Cómo Calcular el Permiso de Lactancia Acumulada a Jornada Parcial en España

El permiso de lactancia es una ayuda importante para las familias que tratan de conciliar en los primeros meses del bebé. En España, el derecho a la lactancia está reconocido por ley, pero su aplicación práctica, sobre todo cuando hablamos de lactancia acumulada, suele generar muchas dudas.

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores recoge el derecho a los progenitores (padres y madres) a disfrutar del permiso de lactancia; una hora de permiso retribuido después de disfrutar el permiso por nacimiento y hasta que el menor cumpla nueve meses. Esa hora puede disfrutarse cada día de trabajo o acumularlo en jornadas completas para disfrutarlo a la vez. Este es un ejemplo de cómo las leyes pueden evolucionar para adecuarse a las necesidades reales de cada persona.

Este es un derecho que la persona trabajadora puede exigirlo desde el 22 de mayo de 2024, sin que dependa de lo que indique el convenio colectivo o lo que pueda establecer la empresa.

A continuación, te explicamos en detalle cómo calcular el permiso de lactancia acumulada, especialmente en casos de jornada parcial.

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¿Qué es el Permiso de Lactancia?

El permiso de lactancia es un derecho individual retribuido recogido en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Este permiso consiste en una hora de ausencia del trabajo hasta que el bebé cumpla nueve meses, y se incrementa proporcionalmente en casos de partos o adopciones múltiples.

Desde la reforma de 2019, cualquiera de los dos progenitores puede disfrutar del permiso de lactancia, independientemente de si trabajan en la misma empresa. Ambos pueden beneficiarse de este permiso siempre que estén trabajando, ya que es un derecho retribuido por la empresa. Es importante destacar que este derecho es individual y no se puede transferir de un progenitor a otro.

Opciones para Disfrutar del Permiso de Lactancia

El trabajador puede elegir entre las siguientes opciones:

  • Permiso retribuido de una hora diaria: Este permiso puede dividirse en dos fracciones de media hora hasta que el bebé cumpla nueve meses.
  • Reducción de la jornada en media hora: Entrando más tarde o saliendo antes del trabajo hasta que el bebé cumpla nueve meses.
  • Permiso de lactancia acumulado: Acumulando la hora de permiso diaria en jornadas completas, según lo establecido en el convenio colectivo o acuerdo con la empresa.

Para disfrutar del permiso de lactancia, el trabajador debe notificar a la empresa con al menos 15 días de antelación y especificar cómo va a disfrutar del permiso. El trabajador puede decidir en qué franja horaria quiere disfrutar de su permiso, siempre teniendo en cuenta lo que establezca el convenio colectivo. La empresa puede negarse por causas técnicas u organizativas, siempre que estas causas estén debidamente justificadas. Para disfrutar del permiso de lactancia acumulado, es necesario que lo permita el convenio colectivo o que se alcance un acuerdo con la empresa. No se suman los días festivos, de vacaciones o de baja por maternidad o paternidad.

¿Qué Significa Exactamente “Lactancia Acumulada”?

La lactancia acumulada no es más que sumar la hora a la que se tiene derecho por lactancia. La ley también permite acumular ese tiempo en jornadas completas. Calcular la lactancia acumulada no es complicado: se trata de sumar las horas diarias de permiso y transformarlas en días laborables.

¿Cómo Calcular la Lactancia Acumulada Paso a Paso?

Para calcular la lactancia acumulada, sigue estos pasos:

  1. Determinar el periodo de disfrute: Desde la reincorporación al trabajo tras la maternidad hasta que el menor cumpla nueve meses.
  2. Calcular las horas totales de lactancia: Suma una hora por cada día de trabajo efectivo desde la reincorporación del permiso por nacimiento hasta que el menor cumpla nueve meses. No se computarán ni los festivos ni los días de descanso semanal.
  3. Convertir las horas en jornadas completas: Divide el total de horas de lactancia entre las horas de tu jornada laboral diaria.
  4. Revisar el convenio colectivo: Si el convenio establece algo sobre este derecho, sólo podrá mejorar el número de días que corresponden, pero nunca empeorar el derecho.
  5. Solicitarlo por escrito: Notificar a la empresa con al menos 15 días de antelación.

Ejemplo Práctico

Si por ejemplo hay 100 días de trabajo efectivo, corresponde 100 horas de lactancia, que para un trabajador que trabaje 8 horas al día serían 12,5 días hábiles de trabajo y para otro que trabaje 4 horas al día serían 25 días hábiles de permiso.

Caso con Jornada Parcial

El Tribunal Supremo aclara cómo se tiene que calcular la lactancia acumulada en caso de trabajadores a tiempo parcial. No se reduce el número de horas para acumular por ser jornada parcial, por lo que corresponden más días en función del número de días que se trabajen.

En este sentido, la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de noviembre de 2023 analiza el caso de una empresa en la cual el convenio colectivo no regula la lactancia acumulada. La práctica de la empresa es dividir el número de días laborables que restan hasta que el menor cumpla nueve meses por las 8 horas correspondientes a la jornada ordinaria, y reconocer los mismos días acumulados resultantes a los trabajadores a tiempo completo y a tiempo parcial.

El Tribunal Supremo, de acuerdo con lo que indica el TSJ, considera que a los trabajadores a tiempo parcial les corresponden tantos días acumulados como los que resultan de dividir los días laborables que quedan hasta que el menor cumpla nueve meses, por el número de horas diarias de su jornada parcial.

Por lo tanto, los trabajadores a tiempo parcial disfrutan de un mayor número de días de acumulación que los trabajadores a jornada completa. A los trabajadores a jornada completa y a jornada parcial les corresponde acumular el mismo número de horas, pero cuando se transforma en días laborales, serán más días para el trabajador que tiene un contrato a tiempo parcial.

Esta resolución se basa en el artículo 12.4 d) del ET que establece que las personas trabajadoras a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo.

Ejemplo Detallado

Imaginemos que desde que te reincorporas al trabajo tras la maternidad y hasta que el menor cumple nueve meses hay 113 días laborables con derecho a lactancia. Analizamos dos supuestos:

  • Trabajador con jornada de 8 horas/día.
  • Trabajador con jornada de 4 horas/día.

El convenio aplicable no especifica nada sobre la forma de acumular las jornadas a tiempo parcial:

  • Trabajador con jornada de 8 horas/día: 113 días / 8 horas/día = 14,13 días de permiso de lactancia acumulado para la persona trabajadora a tiempo completo.
  • Trabajador con jornada de 4 horas/día: 113 días / 4 horas/día = 28,25 días de permiso de lactancia acumulado para la persona trabajadora a tiempo parcial en el supuesto planteado.

¿Qué Ocurre si Ambos Progenitores lo Solicitan?

Si ambos trabajan, solo uno puede disfrutarlo de manera individual, salvo que los dos lo soliciten con la misma duración y régimen. La coordinación entre las personas cuidadoras es fundamental para garantizar el bienestar del bebé.

¿Qué Pasa si la Empresa No lo Aplica Correctamente?

Si no existiera acuerdo sobre concreción horaria se seguirá el procedimiento establecido en el art. Conforme a esto el trabajador puede presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social en el plazo de 20 días hábiles a partir de que el empresario le comunique su negativa o su disconformidad con la propuesta realizada.

Recomendaciones para el Departamento de Recursos Humanos

En GM Integra recomiendan automatizar el cálculo en un sistema de gestión de RR. Es importante que notifiquen cuanto antes que van a disfrutar de este derecho. Por ley debe ser un mínimo de 15 días antes (o según convenio), pero si trabajan en la misma empresa se aconseja que sea lo antes posible para facilitar la planificación. La coordinación entre las personas cuidadoras es fundamental para garantizar el bienestar del bebé.

Aquí hay algunas recomendaciones para el departamento de RR.HH:

  • Notificación temprana: Es importante que los empleados notifiquen cuanto antes que van a disfrutar de este derecho.
  • Flexibilidad: Ser flexible con las opciones de disfrute del permiso.
  • Coordinación con otros permisos: Asegurarse de coordinar este permiso con otros permisos existentes.
  • Registro: Mantener un registro detallado de las comunicaciones y acuerdos.

Normativa y Jurisprudencia Relevante

La normativa principal que regula el permiso de lactancia es el art. 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo establece el derecho a una hora de ausencia del trabajo para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses.

Además, el art. 12.4.d) del ET garantiza que las personas trabajadoras a tiempo parcial tengan los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo, lo cual es crucial para el cálculo de la lactancia acumulada en jornadas parciales.

La STS n.º 419/2018, de 19 de abril de 2018, y la STS 986/2023 son jurisprudencias clave que respaldan el criterio de que el número de días resultantes debe computarse conforme a la hora diaria de ausencia del puesto de trabajo.

En resumen, el permiso de lactancia es un derecho retribuido que permite ausentarse del trabajo durante una hora diaria hasta que el bebé cumpla nueve meses. Ambos progenitores pueden solicitarlo si están trabajando, y tienen la opción de elegir entre ausentarse una hora diaria, reducir la jornada en media hora o acumular las horas en días laborables.

Resumen del Cálculo de Lactancia Acumulada
Concepto Descripción Fórmula
Periodo de Disfrute Desde la reincorporación hasta los 9 meses del bebé -
Horas Totales de Lactancia 1 hora por día de trabajo efectivo Días laborables * 1 hora
Jornadas Completas (Tiempo Completo) Total de horas / 8 horas Total horas / 8
Jornadas Completas (Tiempo Parcial) Total de horas / Horas de jornada parcial Total horas / Horas jornada parcial

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