Aborto Seguro en Mallorca: Requisitos y Acceso a la Seguridad Social

Si te encuentras embarazada y has tomado la decisión de interrumpir tu embarazo, es crucial que sepas que el aborto en España es una prestación sanitaria gratuita dentro del Sistema Público de Salud. Esto significa que no tiene coste directo para la mujer. Esta libertad refuerza el reconocimiento de un derecho básico y fundamental como es el derecho a tener o no tener hijos.

La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) puede realizarse tanto en centros públicos como en clínicas privadas concertadas que tienen convenio con la sanidad pública. En las clínicas privadas acreditadas para el aborto, tendrás acceso tanto al aborto gratuito como a la opción de costearlo tú misma, si prefieres agilizar los trámites o deseas mayor privacidad.

Requisitos Legales para Abortar en España

La legislación española establece los siguientes marcos para la IVE:

  • Hasta la semana 14 de gestación: Toda mujer mayor de 16 años puede decidir voluntariamente interrumpir su embarazo no deseado.
  • Menores de 16 años: Además de su consentimiento, necesitarán el consentimiento firmado de sus padres o tutores legales. En caso de discrepancia, será un juez que dictamine la decisión.

Aborto más allá de la semana 14 de embarazo

La ley permite la interrupción del embarazo en circunstancias excepcionales hasta la semana 22 de gestación, y en algunos casos, sin límite de plazo, si se cumplen ciertos criterios médicos:

  • Hasta la semana 22:
    • Si el feto presenta graves anomalías o enfermedades incurables.
    • Si existe un riesgo grave para la salud o la vida de la madre gestante. Esto debe constar en un dictamen médico especializado, salvo en casos de urgencia vital.
  • Sin plazo límite de gestación:
    • Cuando el feto presenta alteraciones incompatibles con la vida.
    • Cuando se diagnostica en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico, confirmado por un comité clínico.

Cómo Acceder al Aborto Gratuito por la Seguridad Social

Si has decidido interrumpir tu embarazo y buscas la opción del aborto por la Seguridad Social, estos son los pasos generales. Es importante recordar que las competencias en Sanidad están transferidas a las Comunidades Autónomas en España, por lo que los trámites y derivaciones pueden variar ligeramente según tu lugar de residencia.

Documentación necesaria para abortar gratis

Para un aborto gratuito antes de la semana 14 de embarazo, necesitarás presentar:

  • Documento de identidad (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia, etc.).
  • Tarjeta sanitaria en vigor.
  • Documentación específica para la gratuidad que te haya facilitado tu Comunidad Autónoma.

Proceso general para el aborto gratuito

  1. Primera visita: Acude directamente a la unidad IVE del servicio de salud de tu Comunidad Autónoma, o a una clínica IVE que tenga concierto con la Seguridad Social.
  2. Verificación y asesoramiento: Te realizarán una ecografía para confirmar la gestación y determinar la semana de embarazo. El médico te informará sobre el tipo de aborto más adecuado (farmacológico o quirúrgico) según tu situación.

Aborto seguro con medicamentos. Te lo explicamos.

Abortar en una Clínica IVE Privada: Concertada o Privada

Si optas por una Clínica privada acreditada para el aborto, tienes varias opciones:

Clínicas privadas concertadas. Aborto gratuito

Estas clínicas tienen acuerdos con la Seguridad Social y pueden tramitar tu aborto gratis. Te facilitarán toda la información necesaria y te ayudarán con los trámites con la mayor celeridad.

Clínicas 100% privadas. Aborto de pago

También puedes optar por una clínica privada sin concierto, asumiendo tú el coste. Esta opción puede ser más rápida al evitar algunos trámites administrativos.

Pasos comunes en clínicas privadas

  1. Elegir la clínica: Puedes utilizar un buscador de Clínicas de Aborto por provincias. Asegúrate de que la clínica esté acreditada por las autoridades sanitarias de tu Comunidad Autónoma.
  2. Pedir cita: En tu primera visita, te harán las pruebas necesarias para determinar la semana de embarazo y el tipo de procedimiento.
  3. Información sobre métodos: Una vez realizados los trámites y determinada la semana de gestación, la clínica te detallará el tipo de aborto a realizar: aborto farmacológico (con pastillas abortivas) o aborto quirúrgico (aborto instrumental).

