La separación o el divorcio son procesos delicados y dolorosos que implican decisiones cruciales, especialmente cuando hay hijos. La custodia compartida ha ganado relevancia en el Derecho de Familia, generando numerosas consultas y dudas debido a la creciente jurisprudencia en torno a esta forma de ejercer la guarda y custodia.
En España, hemos transitado de un sistema donde la custodia monoparental era la norma, casi siempre a favor de la madre, a un escenario donde la custodia compartida es la opción preferente según el Tribunal Supremo. Sin embargo, la custodia monoparental sigue siendo más frecuente estadísticamente, aunque esta tendencia está cambiando gradualmente. Este artículo pretende aclarar la situación actual de la custodia compartida en España, los criterios que los jueces utilizan para concederla, y responder a preguntas comunes sobre estos procesos.
¿CÓMO SE REPARTE EL VERANO DE LOS HIJOS MENORES CON LOS PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS?
¿Qué es la Guarda y Custodia? Diferencias con la Patria Potestad
Es fundamental distinguir entre guarda y custodia y patria potestad, dos conceptos relacionados pero con significados diferentes.
- Guarda y Custodia: Determina con quién vivirá habitualmente el hijo tras la separación o el divorcio. Puede ser ejercida por ambos progenitores (custodia compartida) o por uno solo (custodia monoparental), otorgando al otro progenitor un derecho de visitas. Este derecho pertenece al niño, quien debe tener la oportunidad de relacionarse con ambos padres siempre que sea aconsejable para su desarrollo.
- Patria Potestad: Es un derecho-deber de los progenitores relacionado con la representación y el cuidado de los hijos, incluyendo alimentación, vestido, habitación, educación y salud. Normalmente, se atribuye a los padres del menor no emancipado y puede extenderse más allá de la mayoría de edad. Solo en casos extremos, un progenitor (o ambos) puede perder la patria potestad.
El ejercicio de la patria potestad implica deberes específicos que deben ejercerse en beneficio de los hijos, incluyendo la obligación de estar con ellos, cuidarlos, protegerlos, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación integral, representarlos legalmente y administrar sus bienes. Los progenitores pueden ser privados de la patria potestad por incumplimiento de estos deberes, siempre por decisión judicial, o cuando su conducta ponga en peligro la formación de los menores o incapaces.
¿Qué es la Custodia Compartida y Cuáles son sus Tipos?
El objetivo principal al hablar de guarda y custodia es proteger el interés superior del menor. La custodia compartida es ahora la fórmula prioritaria, pero no excluye la custodia monoparental si las circunstancias lo requieren.
Las dos formas más comunes de guarda y custodia son:
- Custodia Monoparental o Exclusiva: Concede la guarda y custodia a uno solo de los progenitores, quien será el progenitor custodio. El otro progenitor tiene un derecho de visitas, cuya duración y frecuencia varían según las circunstancias.
- Custodia Compartida: Distribuye el ejercicio de la guarda y custodia de manera más o menos equitativa entre ambos progenitores. La doctrina del Tribunal Supremo favorece esta fórmula como general, siempre que no vaya en contra de los intereses del menor.
Tipos de Custodia Compartida
Existen diferentes formas de ejercer la custodia compartida, adaptándose a cada caso particular:
- Custodia Compartida en un Mismo Domicilio: Los progenitores se turnan para vivir en el domicilio familiar, mientras el menor permanece en él.
- Custodia Compartida en Distintos Domicilios: El niño se traslada de un domicilio a otro en cada período establecido.
- Custodia Compartida Coexistente: Ambos progenitores viven bajo el mismo techo.
Es importante destacar que la custodia compartida no siempre implica una distribución equitativa del tiempo. En ciertas circunstancias, el menor puede pasar más tiempo con un progenitor que con otro, sin que esto altere la naturaleza de la custodia compartida.
Adicionalmente, existen otras posibilidades, aunque menos comunes:
- Custodia Partida o Distributiva: En caso de tener más de un hijo, se produce un reparto de ellos entre los progenitores, ostentando cada cual la guarda y custodia del hijo que corresponda.
- Guarda y Custodia Atribuida a un Tercero: Se produce cuando ninguno de los progenitores puede acceder a la custodia de los hijos, por ejemplo, en caso de fallecimiento o incapacidad.
