El complemento de paternidad para jubilados, también conocido como complemento por hijo, es una prestación que busca eliminar la discriminación de los hombres en el ámbito de las pensiones contributivas. Esta ayuda se percibe tras acceder a una pensión contributiva y, aunque muchos hombres jubilados entre 2016 y 2021 podrían beneficiarse, no se concede de forma automática, sino que debe ser reclamado.
Desde 2021, muchas personas jubiladas han oído hablar del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, conocido comúnmente como complemento por hijo. Esta ayuda se incorpora a las pensiones contributivas de quienes han tenido hijos y se hayan visto perjudicados en su carrera de cotización por esa causa.
En este artículo, te explicamos quién puede reclamarlo, cómo hacerlo y qué derechos se pueden recuperar.
COMPLEMENTO por PATERNIDAD EN TU PENSION ⏩ Jubilación / Incapacidad/ Viudedad
¿Qué es el Complemento por Hijo o Complemento de Brecha de Género?
Se trata de una cantidad económica fija que se suma a la pensión contributiva (jubilación, viudedad o incapacidad) por cada hijo. En 2025, asciende a 33,20 € al mes por hijo (con un máximo de cuatro hijos).
Este complemento se reconoce a las personas que hayan sufrido un perjuicio en su carrera profesional por asumir el cuidado de los hijos, sin importar el sexo, aunque en la práctica afecta especialmente a mujeres. Desde febrero de 2021, también los hombres pueden solicitarlo si acreditan ese perjuicio.
Evolución del Complemento
- Complemento de maternidad: Inicialmente, este complemento fue concebido solo para madres con dos o más hijos al acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- Complemento de paternidad: Tras varias sentencias judiciales, especialmente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en 2019 se demostró discriminatorio excluir del complemento de maternidad a los hombres, por lo que los padres pueden reclamarlo de forma retroactiva si cumplen los requisitos que veremos más adelante.
- Complemento para la reducción de la brecha de género: En febrero de 2021, el complemento evolucionó y pasó a denominarse complemento para la reducción de la brecha de género, pudiendo ser solicitado por cualquier progenitor que cumpla los requisitos.
¿Quién Puede Solicitar el Complemento Actualmente?
Pueden solicitarlo quienes:
- Perciban una pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad).
- Tengan uno o más hijos biológicos o adoptados.
- Acrediten que su carrera laboral se ha visto afectada negativamente por la paternidad/maternidad.
- Hayan accedido a la pensión a partir del 4 de febrero de 2021.
Pero aquí viene lo importante: los hombres jubilados entre 2016 y 2021 pueden reclamarlo con carácter retroactivo gracias a sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y resoluciones del Tribunal Supremo.
¿Qué Dice el TJUE Sobre la Discriminación a los Padres?
En diciembre de 2019, el TJUE dictó que el complemento por maternidad concedido solo a las mujeres era discriminatorio para los hombres, contraviniendo el derecho europeo.
A partir de esa sentencia, muchos padres jubilados entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 han podido reclamar el complemento de paternidad, aunque inicialmente no estuviera contemplado.
Requisitos para Reclamar el Complemento de Paternidad (Jubilados entre 2016 y 2021)
Los padres que deseen reclamar este complemento deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber accedido a una pensión contributiva entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
- Tener dos o más hijos (requisito que aplicaba antes del cambio normativo de 2021).
- No haber recibido ya el complemento por maternidad. Solo se le concede a uno de ellos. Si su cónyuge lo ha solicitado entonces él no tendría derecho.
- Ser padre: al menos de 2 hijos naturales o adoptivos con anterioridad al acceso a la pensión.
- Acreditar que cumplen los requisitos que en su momento se exigieron a las madres.
No es necesario que el INSS lo reconozca de oficio: hay que reclamarlo formalmente, e incluso acudir a los tribunales si lo deniegan.
Para los casos de las jubilaciones entre el 1 de enero 2016 y 3 de febrero de 2021, quienes hayan accedido a una jubilación parcial o jubilación anticipada no tienen derecho al complemento.
¿El Complemento por Hijo es Retroactivo?
Sí, puede reclamarse con carácter retroactivo, aunque no es automático. La retroactividad puede implicar:
- Cobrar los atrasos desde la fecha de jubilación, si se reconoce que el complemento debió aplicarse entonces.
- En ocasiones, se reconocen 4 años de retroactividad, dependiendo de cuándo se presentó la solicitud o la reclamación.
Los tribunales han dado la razón en numerosos casos a padres que reclamaron el complemento con efectos desde el inicio de su pensión, incluso aunque ya hubieran pasado años.
¿Cómo Reclamar el Complemento de Paternidad?
El proceso para reclamar el complemento de paternidad implica los siguientes pasos:
- Solicitud inicial: Lo puedes solicitar en la Seguridad Social, utilizando un formulario o haciendo un escrito. Como ya se ha indicado, no existe un modelo oficial específico para solicitar el complemento de paternidad con carácter retroactivo (pensiones entre 2016 y 2021). La solicitud debe hacerse al INSS, normalmente por escrito.
- Respuesta negativa y reclamación previa: La respuesta a este escrito hasta el momento siempre ha sido negativa y te dan un plazo para que interpongas lo que se llama reclamación previa, que es un escrito donde puedes explicar por qué entiendes que tienes derecho a ese complemento. La respuesta a este escrito suele también ser negativa.
- Vía judicial: Si se vuelve a denegar comienza la vía judicial: se concede un plazo de 30 días para interponer una demanda en la Jurisdicción Social (Juzgado de la Social). En un plazo de aproximadamente mes/mes y media se dicta una sentencia (y esa sentencia se transmite al abogado). En principio, suele ser favorable.
Documentación necesaria:
- Presentar solicitud ante el INSS, incluyendo todos los datos personales y familiares.
- Aportar documentación acreditativa: DNI, resolución de la pensión, libro de familia, certificados de nacimiento.
Si el INSS deniega o ignora la solicitud:
- Presentar reclamación previa administrativa.
- Si no responde o vuelve a rechazar, se puede presentar demanda judicial ante lo social.
En Fidelitis te acompañamos en todo el proceso para maximizar las opciones de éxito.
¿Hay Plazo Para Reclamar?
No existe un plazo cerrado, pero es recomendable hacerlo cuanto antes para evitar que se limite la retroactividad. Si ya has reclamado y no te han respondido o te han denegado el derecho, puedes acudir a la vía judicial.
Ejemplo Práctico
Veamos un supuesto representativo de un caso típico de un hombre jubilado que desea acceder a la recuperación de las cantidades atrasadas como también al aumento significativo de su pensión mensual.
A un padre con 3 hijos, el 26/07/2018 el INSS le reconoció una prestación contributiva de jubilación del 100 % sobre una Base Reguladora mensual de 2.173,24 €, en 14 pagas anuales.
Conclusión
El complemento de pensión por paternidad es un derecho que reconoce la aportación de los padres al sistema de pensiones, permitiendo aumentar su cuantía y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva. Solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con posibilidad de reclamación judicial si se deniega.
