Ayudas para Mujeres Embarazadas en Paro sin Prestación en España

La maternidad es una etapa emocionante, pero puede ser un desafío económico, especialmente si te encuentras sin empleo. Afortunadamente, en España existen diversas ayudas disponibles para mujeres embarazadas en esta situación.

Aunque no existen ayudas específicas únicamente para mujeres desempleadas, las embarazadas pueden acceder a diversas prestaciones de la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y algunas ayudas autonómicas.

Ayudas Estatales para Mujeres Embarazadas en Paro

Si estás embarazada o planeas estarlo, te ofrecemos información sobre las ayudas estatales a las que te puedes acoger. Este tipo de ayudas tienen como fin incentivar y favorecer el aumento de la natalidad, además de garantizar la calidad del embarazo.

💥💰𝐓𝐎𝐃𝐀𝐒 𝐥𝐚𝐬 𝐀𝐘𝐔𝐃𝐀𝐒 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐌𝐀𝐃𝐑𝐄𝐒 (𝐒𝐨𝐥𝐭𝐞𝐫𝐚𝐬 𝐲 𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚𝐝𝐚𝐬) 𝐅𝐚𝐦𝐢𝐥𝐢𝐚 𝐌𝐨𝐧𝐨𝐩𝐚𝐫𝐞𝐧𝐭𝐚𝐥 𝐆𝐮𝐢𝐚 𝐂𝐨𝐦𝐩𝐥𝐞𝐭𝐚💥

La baja tasa de nacimientos genera preocupación en el gobierno, por ello se busca, mediante estas ayudas, favorecer en la medida de lo posible el aumento de las familias. Podemos encontrar diferentes tipos de ayuda a mujeres embarazadas según situación y particularidades. Hay ayudas que dependen del gobierno a nivel nacional y otras que varían en función de la comunidad autónoma en la que vivas.

1. Prestación por Riesgo Durante el Embarazo

Si eres mujer trabajadora y estás embarazada, debes saber que existe una ayuda a las mujeres embarazadas para reducir el riesgo durante el embarazo. Todos los trabajos contemplan en mayor o menor medida esta situación de riesgo. Te recomendamos que consultes el convenio colectivo de referencia para conocer las particularidades de cada puesto.

La prestación por riesgo durante el embarazo nace para proteger a aquellas mujeres embarazadas que desempeñan una actividad laboral que puede poner en peligro su salud o la del feto. El único requisito es estar afiliada y en alta en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, y no se exige periodo mínimo de cotización.

Con ese informe y un certificado de la empresa sobre la actividad que desarrolla y las condiciones de su puesto de trabajo, la trabajadora solicita al INSS o a la mutua la emisión de la certificación médica sobre la existencia de riesgo durante el embarazo. Si se certifica el riesgo, y no ha sido posible el cambio del puesto de trabajo, la empresa declarará a la trabajadora en situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.

Documentación necesaria:

  • DNI, NIE o TIE, según el caso, para la acreditación de identidad de la interesada.
  • Original y copia de la documentación relativa a la cotización:
    • Trabajadora por cuenta ajena del régimen general: certificado de empresa debidamente cumplimentado.
    • Trabajadoras por cuenta ajena agrarias: certificado de empresa, cumplimentado conforme al TC 2/8 del mes anterior al inicio de la suspensión del contrato de trabajo y justificantes de pago de los tres últimos meses (TC 1/9).
    • Para las artistas y profesionales taurinas: declaración de actividades (TC 4/6) y justificantes de actuaciones (TC 4/5), que no hayan sido presentados.
    • Trabajadora por cuenta propia: Justificantes del pago de cuotas de los tres últimos meses.
    • Representantes de Comercio: Justificantes del pago de cuotas de los tres últimos meses (TC 1/3).
  • Documentación que acredite el riesgo:
    • Informe médico del Servicio Público de Salud.
    • Certificación médica expedida por los servicios médicos de la entidad gestora en la que quede acreditado que las condiciones del puesto de trabajo influyen negativamente en la salud de la trabajadora o del feto.
    • Declaración de la empresa o de la trabajadora por cuenta propia sobre la actividad y condiciones del puesto de trabajo, categoría y riesgo específico y de la inexistencia de otro puesto compatible con su estado.
    • En el caso de las trabajadora autónomas, declaración de situación de actividad.

