Extensión Baja Maternidad: Requisitos y Novedades en España

Si estás esperando un bebé o planeas tenerlo próximamente, es importante que conozcas los cambios recientes en la baja de maternidad. España ha dado un paso adelante en la conciliación entre la vida laboral y familiar ofreciendo más tiempo para el cuidado de los recién nacidos. Pero, ¿cuándo entra en vigor esta medida? ¿Qué implica exactamente?

¿Qué es el permiso de maternidad?

El permiso de maternidad, también conocido como baja por maternidad, es un derecho laboral que permite a las madres trabajadoras ausentarse de su trabajo durante un período determinado tras el nacimiento o adopción de un hijo.

Duración Actual del Permiso de Maternidad

Hasta la implementación de la nueva propuesta de ley, el permiso de maternidad en España es de 16 semanas, tanto para la madre como para el otro progenitor.

Claves de los nuevos permisos de maternidad y paternidad

Novedades para 2025: Ampliación del Permiso de Maternidad

¡Novedad importante para 2025! De esta manera, se consolida una ampliación de permisos retribuidos que alcanza las 19 semanas en total para cada progenitor, y de 32 semanas en el caso de las familias monomarentales y monoparentales, siendo un derecho de las personas trabajadoras no transferibles al otro progenitor, y con carácter retroactivo desde el 2 de agosto de 2024. Eso sí, no tiene carácter retroactivo.

Esta medida, que puede entrar en vigor el segundo semestre de 2025 o a principios del 2026, representa un incremento de cuatro semanas respecto al sistema actual.

El ministro Bustinduy ha asegurado que este es “un paso histórico” para las familias españolas y que seguirá trabajando para llegar a las 20 semanas retribuidas al final de la legislatura.

Madrid, 09 de septiembre de 2025.- El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes el Real Decreto-ley que aprobó el Gobierno en Consejo de Ministros a finales de julio para ampliar los permisos de nacimiento para progenitores a 17 semanas y para añadir 2 semanas de permisos retribuidos para cuidados.

Las 2 semanas de permiso parental retribuidas para el cuidado de hijos e hijas menores de 8 años se aplican de forma retroactiva desde el 2 de agosto de 2024. Al no hacerlo la Comisión Europea anunció una sanción de más de 40.000 € diarios a partir del 1 de agosto de 2025.

Yolanda Díaz ha defendido la convalidación de esta normativa en el Congreso de los Diputados y ha manifestado que esta ampliación sitúa a España “entre los países con permisos parentales más amplios y equitativos del mundo”.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social también ha declarado que “este avance nos coloca en la vanguardia europea y beneficiará a casi un millón de personas solo el primer año”. Asimismo, Díaz ha destacado que uno de los objetivos de este Gobierno “es hacer de los cuidados uno de los pilares del Estado de Bienestar” y ha afirmado que este Real Decreto “hace avanzar al país y mejora la vida de la gente trabajadora”.

Por su parte, Pablo Bustinduy ha declarado que “esto es un paso histórico y una victoria democrática”. El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, uno de los impulsores de esta ampliación, ha hecho estas declaraciones desde el Congreso de los Diputados y ha añadido que con esta medida se “empieza a saldar la deuda que tiene España con las familias”.

Esta ampliación supondrá, en total, 19 semanas retribuidas para cada progenitor y 32 semanas para las familias monomarentales. La vicepresidenta Yolanda Díaz ha declarado que esta ampliación “nos coloca en la vanguardia europea” y supone “un avance que beneficiará a casi un millón de personas solo el primer año”.

Pero, si ahondamos en las cifras que tienen que ver con los cuidados familiares podemos comprobar la importancia de equiparar la duración de los permisos para avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Según los datos de septiembre, de cada 10 personas que solicitan excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar, entre ocho y nueve son mujeres.

Distribución del Permiso

Las 17 semanas de permiso por nacimiento son válidas durante el primer año de vida del hijo o hija, con la obligación de que las primeras 6 semanas se disfruten de forma ininterrumpida a jornada completa tras el parto.

¡Importante! 11 semanas (22 en el caso de una familia monoparental): podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses.

Por otro lado, las 2 semanas de permiso retribuido se podrán disfrutar de forma flexible en los 8 primeros años de vida del hijo o hija. Estos permisos tienen, además, la misma validez para casos de adopción, acogimiento familiar o guarda, y se suman al permiso de lactancia, que sigue siendo de 3 semanas.

6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción).

Ampliación Baja Maternidad por Hospitalización

Cuando un recién nacido requiere hospitalización prolongada tras el nacimiento, en España, es posible solicitar una Ampliación Baja Maternidad por Hospitalización. La «ampliación baja maternidad por hospitalización» es un derecho fundamental para los padres cuyo bebé recién nacido requiere cuidados hospitalarios prolongados inmediatamente después del parto. La legislación vigente en España facilita que ambos papás puedan solicitar una extensión del permiso de paternidad y maternidad, garantizando así que puedan proporcionar el apoyo necesario al lado de su hijo durante este período crítico.

