Cada año, aumentan los divorcios en España. Solo entre enero y marzo de 2016, hubo hasta 28.728. Divorcio e infidelidad quizás sea uno de los dúos más famosos del mundo, pero ¿es la infidelidad causa de divorcio? A continuación, resolvemos todas tus dudas para que conozcas cómo afecta una infidelidad al divorcio en España.
¿Es la Infidelidad Causa de Divorcio en España?
Desde la reforma del año 2005, la infidelidad es, si cabe aún más, una cuestión de la esfera personal. En el ordenamiento jurídico español, no se precisa de una «causa» a alegar a la hora de quererse divorciar. Con la introducción del divorcio express, se eliminó la necesidad de alegar causas para la petición del divorcio; basta con la petición de una de las partes. Antes de la reforma del año 2005, sí que «importaba», ya que la anterior ley pretendía evitar en lo posible que los matrimonios se pudiesen romper, y para «conseguirlo» existían una serie de trabas.
Sin ninguna duda, la infidelidad es uno de los motivos de quiebra de la confianza en una pareja y, por lo tanto, es motivo más que suficiente para romper los vínculos creados por el matrimonio. Ahora bien, legalmente, el peso de que la motivación del divorcio sea la de la infidelidad o cualquier otra, no tiene apenas importancia. Al juez no le importa el culpable de la ruptura matrimonial, así que, en términos legales, el haber sido o no fiel a las promesas del matrimonio no tiene ninguna consecuencia.
Implicaciones Legales de la Infidelidad en el Divorcio
La normativa de nuestro país no contempla esta circunstancia como un agravante en caso de divorcio. Es decir, no implica mayores derechos o indemnizaciones. Aunque la infidelidad sí puede emplearse para acreditar el abandono de las obligaciones conyugales o del hogar.
Para terminar de cerrar el posible debate sobre si la infidelidad es o no causa para el divorcio, basta con plantearnos la siguiente pregunta: ¿le importa al juez el culpable del divorcio? Y la respuesta es un rotundo NO.
Artículos Relevantes del Código Civil
- Artículo 42: La promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo ni de cumplir lo que se hubiere estipulado para el supuesto de su no celebración. No se admitirá a trámite la demanda en que se pretenda su cumplimiento.
- Artículo 43: El incumplimiento sin causa de la promesa cierta de matrimonio hecha por persona mayor de edad o por menor emancipado sólo producirá la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos y las obligaciones contraídas en consideración al matrimonio prometido. Esta acción caducará al año contado desde el día de la negativa a la celebración del matrimonio.
El Artículo 42 evita que la parte despechada pueda pretender en los tribunales obligar a la otra a cumplir su promesa, lo que chocaría de plano con la libertad individual de estar con quien se quiera. El Artículo 43 protege los intereses económicos de la otra parte, si ha procedido a realizar desembolsos dinerarios, tales como el banquete de la boda, el vestido, el consiguiente viaje de luna de miel, etc.
Consecuencias de la Infidelidad en la Custodia de los Hijos
De nuevo, la custodia y la pensión de los alimentos no tendrán nada que ver con la causa de ruptura entre los padres. Tanto la pensión alimenticia como la custodia de los hijos se fijan de manera independiente de las causas de divorcio. Por esta razón, la infidelidad puede ser causa de divorcio, pero no justifica una sentencia de custodia o de pago de pensión a favor de la víctima de dicha infidelidad.
Cuando se debe decidir sobre con quién deben convivir los hijos menores de edad, se atiende al interés de los niños, más allá de la conveniencia de cada uno de los progenitores. En estos casos se realiza un informe psicosocial por parte de los juzgados, que por lo general es considerado por el juez.
Solo se consideraría la infidelidad para conceder la custodia a uno solo de los progenitores «en caso de que la nueva pareja sea agresiva, violenta, consuma sustancias dañinas, tenga una personalidad inestable…», añade. Y no será estrictamente porque uno de los cónyuges haya sido infiel, sino porque la nueva relación «no sea la idónea para los menores».
