Legislación sobre el Aborto en España: Hasta Qué Mes Está Permitido

En España, las mujeres y personas con capacidad para gestar pueden abortar legalmente a lo largo de todo el embarazo, y las condiciones para hacerlo están recogidas en la ley, básicamente condicionadas a las semanas de gestación. A continuación, te explicamos los plazos para poder abortar.

Plazos Legales para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)

En España, el aborto está regulado por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, que establece un marco legal para garantizar el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su fertilidad y el ejercicio de la autonomía reproductiva.

  • Hasta las 14 semanas de embarazo: La mujer puede solicitar la interrupción voluntaria del embarazo por decisión propia y libre, sin necesidad de justificar los motivos. Este es el plazo general para el aborto a petición de la mujer.
  • Entre las semanas 14 y 22 de embarazo: Se puede interrumpir el embarazo si existe grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada (física o psíquica). También es posible si se detectan graves anomalías en el feto que sean incompatibles con la vida o que impliquen una enfermedad extremadamente grave e incurable, confirmadas por un comité clínico.
  • Después de la semana 22 de embarazo: Solo se permite la interrupción del embarazo si se detectan anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico, siempre que así lo confirme un dictamen emitido por un médico o comité clínico especializado, ajeno al centro donde se realice la intervención.

Desde La Asociación de Derechos Sexuales y Reproductivos quieren contribuir a garantizar el derecho de las mujeres y personas con capacidad para gestar a abortar ofreciendo toda la información disponible y por eso han puesto en marcha la iniciativa “Más 22” ya que a partir de la semana 22 de gestación la ley restringe el derecho de interrupción de embarazo y lo condiciona al estado del feto.

¿Qué puedo hacer si quiero abortar más allá de la semana 22 de embarazo?

A partir de las 22 semanas de embarazo, puedes encontrarte en dos situaciones:

  • Si en pruebas diagnósticas previas se han detectado anomalías fetales incompatibles con la vida, entonces sólo tendrás que disponer de un dictamen/informe realizado por un médico/a para poder realizar la interrupción del embarazo.
  • Pero lo que se detectan no son anomalías incompatibles con la vida, entonces la ley en España te obliga a exponer la situación a un comité clínico de profesionales nombrados por el sistema público de salud de la Comunidad Autónoma. Este comité valorará cada caso que le llegue y, sólo confirmando que la alteración del feto es grave e incurable, se podrá interrumpir el embarazo.

Si en los seguimientos ordinarios del embarazo te han dado un diagnóstico de alteración del feto, el médico que haya emitido este primer diagnóstico estará obligado a informarte de los trámites necesarios en cuanto a la solicitud del dictamen y tu derecho a elegir a uno de los médicos especialistas o expertos que componen el comité.

El aborto en España. Guía jurídica práctica de la interrupción voluntaria del embarazo

¿Qué es un comité clínico?

El comité clínico es un grupo de profesionales que se reúnen a petición de la persona demandante para confirmar/ratificar un diagnóstico de malformación fetal que sea grave e incurable o incompatible con la vida. Está formado por un equipo de tres médicos/médicas especialistas en ginecología y obstetricia y/o expertos en diagnóstico prenatal y un/a pediatra.

¿Dónde está mi comité clínico?

Existen dos vías para acceder:

  1. Puedes solicitar y autorizar a que lo haga un médico/a -habitualmente quien te ha dado el diagnóstico o sigue el embarazo.
  2. O puedes hacerlo tú misma. Si lo haces tú misma debes averiguar el formulario a rellenar y la dirección electrónica a la que debe enviarse la petición de tu Consejería de salud puedes. Esta dirección y cómo solicitar el comité no suele ser fácil de encontrar porque la información no siempre es transparente y accesible. Te sugerimos preguntar a los profesionales que te hayan seguido el embarazo.

En el momento de la solicitud puedes autorizar al comité clínico para que notifique directamente su dictamen al correspondiente médico o médica que ha realizado el primer diagnóstico, a efectos de que éste se comprometa a notificar e informar a la mujer.

Una vez recibida la solicitud de dictamen, desde la Consejería o Departamento de Salud se inicia la tramitación y asigna el caso a un comité clínico dentro del plazo máximo de 24 horas de la recepción de la solicitud, a fin de que se emita el dictamen correspondiente.

Si eres de Cataluña y quieres enviar tu petición a uno de los dos comités designados tienes dos opciones.

Preguntas frecuentes sobre el comité clínico

  • ¿Cuánto tarda todo el proceso? - No especificado.
  • ¿Estoy obligada a acudir al comité clínico de mi comunidad? No.
  • ¿El comité clínico está obligado a estudiar mi petición? Si.
  • Si el comité clínico dictamina que el feto es compatible con la vida o curable, ¿puedo pedir una segunda opinión a otro comité? Sí, puedes pedirlo tantas veces como quieras por el comité clínico.
  • ¿Cómo puedo defender mi caso frente al comité? El expediente médico detallado será clave. Al mismo tiempo, tienes derecho a poder designar a un/a profesional de tu confianza -del sector público o privado- para que forme parte del comité. Deberás notificarlo en el momento en que solicites la revisión de tu caso por parte del comité y puedes indicarlo en el mismo correo electrónico donde adjuntes la solicitud.El médico designado deberá tener una de las siguientes especialidades: ginecología y obstetricia, expertos en diagnóstico prenatal o pediatra.
  • ¿Qué casos confirma el comité? La ley especifica que podrá interrumpirse el embarazo si se detecta en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico. A menudo, es difícil saber si un diagnóstico concreto será confirmado o no por el comité porque una misma prueba diagnóstica puede dar lugar a diversas interpretaciones. Los criterios de lo que se considera anomalía grave o incurable pueden variar en función de cada profesional o comité.
  • ¿Se me pedirá estar presente en el comité clínico? No. No debes estar presente durante la sesión del comité.
  • Si el comité clínico me aprueba la petición de abortar, ¿entonces estaré obligada a abortar en el hospital donde haya pasado el comité? No especificado.
  • ¿Este proceso está cubierto por la sanidad pública o habrá que pagar por la valoración y/o el aborto? No especificado.
  • ¿Si siento que mis derechos no han sido respetados puedo presentar una reclamación y/o denuncia? No especificado.
  • Si no quiero que otras personas sepan que he hecho la solicitud, ¿qué debo hacer? El resultado del dictamen se te informará a ti, y también a tu médico si así lo autorizas. A nadie más. Todos tus datos personales tienen carácter confidencial.
  • He subido mi caso al comité y no ha confirmado que sea lo suficientemente grave. Ahora no puedo abortar. ¿Existen opciones en el extranjero? En caso de que se te niegue la posibilidad de abortar en España después de la semana 22 tendrías la opción de valorar comités clínicos de otros países europeos. Los más accesibles por proximidad, por coste y por criterio clínico podrían ser Bélgica y Francia, por este orden. También estaría la opción de México o de Estados Unidos pero es más costosa económicamente.
  • El comité ha denegado la petición, ¿puedo recurrir a algún otro estamento/administración en España? No hay ninguna anomalia fetal. ¿Qué opciones tengo? En este caso en España será imposible interrumpir el embarazo (A no ser que un tribunal pueda autorizarlo después de un dictamen del comité clínico). Así que las opciones pasarían por el extranjero. Si necesitas más información puedes contactarnos.

Métodos para abortar según la semana de embarazo

  • Abortar de 6 semanas: Generalmente se realiza con pastillas abortivas. Se administran dos medicamentos (Mifepristona y Misoprostol) en dos momentos diferentes, siempre bajo estricto control médico.
  • Abortar de 7 semanas: El proceso suele iniciar en la clínica de aborto, donde se toma el primer medicamento (Mifepristona) para bloquear la hormona del embarazo. El segundo medicamento (Misoprostol) puede tomarse en casa, bajo supervisión médica, para provocar contracciones uterinas y la expulsión. El seguimiento médico es crucial para controlar el sangrado.
  • Abortar de 8 semanas: En la mayoría de los casos, se realiza mediante aborto quirúrgico. Sin embargo, en algunas situaciones y por indicación médica, el aborto con pastillas aún puede ser una opción.
  • Abortar de 9 semanas: El aborto quirúrgico es el método recomendado, también avalado por la OMS. En algunos casos, por indicación médica, podría considerarse el aborto con pastillas bajo estricta prescripción. La intervención quirúrgica dura pocos minutos, no requiere hospitalización y se realiza con sedación o anestesia (local o general) para asegurar que sea un procedimiento sin dolor ni molestias. Consiste en vaciar el contenido uterino mediante dilatación.
  • Abortar de 10 semanas: Se realiza principalmente por aborto quirúrgico, también conocido como aborto instrumental.
  • Abortar de 11 y 12 semanas: Ambos se realizan mediante aborto quirúrgico. Este procedimiento implica la dilatación del cuello del útero y la extracción del contenido uterino con un tubo de succión, bajo anestesia local o general.
  • Abortar de 13 y 14 semanas: Dentro de este plazo legal para el aborto voluntario, la interrupción se efectúa mediante el método quirúrgico. Recuerda que la Ley te ampara hasta la semana 14 para ejercer tu derecho a la interrupción del embarazo por decisión propia.

Aborto privado

Si buscas rapidez, anonimato o simplemente quieres gestionar todo el proceso directamente, la vía privada es una excelente opción.

  • Ventajas: La principal ventaja es la inmediatez. Puedes concertar una cita y, realizar el procedimiento. Además, la atención suele ser más personalizada, y en muchos casos, puedes elegir el método (siempre que sea viable para tu caso) y la fecha de la intervención.
  • Coste: El precio del aborto en una clínica privada varía según el método y la semana de gestación. Algunas clínicas ofrecen opciones de financiación para facilitar el pago.

Derechos de las Menores de Edad

Anteriormente, el consentimiento para la interrupción del embarazo en menores de 16 y 17 años les correspondía exclusivamente a ellas. Sin embargo, desde el año 2015 se modificó la ley, por tanto, todas las menores de 18 años necesitan ser acompañadas por alguno de sus padres o representantes legales para que firmen el consentimiento de la intervención.

Contexto Actual y Reforma Legislativa de 2022

La reforma legislativa de 2022 tuvo como objetivo fundamental garantizar el derecho al aborto y fortalecer la autonomía en la toma de decisiones sobre salud reproductiva. Para lograr esto, se eliminaron requisitos que antes se consideraban restrictivos y que obstaculizaban el acceso a servicios seguros y accesibles.

En este nuevo marco, adolescentes de entre 16 y 18 años ya no necesitan la autorización de sus progenitores para interrumpir un embarazo. Asimismo, las personas con discapacidad ahora pueden decidir libremente sin la autorización de quienes ejercen su representación legal, asegurando que cuentan con los apoyos necesarios para tomar decisiones informadas. También se suprimieron otras barreras, como el plazo obligatorio de reflexión de tres días antes de proceder con el aborto y la obligación de recibir información sobre ayudas para continuar con el embarazo.

Otro avance relevante fue la mejora de la regulación de la objeción de conciencia del personal sanitario para garantizar que los abortos se realicen en el sistema público de salud y que las mujeres no vean comprometido su derecho a la atención médica.

Barreras Persistentes

Sin embargo, persisten barreras significativas que limitan el acceso al aborto, ya que la mayoría de los procedimientos se llevan a cabo en centros privados. Esto genera desigualdad, especialmente entre las personas más vulnerables, como adolescentes, que encuentran dificultades para acceder a información y servicios de salud sexual y reproductiva; y como las personas migrantes, que encuentran la mismas dificultades por la interpretación del Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud.

En 2023, el número de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en mujeres menores de 20 años ascendió a 10.934, lo que supone un incremento del 4,78 % en comparación con el año anterior. Esto incluye regular de manera adecuada las negativas a prestar atención médica, como ocurre cuando los profesionales sanitarios se niegan a realizar abortos por motivos de conciencia. Estas prácticas no deben impedir que las mujeres accedan al aborto cuando lo necesitan.

Recomendaciones de Amnistía Internacional

Amnistía Internacional insta a las autoridades competentes a la implementación completa del registro de profesionales de la salud que se niegan a practicar abortos por motivos de conciencia. Este registro es esencial para planificar los recursos necesarios y garantizar que todas las personas puedan acceder al aborto en cualquier centro de salud, independientemente de las objeciones de ciertos profesionales.

Amnistía Internacional también pide que todas las personas que necesiten acceder a un aborto puedan hacerlo de manera segura, con información clara y rigurosa. Esto implica eliminar cualquier barrera adicional, evitar la discriminación y proteger a las personas de cualquier forma de acoso en los centros de salud.

Uno de los problemas más grandes a los que se sigue enfrentando España es que la mayoría de los abortos no se realizan en centros públicos. En 2022, solo el 17% de las interrupciones del embarazo se practicaron en hospitales públicos, y en algunas provincias, es prácticamente imposible acceder a estos servicios, haciendo inevitable el traslado a otras regiones. Esto supone gastos adicionales y un impacto significativo en la salud física y mental de las personas afectadas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad.

El 28 de Septiembre: Día de Acción por la Despenalización del Aborto

El 28 de septiembre es una fecha significativa para reflexionar y actuar por la despenalización del aborto y los derechos reproductivos. Su origen se remonta a 1990, cuando se lanzó la campaña "28 de Septiembre" con el objetivo de abogar por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe.

En Amnistía Internacional conmemoramos cada año el 28 de septiembre como una oportunidad para reafirmar nuestro compromiso con el derecho al aborto como parte de los derechos sexuales y reproductivos. Este día nos movilizamos para garantizar que el derecho al aborto sea accesible y seguro para todas las personas.

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