La intersexualidad es un término general que abarca a un amplio grupo de personas cuyas características sexuales quedan fuera de las “normas” típicas binarias de masculino o femenino. Se estima que aproximadamente 1 de cada 1,500 a 2,000 nacimientos resulta en una condición intersexual suficientemente obvia como para ser notada al nacer. Es crucial comprender que la intersexualidad consiste en una serie de características biológicas, no en tu identidad de género en sí. Tampoco trata de tu orientación sexual: las personas intersexuales tienen muchas orientaciones sexuales.
Bandera del orgullo intersexual
Mitos y Realidades sobre la Intersexualidad
Existen varios mitos y conceptos erróneos sobre la intersexualidad que contribuyen a la desinformación y el estigma. Combatir estos mitos requiere educación, comprensión y respeto hacia las experiencias de las personas intersexuales.
- Mito: La intersexualidad es extremadamente rara.
- Realidad: La intersexualidad no es tan rara como se piensa.
- Mito: Las personas intersexuales son hermafroditas.
- Realidad: El término "hermafrodita" es obsoleto y ofensivo.
- Mito: La intersexualidad es una anomalía que debe ser corregida quirúrgicamente al nacer.
- Realidad: La práctica de realizar cirugías "normalizadoras" en bebés intersexuales es controvertida y ha sido ampliamente criticada por defensores de los derechos humanos.
- Mito: Las personas intersexuales no pueden tener una vida sexual plena.
- Realidad: Las personas intersexuales, como cualquier otra persona, pueden tener una vida sexual plena y satisfactoria.
- Mito: Las personas intersexuales son infértiles.
- Realidad: La fertilidad de las personas intersexuales varía según la condición específica.
- Mito: La intersexualidad es lo mismo que la orientación sexual o la identidad de género.
- Realidad: La intersexualidad se refiere a las características biológicas del sexo, mientras que la orientación sexual se refiere a quién atrae a una persona y la identidad de género a cómo se identifica una persona en términos de género.
- Mito: Las personas intersexuales deben elegir ser hombre o mujer.
- Realidad: La identidad de género de una persona intersexual es personal y puede ser hombre, mujer, una combinación de ambos, o ninguna de estas categorías.
Interfobia: Discriminación hacia las Personas Intersexuales
La interfobia, también conocida como intersexofobia, es la discriminación, prejuicio, odio o miedo hacia las personas intersexuales. Al igual que otras formas de fobia social, la interfobia puede manifestarse de diversas maneras y tener un impacto significativo en la vida de las personas intersexuales.
La práctica de realizar cirugías "normalizadoras" en bebés y niños intersexuales sin su consentimiento informado es una forma de interfobia. La perpetuación de mitos y conceptos erróneos sobre la intersexualidad alimenta el estigma y la discriminación. Abordarla requiere un esfuerzo colectivo para educar, sensibilizar y reformar las políticas y prácticas que perpetúan el estigma y la discriminación.
El origen de la mitología intersexual - Gabriel J. Martín
La Experiencia de Camino: Una Persona Intersexual de Madrid
Las intersexualidades son variaciones en el desarrollo sexual que se caracterizan principalmente por diferencias en los cromosomas, en las hormonas, en los genitales, en las gónadas y en las características sexuales secundarias (vello corporal, timbre de voz…), diferencias que se salen de los patrones que solemos asociar a los conceptos “hombre” y “mujer”.
En el caso de Camino, ella nació con insensibilidad a los andrógenos, es decir, su composición genética es XY, cuando el que se asocia a las mujeres es XX. Esto significa que nació con un fenotipo (apariencia física) visiblemente femenino pero, por dentro, conservó dos testículos no descendidos.
Cuando tenía 13 años, le quitaron las gónadas vestigiales mediante cirugía. Un año más tarde, viendo que no le bajaba el periodo, como al resto de las chicas de su clase, preguntó a su madre si esto tenía algo que ver con la intervención que le hicieron. Fue ahí cuando tuvieron su primera charla, y cuando supo que no podría tener la regla ni tener hijos.
Desde entonces, fue creciendo sabiendo que había piezas que no le encajaban en un puzle aún por armar. No supo lo que realmente le pasaba hasta que tenía 28 años, y lo descubrió por puro azar. En parte puede entender que sus padres no quisieran que se supiera, ya que creció en los años 90, había mucho desconocimiento, y el personal médico pensaba que esta condición podría llegar a ser motivo de bullying. Sin embargo, hablando desde su experiencia personal, sí le habría gustado saberlo desde pequeña, para así aprender a vivir con ello y normalizarlo. De hecho, en la actualidad se recomienda que los niños y niñas intersexuales lo sepan entre los seis y los doce años, en función de la capacidad de comprensión del menor.
