La educación es un derecho fundamental y un medio esencial para el desarrollo personal, promoviendo los principios democráticos de convivencia, los derechos y las libertades fundamentales. El Ayuntamiento de Paterna, consciente de esta premisa, facilita el acceso a este derecho a través de diversas ayudas a la escolarización.
Paterna, como ciudad educadora, reconoce la importancia de la participación de todos los sectores implicados en el entramado educativo, especialmente las familias. Las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) juegan un papel crucial en la transformación educativa, apoyando proyectos escolares y siendo la voz de la escuela en diversos foros.
Desde 2017, Paterna forma parte de la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras, implementando numerosas iniciativas para desarrollar las dimensiones de la Carta de Ciudades Educadoras. Además, desde 2021, cuenta con un Plan Local de Infancia y Adolescencia, reflejando su compromiso con la mejora de la calidad de vida de los jóvenes del municipio.
El Ayuntamiento de Paterna destina ayudas a la escolarización en Educación Infantil de Primer y Segundo Ciclo (0 a 5 años) para los menores matriculados en centros del municipio. Con el objetivo de facilitar el acceso a la educación desde las primeras etapas, el Ayuntamiento ofrece diversas becas y ayudas económicas.
Ayudas a la Escolarización en Educación Infantil
Concesión de ayudas a la escolarización en Educ. Infantil de 1er y 2º ciclo, de alumnado de 0 a 5 años, empadronado en Paterna, independientemente de la localidad en la que se encuentre el centro donde están escolarizados/as.
Destinatarios
Familias empadronadas en Paterna que tengan menores de 0 a 5 años matriculados en centros escolares de primer o segundo ciclo, que hayan solicitado plaza o vayan a realizarlo próximamente, que:
- Tengan menores nacidos con posterioridad a la fecha de finalización de la convocatoria general *(Nacidos a partir del 01/06/2025*.
- La familia haya venido a residir al municipio con posterioridad a la fecha de solicitud del plazo ordinario *(Residencia a partir del 01/06/2025)*.
- Y reúnan los requisitos y la puntuación suficiente según baremo.
Conceptos de las Ayudas
Educación infantil primer ciclo (0 a 3 años- Centros de Educación Infantil)
- Comedor: 75€
- Mensualidad mes de julio: Importe en función de puntación obtenida
Educación infantil segundo ciclo (3 a 5 años)
- Comedor: 4,10€ menú/ día de asistencia
- Material: 50€ (pago único)
Requisitos
Los requisitos exigidos para optar a las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna son los siguientes:
- Tanto el niño como ambos progenitores, o tutores, deberán estar empadronados en el municipio de Paterna.
- Excepciones: casos de necesidad social urgente, debidamente acreditados y valorados por los técnicos municipales. Personas en trámite de adopción nacional o internacional.
- Separación o divorcio, solo se le exigirá el empadronamiento al padre o madre que tuviese la guardia y custodia legalmente establecida, junto al menor.
- Uniones no matrimoniales: ambos progenitores deben residir en el municipio salvo casos especialmente documentados.
- Familias procedentes del extranjero, si uno de los progenitores se encuentra fuera del país se deberá documentar fehacientemente este hecho acompañando la autorización correspondiente (adjuntar Anexo II).
- Progenitores que declaren desconocer el paradero del otro progenitor, deberán documentarlo en la medida de lo posible y acompañar una declaración responsable (Anexo III).
- El centro de primer o segundo ciclo podrá estar ubicado en el municipio de Paterna o fuera de él.
- Aportar la documentación obligatoria y la complementaria, en su caso.
Documentación Obligatoria
- Instancia específica debidamente cumplimentada que encontrarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Paterna. Prestar atención a las declaraciones responsables incluidas en la misma para marcarlas en su caso.(formulario electrónico)
- Anexo I para la obtención de datos de Ingresos obtenidos del año correspondiente (últimos datos relativos al IRPF que obren en la Agencia Tributaria) que obren en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por el Ayuntamiento de Paterna, firmado por ambos progenitores.
- Libro de familia o certificado de nacimiento del alumno: en caso de hijas/os pertenecientes a otras unidades familiares.
- En caso de separación, cese o no convivencia de los progenitores: Sentencia judicial y convenio regulador. En caso de no poder aportar esta documentación se deberá solicitar certificado de convivencia con informe policial.
- Anexo II en caso de darse la circunstancia nº 3 arriba señalada.
- Anexo III en caso de darse la circunstancia nº 4 arriba señalada.
- Anexo IV Autorización a un tercero para presentar solicitud de Ayuda (En el caso de que la presente un tercero en representación de los padres).
Documentación Complementaria (para valoración)
- Documento oficial que acredite la condición de orfandad o de acogimiento familiar.
- Medidas cautelares o sentencia firme en caso de violencia de género.
- Cualquier documento oficial que acredite una circunstancia socio-familiar especial.
Documentación Complementaria (en caso de no dar consentimiento para su consulta)
- Declaración de IRPF ejercicio 2023
- Certificado de discapacidad del alumno o progenitores.
- Título de familia numerosa o monoparental en vigor
- Certificado de situación laboral en caso de estar desempleado y no estar cobrando prestación.
Otras Ayudas y Subvenciones
Ayudas para el Transporte de Estudiantes
El Ayuntamiento de Paterna también ofrece ayudas económicas para el transporte de estudiantes de enseñanzas universitarias (cursos de grado o máster oficiales), enseñanzas de formación profesional (ciclo formativo de grado superior) y enseñanzas de régimen especial (enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas de grado superior y enseñanzas artísticas superiores).
Requisitos para las Ayudas de Transporte
- Empadronamiento en Paterna durante un mínimo de 6 meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Estar matriculado/a en un centro público, concertado o privado que expida titulación superior oficial y no se encuentre en Paterna.
- Utilizar títulos nominativos de empresas de transporte públicas o análogas para el desplazamiento a los centros educativos.
- Estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Paterna, Agencia Tributaria y Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Presentación de Solicitudes
La presentación de solicitudes se realiza a través de:
- Sede Electrónica.
- Servicio de Información y Atención a la Ciudadanía (SIAC).
- Cualquier otra sede regulada en el art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común (oficinas de correos, PROP, entidades adheridas a ventanilla única, ORVE y SIR).
Están obligados a relacionarse a través de la Sede Electrónica para cualquier trámite:
- Personas jurídicas.
- Quienes ejerzan actividad profesional que requiera colegiación obligatoria.
- Cualquier otro sujeto regulado en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (entidades sin personalidad jurídica, empleados/as de las Administraciones Públicas y otros/as que puedan establecerse).
Documentación Necesaria
- Modelo de solicitud específico para el procedimiento.
- Documento acreditativo de la matrícula en el centro de estudios superiores.
- Título a nombre del solicitante de la ayuda emitido por la empresa de transporte público o análogo.
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Otros Beneficios y Descuentos
- Desgravación de 1000€ al año por madre trabajadora: Ampliación de la deducción por maternidad de las madres trabajadoras.
- Bono infantil: Ayudas para los alumnos de 0-3 años.
Normativa Aplicable
- Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanzas Municipales.
- Aquella otra normativa que resulte de aplicación al supuesto.
