceder al padre.

  1. Este caso es lo más parecido a una deducción por paternidad que existe, pero solo se da en casos muy extremos. Si este es uno de tus casos, podrías solicitar la deducción por maternidad, cuya cuantía es de 1200€ al año o de 100€ al mes. Ten en cuenta que, además, tu hijo/a tiene que haber nacido en territorio español y tener menos de tres años.
  2. Es la ventaja más básica que sí o sí podrás aplicártela. Solo por el hecho de tener un hijo/a, tus mínimos de IRPF personales y familiares disminuyen. En otras palabras: hay una parte que está exenta de tributar y que se restará de tus ingresos como contribuyente. Además, si tu hijo/a tiene una discapacidad igual o superior al 33%, la cuantía es de 3.000€. Ten en cuenta que, si estás casado y decides junto a tu pareja presentar una declaración conjunta, estas cantidades que se han expuesto anteriormente se prorratearán. Imagina que estás soltero, ganas 30000€ y tienes una hija. Que tu hijo/a tenga menos de 25 años. Salvo si tiene un 33% o más de minusvalía. Tenéis que vivir juntos.
  3. Decimos ‘paternidad’ pero realmente no se llama así y aplican tanto a la madre como al padre.
    • 200€ /año.
    • 400€/año.
    • Tener el título de familia numerosa.

Deducciones autonómicas por paternidad

En el ámbito autonómico tampoco hay una deducción por paternidad como tal.

  • Andalucía: En Andalucía existe una deducción que consiste, atención, en 50€ por nacimiento o adopción de hijos.
  • Aragón: Una de las mejores deducciones por paternidad es la de esta comunidad. Al igual que en Andalucía, la cuantía que puedes obtener por hijos adoptados en el extranjero es de 600€.
  • Principado de Asturias: La deducción más destacable es la que puedes obtener por adopción de menores en el extranjero.
  • Canarias: Es la comunidad autónoma más generosa.
  • Extremadura: La única deducción por paternidad que se aplica se puede obtener en caso de partos múltiples.
  • Galicia: La tierra de las Tanxugueiras también tiene buenas deducciones por hijos nacidos y adoptados.
  • Murcia: Murcia qué hermosa eres. ¡Y qué buenas deducciones tienes!
  • La Rioja: Otra de las comunidades más generosas.
  • Comunidad Valenciana: Si eres padre y estás residiendo en la Comunidad Valenciana, también puedes optar por una deducción un poco menos sexy que la de Castilla y León. ¡Pero es mejor que nada!

Ojo con estas deducciones autonómicas porque el borrador de Renta Web, en numerosas ocasiones, no las aplica de forma automática.

Complemento por maternidad por aportación demográfica

El complemento por maternidad por aportación demográfica es relativamente reciente en la legislación española, ya que entró en vigor el 1 de enero de 2016.

El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, en susentencia de 12 de diciembre de 2019 (asunto nº C-450/18, ECLI: EU:C:2019:1075), aplicando la no discriminación, falló a favor de que los hombres tuvieran derecho a percibir el complemento por maternidad por aportación demográfica.

En consecuencia, con la nueva redacción del art. 60 LGSS se sustituyó, para las pensiones causadas desde el 4 de febrero de 2021, el complemento de maternidad por aportación demográfica por otro en el que el número de hijos es el criterio que se pondera para aplicarlo, dado que su nacimiento y cuidado es la principal causa de la brecha de género.

Posteriormente, el Tribunal Supremo, en sentencia de 30 de mayo de 2022 (nº 487/2022), se pronunció acerca de los efectos retroactivos de dicho reconocimiento a los hombres, estableciendo que «el reconocimiento del complemento de maternidad por aportación demográfica producirá efectos desde la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación siempre que se cumplan los restantes requisitos exigidos por la redacción original del art.

Y tras ello, la STS de 17 de mayo de 2023 (Núm.

  • Que, si son pensionistas de jubilación, esta sea “ordinaria” o anticipada “forzosa”, o sea, no voluntaria.
  • Haber tenido 2 o más hijos.

El derecho para reclamar el complemento de paternidad, según la STS de 21 de febrero de 2024 no prescribe.

En general, los atrasos por este concepto que cobre el pensionista se consideran, al igual que la pensión que perciba, rendimientos del trabajo (art.

Con respecto a la posibilidad de aplicar o no la reducción del 30% por tratarse de un rendimiento de trabajo con un periodo de generación superior a dos años (art.

