La paternidad es un evento vital que genera un profundo impacto en la vida de las personas. En el contexto laboral, este acontecimiento conlleva la solicitud del permiso de paternidad por parte del empleado y la necesidad de que la empresa implemente las medidas pertinentes para cubrir su ausencia temporal.
Si has sido padre recientemente, seguro que te estás preguntando cuándo se cobra la baja por paternidad, cuánto tiempo puedes disfrutarla o cómo tramitarla correctamente ante la Seguridad Social. En esta guía actualizada te explicamos cómo solicitar la baja por paternidad, qué requisitos debes cumplir, cuánto vas a cobrar y cómo paga el INSS esta prestación.
Cómo solicitar la prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor [con certificado digital]
¿Qué es la Baja por Paternidad?
La baja por paternidad es un permiso retribuido reconocido por la Seguridad Social que permite al padre, ya sea biológico o adoptivo, dejar de trabajar temporalmente tras el nacimiento, adopción o acogida de un hijo. Este derecho tiene como objetivo fomentar la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos y promover la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito familiar y laboral.
La baja por paternidad es un permiso retribuido reconocido por la Seguridad Social que permite al padre biológico o adoptivo ausentarse de su trabajo tras el nacimiento, adopción o acogida de un hijo.
La duración de la baja por paternidad ha evolucionado significativamente en los últimos años en España. En 2007, se introdujo un permiso de 13 días, que se amplió a 15 días en 2009.
La baja por paternidad permite a los padres establecer un vínculo emocional más fuerte con su recién nacido desde el nacimiento.
Duración de la Prestación por Paternidad en 2025
Como se estipula en el Estatuto de los Trabajadores desde enero de 2021, la duración de la baja por paternidad en España es de 16 semanas, igual que el permiso de maternidad. Desde el año 2021, tanto madres como padres tienen derecho a 16 semanas de permiso.
España se posicionó a la vanguardia en 2021 al implementar un permiso parental equitativo de 16 semanas, íntegramente remunerado e intransferible, tanto para madres como para padres. El Ejecutivo proyecta ahora extender este beneficio a 20 semanas.
La prestación se puede solicitar a partir del día siguiente al del nacimiento o la adopción y hasta 5 años después de esta fecha.
Distribución del Permiso
El trabajador puede optar por disfrutar estas semanas seguidas o en bloques.
- 6 semanas obligatorias: Deben disfrutarse de forma seguida y a jornada completa tras el nacimiento o adopción.
- 10 semanas flexibles: Pueden disfrutarse de manera ininterrumpida o interrumpida, a jornada completa o parcial, dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
El permiso de paternidad ofrece flexibilidad. Comienza con un periodo obligatorio de 6 semanas inmediatamente después del nacimiento. Las 10 semanas restantes se pueden disfrutar de varias maneras:
- Consecutivas: A continuación de las 6 semanas obligatorias.
- Interrumpidas: En semanas individuales, antes de que el bebé cumpla un año, siempre que ambos padres trabajen y se avise con 15 días de antelación.
¿Qué Sucede con la Prestación de Paternidad en Caso de Adopción?
En caso de adopción, el periodo de 10 semanas se cuenta a partir de la fecha de la resolución judicial y puede ser interrumpido si ambos padres trabajan.
Requisitos para Pedir la Prestación por Paternidad
Para poder disfrutar de la baja por paternidad en España es necesario cumplir una serie de requisitos:
Las personas interesadas en la baja por paternidad en España deben cumplir con una serie de requisitos:
- Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición asimilada al alta. Este último caso se refiere al trabajador que no cotiza pese a que está dado de alta.
- Para solicitarlo se debe estar afiliada o afiliado y en alta, así como tener cubierto un periodo mínimo de cotización que variará en función de la edad.
Documentación necesaria
Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo. Para solicitar la baja por nacimiento habrá que aportar documentos específicos según el motivo:
- Si se solicita la baja por nacimiento de un/a hijo/a:
- Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
- Libro de Familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo.
- En caso de gestación por sustitución:
- Inscripción de la filiación del nacido en el Registro Civil a favor del progenitor comitente (persona que confía la gestación de su hijo a otra persona) o la inscripción de la filiación del hijo en el Registro Civil español a favor del comitente y de la madre biológica.