2. Prestación por Riesgo Durante la Lactancia Natural

En el caso de que una vez dado a luz, exista riesgo para el bebé, la madre puede acogerse a la prestación económica derivada del riesgo durante la lactancia natural. La cuantía será del 100% de la base reguladora y se extinguirá en el momento que el menor cumpla los 9 meses, reincorporación al puesto, etc.

3. Deducción por Maternidad en el IRPF

Esta ayuda va dirigida a aquellas madres con hijos menores de 3 años que trabajen por cuenta propia o ajena y por la que estén dadas de alta en la Seguridad Social. Esta ayuda permite deducirte la cuota del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años. La deducción por maternidad se puede solicitar de manera anticipada o añadir a la declaración de la renta.

4. Prestación por Hijo a Cargo

En el caso de que tu situación económica sea difícil y te encuentres con dificultades para conseguir llegar a todos los pagos, puedes beneficiarte de la prestación por hijo a cargo. Para poder acogerte a ella, tienes que tener a tu cargo hijos menores de 18 años, o mayores afectados por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%, residir legalmente en territorio español y cumplir los requisitos económicos.

5. Ingreso Mínimo Vital (IMV)

El objetivo del Ingreso Mínimo Vital (IMV) es garantizar unos ingresos mínimos a personas o familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad, estando en riesgo de pobreza o exclusión. Los requisitos que solicitan para ser beneficiario es estar inscrito como demandante de empleo, no superar los umbrales de ingresos establecidos por la Seguridad Social y haber agotado toda prestación y pensión a la que se tuviera derecho.

Las cuantías varían dependiendo de los miembros que compongan la unidad familiar pero se encuentran en un rango de entre 604,21 y 1.329,27 euros mensuales.

Las mujeres embarazadas pueden acceder a esta prestación si cumplen con los requisitos de residencia, ingresos y situación de vulnerabilidad.

6. Subsidios por Desempleo

En caso de estar embarazada y desempleada pero no se tenga derecho a cobrar el paro, o se acabe pronto, se puede acceder a los subsidios por desempleo. En ambos casos, no se pueden tener ingresos, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del SMI, que actualmente equivale a 850,50 euros mensuales.

Estas ayudas asistenciales se solicitan al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y en su página web aparecen al detalle los requisitos que hay que cumplir en cada uno.

7. Prestaciones Familiares de la Seguridad Social de Carácter No Contributivo

Son las ayudas destinadas a personas que residan en territorio español, en situación de necesidad, aunque no hayan cotizado nunca, y cuyos ingresos anuales no sean superiores a un límite establecido.

  • Prestación económica por hijo o menor acogido a cargo.
  • Prestación económica por nacimiento o adopción de tercer o sucesivos hijos.
  • Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas.
  • Prestación económica por parto o adopción múltiple.
  • Prestación no económica por cuidado de hijo, de menor acogido o de otros familiares.

8. Prestaciones Familiares de la Seguridad Social de Carácter Contributivo

Son las ayudas destinadas a personas que residan en territorio español y estén afiliados y en alta o situación asimilada en el Régimen General o los Regímenes Especiales del Sistema de Seguridad Social o en cualquier otro régimen público de protección social.

  • Prestaciones económicas por maternidad y paternidad.
  • Prestación económica por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural.

9. Pago Único por Parto o Adopción Múltiple

Se trata de una prestación de pago único destinada a compensar el aumento de gastos que se producen en las familias por el nacimiento o adopción de dos o más hijos por parto o por una adopción múltiple. Por este motivo, el número de hijos nacidos o adoptados tiene que ser igual o superior a dos. Para poder recibirla hay que cumplir con otros dos requisitos: residir legalmente en España y no tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.