De la Custodia Monoparental a la Custodia Compartida
En las últimas décadas, España ha experimentado cambios significativos en la normativa y jurisprudencia en materia de custodia. Antes de la Ley 15/2005, la Ley 30/1981 regulaba la guarda y custodia, favoreciendo el modelo monoparental, aunque sin prohibir la custodia compartida. La aplicación de esta última era residual.
Una sentencia del Tribunal Supremo del 7 de julio de 2011 marcó un punto de inflexión, estableciendo la custodia compartida como la solución óptima generalizada, siempre preferible a la custodia exclusiva, siempre que beneficie al menor. El Tribunal Supremo ha asegurado que lo importante es garantizar el interés del menor, permitiendo la relación con ambos progenitores siempre que no se lesionen sus derechos fundamentales.
En un fallo del 30 de octubre de 2014, la Sala de lo Civil manifestó que la custodia compartida requiere una relación de mutuo respeto entre los padres, permitiendo la adopción de actitudes y conductas que beneficien al menor, manteniéndolo en un marco familiar de referencia que sustente un crecimiento armónico de su personalidad.
¿Cómo se Materializa la Custodia Compartida en Caso de Separación o Divorcio? El Convenio Regulador
En un divorcio o separación, es necesario adoptar medidas que definan cómo se desarrollará la vida de la pareja, incluyendo a los hijos y el ejercicio de su guarda y custodia. Estas medidas se recogen en el convenio regulador, un documento que contiene los acuerdos alcanzados por ambas partes en cuanto a los aspectos patrimoniales y personales del matrimonio.
El convenio regulador es esencial cuando existe acuerdo entre las partes, es decir, en divorcios o separaciones de mutuo acuerdo. Siempre que sea posible, es preferible optar por un proceso amistoso para mantener el control sobre la decisión final.
Contenido del Convenio Regulador
El artículo 90 del Código Civil establece el contenido mínimo del convenio regulador, que incluye:
- El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de esta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
- Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquellos.
- La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
- La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
- La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
- La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.
En 2013, se intentó modificar el contenido mínimo del convenio regulador para ampliarlo, incluyendo un plan de ejercicio de la patria potestad conjunta, la forma de compartir decisiones relevantes para los hijos, el cumplimiento de los deberes de guarda y custodia, los períodos de convivencia con cada progenitor, el lugar de residencia de los hijos, y las reglas de recogida y entrega.
¿Qué Criterios Siguen los Jueces Para Conceder la Custodia Compartida?
Los jueces consideran varios factores para determinar si la custodia compartida es la mejor opción para el niño. Estos factores pueden incluir:
- La capacidad de cada padre para proporcionar un hogar estable y seguro.
- La relación del niño con cada padre.
- La voluntad de cada padre de cooperar entre sí en la crianza del niño.
- La opinión del niño, si tiene la edad y la madurez suficientes para expresarla.
En última instancia, la decisión del juez se basará en lo que considere que es en el mejor interés del niño.
¿Cuáles son las Ventajas de la Custodia Compartida?
La custodia compartida puede ofrecer varias ventajas para los niños, incluyendo:
- La oportunidad de mantener una relación cercana con ambos padres.
- Una mayor estabilidad emocional.
- Un mejor rendimiento académico.
- Una mayor autoestima.
Sin embargo, la custodia compartida no es adecuada para todas las familias. Si los padres no pueden cooperar entre sí, o si uno de los padres no es apto para cuidar al niño, la custodia monoparental puede ser la mejor opción.
Tabla I: Factores Protectores y de Riesgo en la Separación de Padres
| Factores Protectores | Factores de Riesgo |
|---|---|
| Relaciones cordiales entre los ex cónyuges | Conflictos intensos y prolongados entre los ex cónyuges |
| Apoyo familiar y social | Aislamiento social |
| Estabilidad económica | Inestabilidad económica |
| Salud mental de los padres | Problemas de salud mental en los padres (depresión, ansiedad) |
| Habilidades parentales adecuadas | Falta de habilidades parentales |
Dudas Frecuentes Sobre la Custodia Compartida
Existen numerosas dudas sobre la custodia compartida, incluyendo:
- ¿Cómo afecta la edad del niño a la decisión sobre la custodia?
- ¿Qué sucede si uno de los padres se muda a otra ciudad o país?
- ¿Cómo se manejan los gastos relacionados con el niño en la custodia compartida?
- ¿Qué hacer si uno de los padres no cumple con el acuerdo de custodia?
Es importante buscar asesoramiento legal para abordar estas y otras preguntas específicas sobre su situación familiar.
