¿Cuántas Semanas Dura la Baja Maternal en España? Guía Completa y Actualizada

Tener un hijo implica muchos cambios en la vida de una mujer, tanto a nivel personal como profesional. Por eso, dentro de nuestro ordenamiento jurídico se ha regulado un procedimiento de baja con su correspondiente prestación, para que las madres puedan dedicar tiempo tras el parto a recuperarse físicamente y a cuidar de su bebé. Sin duda alguna, la baja por maternidad es una de las prestaciones más importantes de las trabajadoras en nuestro país.

En este artículo, exploraremos en detalle la duración de la baja maternal en España, los derechos laborales que amparan a las madres, y cómo ha evolucionado esta prestación a lo largo del tiempo.

Mapa que muestra la duración de la baja por maternidad en diferentes países del mundo.

Historia de la Baja Maternal en España

En nuestro país, la baja maternal se configuró como un derecho de las trabajadoras en 1900, y se fijó entonces en tres semanas de descanso. En la década de 1920 se amplió hasta seis semanas, y ya en 1931 se estableció un período de baja de 12 semanas tras el parto. Como decíamos antes, la duración de la baja de maternidad se ha ido extendiendo en los últimos años.

Duración Actual de la Baja Maternal en España

Actualmente, la baja por maternidad en España dura 16 semanas. Esta medida entró en vigor en 2021 y es aplicable tanto a la madre como al padre, biológicos o adoptivos. Es el permiso más conocido como “baja maternal”, de 16 semanas sin ir a trabajar, pagadas por la Seguridad Social. La baja por maternidad se denomina ahora permiso por nacimiento y cuidado de menor, ya que engloba situaciones de paternidad, familias homoparentales, etc.

  • 6 semanas obligatorias: Deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. Es obligatorio para la mujer coger 6 semanas después del parto.
  • 10 semanas restantes: Las otras 10 semanas las puede ceder al otro progenitor y disfrutarlas de manera alternativa o simultánea, si ambos trabajan. Las 11 semanas pueden disfrutarse en periodos sucesivos de al menos una semana, hasta que el menor cumpla 12 meses.

La madre decide cuándo empieza a disfrutar de este descanso, siempre y cuando se respete el periodo mínimo de 6 semanas después del parto.

Ampliación de la Baja Maternal en Casos Especiales

En los casos de parto múltiple y de discapacidad del menor, se amplía el período de baja. En el caso de parto múltiple, este descanso se ve incrementado en dos semanas adicionales por cada hijo a partir del segundo. De esta forma, si una mujer da a luz trillizos, tendrá derecho a 18 semanas de baja por maternidad con su correspondiente prestación.

Requisitos para Acceder a la Baja Maternal

Para poder disfrutar de estos derechos la trabajadora o el trabajador tienen que estar dados de alta en la Seguridad Social o situaciones asimiladas al alta que veremos a continuación. Uno de los requisitos indispensables para acogerse a la baja por maternidad es, a parte de estar dado de alta en la Seguridad Social, contar con un período de cotización mínimo. Este, sin embargo, variará según la edad de la trabajadora.

  • Mujeres con más de 26 años: Necesitan haber cotizado al menos 180 días en los siete años anteriores o un año durante toda su vida laboral.
  • Mujeres entre 21 y 26 años: Tendrán que acreditar un periodo de cotización de 90 días para tener derecho a la misma.
  • Menores de 21 años: No tendrán que acreditar periodo previo de cotización (aunque sí estar dadas de alta en la Seguridad Social) para acceder a la prestación de maternidad.

Si la madre no ha cotizado a la Seguridad Social los días requeridos para acceder a la prestación por maternidad, tiene derecho a un subsidio por maternidad. La cuantía de este subsidio será de un 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y su duración de 42 días naturales a contar desde el parto.

Prestación Económica Durante la Baja Maternal

Durante la baja por maternidad, la madre tiene derecho a percibir una prestación económica que corresponde al 100% de la base reguladora que esté percibiendo en el momento del inicio de la baja. Es decir, la madre recibe su salario completo durante el tiempo que dure la baja. La Seguridad Social pagará a las trabajadoras durante este tiempo el 100% de su base reguladora.

En caso de que el contrato finalice mientras la trabajadora está de baja, esta seguirá cobrando su prestación por maternidad con total normalidad. En el supuesto de que el contrato de la trabajadora finalice mientras se encuentra de baja por maternidad tiene derecho a continuar percibiendo la prestación económica hasta su finalización.

Baja Maternal para Trabajadoras Autónomas

El hecho de ser trabajadora autónoma no excluye el derecho a disfrutar de la baja por maternidad. Al contrario, las condiciones para las madres autónomas son las mismas que para las trabajadoras por cuenta ajena. Existe, además, una prestación de baja de maternidad para autónomas.

Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores.

Otros Derechos Relacionados con la Maternidad

Además de la baja de maternidad propiamente dicha, la mujer embarazada tiene derecho a que se proteja todo lo posible su salud y la del feto durante la gestión. Algunos embarazos pueden llegar a ser especialmente difíciles y afectar a la salud de la mujer. Esto también sucede en los supuestos de baja por riesgo durante el embarazo. Si la baja es por molestias asociadas al embarazo, entonces se gestiona como una baja por contingencias comunes.

Tras el periodo de baja por maternidad, existe otro permiso destinado a facilitar la alimentación del bebé: el permiso de lactancia. Este derecho permite a los padres ausentarse del trabajo una hora al día hasta que el bebé cumpla 9 meses. Para fomentar la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos, se puede transferir el derecho a la reducción de la jornada por lactancia al otro progenitor, siempre y cuando ambos trabajen.

Para ayudar a los padres a equilibrar su vida laboral y familiar, la ley permite a los trabajadores con hijos menores de 12 años solicitar una reducción de su jornada laboral de hasta el 50%. Si necesitas más tiempo para cuidar a tu hijo, puedes solicitar una excedencia por cuidado de menor. Esta excedencia puede durar hasta que el niño cumpla 3 años.

Novedades y Cambios para 2025

La 'letra pequeña' del permiso de paternidad y maternidad: ¿cómo cambia y a quién beneficia?

En 2025 la baja por maternidad y paternidad sigue siendo de 16 semanas, pero se propone ampliarla a 20. Además, las familias monoparentales ya tienen derecho a 26 semanas. Pero en 2024 gracias a la implementación de varias actualizaciones importantes, se ha logrado la ampliación del permiso por nacimiento de 16 a 20 semanas. A partir del 2024, se amplia para ambos progenitores el permiso por nacimiento de 16 a 20 semanas.

Además, se retribuirán 4 de las 8 semanas del nuevo permiso parental, que los padres podrán utilizar hasta que sus hijos cumplan 8 años. ¡Novedad importante para 2025! Todo ello supone un total de 19 semanas para cada progenitor.

Las 2 semanas de permiso parental retribuidas para el cuidado de hijos e hijas menores de 8 años se aplican de forma retroactiva desde el 2 de agosto de 2024.

Al no hacerlo la Comisión Europea anunció una sanción de más de 40.000 € diarios a partir del 1 de agosto de 2025. Eso sí, no tiene carácter retroactivo.

Cómo Solicitar la Prestación por Maternidad

La trabajadora tiene derecho a la prestación desde el mismo momento en que se convierte en madre, y el pago es inmediato una vez realizada la solicitud. Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social.

Plazo: puede solicitarse a partir del día siguiente a aquel en que inicies tu período de descanso por maternidad. Documentación: solo necesitas presentar el modelo de solicitud debidamente cumplimentado, DNI, NIE o pasaporte y libro de familia.

El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción. Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja.

Métodos de Solicitud

  • Online: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  • Por correo ordinario: Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo.

Bonificaciones para Empresas

Por su parte, las empresas tienen derecho a una bonificación del 100 % de las cuotas a la Seguridad Social de las trabajadoras que están de baja por maternidad si contratan a alguien para sustituirlas. En caso de que la empresa contrate a otra persona en sustitución de la empleada que está de baja, también tiene bonificadas al 100 % las cuotas a la Seguridad Social del nuevo trabajador.

Cuando en la empresa un trabajador esté disfrutando del permiso de maternidad, ésta debe plantearse si sustituirlo o no. La empresa obtendría bonificaciones tanto del trabajador que está de baja como del nuevo trabajador. Del trabajador de baja no pagará absolutamente nada, no pagará salario ni la seguridad social a cargo del trabajador que ya se la descuenta el INSS, tampoco pagará la seguridad social a cargo de la empresa porque tiene una bonificación del 100%.

En este sentido, es más interesante contratar un nuevo empleado mediante un contrato de interinidad. Hacer la contratación con antelación permite a la trabajadora que va a ausentarse formar a quien va a sustituirla durante unos meses.

Tabla Resumen de la Baja Maternal en España

Concepto Detalles
Duración actual 16 semanas (ampliable en casos de parto múltiple o discapacidad)
Prestación económica 100% de la base reguladora
Semanas obligatorias 6 semanas posteriores al parto
Semanas transferibles 10 semanas (pueden ser cedidas al otro progenitor)
Ampliación para 2024 De 16 a 20 semanas
Requisitos de cotización Varían según la edad de la trabajadora
Bonificaciones para empresas 100% de las cuotas a la Seguridad Social

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