Encontrar Clínicas de Aborto Gratuitas y Acreditadas

Existen muchas Clínicas de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) repartidas por toda España. Para asegurarte de que eliges una clínica legal y acreditada, te recomendamos utilizar un Buscador de Clínicas de Aborto que solo incluya centros autorizados por las autoridades sanitarias de cada Comunidad Autónoma. Desde estos centros te podrán informar sobre cómo acceder a la prestación gratuita.

Por ejemplo, si buscas abortar gratis en Madrid, puedes contactar con una de las clínicas acreditadas por la Consejería de Sanidad. Desde allí te proporcionarán una cita con la Unidad de Interrupción Voluntaria de Embarazo.

Al elegir una clínica, considera su proximidad a tu domicilio, los servicios post-aborto que ofrecen (como cuidados o planificación familiar) y la asistencia en los trámites para que tu aborto pueda ser cubierto por la Seguridad Social.

¿Puede una Menor Abortar Gratis en España?

Sí, una menor de edad puede solicitar el aborto gratuito en España.

  • Si tienes 16 o 17 años, podrás acceder al aborto gratuito sin necesidad del consentimiento.
  • En el caso de ser menor de 16 años, la mujer deberá presentar el consentimiento de los progenitores o tutores legales e ir acompañada de alguno de ellos a la clínica para interrumpir su embarazo.

Cuando la menor quiere abortar y no ha cumplido los 16 años y se encuentra en situación de desamparo, necesitará el consentimiento previo de la entidad pública que haya asumido su tutela en virtud del artículo 172.1 del Código Civil.

Si, por el contrario, la menor de 16 años está en situación de desamparo, pero su tutela no ha sido asumida por alguna entidad pública, necesitará la aprobación de la entidad a la que esté encomendada la chica en protección de menores por cuestiones territoriales.

Si existen discrepancias entre la menor y los representantes legales, el conflicto deberá resolverse en lo dispuesto en la legislación civil, otorgando a la menor un defensor judicial.

Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en Islas Baleares

Si quieres abortar en Islas Baleares con todas las garantías sanitarias por medio del Servicio de Salud de las Islas Baleares, podemos ayudarte indicándote todos los pasos que hay que seguir y toda la información que necesitas para que tomes una decisión segura.

En Islas Baleares se puede abortar por medio de dos métodos, aunque dependerá de la semana de embarazo en la que te encuentres:

  • Hasta la semana 14 de gestación es un aborto de bajo riesgo.
  • Entre la semana 14 y la 22 de embarazo es un aborto de alto riesgo.

El aborto podrá realizarse de la siguiente manera:

  • Aborto con pastillas: Este método se utiliza, por lo general, hasta las 7-9 semanas de gestación; se realiza mediante la combinación de dos medicamentos.
  • Aborto quirúrgico: Es un método utilizado hasta la semana 14 de embarazo y se considera un aborto de bajo riesgo; por encima de la semana 14 es un aborto de alto riesgo.

Tipos de aborto según las semanas

Para realizar un aborto según las semanas de gestión se utilizan un conjunto de técnicas para interrumpir el embarazo, ya sea por dilatación o aspiración (puede realizarse de la semana 5 a la 14 de embarazo), dilatación y evacuación (puede realizarse de la semana 14 a la 22 de embarazo) o inducción (más de 22 semanas).

¿Hasta cuándo se puede abortar en Islas Baleares?

En Islas Baleares, al igual que en el resto de España, el aborto está regulado por la Ley Orgánica 2/2010 del 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria de Embarazo, que reconoce el derecho al acceso del aborto en determinados casos:

  • La mujer es libre de interrumpir su embarazo de manera voluntaria y sin tener que dar explicaciones de su decisión hasta las 14 primeras semanas de gestación.
  • Excepcionalmente, se podrá interrumpir el embarazo hasta las 22 semanas:
    • Siempre que exista grave riesgo para la salud o la vida de la embarazada.
    • Riesgo de graves anomalías en el feto.

Este plazo podrá ampliarse (según la ley) cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un dictamen emitido con anterioridad por un médico o médica especialista, distinto del que practique la intervención, o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme y apruebe un comité clínico.

