El embarazo es un momento muy especial en la vida de una mujer, y es fundamental que las trabajadoras conozcan sus derechos laborales para garantizar su bienestar y el de su futuro hijo. En España, la legislación laboral establece una serie de protecciones para las trabajadoras embarazadas, que incluyen derechos relacionados con la maternidad, la salud y la seguridad en el trabajo.
Marco Legal de Protección a la Maternidad
El artículo 39 de la Constitución Española de 1978 establece: “Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia” y determina en su párrafo segundo “la obligación de los poderes públicos de asegurar la protección integral de las madres, cualquiera que sea su estado civil”.
Obligación de Notificar el Embarazo
No tienes ninguna obligación de notificar a la empresa tu embarazo en ningún momento concreto. Depende de la empresa el que la notificación deba ser más o menos formal, es decir que sea suficiente la comunicación verbal a tu superior o sea necesario realizar un escrito al departamento de personal.
Riesgos Laborales Durante el Embarazo
En mayo de 2019, se realizó una modificación de las tablas para catalogar los riesgos durante el embarazo. En esta modificación quedan registrados todos los agentes que pueden afectar al embarazo. Si estás incluida en alguno de éstos supuestos, la empresa está obligada a asignarte otro puesto, dentro de tu grupo profesional, que resulte compatible con el embarazo.
En esta guía se describen todos los supuestos, según el tipo de trabajo que la embarazada realice y las semanas de gestación a las que sería conveniente el cese de la actividad laboral. En la mayoría de los trabajos con poca actividad física, el límite se establece a las 37 semanas de gestación. En cualquier caso, es el médico de familia quien otorga o no la baja por incapacidad temporal o IT.
Protección Contra el Despido
En estos artículos del Estatuto se desarrolla el aspecto de los despidos por las llamadas causas objetivas y los despidos disciplinarios. En ellos se contemplan situaciones que afectan a las mujeres embarazadas, a las madres y padres que disfrutan de un permiso y los casos de embarazo con riesgo o enfermedad derivada de éste.
No significa que no te puedan despedir en ningún caso. Si la embarazada comete una falta muy grave o acumula varias faltas graves, el hecho de estar embarazada no resultaría una protección frente al despido. La empresa puede alegar causas objetivas para el despido, como impuntualidades reiteradas, baja productividad o cosas similares.
En caso de tener un contrato temporal con fecha cerrada de finalización de contrato, éste concluirá el día firmado, independientemente de que estés o no embarazada.
Derechos y Prestaciones por Maternidad/Paternidad
La legislación española garantiza una serie de derechos relacionados con la maternidad/paternidad de los progenitores que tienen un trabajo remunerado. Para poder disfrutar de estos derechos la trabajadora o el trabajador tienen que estar dados de alta en la Seguridad Social o situaciones asimiladas al alta que veremos a continuación. Estos son derechos legales mínimos.
Permiso de Maternidad
Es el permiso más conocido como “baja maternal”, de 16 semanas sin ir a trabajar, pagadas por la Seguridad Social. Es obligatorio para la mujer coger 6 semanas después del parto. Las otras 10 semanas las puede ceder al otro progenitor y disfrutarlas de manera alternativa o simultánea, si ambos trabajan.
La madre decide cuándo empieza a disfrutar de este descanso, siempre y cuando se respete el periodo mínimo de 6 semanas después del parto.
Requisitos de Cotización
Las mujeres con más de 26 años necesitan haber cotizado al menos 180 días en los siete años anteriores o un año durante toda su vida laboral. Las mujeres entre 21 y 26 años tendrán que acreditar un periodo de cotización de 90 días para tener derecho a la misma. Las menores de 21 años no tendrán que acreditar periodo previo de cotización (aunque sí estar dadas de alta en la Seguridad Social) para acceder a la prestación de maternidad.
La Seguridad Social pagará a las trabajadoras durante este tiempo el 100% de su base reguladora.
Subsidio por Maternidad
Si la madre no ha cotizado a la Seguridad Social los días requeridos para acceder a la prestación por maternidad, tiene derecho a un subsidio por maternidad. La cuantía de este subsidio será de un 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y su duración de 42 días naturales a contar desde el parto. (El IPREM para 2014 es de 17,75 euros diarios, el mismo desde hace años).
Permiso de Paternidad
El otro progenitor tiene derecho 13 días de permiso, pagado por la Seguridad Social, que se suma a los 2 días (4 en caso de desplazamiento) pagados por la empresa o a la mejora acordada en su convenio colectivo. Este derecho se ampliará en 2 días en caso de mellizos o gemelos.
El permiso será de 20 días en caso de familia numerosa, también cuando el bebé o algún miembro de su familia tenga una discapacidad igual o superior al 33%.
Desde la nueva normativa establecida en el año 2021 la duración de la baja por maternidad y la duración de la baja por paternidad es la misma. A partir del 2024, se amplia para ambos progenitores el permiso por nacimiento de 16 a 20 semanas. Además, se retribuirán 4 de las 8 semanas del nuevo permiso parental, que los padres podrán utilizar hasta que sus hijos cumplan 8 años.
El primer progenitor o la madre biológica podrá ceder su permiso hasta 4 semanas al segundo progenitor.
Ahora bien, repasemos cuál ha sido el camino para llegar a este objetivo. Desde el año 2019, el permiso por paternidad se ha ampliado a 8 semanas, de las cuales las dos primeras tendrá que disfrutarlas obligatoriamente tras el parto y de forma ininterrumpida. Las restantes seis semanas podrá distribuirlas como él quiera hasta que cumpla el año el menor, pero deben ser semanas completas.
A partir del 1 de enero de 2020, se amplió el permiso de paternidad hasta las 12 semanas, las cuatro primeras tendrá que disfrutarlas inmediatamente tras el parto de forma ininterrumpida. Además, la madre biológica podrá ceder en este caso hasta dos semanas de su baja por maternidad.
Otros Derechos Durante el Embarazo
Aparte de la baja por maternidad, la mujer trabajadora tiene derecho a acceder a otros tipos de bajas en los últimos meses del embarazo. Es la baja que puede cogerse la futura mamá cuando el desempeño de su trabajo supone un riesgo para la salud de su bebé.
Esta baja en el embarazo se debe coger cuando la trabajadora embarazada sufre molestias derivadas del embarazo, como puede ser la lumbalgia.
Esta baja por lactancia se podrá aplicar en las situaciones de nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento y dura hasta que el menor cumpla los 9 meses.
Tabla SEGO
La Tabla SEGO es una guía completa y detallada elaborada por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO). Proporciona directrices sobre cómo adaptar los puestos de trabajo para eliminar o minimizar los riesgos identificados.
Para las trabajadoras, la Tabla SEGO es una referencia esencial que les ayuda a conocer sus derechos y las medidas de seguridad que deben ser implementadas durante su embarazo. Al estar informadas, pueden exigir a sus empleadores las adaptaciones necesarias para garantizar su seguridad y la del feto.
Para los empleadores, la Tabla SEGO es una herramienta valiosa que facilita el cumplimiento de las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales.
Adaptación del Puesto de Trabajo y Horario Laboral
Tal y como hemos visto anteriormente, tu empleador debe adaptar las condiciones de tu puesto de trabajo para garantizar tanto tu seguridad y salud como la del feto. Esto incluye también el tiempo de trabajo, por lo que, como trabajadora embarazada, tienes derecho a no trabajar en horario nocturno ni en turnos, si se considera que esto puede perjudicar tu salud.
Además, tienes derecho a ausentarte del trabajo con derecho a remuneración para poder asistir a las visitas y exámenes médicos, así como a las clases de preparación al parto, cuando estas citas coincidan con tu horario laboral. Solamente tendrás que informar con antelación a tu empleador y presentar el justificante pertinente.
¿Hasta qué semana de embarazo se puede trabajar?
La respuesta dependerá del tipo de trabajo que tengas y las tareas que desarrolles. Por ejemplo, si solo realizas actividades ligeras y pasas la mayor parte del horario laboral sentada, se considera que puedes esperar hasta la semana 37 de embarazo. En cambio, si tu trabajo requiere mover pesos de más de 10 kg repetidamente, es recomendable dejar de trabajar a partir de la semana 18.
Cuando llegue el momento en el que ya no sea recomendable que sigas trabajando, tu médico puede otorgarte la baja por incapacidad temporal por contingencias comunes o profesionales. Una vez concedida, la baja se extenderá hasta el parto, a partir del cual se puede solicitar la baja por maternidad.
Permiso por Nacimiento para la Madre y el Padre: Cuándo Pedirlo y Cuánto Dura
El permiso por nacimiento y cuidado del menor es el período de descanso laboral al que tienen derecho tanto la madre que acaba de dar a luz como el otro progenitor. Este período es de 19 semanas en total, que se reparten de la siguiente manera:
- Es obligatorio que ambos progenitores estén de baja las primeras 6 semanas tras el parto.
- 11 de las semanas restantes se pueden distribuir de forma flexible durante el primer año después de las seis semanas obligatorias. Atención: Estas once semanas se convierten en 22 si se trabaja en régimen de media jornada.
- Las 2 semanas restantes se pueden distribuir de forma flexible hasta que el menor cumpla ocho años.
Ten en cuenta también que el permiso por nacimiento puede ampliarse en caso de tratarse de un parto múltiple o si el recién nacido debe permanecer hospitalizado después del parto.
Además, durante los primeros nueve meses de vida del bebé, o bien la madre o bien el padre tienen derecho a ausentarse del trabajo durante una hora o dos medias horas al día para la lactancia. Estas horas pueden acumularse y añadirse al permiso por nacimiento. En el caso de las familias monoparentales, el progenitor tiene derecho a disfrutar de 32 semanas de permiso por nacimiento y cuidado del menor, siendo igualmente obligatorias las primeras seis tras el parto.
Prestación por Maternidad
Una vez empezado el período de baja, se empieza a recibir también la prestación por maternidad, que tiene por objetivo compensar económicamente el tiempo en que los progenitores no trabajen por estar al cuidado de su bebé.
La trabajadora cobrará lo correspondiente a la base reguladora de contingencias comunes de su última nómina.
Tienen derecho a la prestación por maternidad las trabajadoras autónomas o por cuenta ajena que estén afiliadas a la Seguridad Social y cumplan los siguientes requisitos:
- Mayores de 26 años: mínimo de 180 días cotizados en los 7 años anteriores o 360 días en el total de la vida laboral.
- Entre 21 y 26 años: mínimo de 90 días cotizados en los 7 años anteriores o 180 días en el total de la vida laboral.
- Menores de 21 años: sin período mínimo de cotización.
Si la madre está afiliada a la Seguridad Social pero no cumple con los mínimos de cotización anteriores, aún tiene la posibilidad de acogerse al subsidio no contributivo por maternidad, cuya duración es de 42 días naturales después del parto.
Atención Médica Gratuita
La legislación contempla servicio médico gratuito por parte del Sistema Nacional de Salud para el seguimiento y cuidado del embarazo. Así como para la preparación para el momento del parto.
De igual forma, después de dar a luz se hace seguimiento durante un mes. Estos son beneficios específicos para maternidad que ofrece la seguridad social. Pero las mujeres pueden acudir al sistema de salud en otros casos como detección de cáncer de mamá o ginecológico, complicaciones en la menopausia, etc.
Otros Derechos de las Madres Trabajadoras
Además de los permisos de maternidad y paternidad, las madres trabajadoras en España tienen otros derechos importantes:
- Excedencia por cuidado de hijo: Después del tiempo de baja es posible solicitar una excedencia sin sueldo que durará máximo tres años. Durante el primer año se reserva el puesto de trabajo. Los dos siguientes se reserva un puesto de la misma categoría, pero no el mismo que tenía antes.
- Derechos de madres trabajadoras en lactancia: El Estatuto de los Tabajadores establece que las madres tienen derecho a ausentarse del trabajo 1 hora para la lactancia. Este derecho tiene una duración de 9 meses y se incrementará 1 hora por cada hijo adicional en partos múltiples.
- Reducción de jornada: Los padres que tiene bajo su cuidado a hijos menores de 12 años pueden solicitar una reducción de jornada. La reducción será entre un octavo y máximo la mitad de la duración de la jornada laboral. Se aplicará la reducción de sueldo equivalente a ese tiempo.
Ropa Premamá para la Oficina: Consejos de Estilo para el Mundo Empresarial
Si hay algo que destaca por su elegancia y no pasa nunca de moda en el mundo empresarial es la combinación de americana, blusa y pantalones o falda de corte sofisticado, todo en colores discretos y formas atemporales. En algunos sectores, como la banca o los bufetes de abogados, el código de vestimenta suele ser bastante estricto. ¿Cómo conciliar estas exigencias con la necesidad de llevar ropa de maternidad cómoda?
En este caso, es aconsejable cambiar a la ropa business premamá durante el embarazo. Gracias a los materiales elásticos y los cortes pensados para la ocasión, lograrás un aspecto profesional sin renunciar a la comodidad.
Tu armario básico premamá debería contener:
- Entre 2 y 4 blusas o túnicas premamá
- 1 americana premamá cómoda
- 1 o 2 faldas premamá
- 2 pantalones premamá
- Además, 1 o 2 vestidos premamá bonitos para la oficina
Cuando busques el atuendo adecuado para la oficina, busca colores sencillos y sobrios, como el negro, el blanco, el azul oscuro o el gris.
Conclusión
Conocer los derechos laborales durante el embarazo es esencial para garantizar el bienestar de la trabajadora y su futuro hijo. Las protecciones establecidas en la legislación laboral buscan asegurar que las mujeres embarazadas puedan desempeñar su labor en un entorno seguro y respetuoso. Informa a tu empleador lo antes posible sobre tu estado para poder adaptar cuanto antes tus condiciones laborales a tus nuevas necesidades.
