Aborto: Noticias Recientes y Desafíos Pendientes

El aborto es un tema de debate recurrente en muchos países, con defensores y opositores que argumentan desde perspectivas científicas, filosóficas y éticas. En España, la primera ley del aborto data de 1985, y desde entonces ha experimentado numerosas modificaciones. Sin embargo, el acceso a un aborto seguro y legal sigue siendo un desafío en muchos lugares del mundo.

Manifestación por el derecho al aborto legal en Argentina.

Situación Global del Aborto

En años recientes, se han visto importantes avances hacia este derecho en países como México, Argentina, Colombia y Ecuador, que han legislado recientemente hacia un mayor acceso al aborto. En 2024, Francia se convirtió en el primer país del mundo en incluir explícitamente el aborto como libertad garantizada en su Constitución. Otros países apoyaron medidas de protección para pacientes y profesionales de la salud a la entrada de las clínicas con servicios de aborto, sometidos frecuentemente a criminalización y hostigamiento.

Sin embargo, todavía existen países como Nicaragua, El Salvador, República Dominicana, Malta, Andorra, Polonia o Marruecos en los que el aborto continúa estando penado o limitado a circunstancias muy específicas. Esto supone que 700 millones de mujeres en edad reproductiva no tienen acceso a servicios de aborto legales y seguros.

Pero, no son las únicas que tienen que enfrentarse a restricciones legales en el aborto, ya que el 41% de las mujeres en edad de procrear viven en países con leyes muy estrictas sobre el aborto o en los que a pesar de que el aborto sea legal, no tienen medios para ofrecer un aborto seguro y accesible.

Algunos de los obstáculos con los que las mujeres pueden encontrarse además de una legislación restrictiva, son la poca disponibilidad de servicios, los costes elevados, la estigmatización, la objeción de conciencia del personal sanitario -recientemente se han hecho públicos varios casos en España o Chile-, o la exigencia de requisitos innecesarios como el suministro de información engañosa.

Muchas mujeres que quieren ejercer su derecho a decidir sobre su embarazo y maternidad se ven obligadas a desplazarse a otros países (o a otros estados en el caso de Estados Unidos o México). Una posibilidad a la que no todas pueden acceder porque la desigualdad socioeconómica también cuenta negativamente en el acceso a un derecho al aborto seguro.

En 2024, Afganistán, Argentina, Chile, Puerto Rico y Rusia pusieron en marcha leyes o políticas que reducen el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva. Esto ha permitido que algunos estados impongan penas de cárcel a las mujeres acusadas de abortar, así como a quienes las asisten, o establezcan restricciones tan severas que, en la práctica, imposibilitan el acceso al aborto.

Al finalizar 2024, el aborto estaba prohibido total o casi totalmente en 19 estados, mientras que en 7 se había votado a favor de proteger este derecho. Ese mismo año, se publicó un estudio sobre mortalidad materna correspondiente a 2022 que confirmó la muerte de al menos dos mujeres en Georgia, debido a demoras en la atención médica tras la entrada en vigor de la prohibición del aborto a partir de la sexta semana de gestación.

Además, existen numerosas barreras que afectan de forma desproporcionada a ciertos grupos, como personas negras y de otras comunidades racializadas, pueblos indígenas, migrantes en situación irregular, personas transgénero, residentes de zonas rurales y quienes viven en situación de pobreza. La creciente salida de profesionales de la salud de los estados con prohibiciones estrictas está agravando la falta de servicios de salud reproductiva, especialmente en áreas rurales y de bajos ingresos.

El hecho de imponer restricciones en el acceso a un aborto seguro, no desemboca en un menor número de abortos, sino en un mayor número de mujeres y niñas que tienen que poner su vida en riesgo para que se les practique un aborto en unas condiciones que no cumplen los mínimos sanitarios.

En 2024, la OMS afirmaba que seis de cada diez embarazos no deseados terminan en aborto, lo que representa aproximadamente el 30% del total de embarazos a nivel mundial. La tasa de aborto no es tan diferente entre los países en los que está prohibido y los que no, siendo 36 por 1000 en el primer caso y 39 por 1000 en el segundo.

Obligar a una mujer a continuar con su embarazo o buscar un método de aborto inseguro constituye una violación de sus derechos humanos. Por eso, no podemos permitir que se dé marcha atrás en los avances conseguidos en derechos sexuales y reproductivos.

Manifestación por el derecho al aborto en Argentina.

La Situación en España

En España, la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) es un derecho reconocido y regulado por la Ley Orgánica 2/2010, que permite la interrupción del embarazo, a petición propia y sin necesidad de justificación adicional, durante las primeras 14 semanas de gestación. Posteriormente, la Ley Orgánica 1/2023 modificó este marco normativo, eliminando el periodo de reflexión obligatorio de tres días y reforzando las garantías de acceso. Sin embargo, su aplicación práctica continúa presentando importantes desafíos.