  • Ambos progenitores tienen el derecho individual de solicitar la ampliación de hasta 13 semanas si el recién nacido requiere hospitalización inmediatamente después del parto.
  • Es necesario presentar documentación que acredite la hospitalización del bebé.
  • La solicitud se puede tramitar directamente a través de la Seguridad Social, presentando la documentación requerida.
  • En los casos de parto prematuro es necesario que el bebé necesite cuidados especiales en el centro sanitario y que por ese motivo precise su hospitalización.

En los casos de nacimiento no prematuro pero que el bebé necesite ingreso hospitalario después de nacer, la baja maternal se ampliará si el bebe permanece ingresado durante más de 7 días consecutivos. La ampliación será de tantos días como el bebé se encuentre hospitalizado, y hasta un máximo de 13 semanas. Comenzará a contar a partir del octavo día de hospitalización del recién nacido.

A estos efectos, también se tienen en cuenta las hospitalizaciones iniciadas dentro de los 30 días naturales siguientes al parto. Con esta ampliación se permite que los padres del recién nacido puedan estar en el centro hospitalario cuidando de su hijo, sin el temor de estar perdiendo días del descanso maternal. Además, es importante saber que, durante esta ampliación, la empresa seguirá cotizando a la Seguridad Social y se cobrará la prestación en igual cuantía que en el resto del permiso.

Durante el periodo ampliado, la persona trabajadora también continúa teniendo garantizado su puesto de trabajo, no siendo posible la extinción del contrato por despido ni a recibir ninguna otra sanción por estar de baja por maternidad. Su contrato de trabajo quedará suspendido con derecho a la reserva de su puesto de trabajo.

El medico emitirá un informe donde conste la necesidad del bebé a estar hospitalizado. Este informe se deberá entrega al INSS o mutua colaboradora que gestione la baja de maternidad.

Documentación Requerida: Generalmente, se necesita un informe médico detallado que especifique la necesidad de hospitalización prolongada del bebé.

Requisitos para Solicitar la Baja por Maternidad

Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social. Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores.

Sí, los trabajadores autónomos también tienen derecho a la baja por maternidad y paternidad. Tener cubierto un período mínimo de cotización que varía según la edad.

  • A los menores de 21 años no se exige período mínimo de cotización.
  • Entre 21 y 26 años se exige tener 90 días cotizados en los 7 años anteriores o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

¿Cómo Solicitar el Permiso de Maternidad?

El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción. Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja.

Por correo ordinario. Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo.

Cesión del Permiso de Paternidad

Sí, la ley permite la cesión de semanas del permiso de paternidad al otro progenitor. Este traspaso puede ser total o parcial, siempre que se respete el período obligatorio de 6 semanas tras el parto o adopción.

Protección Contra el Despido

No, el despido durante la baja por maternidad o paternidad está prohibido por ley. De este modo, podemos decir que la ley protege a los trabajadores durante este período, así como durante el embarazo y un tiempo después de la reincorporación al trabajo.

Familias Monoparentales

En el caso de las familias monoparentales, la legislación actual no permite acumular los permisos del otro progenitor. Sin embargo, en este 2025 comienza a haber alguna sentencia en la que se reconoce por primera vez en España la prestación ampliada del permiso en una familia monoparental.

Cuantía de la Prestación por Maternidad

La cuantía de la prestación por maternidad equivale al 100% de la base reguladora del trabajador. Esto significa que, durante el período de baja, se recibe el mismo salario que se percibiría si se estuviera trabajando.

Cabe mencionar que, durante el permiso de maternidad o paternidad, la empresa no está obligada a pagar el salario al trabajador.

Situaciones Especiales

Existen situaciones especiales en las que el permiso de maternidad y paternidad puede ampliarse más allá de las 20 semanas establecidas.

  • Parto múltiple.
  • Nacimiento de hijo con discapacidad.
  • Hospitalización del recién nacido.
  • Parto prematuro.

Cuando exista un nacimiento prematuro y necesita hospitalización después del parto por más de 7 días , el permiso también se amplía por los días que el recién nacido permanezca ingresado, con un máximo de 13 semanas adicionales.

Situación Duración del Permiso
Parto estándar 16 semanas (ampliación a 19 semanas en 2025)
Familia Monoparental 32 semanas (en 2025)
Hospitalización del recién nacido Ampliación de hasta 13 semanas

El Origen del Permiso de Paternidad

Un permiso de paternidad que tiene su origen en 2007, hasta ese momento estos progenitores sólo tenían dos días libres por nacimiento de hijo.

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Los convenios colectivos tenían como objetivo mejorar las condiciones de los permisos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. ¡Así es!

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