Clínicas de Aborto en Islas Baleares: Centros Autorizados

A continuación te indicamos las clínicas para abortar en Islas Baleares acreditadas por el Servicio de Salud de las Islas Baleares. En Ibiza, Menorca y Formentera no hay clínicas IVE.

Clínicas de aborto en Palma de Mallorca

  • Clínica E.M.E.C.E. Palma de Mallorca
  • Aurora Clinic
  • Centro Médico Aragón Palma de Mallorca

Puedes ponerte en contacto con cualquiera de estas clínicas para que puedan ayudarte, la decisión de elegir dónde abortar es solo tuya, es muy importante tener toda la información.

Aborto Gratuito en Islas Baleares por la Seguridad Social

Existen 2 métodos para IVE (abortar con pastillas o abortar de manera instrumental). En el caso de Islas Baleares, ambos están financiados por la Seguridad Social.

En Islas Baleares, la mujer que tenga un embarazo no deseado podrá solicitar cita directamente en las clínicas concertadas por el Servicio de Salud de las Islas Baleares para realizar un aborto gratis (se tiene que cumplir una serie de requisitos que el Servicio de Salud de las Islas Baleares te informará).

Cuando la mujer acude a la clínica elegida, se la informará de los pasos a seguir, tanto si desea un aborto gratuito (pagado por el sistema público de salud) como si elige un aborto privado (pagado por ella misma).

La clínica realizará las pruebas médicas para determinar el estado del embarazo y pedirá cita (desde la clínica) a la unidad IVE del Servicio de Salud de las Islas Baleares donde la mujer deberá acudir el día y hora que se la cite, con su DNI y la tarjeta sanitaria en vigor.

En la unidad de IVE del Servicio de Salud de las Islas Baleares, te darán la documentación necesaria para la gratuidad del aborto; con dicha documentación volverás a la clínica para realizarte la intervención.

¿Cuánto Cuesta un Aborto en Islas Baleares?: Precios y Opciones

El precio del aborto en Islas Baleares no es fijo; varía según la Clínica IVE que elijas y la semana de embarazo en la que te encuentres (cuanto más avanzado esté el embarazo, más alto es el precio del aborto por los riesgos que existen).

Aproximadamente, te indicamos cuánto cuesta un aborto en una clínica privada en las Islas Baleares:

  • Pastillas abortivas: 350€ (precio aproximado hasta la semana 7 de embarazo).
  • Aborto quirúrgico: De 300 a 500€ hasta la semana 14. El precio varía en función de si se precisa anestesia local o anestesia general o sedación en el aborto.

En el precio indicado suele estar incluir todo: Desde la interrupción del embarazo, a la anestesia, la revisión y cuidados posteriores. Lo que no se suele incluir es el precio de la vacuna anti-Rh (inmunoglobulina anti D) necesaria si tu grupo sanguíneo es negativo.

De todas formas, es importante que consultes las tarifas con tu clínica de aborto, pues frecuentemente hay algún descuento especial o promoción de los que te podrías beneficiar.

Diferencias entre un Aborto Gratuito y el Aborto Privado

La única diferencia entre una y otra intervención son los plazos de tiempo en los que se realiza el procedimiento.

En el caso del aborto gratuito, los plazos se alargan, ya que la mujer, tras acudir por primera vez a la clínica, deberá pedir cita en la unidad IVE del Servicio de Salud de las Islas Baleares para que le den el documento de gratuidad.

Marco Legal para la Interrupción Voluntaria del Embarazo de Acuerdo con la Ley Orgánica 2/2010

La interrupción voluntaria del embarazo en el Servicio de Salud de las Islas Baleares:

  • A petición de la mujer, durante las primeras 14 semanas de la gestación siempre y cuando el centro sanitario que la ha atendido la haya informado sobre los derechos, las prestaciones y las ayudas públicas de apoyo a la maternidad. Una vez facilitada esta información, debe transcurrir lo que en el preámbulo de la Ley se llama “plazo de reflexión” de al menos tres días hasta “la realización de la intervención” (art. 14).
  • Por decisión médica que conste en un dictamen que debe emitir con anterioridad un médico especialista distinto del médico que llevará a cabo la intervención:
    • Entre la 14ª y la 22ª semana de la gestación en los casos en que haya un riesgo grave para la salud o la vida de la embarazada.
    • Entre la 14ª y la 22ª semana de la gestación en los casos en que haya un riesgo de graves anomalías en el feto.
  • Cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida, en cualquier momento de la gestación. Este diagnóstico debe confirmarlo un comité clínico específico integrado por dos especialistas en ginecología y uno en pediatría del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