Por su parte, las cuantías corresponden a un pago único otorgado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por el que se multiplica el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) dependiendo del número de hijos.

10. Pago Único por Nacimiento o Adopción

Se trata, de nuevo, de una prestación económica de pago único, otorgada por la Seguridad Social. Para recibirla, no se puede superar un determinado nivel de ingresos. Este límite establecido será distinto dependiendo de la situación familiar y la cuantía es de 1.000 euros si se cumple con esta condición.

Ayudas Autonómicas

Dependiendo de la comunidad autónoma en la que residas, existen ayudas específicas para mujeres embarazadas sin empleo. Algunas comunidades autónomas y ayuntamientos ofrecen cheques bebé o ayudas directas a las familias.

Los organismos autonómicos también pueden contar con ayudas a la natalidad. Es el caso de la Comunidad de Madrid, que cuenta con una ayuda de 500 euros mensuales destinada a las madres menores de 30 años con rentas inferiores a 30.000 euros anuales y que se percibe desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño cumpla 2 años.

Requisitos en Madrid:

  • Ser española o extranjera con residencia legal en España.
  • Tener 30 años o menos.
  • Residir y estar empadronada en algún municipio de la Comunidad de Madrid en el momento de la solicitud y al menos durante los últimos 5 años anteriores a la presentación de la solicitud.

Otros Recursos y Ayudas

  • Ayudas en especie: Alimentos, ropa, pañales, etc., proporcionados por organizaciones benéficas y servicios sociales.
  • Programas de formación y empleo: Cursos y talleres para mejorar la empleabilidad y facilitar la inserción laboral.

Información Adicional

Todas las mujeres que manifiesten su intención de someterse a una interrupción voluntaria del embarazo recibirán información sobre los distintos métodos de interrupción del embarazo, las condiciones para la interrupción previstas en la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, los centros públicos y acreditados a los que se pueda dirigir y los trámites para acceder a la prestación, así como las condiciones para su cobertura por el servicio público de salud correspondiente.

En los casos en que las mujeres opten por la interrupción del embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación a petición de la embarazada recibirán, además, un sobre cerrado que contendrá la siguiente información:

  • Las ayudas públicas disponibles para las mujeres embarazadas y la cobertura sanitaria durante el embarazo y el parto.
  • Los derechos laborales vinculados al embarazo y a la maternidad; las prestaciones y ayudas públicas para el cuidado y atención de los hijos e hijas; los beneficios fiscales y demás información relevante sobre incentivos y ayudas al nacimiento.
  • Datos sobre los centros disponibles para recibir información adecuada sobre anticoncepción y sexo seguro.
  • Datos sobre los centros en los que la mujer pueda recibir voluntariamente asesoramiento antes y después de la interrupción del embarazo.

¿Cómo Solicitar las Ayudas?

El proceso de solicitud varía según la ayuda solicitada. No obstante, en la mayoría de los casos, las solicitudes se pueden realizar de forma telemática a través de las plataformas de la Seguridad Social o el SEPE, aunque algunas ayudas autonómicas también pueden requerir la entrega presencial de documentos en los servicios sociales de tu comunidad.

Requisitos generales:

  • Residencia legal en España.
  • Situación de desempleo.
  • Documentación.

Recursos Adicionales en Andalucía

En Andalucía, el Sistema Sanitario Público ofrece asistencia sanitaria universal y gratuita durante el embarazo, parto y post-parto, cualquiera que sea su nacionalidad y situación administrativa siguiendo el Proceso Asistencial Integrado de Embarazo, Parto y Puerperio. Para acceder a estos servicios se necesita la Tarjeta Sanitaria de Andalucía, que puede solicitarse en el centro de salud más cercano a su domicilio.

