La baja por paternidad en España es un derecho fundamental que permite a los padres disfrutar de un periodo de descanso remunerado tras el nacimiento, adopción o acogida de un hijo. Este permiso ha evolucionado significativamente en los últimos años, equiparando los derechos de los padres a los de las madres y fomentando la igualdad de género en el ámbito familiar y laboral.
Duración y Condiciones de la Baja por Paternidad
Desde el año 2021, el permiso de paternidad en España se equipara al de maternidad, con una duración estándar de 16 semanas. Esta medida busca favorecer la igualdad de género y compartir responsabilidades en la crianza de los primeros meses de vida del bebé.
Como se estipula en el Estatuto de los Trabajadores desde enero de 2021, la duración de la baja por paternidad en España es de 16 semanas, igual que el permiso de maternidad.
Es importante destacar que estas 16 semanas se disfrutan de manera ininterrumpida y en régimen de jornada completa.
- Seis semanas obligatorias: Deben tomarse de manera ininterrumpida y a jornada completa inmediatamente después del nacimiento, adopción o acogida del menor.
- Diez semanas flexibles: Estas pueden disfrutarse de forma acumulada o interrumpida, a jornada completa o parcial, dentro de los primeros 12 meses desde el nacimiento o adopción.
Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda.
Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.
Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.
En caso de nacimientos múltiples, como gemelos o mellizos, la baja por paternidad se amplía en una semana adicional por cada hijo a partir del segundo.
Si el bebé nace prematuramente o necesita una hospitalización prolongada (más de siete días), la baja puede prolongarse hasta un máximo de 13 semanas adicionales.
En casos de acogimiento familiar, la baja por paternidad se gestiona de manera similar a la de adopción, con 16 semanas iniciales.
¿Cómo tramitar el permiso de paternidad? Sigue estos pasos | Tramitología
Requisitos para Solicitar la Baja por Paternidad
Si trabajas, ya seas empleado por cuenta ajena o autónomo, puedes acogerte a la baja por paternidad. Lo esencial es que estés afiliado y en alta en la Seguridad Social y tengas cubierto un período mínimo de cotización.
Para poder disfrutar de la baja por paternidad en España es necesario cumplir una serie de requisitos.
Ya sea trabajador por cuenta ajena, funcionario o autónomo se podrá disfrutar del permiso de paternidad.
¿Los requisitos? Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta (dado de alta pero no cotizando, como estar en el desempleo o con una incapacidad temporal).
Los requisitos específicos varían según la edad del solicitante:
- Menores de 21 años: No se requiere un periodo mínimo de cotización.
- Entre 21 y 26 años: Se exige un período de cotización de al menos 90 días en los últimos 7 años anteriores al parto o bien de 180 días a lo largo de toda la vida laboral.
- Mayores de 26 años: Se exige haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años anteriores al parto o un total de 360 a lo largo de toda la vida laboral.
En el caso de autónomos se exige estar al corriente del pago de cuotas con la Seguridad Social.
Proceso de Solicitud de la Baja por Paternidad
El padre con derecho a la baja por paternidad tiene un máximo de 15 días para formalizar los trámites con la Seguridad Social, desde el nacimiento o adopción o acogimiento del menor.
Se recomienda presentar la solicitud hasta 15 días antes del inicio del descanso.
Es importante que informes a tu empresa con la suficiente antelación sobre tu intención de tomar la baja de paternidad. La ley no especifica un plazo mínimo, pero es recomendable hacerlo con al menos 15 días de antelación.
Para solicitar la baja por paternidad, se deben presentar los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud: Debe completarse y presentarse junto con los demás documentos. Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.
- Certificado de empresa: Documento que acredite la situación laboral del trabajador y el salario percibido. Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor. El certificado lo emite la empresa y se le entrega al empleado cuando notifica que quiere disfrutar del permiso.
- Libro de familia: (para demostrar el parentesco entre padre e hijo).
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Alta en la Seguridad Social.
- Última nómina: (para calcular la base reguladora sobre la que se determina la prestación).
- Nº de cuenta: en la que se abonará la prestación de paternidad.
- Modelo oficial de solicitud por paternidad: perfectamente cumplimentado y sin errores (importante para que vaya bien a la primera y todo sea más rápido).
La solicitud puede realizarse de las siguientes maneras:
- Online: También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente. Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.
- Correo ordinario: En ese caso, simplemente tienes que descargar el formulario de solicitud, cubrirlo y enviarlo junto con la demás documentación pedida a la dirección provincial del INSS correspondiente.
- Presencial: Por último, también lo puedes solicitar de forma presencial en alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Remuneración Durante la Baja
Durante el periodo de baja por paternidad, el trabajador tiene derecho a percibir el 100% de su base reguladora, que corresponde al salario habitual.
Dependerá del sueldo de cada padre. Pero se cobrará el 100% de la base reguladora que refleja en su nómina. No se seguirá disfrutando de dietas, cheques comida o transporte, en el caso de que los tenga. Este permiso lo abona la Seguridad Social y no la empresa, de modo que no están contemplados extras.
