¿Sabías que tener hijos puede darte acceso a importantes beneficios fiscales en tu declaración de la renta? La deducción por maternidad y paternidad permite aliviar la carga fiscal de las familias y está diseñada especialmente para apoyar a quienes tienen hijos menores de tres años.
¿Qué es la Deducción por Maternidad?
La deducción por maternidad es un beneficio fiscal regulado por el artículo 81 de la Ley del IRPF. Está destinada a madres trabajadoras (y en ciertos casos a padres) con hijos menores de 3 años. Todas las madres trabajadoras con hijos menores de tres años pueden beneficiarse de una deducción de 1200 € al año en su declaración de la renta.
Esta permite que te deduzcas hasta 1.200 € anuales por cada hijo. Puedes optar por recibir la deducción de forma anticipada, mediante transferencias mensuales de 100 €, o aplicarla en tu declaración anual del IRPF.
Es importante destacar que estas cantidades son por descendiente, no por declarante. Esta deducción no se limita solo al nacimiento biológico; también se aplica en casos de adopción o acogimiento, independientemente de la edad del menor, durante los primeros 3 años tras la inscripción en el Registro Civil. La deducción se calcula proporcionalmente al número de meses en que se cumplan los requisitos, excluyendo el mes en que el niño cumple 3 años.
Si eres madre con hijos menores de 3 años y trabajas, puedes solicitar un abono anticipado de 100 € mensuales, que suma un total de 1.200 € al año. Para recibir este adelanto mensual de 1.200€, necesitas rellenar y presentar el Modelo 140.
Requisitos para Acceder a la Deducción por Maternidad
Si tienes hijos menores de tres años y cumples los requisitos para el mínimo por descendientes, podrás beneficiarte de una deducción adicional. Para ello, es necesario que en el momento del nacimiento de tu hijo, estés recibiendo algún tipo de prestación contributiva o asistencial del sistema de protección por desempleo. Esta deducción adicional proporciona un beneficio fiscal adicional para las mujeres en tu situación.
Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva. La deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Los menores en régimen de tutela.
Si ya se cobraba el abono anticipado, no hay que presentar una nueva solicitud por el mismo hijo. Si se cumplen los nuevos requisitos establecidos para esta deducción, se seguirá cobrando.
Incremento por Gastos de Guardería
Si ya estás aprovechando la deducción por maternidad, hay otra buena noticia: si tu peque va a la guardería, puedes añadir hasta 1.000€ más a tu deducción anual.
Desde la sentencia del Tribunal Supremo de enero de 2024, se amplió el derecho al incremento de 1.000 € también para quienes lleven a sus hijos a guarderías municipales autorizadas.
El cheque guardería permite deducir a la madres que trabajan hasta 1000 € anuales para gastos de guardería de niños hasta los 3 años de edad.
Los gastos que puedes deducir incluyen la inscripción, la matrícula, los servicios generales del centro y la alimentación de tu hijo en la guardería. El importe total del gasto efectivo no subvencionado pagado durante el período impositivo, ya sea por meses completos o parciales.
Deducciones Autonómicas por Maternidad
En España, algunas deducciones fiscales, como las relacionadas con partos múltiples, son gestionadas por las comunidades autónomas. Varias autonomías ofrecen deducciones propias por nacimiento o adopción. A continuación, se detallan algunas de estas deducciones:
- Andalucía: 200 € por cada hijo nacido, adoptado o acogido. Si vives en un pueblo con menos de 3.000 habitantes, la deducción sube a 400 €.
- Aragón: Deducción por nacimiento o adopción del tercer hijo o siguientes, incluyendo partos múltiples.
- Castilla y León: 1.010 € por el primer hijo, 1.475 € por el segundo y 2.351 € por el tercero y los siguientes. Si hay partos o adopciones múltiples en menos de un año, la deducción se incrementa un 50% con dos hijos y un 100% con tres o más. También permite una deducción por parto múltiple. La cuantía depende del número de hijos y se aplica en el año del nacimiento.
- Comunidad de Madrid: 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado. Se aplica en el año del nacimiento y también en los dos años siguientes.
- Extremadura: Puedes deducirte 300 € por cada hijo nacido en parto múltiple. Tu base imponible debe ser inferior a 19.000 € si haces la declaración individual, o 24.000 € si es conjunta.
- Murcia: Tiene una deducción específica para partos múltiples: 100 € por cada hijo nacido en el segundo o tercer parto.
- La Rioja: También tiene una deducción, pero solo para partos múltiples de tres o más hijos.
- Canarias: Hay deducción por parto múltiple, pero solo si hay tres o más hijos nacidos en el mismo parto.
Asegúrate de revisar cada año tanto las deducciones estatales como las autonómicas.
¿Cómo Solicitar la Deducción por Maternidad?
Puedes optar por recibir la deducción de forma anticipada, mediante transferencias mensuales de 100 €, o aplicarla en tu declaración anual del IRPF. Rellenando para ello el Modelo 140 de la Agencia Tributaria.
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Documentación Necesaria
Declaraciones de la Renta de años anteriores, que son muy útiles para verificar los datos.
Importancia de Incluir a los Hijos en la Declaración
¿Es necesario incorporar a los hijos/as en la declaración? Sí, es necesario.
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