- Por adopción o acogimiento:
- Libro de Familia o Certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo/a.
- Resolución judicial por la que se constituye la adopción o resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.
- Cuando sea necesario el desplazamiento previo al país de origen del niño adoptado, deberá aportar la documentación emitida por el órgano competente de su comunidad autónoma, en la que se justifique el inicio de los trámites para la adopción.
¿Cómo Solicitar la Baja por Paternidad?
Puedes solicitar la prestación a partir del día siguiente al del nacimiento o la adopción y hasta 5 años después de esta fecha.
El plazo para solicitar la prestación comienza desde el momento del nacimiento o adopción y se extiende hasta 15 días hábiles posteriores al inicio del permiso.
Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja. Así es más fácil garantizar una transición sin problemas.
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¿Es Obligatorio Acogerse a la Baja por Paternidad?
Sí, las 6 primeras semanas de baja son obligatorias, por lo que la persona trabajadora no puede renunciar al permiso.
¿Pueden los Autónomos Disfrutar de la Prestación por Paternidad?
Así es, las personas trabajadoras por cuenta propia también pueden solicitar la prestación por paternidad.
Para los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor consistirá en un subsidio equivalente al 100 por ciento de una base reguladora cuya cuantía diaria será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial durante los seis meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante entre ciento ochenta.
Cuantía de la Prestación por Paternidad
El importe de esta ayuda corresponde al 100 % de la base reguladora diaria.
La importación de la prestación por paternidad es del 100% de la base reguladora diaria, basada en la base de cotización del mes anterior al inicio del permiso.
Para el cálculo de una baja por paternidad se toma en cuenta la base reguladora del trabajador. Comenzamos dividiendo la suma de las bases de cotización del trabajador en los últimos 180 días por 180. La suma total de las bases de cotización es de 9.000 €.
La prestación económica por nacimiento y cuidado de menores es un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que será la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al del nacimiento dividida entre el número de días a que dicha cotización se refiera.
Cuando la persona trabajadora perciba una retribución mensual y haya permanecido en alta en la empresa todo el mes natural, la base de cotización correspondiente se dividirá entre 30.
En caso de que haya ingresado en la empresa en el mes anterior, para el cálculo de la base reguladora se tomará la base de cotización por contingencias comunes correspondiente al mes inmediatamente anterior al del inicio del descanso o del permiso por nacimiento y cuidado de menor.
Si la persona trabajadora hubiera ingresado en la empresa en el mismo mes del hecho causante, para el cálculo de la base reguladora se tomará la base de cotización por contingencias comunes de dicho mes.
¿Cuándo se Cobra la Baja por Paternidad?
El pago lo realiza directamente el INSS, de forma mensual y a mes vencido. Generalmente, el abono se realiza el último día hábil del mes.
El INSS realiza el pago a mes vencido, normalmente el último día hábil del mes. En marzo de 2025, el último día hábil es el lunes 31.
El cobro de la prestación por paternidad en España suele realizarse de forma mensual y vencida. Esto significa que se abona al final de cada mes por el período correspondiente. Sobre qué día se cobra la prestación por paternidad, podemos decirte que no existe una fecha exacta en la que todos los beneficiarios reciban el pago, ya que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene un proceso de gestión que puede variar ligeramente. Sin embargo, generalmente el ingreso se realiza en los primeros días del mes siguiente.
La prestación se transfiere directamente a la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
¿Cuánto Tarda en Aprobarse la Baja por Paternidad?
Sí. Normalmente entre una y dos semanas tras enviar la solicitud.
Si. Normalmente, entre 7 y 15 días desde que presenta la solicitud.
El INSS gestiona un gran volumen de solicitudes, por lo que los trámites pueden llevar un tiempo. Además, cada caso es particular y pueden surgir situaciones que requieran una revisión adicional.
Cambios en la Prestación por Paternidad 2025
La Ley de Familia contempla importantes cambios en el permiso de paternidad destacando la posibilidad para el segundo progenitor de adelantar 10 días del permiso para acompañar a la embarazada antes del parto.
