Legislación sobre el Descanso Maternal Obligatorio en España

El descanso maternal, también conocido como baja por maternidad, es un derecho laboral fundamental que permite a las madres trabajadoras ausentarse de su trabajo durante un período determinado tras el nacimiento o adopción de un hijo. En España, este derecho ha evolucionado significativamente en los últimos años, con el objetivo de promover la igualdad de género y la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos.

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Evolución del Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor

A partir del año 2019, los antiguos permisos por maternidad y paternidad se unieron bajo el nombre de "permiso por nacimiento y cuidado del menor". Es frecuente, sin embargo, que se siga haciendo referencia a este permiso como baja por maternidad y baja por paternidad, por la diferenciación que existía antes de ese año.

Desde la nueva normativa establecida en el año 2021 la duración de la baja por maternidad y la duración de la baja por paternidad es la misma. Ahora bien, repasemos cuál ha sido el camino para llegar a este objetivo:

  • 2019: El permiso de paternidad se amplió a 8 semanas, de las cuales las dos primeras debían disfrutarse obligatoriamente tras el parto.
  • 2020: Se amplió el permiso de paternidad hasta las 12 semanas, las cuatro primeras debían disfrutarse inmediatamente tras el parto.
  • 2021: Entró en vigor la equiparación total para ambos progenitores, ampliándose el permiso a 16 semanas.
  • 2025: Se completa la transposición de una directiva comunitaria que amplía el permiso a 19 semanas (32 en el caso de las familias monoparentales).

Con esta ampliación, España se ha convertido en un referente internacional en políticas de conciliación, corresponsabilidad e igualdad y se alinea con los países europeos con permisos más largos y flexibles.

Duración y Distribución del Permiso

Ambos progenitores tendrán derecho a 19 semanas de permiso por nacimiento y cuidado del menor. El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y el del otro progenitor durante 19 semanas o 32 en el caso de existir una única persona progenitora. El permiso se distribuye de la siguiente forma:

  1. Diecisiete semanas (28 en el caso de las familias monoparentales o monomarentales) hasta que el bebé cumpla un año:
    • Las seis primeras semanas se disfrutan de forma obligatoria e ininterrumpida a jornada completa inmediatamente después del nacimiento del bebé o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar a partir de la resolución judicial o administrativa. La madre biológica puede anticipar el descanso hasta las cuatro semanas previas a la fecha prevista para el parto.
    • Las once semanas restantes (22 en el caso de monoparentalidad o monomarentalidad) se pueden disfrutar en periodos semanales seguidos o interrumpidos, en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, hasta que se cumplan 12 meses del nacimiento del bebé.
  2. Dos semanas adicionales (cuatro en el caso de monoparentales o monomarentales): Se distribuyen de forma flexible hasta que el menor cumpla los 8 años de edad.

En supuestos de nacimiento o adopción múltiple o discapacidad, el permiso se amplía una semana más para cada progenitor.

Requisitos para Acogerse al Permiso

Pueden acogerse a este permiso los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
  • Tener cubierto un periodo mínimo de cotización. Este variará según la edad:
    • Menores de 21 años: No se exige período mínimo de cotización.
    • Entre 21 y 26 años: Se exige tener 90 días cotizados en los 7 años anteriores o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
    • Mayores de 26 años: Se exige tener 180 días cotizados en los 7 años anteriores o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
  • Que sus hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024.

Situaciones Especiales

Existen situaciones especiales en las que el permiso de maternidad y paternidad puede ampliarse más allá de las 19 semanas establecidas:

  • Parto múltiple.
  • Nacimiento de hijo con discapacidad.
  • Hospitalización del recién nacido.
  • Parto prematuro.

Cuando exista un nacimiento prematuro y necesita hospitalización después del parto por más de 7 días, el permiso también se amplía por los días que el recién nacido permanezca ingresado, con un máximo de 13 semanas adicionales.

¿Quién Asume el Coste del Permiso?

La Seguridad Social asume el coste total del permiso por nacimiento y cuidado de menor y abonará el 100% de la base reguladora. Esto significa que, durante el período de baja, se recibe el mismo salario que se percibiría si se estuviera trabajando.

Cómo Solicitar el Permiso

El permiso de paternidad o maternidad puede solicitarse por tres vías:

  • Online: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  • Por correo: Remitiendo el formulario de solicitud a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina correspondiente.
  • Presencial: Presentando la solicitud y la documentación con cita previa en los CAISS de la Seguridad Social.

Documentación necesaria:

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
  • En caso de adopción o acogimiento: libro de familia o certificado de inscripción de la resolución judicial o administrativa en el Registro Civil.

Protección Contra el Despido

El despido durante la baja por maternidad o paternidad está prohibido por ley. De este modo, podemos decir que la ley protege a los trabajadores durante este período, así como durante el embarazo y un tiempo después de la reincorporación al trabajo.

Permiso en Familias Monoparentales

En el caso de las familias monoparentales, la legislación actual no permite acumular los permisos del otro progenitor. Sin embargo, en este 2025 comienza a haber alguna sentencia en la que se reconoce por primera vez en España la prestación ampliada del permiso en una familia monoparental.

Impacto en las Empresas

Ante la ausencia de la persona empleada, el permiso por nacimiento puede suponer costes adicionales para la compañía. A través de estos contratos de interinidad o sustitución, desde el 1 de septiembre de 2023, las empresas obtienen la bonificación de 366 euros sobre la cotización de la persona que está de baja por nacimiento.

Tabla Resumen de la Legislación

Aspecto Descripción
Duración del permiso 19 semanas (32 semanas en familias monoparentales)
Distribución 6 semanas obligatorias, 11 semanas a voluntad, 2 semanas flexibles hasta los 8 años del menor
Remuneración 100% de la base reguladora, abonada por la Seguridad Social
Requisitos Alta en la Seguridad Social, período mínimo de cotización según la edad
Protección Prohibición de despido durante el permiso

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