La prestación económica por paternidad se abona directamente por la Seguridad Social, no por la empresa en la que trabajas.
La prestación es fácil de calcular porque se corresponde con el 100% de la base reguladora. El responsable de hacer el pago es la propia Seguridad Social. No es responsabilidad del empresario.
Por ejemplo, en el caso de un trabajador que tiene un salario bruto mensual de 2.000 euros, la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio de la baja, sería equivalente a esos 2.000 euros mensuales.
La prestación es pagada por el INSS, no por la empresa.
La prestación está exenta de IRPF, por lo que no incrementará tu base imponible ni el importe a pagar en tu declaración.
Derechos y Obligaciones Durante la Baja por Paternidad
Durante el periodo de baja por paternidad, el trabajador está protegido frente al despido. Cualquier despido que ocurra durante la baja se considerará nulo, lo que proporciona una mayor seguridad laboral al empleado.
Si la empresa despide al trabajador mientras está disfrutando de la prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor, se considerará nulo, salvo que la empresa pueda demostrar que no tiene nada que ver con el nacimiento o adopción del pequeño.
El empleador no puede despedir al trabajador durante el periodo de baja por paternidad.
No, el despido durante el periodo de baja por paternidad se considera nulo, salvo que exista una causa justificada y demostrable que no esté relacionada con la baja.
La empresa solo está obligada a mantener tu puesto de trabajo durante el tiempo que dure tu baja.
Si el padre está disfrutando de este permiso y pierde el empleo: Se continuará percibiendo la prestación por paternidad el tiempo establecido.
Si se está sin trabajo y se tiene un hijo: Se suspende la prestación por desempleo y se pasa a percibir la prestación por paternidad. Y cuando termine la de por paternidad se volverá a cobrar el paro.
La baja por paternidad también establece una serie de obligaciones y derechos para las empresas.
- Protección contra el despido: El empleador no puede despedir al trabajador durante el periodo de baja por paternidad.
- Concesión del permiso de lactancia: Si el trabajador solicita acumular el permiso de lactancia en días completos, la empresa debe negociar y acordar cómo se organizará este tiempo adicional.
- Organización del trabajo: El empleador puede reorganizar las tareas y responsabilidades del trabajador ausente, siempre que esto no afecte negativamente a los derechos de otros empleados.
- Negociación del permiso de lactancia: Aunque el derecho a la hora diaria de lactancia no puede ser negado, la acumulación en días completos debe ser acordada entre ambas partes.
Compatibilidad con el Permiso de Lactancia
En España, es posible combinar la baja por paternidad con el permiso de lactancia, lo que permite a los padres optimizar su tiempo de cuidado al recién nacido o adoptado.
El permiso de lactancia es un derecho que tienen ambos progenitores para ausentarse del trabajo durante una hora diaria (o reducir su jornada laboral en media hora) para el cuidado del hijo menor de nueve meses.
- Acumulación del permiso de lactancia: El trabajador puede solicitar acumular las horas de lactancia en jornadas completas.
- Ajuste del calendario: Para unir ambos permisos, el trabajador debe planificar con su empresa el periodo en el que va a disfrutar de la baja por paternidad y del permiso de lactancia acumulado.
- Solicitud y aprobación: Aunque el permiso de lactancia es un derecho, su acumulación en días completos suele requerir un acuerdo con la empresa.
Supongamos que un trabajador disfruta de las 16 semanas de baja por paternidad y luego decide acumular el permiso de lactancia.
Ampliación del Permiso de Paternidad a 20 Semanas
De cara al 2024 el Gobierno plantea aumentar la baja por paternidad y maternidad de 16 a 20 semanas. Y no solo eso, sino también abonar al menos 4 de las 8 semanas de permiso parental para el cuidado de sus hijos en los primeros 8 años de vida. Son medidas que podrían ser aprobadas en la Ley de Familias.
La ampliación está propuesta para implementarse en 2025, pero su entrada en vigor dependerá de la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado y del consenso político.
Además de los nacimientos el permiso de paternidad también existe cuando hay una adopción o acogimiento. Por eso se define como “el derecho del trabajador a percibir un subsidio durante los días de suspensión de contrato de trabajo, o cese en la actividad, en caso de nacimiento de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento”.
Resumimos las principales prestaciones, las novedades introducidas por el Gobierno y sus requisitos. Lo primero que hay que hacer es inscribir el nacimiento del bebé en el Registro Civil.
Conviene acelerar todo lo posible la inscripción del bebé en la Seguridad Social. La razón es que han de realizarle la segunda prueba del talón entre el cuarto y el octavo día tras el parto.
Si quieres viajar con tu bebé en avión es imprescindible que gestiones su documento nacional de identidad o DNI. Además, el DNI es requisito necesario si además tienes que tramitar el pasaporte del niño.
La baja por paternidad es un derecho clave que refleja el avance hacia la igualdad de responsabilidades en el cuidado de los hijos, equiparando los derechos de los padres a los de las madres.