Una vez se publique en el BOE y entre en vigor la normativa esta medida modificaría el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores.
Hasta ahora, el permiso se estructura de la siguiente manera:
- Se suspende el contrato de cada progenitor por cuidado de menor después de las primeras 6 semanas inmediatamente posteriores al parto.
- Estas semanas pueden disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el hijo cumpla 12 meses.
- La madre biológica puede anticipar su ejercicio hasta 4 semanas antes del parto.
Con la nueva Ley el segundo progenitor también podrá anticipar su permiso hasta 10 días antes de la fecha prevista para el parto. Esta medida tiene como objetivo asegurar que la madre pueda ser acompañada y atendida en la recta final de su embarazo.
Además, se están considerando enmiendas para aumentar el permiso hasta las 20 semanas, aunque los detalles específicos se conocerán una vez se publique la Ley de Familia.
De momento, las actuales 16 semanas de las que pueden disfrutar ambos progenitores se dividen de esta forma:
- 6 semanas obligatorias de baja por paternidad o maternidad, ininterrumpidas y a jornada completa tras el parto o resolución (en el caso de adopción).
- Las 10 semanas siguientes se podrían disfrutar en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida hasta que el bebé cumpla 12 meses.
Es importante tener en cuenta que el permiso es individual para cada progenitor y no puede transferirse a la pareja. La comunicación del disfrute de cada período o su acumulación debe hacerse a la empresa con al menos 15 días de antelación.
Complemento de Paternidad para Jubilados
El complemento de paternidad para jubilados, o para beneficiarios de otras pensiones contributivas, es un plus que pueden cobrar los padres por tener hijos, naturales o adoptados.
Por este motivo, y pese a que ya no está vigente en las leyes actuales, los hombres que hubieran tenido derecho a él -si no hubiera sido una ayuda enfocada a las mujeres- lo pueden reclamar de forma retroactiva.
Gracias al complemento de paternidad, los jubilados pueden ver aumentada su pensión entre un 5 y un 15% cada mes.
En consecuencia, los padres podrán cobrar de forma retroactiva y sin límite de tiempo este complemento de la pensión por paternidad cuando se jubilen.
¿A quién beneficia el complemento de paternidad?
Dicho plus se reconocía a las madres que tuvieran dos o más hijos en el momento de acceder a su pensión, independientemente de su edad.
Tras una lucha en los tribunales que duró tres años, desde 2019 a 2022, ahora los hombres también se pueden beneficiar de este complemento si lo reclaman.
Tradicionalmente, este complemento se reconocía únicamente a las mujeres que se fuesen a jubilar.
Pero diferentes sentencias han declarado que el complemento puede ser cobrado por ambos progenitores.
Entre 2016 y 2021 el complemento de jubilación estaba reservado a las madres.
No es suficiente con uno solo -descendiente natural o adoptado-.
- Ser padre: haber tenido dos o más hijos, naturales o adoptivos, antes de acceder a la pensión.
Requisitos para solicitar el complemento de paternidad
Pero lo que es imprescindible para reclamar el complemento de paternidad, además de que la pensión afectada se haya obtenido entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, es haber tenido dos hijos o más.
Acreditar, en el caso de los hombres, que la trayectoria profesional se ha visto afectada negativamente por el cuidado de los hijos.
Teniendo hijos nacidos antes del 1 de enero de 1995 (hasta el 31 de diciembre de 1994), es necesario demostrar más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores a la fecha de alumbramiento y los tres años siguientes.
¿Qué pasa si no cumples los requisitos?
Quienes no los cumplan, sin embargo, podrían cobrar otro: el complemento para la reducción de la brecha de género, si en su momento no lo solicitaron con su pensión.
En ese sentido, para jubilaciones causadas a partir del 4 de febrero de 2021 (inclusive), el complemento que pueden pedir los padres es el de brecha de género.
Los hombres que a día de hoy todavía no se han jubilado, cuando lo hagan no podrán solicitar el complemento de paternidad.
- No. Como en el caso de los jubilados a partir del 4 de febrero de 2021, tendrás que solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género.