Intersexualidad y Reproducción: Opciones para Formar una Familia
¿Pueden las personas intersexuales tener hijos? La intersexualidad no define una única condición, sino una variedad de situaciones biológicas que pueden influir de manera diferente en la función reproductiva. Algunas personas intersexuales tienen capacidad para producir gametos (óvulos o espermatozoides), mientras que otras pueden necesitar apoyo médico para estimular esa función. Otras no cuentan con tejido reproductivo funcional pero sí con la voluntad de formar una familia.
En la actualidad, la medicina reproductiva ofrece un abanico cada vez más amplio de opciones para acompañar a las personas intersexuales en su deseo de formar una familia. Una de las alternativas más relevantes es la preservación de la fertilidad, especialmente indicada, según el experto de Ginefiv, en aquellos casos en los que existe producción de esperma u óvulos. La vitrificación de gametos permite conservar los óvulos y espermatozoides manteniendo su calidad intacta con el paso del tiempo. A ello se suman técnicas como la Fecundación In Vitro (FIV), que, “mediante estimulación hormonal, puede facilitar un embarazo en personas con función ovárica o testicular parcial”.
Es fundamental reconocer la importancia del apoyo psicológico profesional a lo largo del proceso reproductivo. Tomar decisiones relacionadas con la fertilidad puede suponer un desafío emocional importante para cualquier pareja o persona que quiera tener hijos. Un enfoque médico basado en el respeto, la escucha activa y el acompañamiento personalizado es imprescindible.
La medicina reproductiva ofrece opciones para las personas intersexuales que desean formar una familia.
Consentimiento Informado y Tratamientos Médicos en la Intersexualidad
En la actualidad, los niños y niñas intersexuales que nacen con genitales ambiguos son sometidos a varios estudios, tanto cromosómicos y hormonales como anatómicos, para determinar el sexo que se les ha de asignar. La decisión se fundamenta en criterios como la capacidad científica para crear genitales funcionales que no resulten ambiguos a la vista, de acuerdo con los tejidos disponibles en el cuerpo del recién nacido.
Sin embargo, según estudios al respecto, el consentimiento informado, explicado a quienes corresponde firmar -padres y madres-, por lo general no es el adecuado. En ocasiones, incluso se les dice que sus hijos van a tener genitales normales.
Dado que hay quienes consideran que las intervenciones médico-quirúrgicas de armonización del sexo son lícitas e incluso obligadas, se ha llegado a sostener que no es necesario pedir a los padres el consentimiento informado para proceder con los respectivos tratamientos y cirugías. No obstante, desde el momento en que el propósito de estas intervenciones es construir una normalidad biológica y colaborar con el bienestar físico, psicológico y social, la información sobre el tratamiento y cirugías es obligatoria. Es un derecho fundamental del o la paciente.
A juicio de la Corte Constitucional, los médicos deben, por ejemplo, indicar a los padres la diferencia entre la asignación temprana de un sexo masculino o femenino al recién nacido -que en nuestras sociedades parece ser inevitable-, y las cirugías destinadas a reconstruir la apariencia de los genitales, lo cual permitirá que los padres comprendan que es posible asignar rápidamente al menor un sexo -según consenso del equipo interdisciplinario- sin necesidad de adelantar inmediatamente las cirugías.
Recomendaciones para Padres de Niños Intersexuales
Con la finalidad de ayudar a los padres a responder a algunas de las cuestiones y preocupaciones que les puede generar esta situación, diferentes asociaciones como IGLYO (The International Lesbian, Gay, Bisexual, Transgender, Queer & Intersex -LGBTQI- Youth and Student Organisation), OII Europe (Organisation Intersex International Europe) y EPA (Europea Parents Association) han elaborado conjuntamente una guía que tiene por título Apoyando a tu hijo(a) intersex.
Tal y como se explica en la guía, en la gran mayoría de las personas intersex no existe algo que físicamente esté mal, y no hay necesidad de ninguna intervención médica. Si tu médico te dice que el tratamiento médico es necesario, pregunta acerca de las implicaciones en la salud y riesgos, tanto de llevar a cabo el tratamiento como de no hacerlo. Luego tómate tu tiempo para tomar una decisión informada.
Ley 4/2023 sobre la Igualdad de las Personas Trans e Intersexuales
La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, que entró en vigor el 2 de marzo de 2023, tiene por finalidad garantizar y promover el derecho a la igualdad real y efectiva de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y de sus familias. Con ese objetivo, el capítulo I del título II regula la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas y la adecuación documental a esa circunstancia, reconociendo la voluntad libremente manifestada, despatologizando el procedimiento y eliminando el requisito de la mayoría de edad para solicitar la rectificación.
Según el artículo 74 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, si al inscribir el nacimiento el parte facultativo indicara la condición intersexual del recién nacido, los progenitores podrán solicitar que la mención del sexo figure en blanco por el plazo máximo de un año.
Consideraciones Adicionales sobre la Ley 4/2023
- En los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley el 2 de marzo de 2023 en los que no concurran los requisitos establecidos por la legislación anterior, el/la encargado/a del Registro requerirá a la persona interesada -si esta no se hubiera pronunciado antes al respecto- para que declare si quiere acogerse a la nueva normativa.
- Los procedimientos que se encuentren en vía de recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se resolverán favorablemente si cumplen los requisitos de la normativa anterior a la nueva Ley.
- La posibilidad de rectificación registral de la mención relativa al sexo está prevista en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para las personas a partir de doce años (art. 43).
- El artículo 48 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, prevé el derecho de los/las menores trans, «hayan iniciado o no el procedimiento de rectificación de la mención relativa al sexo», a obtener el cambio de nombre por razones de identidad sexual «cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil».
Documentación Necesaria para la Rectificación Registral
Documentación que debe presentarse solo y exclusivamente:
- Escrito de solicitud, que deberá incluir los datos de identidad de la persona solicitante y, en su caso, la elección del nuevo nombre.
- Certificado literal de nacimiento de la persona interesada (salvo que dicho certificado pueda ser obtenido por la propia oficina de Registro).
- DNI de la persona interesada y, cuando esta sea menor de dieciséis años, también el de su/s representante/s legal/es.
- En el caso de menores de entre 12 y 14 años, testimonio de la resolución judicial que autorice el cambio de la mención registral del sexo.
Dado que la solicitud puede presentarse en cualquier oficina del Registro Civil, no será necesario aportar certificado de empadronamiento.
Estudio revela que los genitales ambiguos en los recién nacidos pueden ser más comunes de lo que se pensaba
Un estudio llevado a cabo por expertos de la Universidad de Estambul (Turquía) y que ha sido publicado en el ‘Journal of Endocrine Society de la Endocrine Society’ ha sugerido que los genitales ambiguos en los recién nacidos pueden ser más comunes de lo que se pensaba. Los trastornos del desarrollo sexual (DSD) son un grupo de afecciones que incluyen anomalías de los cromosomas sexuales, las gónadas, los conductos reproductivos y los genitales.
Los genitales ambiguos se producen cuando los genitales de un bebé recién nacido hacen que no esté claro si el niño es un niño o una niña. Por ejemplo, un bebé puede tener un clítoris agrandado que se parece más a un pene pequeño. En algunos casos intersexuales, los bebés tienen órganos sexuales externos que no coinciden con su anatomía reproductiva interna. Una niña puede tener órganos sexuales externos que se parecen a los genitales masculinos y órganos femeninos internos normales (ovarios y útero).
“Nuestra investigación encontró 18 bebés con genitales ambiguos entre 14.177 recién nacidos. Esta frecuencia es mayor en comparación con estudios anteriores que utilizaron registros con una tasa de captura baja, si bien nuestro estudio se realizó de forma prospectiva. Además, la mayoría de los datos publicados provienen de países occidentales en los que las tasas de consanguinidad son más bajas que las de nuestro país”, han dicho los expertos.
Concretamente, en el estudio prospectivo, los investigadores examinaron 14.177 recién nacidos y encontraron que 18 de ellos tenían genitales ambiguos, de los cuales 15 fueron diagnosticados con DSD 46, XY, que ocurre en bebés varones cuando el cuerpo no puede usar la testosterona adecuadamente o los testículos no se desarrollan adecuadamente. El peso al nacer fue menor en los bebés con 46, XY DSD que en los bebés sanos, y la preeclampsia fue una condición común en esos embarazos.
Conclusión
La intersexualidad es un tema complejo que requiere una comprensión profunda y un enfoque respetuoso. Es fundamental combatir los mitos y la discriminación asociados a esta condición, y brindar apoyo a las personas intersexuales y sus familias. La legislación y las guías para padres son herramientas importantes para garantizar los derechos y el bienestar de los niños y niñas intersexuales.