El Servicio de Salud entiende que el proceso de interrupción voluntaria del embarazo establecido legalmente se estructura en cinco pasos:

  1. El diagnóstico del embarazo y el cálculo de la edad gestacional.
  2. La manifestación de la embarazada de interrumpir voluntariamente el embarazo acogiéndose al sistema de plazos.
  3. El proceso de información a la embarazada sobre su proceso de gestación, sobre las alternativas a la interrupción voluntaria del embarazo y sobre los efectos secundarios y las consecuencias de esta teniendo en cuenta la edad gestacional y su salud.
  4. El consentimiento informado y, por ende, la ratificación de la voluntad de la mujer de interrumpir voluntariamente el embarazo.
  5. El proceso de interrupción de la gestación.

El Servicio de Salud debe ejecutar estos cinco pasos en el sistema público. Debe llevar a cabo siempre y en todo caso los cuatro primeros pasos por medio de la organización y los recursos propios, ofreciendo garantías de calidad científico-médica, dando un trato personalizado a la embarazada y manteniendo la confidencialidad exigible respecto a sus datos en este proceso.

En el ámbito competencial del Servicio de Salud y de acuerdo con la legislación vigente, la interrupción voluntaria del embarazo debe financiarse siempre con recursos públicos, en todos los supuestos previstos por la Ley orgánica 2/2010.

En el caso en que todos los ginecólogos de un centro sanitario público implicados en un proceso de interrupción voluntaria del embarazo ejerzan la objeción de conciencia amparándose en el artículo 19.2 de la Ley orgánica 2/2010 y, por ello, sea imposible que en ese centro se lleve a cabo el quinto paso del proceso, el Servicio de Salud debe poner todos los medios de que disponga para contratar facultativos especialistas que se encarguen de llevarlo a cabo.

Con carácter excepcional, si el Servicio de Salud no puede facilitar a tiempo la prestación, debe informar a la embarazada sobre la posibilidad de acudir a un centro privado acreditado por los servicios de acreditación del sistema nacional de salud, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 2/2010.

A las embarazadas que lo soliciten o lo necesiten debe facilitárseles el nombre y la dirección de los centros acreditados que llevan a cabo interrupciones voluntarias del embarazo en las Islas Baleares, junto con la modalidad de pago y de facturación de cada uno. También debe facilitárseles el nombre y la dirección de las entidades especializadas en la atención profesional y urgente a las embarazadas y a las madres.

El Servicio de Salud debe poner a disposición de la embarazada: el número de teléfono de consulta 061 para aclarar las dudas que le puedan surgir a lo largo del proceso.

Circuito Asistencial para la Interrupción Voluntaria del Embarazo

El Servicio de Salud establece con carácter inmediato un circuito asistencial para la interrupción voluntaria del embarazo. Una vez que la embarazada se plantee interrumpir voluntariamente el embarazo y en los supuestos previstos por la Ley orgánica 1/2023, se iniciará un protocolo de atención con las pautas siguientes:

  • La usuaria debe comunicar a su centro de salud correspondiente la intención de interrupción del embarazo. Según el sector sanitario y con carácter de urgencia (menos de 7 días) se facilita una respuesta y el circuito a seguir.
  • Se ofrece llevar a cabo la interrupción en el centro sanitario público del sector sanitario que le corresponda. Si por cualquier circunstancia, en ese centro no se puede llevar a cabo, se le debe ofrecer la posibilidad de ser atendida en un centro concertado con el servicio público.
  • Las mujeres podrán interrumpir voluntariamente su embarazo a partir de los 16 años, sin necesidad del consentimiento de sus representantes legales.

Legislación Aplicable

  • Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
  • Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
  • Real Decreto 831/2010, de 25 de junio, de garantía de la calidad asistencial dela prestación a la interrupción voluntaria del embarazo.

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