Así quedó establecido por el Tribunal Económico-Administrativo Central, en Resolución de 1 de junio de 2020 (Reclamación 00/03228/2019/00/00),que, unificando criterio señala que “la reducción se aplica a los atrasos de pensiones o de complementos de las mismas percibidos tras una sentencia judicial cuyo devengo se haya producido antes de la repetida firmeza de la sentencia judicial que los haya reconocido, y siempre que sean atrasos que se hubieran comenzado a devengar más de 2 años antes de esa sentencia.

Estos ingresos se computan como atrasos y, según el criterio de exigibilidad, hay que declararlos cuando se perciben, pero imputándolos al ejercicio el que debían haberse cobrado. Por lo tanto, habrá que presentar una autoliquidación complementaria del ejercicio en el que se cobran.

En el caso concreto, el consultante es pensionista desde el 1 de junio de 2018. Ha obtenido el complemento de maternidad y ha percibido en 2022 cantidades por atrasos correspondientes a los años 2018, 2019, 2020 y 2021, sobre las que se le ha practicado retención.

En el caso concreto, el consultante es un hombre que percibe la pensión ordinaria de jubilación forzosa de clases pasivas desde enero de 2018.

En ella plantea el consultante que es pensionista de la Seguridad Social desde diciembre del 2020. En el año 2023, recibió de la Seguridad Social unos ingresos correspondientes a su reclamación judicial por el complemento de maternidad.

La Dirección General de Tributos, en su reciente consulta vinculante CV 0452-24, de 19 de marzo de 2024, se aborda la cuestión de si puede tener la consideración de gasto fiscalmente deducible, el de abogado (facturas de 2022, y 2023), y la factura del gasto de procurador de 2022. Dichos gastos han sido ocasionados con motivo de interponer el recurso contencioso-administrativo en relación al complemento de maternidad.

Y aclara el Centro Directivo que son fiscalmente deducibles para la determinación del rendimiento neto del trabajo los gastos sufragados al abogado y al procurador que hayan tramitado la reclamación en vía judicial. Con el límite de 300 € anuales (art.

¿Y las aportaciones a la Seguridad Social?

La baja por paternidad es un ingreso exento de tributar en la renta, pero hay una parte de ese ingreso que podrás desgravar en el IRPF. Y es que parte del dinero de la prestación se usa para abonar las cotizaciones a la Seguridad Social como trabajador. Por eso si te correspondían 3.000 euros por tu salario, a tu cuenta habrá llegado algo menos.

Esas cotizaciones son un gasto fiscalmente deducible que, además, aparecerá reflejado en los datos fiscales del borrador de la renta.

Para hacerlo lo mejor es crear un nuevo pagador sin ingresos donde imputar los gastos deducibles por las cotizaciones sociales de la baja por paternidad.

Es fácil que Hacienda no haya incluido a tu hijo en el IRPF y que tengas que hacerlo tú. Entre las cosas que debes revisar en el borrador de la renta por ser padre está la aplicación de los máximos y los mínimos familiares. En concreto, el primero hijo restará 2.400 euros en el IRPF y 2.700 el segundo por 4.000 euros el tercero.

VIDEOANÁLISIS | Así SERÁ el permiso de maternidad y paternidad en España tras su ampliación

Familias numerosas y descendientes con discapacidad

Las familias numerosas tienen derecho a una serie de beneficios fiscales específicos. La deducción por familia numerosa se recoge en el artículo 81.bis de la Ley del IRPF. Las familias numerosas pueden aplicarse una deducción de hasta 1.200 euros anuales, o 2.400 euros si es una familia numerosa de categoría especial.

En 2025, los progenitores con hijos que tengan una discapacidad reconocida igual o superior al 33% pueden beneficiarse de una deducción por descendiente con discapacidad contemplada también en el artículo 81 bis de la Ley del IRPF.

Tabla resumen de deducciones y beneficios fiscales

Deducción/Beneficio Importe Máximo Anual Requisitos
Deducción por Maternidad 1.200 € por hijo Madres trabajadoras con hijos menores de 3 años
Deducción Adicional por Gastos de Guardería 1.000 € por hijo Hijos menores de 3 años inscritos en guarderías o centros autorizados
Deducción por Familia Numerosa 1.200 € (general) / 2.400 € (especial) Cumplir los requisitos para ser familia numerosa
Deducción por Descendiente con Discapacidad Variable (según grado de discapacidad) Hijos con discapacidad igual o superior al 33%

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