Además, el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) ofrece un programa de atención social dirigido a prestar acogimiento temporal a mujeres jóvenes embarazadas o con hijos o hijas, cuyas circunstancias económicas y familiares le impidan permanecer en su medio ante el posible riesgo para ellas o sus descendientes.

Derechos, ayudas, beneficios y prestaciones públicas al embarazo, parto, post-parto, nacimiento, cuidados y atención de los hijos e hijas en Andalucía:

Descargar PDF (322 KB)

Derechos laborales vinculados al embarazo y a la maternidad en el sector privado por cuenta ajena:

  • Adaptación de la prestación laboral a situaciones de embarazo y lactancia natural.
  • Conciliación de la vida familiar, personal y laboral.
  • Permisos parentales: maternidad y paternidad y permiso por lactancia.
  • Reducción de jornada laboral por cuidado de menores.
  • Permisos familiares: realización de exámenes prenatales y preparación al parto y permisos en los casos de nacimiento de hijos o hijas prematuros hospitalizados.
  • Excedencias laborales.
  • Bonificaciones en las cotizaciones a regímenes públicos de protección social.
  • Cómputo de días de cotización por parto.

En relación al personal que trabaja por cuenta propia, autónomos y empleadas y empleados públicos, el alcance de estos beneficios puede variar en función de la normativa aplicable.

Otras medidas en Andalucía:

  • Programa para favorecer la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de los trabajadores y trabajadoras y fomentar la creación de empleo.
  • Ayuda económica para las familias andaluzas que al nacer su tercer hijo o hija o sucesivo tengan otro o más hijos o hijas menores de tres años.
  • Ayudas económicas por partos múltiples.
  • Reconocimiento de la condición de familia numerosa y expedición de los Títulos y carnés individuales.
  • Servicio de atención socioeducativa y de taller de juego.
  • Aula matinal, actividades extraescolares, comedor escolar, gratuidad de libros de textos (de 6 a 16 años) y transporte escolar en determinados supuestos.
  • Gratuidad de medicamentos y productos sanitarios para niños y niñas con menos de un año.
  • Gratuidad de la atención dental básica y determinados tratamientos especiales para niños y niñas de entre 6 y 15 años.

¿Qué Sucede con el Permiso por Maternidad y el Paro?

Ahora, ambas prestaciones se han unificado en una misma que se llama “nacimiento y cuidado del menor”.

Ejemplo práctico: Lucía tiene un contrato temporal con “Turrones SL” hasta el 31 de enero. Antes de que termine su contrato tendrá un bebé y estará de baja por maternidad del 1 de enero al 1 de mayo (16 semanas). El contrato con la empresa se le termina el 31 de enero, cuando llevaba 1 mes de baja cobrando del INSS o la Mutua. Aunque ya no pertenece a “Turrones SL”, su baja la continúa pagando el INSS o la Mutua hasta el 1 de mayo.

El pago por parte del INSS no es automático. Cuando termina la baja por maternidad hay que solicitar en el servicio autonómico de empleo la reactivación de la demanda (la tarjeta del paro) y en la oficina de prestaciones del SEPE, la reactivación de la prestación por desempleo que había quedado en suspenso. El permiso por maternidad no afecta al cobro de los subsidios por desempleo, de modo que se seguirá cobrando la ayuda por el mismo importe (si se cobra íntegra, 480 euros al mes en 2023). Eso si, hay que comunicar la baja por maternidad a la oficina de empleo (servicio autonómico de empleo), entregando el informe del médico de cabecera, para que suspendan la demanda de empleo.

Maternidad y Obligaciones como Demandante de Empleo

Cuando una trabajadora que está inscrita como demandante de empleo pasa a estar en permiso por maternidad, su demanda de empleo se suspende. Con ello deja de tener obligaciones como asistir a cursos de formación, sellar el paro, etc, pero ella puede elegir si también desea que no le lleguen ofertas de empleo, o por el contrario, quiere seguir estando activa en los procesos de selección.

No pierdas oportunidades y benefíciate de aquellas a las que puedas optar.

Publicaciones populares: