¿Cuánto dura la baja por paternidad en España? Guía completa

Si has sido padre recientemente o vas a serlo dentro de poco, posiblemente quieras acompañar a la madre de tu hijo y vivir los primeros momentos de vida del pequeño. Para ello, es importante saber todo lo qué implica el permiso de paternidad, hasta cuándo dura, cómo debes solicitarlo y de cuánto será la prestación, entre otras cosas.

El permiso de paternidad en España es un derecho que permite a los padres trabajadores ausentarse de su lugar de trabajo para cuidar de su hijo, ya sea nativo, adoptado o en acogimiento.

A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la baja por paternidad en España.

¿Qué es la baja por paternidad?

La baja por paternidad es un subsidio que se otorga a los trabajadores que suspenden su actividad con motivo del nacimiento o adopción de un hijo. Incluye días de permiso y una prestación, es obligatoria y afecta tanto a contratados como autónomos en todo el territorio español, aunque tiene diferencias de acuerdo a la región, la circunstancia y el tipo de empleo.

Marco Legal

Las condiciones de la baja por paternidad, recogidas en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, han ido actualizándose en los últimos años hasta que finalmente se han equiparado los permisos entre mujeres y hombres.

El 7 de marzo de 2019 se publicó un Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidad entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación que entró en vigor el 1 de enero de este año 2021.

Esta nueva normativa, aprobada por el gobierno del PSOE unificaba las prestaciones de maternidad y de paternidad en una prestación única denominada de ‘nacimiento y cuidado del menor‘.

Ley de Familias (futura)

A su vez, se espera que a partir del año 2023 entre en vigencia la Ley de Familias, que buscaría extender paulatinamente, entre ese año y 2026, la duración del permiso hasta los seis meses (es decir, dos meses más que los que actualmente se ofrecen). Eso significa que las circunstancias de la baja podrían cambiar sustancialmente dentro de no mucho.

Duración del permiso de paternidad

La baja por paternidad dura un total de 16 semanas desde el nacimiento del menor.

Estas semanas no se distribuyen de igual manera: por ley, las primeras 6 semanas tienen que ser seguidas al nacimiento. En cambio, las otras 10 se pueden tomar en cualquier momento dentro de los 12 meses posteriores (es decir, hasta el momento en que el menor cumple un año).

Las seis primeras semanas de baja por paternidad son obligatorias, por lo que el trabajador no puede renunciar a las mismas.

Distribución del permiso:

  • 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción).
  • 10 semanas (20 en el caso de parto múltiple) que pueden disfrutarse de forma flexible, en períodos semanales, acumulados o interrumpidos, durante los 12 meses siguientes al nacimiento.

Es importante aclarar que cualquier tipo de distribución debe ser comunicada a la empresa con 15 días de anticipación.

A diferencia de épocas anteriores, estos permisos son intransferibles, por lo cual no pueden ser cedidos al otro progenitor. En concreto, esto implica que, si el padre no hace uso de sus 10 semanas -es decir, de las que no son obligatorias, inmediatamente posteriores al parto-, se pierden.

Ampliaciones del permiso

Hay varias circunstancias que permiten la ampliación del permiso de paternidad. Las principales son nacimiento o adopción múltiple -dos semanas más por cada hijo a partir del segundo-, hospitalización del menor -particularmente en el caso de nacimientos prematuros- y discapacidad. Cada una de estas circunstancias requiere la presentación de documentación específica.

En los casos de parto prematuro con falta de peso y en aquellos supuestos en los que el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, por un periodo superior a siete días, el período de suspensión y la prestación se podrá ampliar en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.

En estos casos, el período de suspensión podrá computarse, a instancia de la madre biológica o del otro progenitor, a partir del alta hospitalaria.

Permiso por adopción, guarda o acogimiento

El permiso por adopción, guarda o acogimiento también tiene una duración de 16 semanas, con la misma distribución de 6 semanas obligatorias y 10 voluntarias.

En el caso de que se opte a la paternidad mediante la adopción o se quiera participar en un servicio de acogida, es posible solicitar el permiso de paternidad siempre y cuándo el adoptado o acogido sea menor de 6 años.

Sin embargo, también podrá pedirse si los hijos tienen entre 6 y 18 años y padecen algún tipo de discapacidad con un grado igual o superior al 33% o que por sus circunstancias y experiencias personales puedan experimentar dificultades a la hora de integrase social y familiarmente.

Requisitos para solicitar la baja por paternidad

A su vez, existen ciertos requisitos mínimos de cotización, que varían según la edad. Estos son:

  • Menores de 21 años: ninguno.
  • Entre 21 y 25 años: mínimo de 90 días en los 7 años anteriores y mínimo de 180 días en total.
  • Mayores de 26 años: mínimo de 180 días en los 7 años anteriores y mínimo de 360 días en total.

Además, es necesario:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición asimilada al alta. Este último caso se refiere al trabajador que no cotiza pese a que está dado de alta.
  • Tener cubierto un periodo mínimo de cotización en función de la edad. De este modo, el solicitante es menor de 21 años, no se le exigirá un periodo mínimo de cotización. En el caso de que tenga entre 21 y 26 años, tendrá que tener cotizados 180 días a lo largo de su vida laboral o 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso.

¿Cómo solicitar la baja por paternidad?