Incompatibilidades
Volviendo al complemento de paternidad para jubilados y otros pensionistas, este no es compatible con la jubilación anticipada voluntaria.
- En el periodo de vigencia del complemento accedí a la jubilación parcial o voluntaria.
Por el contrario, el antes mencionado complemento de brecha de género sí se puede percibir en una situación de jubilación anticipada voluntaria.
¿Cómo reclamar el complemento de paternidad?
Una vez comprobado que se cumplen los requisitos para cobrar el complemento de paternidad, se puede proceder a reclamarlo al INSS.
La petición se puede enviar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, siendo lo recomendado hacerlo desde la sección Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
No obstante, no existe un modelo oficial de solicitud de este complemento; se debe preparar un escrito donde se pida, redactado de la forma más detallada y correcta posible.
¿Qué hacer si el INSS deniega el complemento?
Si bien la normativa dice que el complemento de paternidad ha de ser reconocido por la Seguridad Social, en ocasiones la entidad lo deniega. Si esto sucede, se puede interponer una demanda judicial para exigirlo.
Asimismo, puede ocurrir que acepte el complemento de paternidad reclamado pero no los atrasos.
Aumento de la pensión y cobro de atrasos
El complemento de paternidad, si se reclama con éxito, incrementa la mensualidad que ingresa la Seguridad Social al padre en concepto de pensión.
Esta ventaja, basada en un determinado porcentaje que eleva la pensión a cobrar desde el momento en que esta se aprueba, no es la única.
La cuantía del complemento varía según el número de hijos.
En el caso de la reclamación, la Seguridad Social tiene la obligación de responder en un plazo de 45 días.
El complemento de pensión por paternidad es un derecho que reconoce la aportación de los padres al sistema de pensiones, permitiendo aumentar su cuantía y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva. Solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con posibilidad de reclamación judicial si se deniega.
Todo ello con la ventaja de que el complemento de paternidad no requiere acreditar una falta de cotización a causa del cuidado de los hijos, como sí recoge la regulación del complemento para la reducción de la brecha de género (en el caso de los hombres).
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Otras Ayudas y Subsidios
Para recibir esta ayuda, los ingresos no pueden superar los niveles máximos. En caso de que los salarios no lleguen a los ingresos mínimos se abonará la prestación íntegra de 1.000 euros. En caso de ser superiores al límite mínimo, y siempre que los ingresos no superen los máximos establecidos, se percibirá el resultado de restar a los 1.000 euros la diferencia entre los ingresos y el límite mínimo.
Esta prestación se puede solicitar a partir del siguiente día del nacimiento o adopción del hijo.
Fuente: Seguridad Social
Hay que recordar que recientemente el Gobierno y los sindicatos han acordado una subida del SMI del 4,41%, dejándolo en 1.184 euros brutos al mes en catorce pagas.
Si se ha trabajado menos de un año se puede tener derecho a un subsidio por desempleo. Su duración dependerá del número de meses cotizados y de si se tiene o no responsabilidades familiares.
Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si se tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no se tienen, y no llegar a 360 días.
En el supuesto del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años, el SEPE deberá cotizar, además, para la jubilación. Se tomará como base de cotización el 125 % de la base mínima de cotización vigente en cada momento.
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
Como cada ayuda tiene sus requisitos concretos, puedes consultar en los enlaces anteriores la información concreta de cada trámite.
Si quieres saber los requisitos y la documentación necesaria, puedes consultarlo aquí: SEPE Cargas familiares.
Ejemplos de Ayudas Mensuales por Hijo
- 83,33 euros mensuales por hijo (1.000 euros anuales).
- 483,80 euros mensuales por hijo (5.805,60 euros anuales).
- 725,60 euros mensuales por hijo (8.707,2 euros anuales).
Para solicitar estas ayudas se debe entregar la documentación necesaria en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.
La llegada del Ingreso Mínimo Vital supuso una progresiva reordenación del conjunto de ayudas estatales, cuyos objetivos se solapan con los de esta nueva política.
En el caso de que se hayan percibido de forma anticipada importes inferiores o superiores a la deducción que procede la situación se regulariza automáticamente al cumplimentar los datos de la deducción.