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La Infidelidad y la Pensión Compensatoria
Una pensión compensatoria se va a poder solicitar como en cualquier otro divorcio, pero la causa de una infidelidad no hará que esta sea mayor ni tampoco justificará que el juez la acepte. Ahora bien, es cierto que el hecho de que haya habido infidelidad ayudaría a justificar un abandono de infiel sobre la víctima y podría reforzar la idea de desprotección.
En España no existe el divorcio por infidelidad, por lo que no se puede aducir daños o un incumplimiento de matrimonio para reclamar una pensión compensatoria más elevada. Que te hayan engañado «no te otorga mayores derechos o percibir indemnizaciones, ya que es una cuestión personal que nada tiene que ver con el contrato matrimonial», explica la abogada Antonia Cortés.
Además, hay que tener en cuenta que no siempre se tiene derecho a pensión compensatoria: solo hay derecho a esta pensión si se acredita la existencia de un desequilibrio económico respecto a uno de los cónyuges como consecuencia del divorcio.
¿Es Viable Reclamar una Indemnización por Infidelidad?
En España no hay que alegar causalidad para iniciar los trámites de un divorcio. Con manifestar tu voluntad de disolver la unión conyugal es suficiente. No hay más requisito que la capacidad volitiva. Por tanto, tampoco puede demandar por infidelidad a su todavía cónyuge.
La compensación económica se establece atendiendo a otros parámetros, no a la integridad moral, la fidelidad o lo honrado que ha sido el ex cónyuge en su relación.
Puede darse la circunstancia de que la infidelidad en sí misma haya producido algún tipo de daño al otro cónyuge que sí pueda ser objeto de una reclamación económica. A modo de ejemplo, si la infidelidad tuvo como consecuencia un hijo al que se le ha hecho pasar por hijo biológico del cónyuge y más tarde se demuestra que no lo es.
Pruebas de Infidelidad en el Juzgado: ¿Sirven de Algo?
Los datos conseguidos «husmeando» los dispositivos tecnológicos de nuestra pareja no pueden ser esgrimidos o aportados en proceso judicial. Es de pura lógica cuando hemos accedido a ellos sin consentimiento de la otra parte.
Estos correos electrónicos o estos mensajes descubiertos que acreditan la infidelidad, no pueden ser aportados en un proceso judicial, porque podría vulnerarse el derecho a la intimidad o secreto a las comunicaciones, salvo que pueda acreditarse el consentimiento expreso.
La infidelidad es irrelevante para el juez salvo que pueda verse perjudicada la estabilidad de los menores. En este caso, hay que exponerla en el juzgado para que el juez y el ministerio fiscal valoren si es irrelevante o no a los efectos de dar la custodia a uno u otro cónyuge.
Requisitos para el Divorcio en España
Ya hemos visto que no es necesario alegar causa. Ese requisito no existe. Dado que solo la voluntad de los afectados cuenta, casi el único requisito que nos impone el Código Civil es que hayan trascurrido un mínimo de tres meses desde la celebración de la unión conyugal.
Sin embargo, no hace falta respetar este plazo en caso de que «exista un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge que solicita el divorcio, de los hijos de ambos o de uno de los cónyuges».
Tipos de Divorcio en España
En nuestro ordenamiento jurídico, se contemplan dos tipos de divorcio: de mutuo acuerdo o contencioso. La diferencia está en si lo resuelven los cónyuges con su letrado o requieren de la participación del juez.
La otra gran categorización de los divorcios está en que haya o no hijos -menores de edad o mayores dependientes- nacidos de esa unión. En el caso de existir hijos menores de edad, siempre será el juez quien dirima lo relativo a ellos: régimen de tutela o custodia; residencia; pensión de alimentos, etc.
Conclusión
Cada divorcio cuenta con unas cuestiones propias y deben estudiarse por un profesional del derecho. Si estás en un caso similar y tienes dudas, lo mejor es buscar asesoramiento legal para entender tus derechos y opciones.
| Aspecto | Influencia de la Infidelidad |
|---|---|
| Causa de Divorcio | No es necesario alegar infidelidad como causa |
| Custodia de los Hijos | Influye solo si la situación afecta el bienestar de los menores |
| Pensión Compensatoria | No influye directamente, se basa en el desequilibrio económico |
| Indemnización | No se puede demandar por infidelidad directamente |