La baja por paternidad consiste, en realidad, de dos trámites: uno frente al empleador, y otro frente al Estado. El primero varía dependiendo de la empresa; el segundo puede solicitarse, tanto presencialmente, como de manera remota.

Idealmente, se debe tramitar este permiso con la empresa con quince días de antelación, salvo que el convenio colectivo establezca otra cosa. La solicitud a la Seguridad Social puede hacerse a partir del día del nacimiento.

Vías para solicitar la baja:

  • De manera remota: A través del portal Tu Seguridad Social. Para eso, será necesario disponer de un DNI electrónico activado.
  • Presencialmente: En el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con cita previa.
  • Por correo ordinario: Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo.

La persona tiene la obligación de efectuar el preaviso a la empresa con una antelación de 15 días, o el lapso que establezca el convenio colectivo respectivo.

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Documentación Necesaria

  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

En circunstancias excepcionales, si son pertinentes, pueden requerirse otro tipo de documentos, como certificados de discapacidad.

¿Cuánto se percibe durante la baja por paternidad?

El sueldo del padre es retribuido en un 100 %. A su vez, ese monto está exento de la retención del IRPF (pero no de otros impuestos vinculados a la Seguridad Social).

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la remuneración corre al 100% a cargo de la Seguridad Social.

Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social.

Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores.

Cuando la persona trabajadora perciba una retribución mensual y haya permanecido en alta en la empresa todo el mes natural, la base de cotización correspondiente se dividirá entre 30.

¿Cómo afecta a la empresa la baja por paternidad?

La empresa también recibe beneficios cuando un empleado tramita su baja. En caso de que sea necesario contratar un reemplazo para el trabajador, la Seguridad Social puede bonificar hasta un 100 % de sus cuotas, cosa que reduce sustancialmente -alrededor de un 30 %- el costo real de ese nuevo empleado. En concreto, esto significa que, de ser necesario, la contratación del reemplazo será más sencilla.

El permiso de paternidad puede ir asociado a un coste extra para las empresas, ya que podrían verse en la necesidad de cubrir la ausencia del padre trabajador y contratar a otra persona que le sustituyan temporalmente.

Las empresas que promueven el permiso de paternidad y lo gestionan correctamente en beneficio de sus equipos suelen conseguir una serie de beneficios adicionales que, en forma de intangibles, fortalecen la relación con los empleados, mejoran el ambiente laboral y favorecen la productividad.

Gestión de ausencias en la empresa

La gestión de una baja por paternidad puede ser todo un desafío si no se trabaja adecuadamente. En el caso de las bajas por paternidad es importante contar con un sistema claro y sencillo para ambas partes. Los responsables de recursos humanos deben definir políticas para las solicitudes de este tipo de permisos.

Actualmente, herramientas como Factorial permiten una gestión automatizada de estos permisos, lo que reduce los errores administrativos y asegura el cumplimiento de las normativas vigentes.

Preguntas frecuentes

¿Puedo acogerme a la baja de paternidad si soy autónomo?

Sí, por supuesto. Tanto los autónomos como los contratados reciben una prestación de paternidad del 100 %. En el caso de los autónomos, esta prestación suele corresponderse con la base de cotización mínima.

¿Es obligatorio acogerse a la baja por paternidad?

Parcialmente. La legislación actual -a diferencia de algunas anteriores- establece la obligatoriedad y la intransferibilidad de la baja por paternidad durante las primeras 6 semanas. Las siguientes 10, que pueden disfrutarse hasta 12 meses después del nacimiento del menor, no son obligatorias, pero sí son intransferibles. Esto implica que el padre no tiene la obligación de tomarlas; sin embargo, si no lo hace, estas se pierden.

¿Es posible ceder algunas semanas al otro progenitor?

No: la baja por paternidad no contempla ningún tipo de transferencia. El objetivo es estimular que los padres tomen la baja, equiparando los días de permiso y, así, favorecer la distribución del trabajo en el hogar.

¿También se puede disfrutar la baja por paternidad en casos de adopción?

Sí, la baja por paternidad contempla los casos por adopción. Sin embargo, también es cierto que varía de acuerdo a la edad del menor. Si el niño tiene menos de 6 años, las condiciones son esencialmente las mismas que para un nacimiento. Ocurre lo mismo si el niño es mayor de 6 años, pero presenta una discapacidad o la adopción incluye ciertas circunstancias excepcionales, debidamente acreditadas.

¿Se dan las mismas condiciones en todo el territorio español?

En términos generales, sí, pero existen ciertas extensiones para funcionarios andaluces o del País Vasco.

¿Los funcionarios tienen las mismas condiciones?

En términos generales, sí. Sin embargo, es importante resaltar que los funcionarios andaluces cuentan con 20 semanas, y los del País Vasco, con 18 semanas.

¿Qué pasa si se me acaba el contrato durante el periodo de baja?

En caso de que el contrato se termine durante la baja por paternidad, seguirás recibiendo la prestación económica de acuerdo a los parámetros fijados inicialmente. Es decir: no importa si ya no figuras como contratado, tu prestación seguirá siendo equivalente al sueldo que recibías al iniciar la baja.

¿Me pueden despedir durante o después de la baja?

La baja por paternidad no puede ser, legalmente, motivo de despido. Es posible despedir a un empleado durante la baja si se acredita que los motivos son otros, pero es difícil, costoso y poco común.

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