En España aunque la ley sobre el acceso al aborto señala que la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realizará en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma, en la realidad esto es excepcional, ya que la mayoría de los abortos se realizan en centros privados (8 de cada 10), produciéndose una barrera de acceso al aborto muy importante.

Esto se debe, en gran parte, a la falta de un mecanismo efectivo que garantice el acceso al aborto en casos de objeción de conciencia por parte de personal médico.

La Ley Orgánica 1/2023 introdujo la obligación de que cada hospital cuente con un registro de personal sanitario objetor y poder así planificar la garantía de la prestación, mayoritariamente en la sanidad pública y, por tanto, cerca de los domicilios de las mujeres. Sin embargo, en 2024, un año después de su entrada en vigor, solo cinco comunidades autónomas contaban con un registro.

La prestación de servicios de IVE en España tiene una característica clave: su gestión está transferida a las comunidades autónomas (CCAA). Esta descentralización ha generado importantes disparidades territoriales en el acceso efectivo a la IVE. Como reconoce el preámbulo de la Ley Orgánica 1/2023, "existen territorios en España que en los últimos años no han notificado ninguna interrupción voluntaria del embarazo en centros de titularidad pública".

El análisis de datos específicos por comunidad autónoma revela casos especialmente llamativos. Los datos muestran que prácticamente la totalidad (99.8%) de las IVE realizadas a mujeres residentes en Euskadi se realizan en centros privados, a pesar de que la gran mayoría (95.1%) están financiadas públicamente.

La objeción de conciencia por parte de profesionales sanitarios se ha convertido en uno de los principales obstáculos para el acceso a la IVE en centros públicos. Como señala el preámbulo de la Ley 1/2023, "la deficiente regulación de la objeción de conciencia constituye un obstáculo para las mujeres cuando ejercen su derecho a acceder a los servicios de salud sexual y reproductiva". Los procedimientos administrativos y los tiempos de espera varían notablemente entre comunidades.

La combinación de barreras institucionales lleva a muchas mujeres a optar directamente por servicios privados, aunque ello implique asumir el coste económico.

El análisis evidencia una contradicción entre un marco legal avanzado y una aplicación desigual en el territorio. Prestación insuficiente en centros públicos. Cobertura económica desigual. Accesibilidad geográfica limitada. Persistencia de barreras institucionales.

Como señalan organismos internacionales, el acceso al aborto seguro y legal es una cuestión de derechos humanos que afecta directamente a la autonomía, la igualdad y la salud de las mujeres y otras personas gestantes.

En un acto reciente, la ministra de Sanidad, Mónica García, ha celebrado que los abortos aumentaran un 3 % en 2024 y que se estén realizando más en la sanidad pública, considerando estos datos una señal positiva del fortalecimiento de los derechos reproductivos de las mujeres en España.

Aborto: Los argumentos a favor y en contra

Precisamente estos retos constituyen el foco del proyecto DESIVE (Desigualdades Sociales en la Interrupción Voluntaria del Embarazo).

Otros Casos Relevantes

Irlanda del Norte

Aunque el aborto fue despenalizado recientemente en Irlanda del Norte, la desigualdad y los impedimentos para acceder a los servicios, además del estigma asociado al aborto siguen impidiendo que las personas reciban los cuidados de aborto que necesitan. Muchas mujeres no pueden acceder a servicios de aborto al vivir en localidades remotas. Viajar a Inglaterra, donde el acceso al aborto es más fácil, no es siempre una opción viable debido a los altos costes, por lo que algunas mujeres deciden adquirir píldoras abortivas a través de Internet y practicarse un aborto, lo cual es ilegal en muchos países de todo el mundo, incluida Irlanda del Norte.

Polonia

En 2020, el Tribunal Constitucional de Polonia eliminó uno de los únicos tres supuestos en los que estaba permitido abortar -por defecto fetal grave e irreversible o enfermedad que haga inviable la vida del feto-. Únicamente está permitido cuando la vida o la salud de la persona embarazada corre peligro o si el embarazo es resultante de violación o incesto.

A pesar de las promesas electorales del nuevo gobierno y del debate público sobre los derechos reproductivos, en particular la mejora del acceso al aborto y la despenalización de la ayuda para abortar, aún no se ha reformado la legislación.

Quienes se oponen a las restricciones al aborto y brindan apoyo a personas que necesitan acceder a uno seguro enfrentan persecución, y en varios casos se han iniciado procesos penales contra activistas y familiares por prestar esa ayuda. En 2021, la defensora de los derechos humanos Justyna Wydrzyńska fue acusada de “ayudar a un aborto” y de “posesión de medicamentos sin autorización con el fin de introducirlos en el mercado”. Se trata del primer caso en Europa en el que una activista es enjuiciada por facilitar píldoras abortivas.

Marruecos

En Marruecos, el aborto está penalizado en casi todas las circunstancias y las mujeres que viven en la pobreza no pueden pagarse un aborto clandestino. El Código Penal marroquí prohíbe el aborto si no lo practica un médico o cirujano autorizado y si no se considera imprescindible para proteger la vida o la salud de la embarazada.

La legislación que prohíbe difundir información relacionada con el aborto restringe aún más el acceso a unos recursos médicos esenciales e incapacita a las mujeres para tomar decisiones informadas sobre sus embarazos.

Texas

Tras décadas de la despenalización del aborto en Texas, en 2021 entró en vigor una ley que prohíbe el aborto a partir de las 6 semanas de gestación, antes de que muchas mujeres sepan que están embarazadas. Esta medida constituye un paso atrás en el derecho al aborto, obligando a las mujeres a darse cuenta de su embarazo y tomar una decisión en un periodo de tiempo demasiado corto.

Estados Unidos

Pese a las graves restricciones y retrocesos vividos en la mayoría de estados de Estados Unidos después de que el Tribunal Supremo de Estados Unidos pusiera fin a las garantías federales de protección del derecho al aborto al anular la sentencia sobre el caso Roe contra Wade, el 24 de junio de 2022, afortunadamente los estados de Oregón, Vermont, Nuevo México, California, Minnesota, Nueva York, Nueva Jersey, Maryland, Alaska y Hawái han conseguido proteger en sus legislaciones el derecho al aborto, algunos de ellos incluso blindándolo en la Constitución, como California, Oregón y Vermont.

República Dominicana

En República Dominicana el aborto está prohibido en todos los supuestos. Sin embargo, en 2014 la Cámara de Diputados aprobó un Código Penal que despenalizaba el aborto en tres situaciones: cuando el embarazo constituyera un peligro para la vida de la embarazada, cuando el feto no pudiera sobrevivir fuera del útero materno y cuando el embarazo fuera consecuencia de una violación o incesto. Lamentablemente, este paso fue anulado por el Tribunal Constitucional posteriormente.

El Debate Ético y Político

La defensa de la práctica del aborto, más allá de su aparente protección de la libertad de la mujer, plantea cuestiones éticas, médicas y sociales de una profundidad inquietante. El aborto, incluso en su defensa más liberal, ha sido entendido históricamente como un mal menor, un recurso trágico ante una situación límite. Convertirlo en un indicador de progreso, en un dato a celebrar, supone una inversión alarmante de los valores sobre los que se ha construido la medicina humanista.

En los últimos años, se ha hecho habitual que las administraciones públicas insistan en la necesidad de «humanizar» el sistema sanitario. Se habla de escuchar al paciente, de cuidar su dignidad, de atender su dimensión emocional, de ofrecer una medicina más cercana, más empática. La humanización de la sanidad, correctamente entendida, es una meta necesaria y noble: recuperar la centralidad de la persona frente a una tecnocracia despersonalizada. Pero la humanización no puede quedarse en los gestos estéticos o en protocolos bienintencionados.

La creación de un registro de médicos objetores de conciencia en el tema del aborto es una medida que ha generado un intenso debate ético, político y jurídico. Los gobiernos que implementan este tipo de registros suelen justificarlo con los siguientes fines: garantizar el acceso efectivo al aborto legal, organizar y planificar los servicios de salud y aumentar la transparencia.

El derecho a la objeción de conciencia se basa en la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Se sustenta en diversos textos oficiales en los que se reconoce la libertad de conciencia, de la cual deriva ese derecho: Constitución Española, art. 16.1, Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH, 1948) Artículo 18, Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH, 1950) Artículo 9, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, 1966) Artículo 18 y Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000) Artículo 10.2.

España enfrenta desde hace décadas un invierno demográfico preocupante. La tasa de natalidad se sitúa entre las más bajas de Europa. En 2023, la tasa de natalidad cayó a mínimos históricos, situando a nuestro país entre los más envejecidos de Europa. El número de nacimientos fue inferior incluso al de los años de posguerra y, sin embargo, lejos de articular una política seria de apoyo a la maternidad, la conciliación laboral o la estabilidad económica para los jóvenes, nuestras autoridades parecen resignadas -o incluso satisfechas- con esta deriva estéril.

La idea de constitucionalizar el «derecho al aborto» no es nueva. Pero trata de justificarse con un argumento nuevo: se alega que mediante el proceso democrático de cambios en la mayoría podría llegar al poder una corriente que limitara o aboliera, o incluso llegara a proponer la penalización del aborto. No es una convicción sincera, sino parte de la táctica polarizadora que dibuja una amenaza «reaccionaria» caricatural.

Nuevas Medidas del Gobierno Español

El Consejo de Ministros ha endurecido los criterios de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios. La medida responde al compromiso expresado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant, ha destacado que la reforma refuerza los requisitos de calidad que deben cumplir las universidades que operan en España y mejora los mecanismos de transparencia, de rendición de cuentas, de supervisión y de control del cumplimiento de los requisitos de calidad.

Publicaciones populares: