La decisión de tener hijos y cuándo tenerlos constituye uno de los asuntos más íntimos y personales que las personas afrontan a lo largo de sus vidas, que integra un ámbito esencial de la autodeterminación individual. La protección de este ámbito de autonomía personal tiene una singular significación para las mujeres, para quienes el embarazo y la maternidad son hechos que afectan profundamente a sus vidas en todos los sentidos.
En España, las mujeres y personas con capacidad para gestar pueden abortar legalmente a lo largo de todo el embarazo y las condiciones para hacerlo quedan recogidas en la ley, básicamente están condicionadas a las semanas de gestación.
El Gobierno está a punto de aprobar la segunda reforma de la ley del aborto desde que hace doce años la pusiera en marcha el Gobierno de Zapatero. El texto llega este martes a la mesa del Consejo de Ministros tras días de debate sobre una de las medidas, la de las bajas por las reglas dolorosas, que finalmente han logrado cerrar los socios de la coalición y hará de España un país pionero en ese derecho en la UE.
El texto, que tal y como anunció la ministra Irene Montero ya no contempla la bajada del IVA de los productos para la regla ante el desacuerdo con Hacienda, parte de la premisa de que la ley de 2010 fue “un auténtico paso adelante” en la protección de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, pero ahora “se hace necesaria su revisión y adaptación”.
Entre los cambios que sí introduce la norma, que este martes se enfrenta al primer paso de un trámite que se alargará en el tiempo, se encuentra la eliminación de dos de los requisitos para abortar que rigen actualmente: por un lado, la entrega de un sobre cerrado con información sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad y cuyo contenido dirige en algunas comunidades incluso a asociaciones antiabortistas.
Para Silvia Aldavert, coordinadora de la Asociación de Derechos Sexuales y Reproductivos, estas son dos de las modificaciones clave de la norma que tendrán efectos “desde el primer día” y que el movimiento feminista y las asociaciones especializadas llevan tiempo reclamando.
El texto prevé también devolver el derecho a las jóvenes de 16 y 17 años a interrumpir su embarazo sin consentimiento paterno siete años después de que el PP de Mariano Rajoy lo eliminara. Fue la primera reforma que se hizo a la ley, en 2015, y tras el intento del ministro Alberto Ruiz-Gallardón de restringir el derecho más allá de lo que en su día contempló la ley de 1985. Eso a pesar de las advertencias de asociaciones y expertas, que alertaron de que supondría un callejón sin salida para las más vulnerables.
De hecho, el aborto sin consentimiento llevaba cinco años funcionando sin problema y los datos disponibles avalaban que el 90% de las chicas abortaban acompañadas de sus padres.
La intención de la ley es inaugurar un cambio de paradigma en España en lo que a la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo se refiere. En la actualidad, son clínicas privadas con las que la Administración concierta el servicio las que asumen la inmensa mayoría de los abortos (en 2020, casi el 85% del total, según datos del Ministerio de Sanidad) y hasta cuatro comunidades no han notificado nunca uno en la pública.
Para intentar revertirlo, la reforma refuerza el principio de equidad territorial y prestación del servicio en instalaciones públicas: establece que los servicios de salud que no puedan ofrecerlo en su ámbito geográfico deberán remitir a las usuarias a otro centro “en las mejores condiciones de proximidad de su domicilio” y obliga a que los servicios públicos “se organicen siempre de forma que se garantice el personal sanitario necesario para el acceso efectivo y oportuno” al aborto.
La ley quiere además ir un paso más allá con la objeción de conciencia de los médicos, que es uno de los elementos que esgrimen hospitales y comunidades enteras sin ofrecer datos al respecto para argumentar por qué no asume los abortos la pública.
En España, no es legal abortar si el embarazo tiene más de 22 semanas y no se ha detectado ninguna anomalía fetal ni ningún otro riesgo para la madre o la criatura. Si una mujer quisiera abortar en esa etapa, es indispensable la autorización de un comité clínico.
Sin embargo, la nueva web quieroabortar.org, creada por la Associació de Drets Sexuals i Reproductius, y respaldada por los ministerios de Igualdad y Sanidad, plantea en su apartado Abortar más allá de las 22 semanas que las mujeres valoren acudir al extranjero para sacar adelante casos que la ley española no permite. Un regate legal con sello del Gobierno.
La iniciativa reúne toda la información para realizar una interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Nace porque «no había ninguna web institucional, ni de los ministerios ni de las consejerías de salud de las comunidades autónomas, con información clara y accesible sobre el aborto... Toda la información a la que accedían las mujeres era muy sesgada y, en muchos casos, contraria al derecho al aborto», según explica Sílvia Aldavert, activista feminista y directora de la asociación catalana, a Crónica.
La herramienta, «pionera y única en España», busca «mejorar el acompañamiento» a mujeres y al personal sanitario. Fue dada a conocer en un evento con motivo del 40 aniversario de la legalización del aborto en nuestro país, en presencia de las ministras Mónica García (Sanidad) y Ana Redondo (Igualdad).
Las condiciones para ejercer el derecho al aborto en España, como bien recuerda la web, están reguladas por ley. De tal manera que, durante las primeras 14 semanas, una mujer puede abortar sin dar explicaciones. De la semana 14 a la 22, se precisa de un informe médico que certifique un riesgo para la salud de la embarazada o una malformación fetal.
A partir de la semana 22, se requiere de la autorización de un comité clínico que valore si hay algún riesgo para la madre o alteraciones fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave o incurable.
España limita el aborto a los supuestos de violación o riesgo para la madre
Alternativas para Abortar Más Allá de las 22 Semanas
El artículo 145 del Código Penal señala que «la mujer que produjere su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, fuera de los casos permitidos por la ley, será castigada con la pena de multa de seis a veinticuatro meses». Mientras que «el que produzca el aborto de una mujer, con su consentimiento, fuera de los casos permitidos por la ley será castigado con la pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria».
No obstante, la web sí desarrolla qué más hacer, fuera de las fronteras españolas, para abortar de la semana 22 en adelante. Lo hace, primero, en el apartado He subido mi caso al comité y no ha confirmado que sea lo suficientemente grave. Ahora no puedo abortar. ¿Existen opciones en el extranjero?: «En caso de que se te niegue la posibilidad de abortar en España después de la semana 22, tendrías la opción de valorar comités clínicos de otros países europeos. Los más accesibles por proximidad, por coste y por criterio clínico podrían ser Bélgica y Francia».
También amplía las alternativas en el apartado No hay ninguna anomalía fetal. ¿Qué opciones tengo?: «En este caso en España será imposible interrumpir el embarazo... Así que las opciones pasarían por el extranjero. En primer lugar, por Inglaterra, donde se pueden hacer abortos hasta la semana 23 + 6 días y luego ya en Estados Unidos o México».
En ambas secciones se aclara que «abortar en otro país NO es ilegal siempre y cuando se haga dentro del marco legal del país donde abortas, por tanto, no tendrías ningún tipo de problema en España».
La directora de la Associació de Drets Sexuals i Reproductius sí aclara el motivo: «Como la ley tiene estos limitantes, existe la realidad de que algunas mujeres han tenido que salir a otros países para abortar». Explica, además, que el objetivo del centro es «acompañar a las mujeres» en la decisión que tomen.
Aldavert ahonda en que «la complejidad está en que los comités clínicos tienen disparidad y diversidad de opiniones... No hay claridad de cuál es el criterio» a la hora de determinar si se autoriza o no la interrupción de un embarazo más allá de la semana 22. «Puede ser que un comité clínico, por ejemplo, en Extremadura te diga que sí, y en Cataluña que no».
Esa es la casuística que suelen reclamar las mujeres que quieren abortar en esta etapa.
El protocolo que siguen desde la asociación para «acompañar» a una mujer con más de 22 de semanas de gestación que quiere abortar empieza por revisar el caso. Antes de tocar las puertas de los hospitales extranjeros, agotan las opciones en España, es decir, pasan por más de un comité clínico. Una vez descartado el aborto local, se mira más allá. Para ello, se valen de una «red de apoyo a nivel internacional».
Aldavert comparte que esa «red» no es sólo para españolas que viajan a otras latitudes, sino también para «acompañar aquí a mujeres de otros países donde los abortos están muy restringidos y las mujeres criminalizadas».
La activista puntualiza que ese acompañamiento se hace «de forma legal, profesional, segura y dentro de lo que marcan las leyes de cada país... No se hace nada ni clandestino ni ilegal». Específicamente, antes de que una mujer viaje, Aldavert explica que se aseguran de que podrá abortar con todas las garantías en otro país. «En la mayoría de casos, se establece un vínculo con el hospital público de Bruselas, donde un equipo profesional sanitario trabaja con el caso», detalla.
En materia de aborto, la ley de Bruselas es similar a la española. «Lo que pasa es que la interpretación de la ley es más amplia allá», lo cual facilita el conseguir una autorización para frenar el embarazo. De hecho, fue allí donde finalmente Anna pudo abortar.
Desde la organización catalana afirman tener contacto con centros clínicos de los países que mencionan en la web. En Inglaterra, por ejemplo, colaboran con la red Abortion Network Support. «En 2022, el último año con datos, sólo cinco mujeres de España accedieron al servicio de aborto en Inglaterra y Gales», dice Katherine O'Brien, portavoz de British Pregnancy Advisory, una de las clínicas de esta red. En este país, la ley permite abortar hasta la semana 23.
En Estados Unidos, el límite legal varía entre las 22 y las 24 semanas. Sin embargo, algunos estados como Colorado, Alaska, Vermont y Oregón no establecen un límite gestacional para abortar. El Centers for Women's Health (Oregón) emplea el aborto quirúrgico, que se practica desde la semana 12 hasta la 34. En México, el otro país que menciona la web, la ley sólo permite abortar hasta la semana 12.
«No, no. Esto ya sí que es superdifícil... Estos casos se cuentan con los dedos de una mano. Normalmente, una mujer que llega a las 22 semanas de gestación quiere el embarazo», responde Aldavert y agrega que, en esos casos, «es importante que la mujer nos contacte para hablar con ella y ver en qué situación concreta está... Lo que no queremos es que piensen que ya no hay nada que hacer».
Algunas asociaciones pro vida indican a Crónica que, según su experiencia, en España hay formas de abortar después de la semana 22, al margen de la ley. «Si una mujer con 25 semanas de embarazo en España quiere abortar, aborta en España», asegura Leire Navaridas, fundadora y presidenta de Amasuve. Señala que es posible porque «siempre hay un amigo médico que puede decir que tu salud corre un riesgo, o sacas 500 euros y al final encuentras a alguien que te lo haga».
Mapa de las leyes del aborto en el mundo. Fuente: RTVE
Cifras del Aborto en España
En 2024 se registraron 106.172 interrupciones voluntarias del embarazo, una de las cifras más altas hasta la fecha, según datos del Ministerio de Sanidad. Casi ocho de cada diez abortos (un 78,75%) se realizaron en centros privados, mientras que el 21,25% fueron en la sanidad pública. A su vez, el 76,59% de las mujeres interrumpió su embarazo con ocho o menos semanas de gestación; el 19,15%, entre las semanas 9 y 14, el 4,11% entre las semanas 15 y 22. Sólo el 0,15% a partir de la semana 23.
No existe un registro oficial de cuántas mujeres marcharon al extranjero a abortar, pero son alrededor de «al menos un centenar» cada año, según explica Aldavert.
Las organizaciones en contra del aborto critican que el Gobierno no dé la misma información que se da para interrumpir el embarazo en los casos en los que una mujer desee continuarlo, pero no sepa cómo hacerlo.
Nayeli Rodríguez, coordinadora de la asociación 40 días por la vida en España, recuerda que «el aborto siempre tiene riesgos asociados que en esta web no se mencionan», unos riesgos que «en gestación avanzada son más grandes».
Asimismo, Rodríguez opina que el Gobierno «debería preocuparse realmente por las mujeres». «Tendríamos que escucharlas, saber qué necesitan y promover esas ayudas, no darles de primeras el aborto diciéndoles que no pasa nada, como hace esta página web».
Controversias y Perspectivas
Desde la asociación a favor de la gestación subrogada Son Nuestros Hijos califican como una «contradicción» y una «paradoja» el hecho de que un portal impulsado por el Gobierno dé información para abortar en el extranjero cuando España no lo permite y que no ocurra lo mismo con la gestación subrogada. «¿Por qué unos sí y otros no?», se preguntan.
«Si en España se hace un acuerdo de gestación subrogada sería nulo de pleno derecho... En esta página web explican cómo ir al extranjero para hacer algo que, si se hiciera aquí, está tipificado en el artículo 145 del Código Penal... Asesoran en cómo burlar la ley», opina Pablo Bilbao, portavoz de la asociación Son Nuestros Hijos.
Desde la organización lamentan que en España no se den las mismas indicaciones de acompañamiento para una gestación subrogada en países que lo permitan y que, por el contrario, sí se den para abortar en el extranjero.
Con esta nueva iniciativa impulsada por los ministerios de Sanidad e Igualdad, desde la Associació de Drets Sexuals i Reproductius confían en que esta alianza se mantendrá en el futuro y que mejorará el acompañamiento que se brinda a mujeres que quieren abortar. Aldavert comenta que incluso le gustaría que no existiera ningún plazo para ejercer un aborto voluntario.
Las asociaciones pro vida piden que las mujeres también tengan el mismo acceso a la información, pero con alternativas distintas al aborto.
Desde Son Nuestros Hijos instan al Gobierno a facilitar las directrices para recurrir a una gestación subrogada en el extranjero de forma segura. «Si no lo van a regular en España porque consideran que no es buena idea, podrían dar también unas pautas para las familias que van a hacerlo a terceros países... Tiene que ser un gobierno responsable y proteger a quienes van a seguir recurriendo a países extranjeros, porque no lo pueden impedir.
Ley Orgánica 2/2010: Un Marco Legal Detallado
Posteriormente, en 2010, se promulgó la Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, conocida como Ley de Plazos. Esta nueva ley contempla que el embarazo puede interrumpirse dependiendo de la semana de gestación:
- En las primeras 14 semanas: La decisión es libre, siempre y cuando se halla informado a la embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad, siendo necesaria la espera de, al menos, 3 días tras la entrega de la documentación para proceder a la interrupción por el método elegido.
- Entre las 14 y 22 semanas: El aborto es permitido previo diagnóstico médico que lo justifique, como malformaciones en el feto o enfermedad grave de la embarazada.
Además, en cualquiera de estos plazos, la intervención debe ser realizada por algún especialista o bajo su dirección, llevarse a cabo en un centro sanitario público o privado acreditado, y lo más importante, que la embarazada (o su representante legal) dé su consentimiento expreso y por escrito.
Anteriormente, el consentimiento para la interrupción del embarazo en menores de 16 y 17 años les correspondía exclusivamente a ellas. Sin embargo, desde el año 2015 se modificó la ley, por tanto, todas las menores de 18 años necesitan ser acompañadas por alguno de sus padres o representantes legales para que firmen el consentimiento de la intervención.
Supuestos: se puede ampliar el plazo para abortar hasta la semana 22 de gestación si existe un grave riesgo para la vida o salud de la embarazada, existen anomalías graves en el feto o existe presencia de anomalías fetales incompatibles con la vida, o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico. Es necesario un dictamen médico de dos profesionales distintos al que dirige el aborto.
Interrupción voluntaria del embarazo. Fuente: Clinica Mujer Barcelona
Objeción de Conciencia
Sí, porque la ley de 2010 recoge la objeción de conciencia pero esa negativa deben expresarla anticipadamente y por escrito y no puede menoscabar el derecho de la mujer.
Objetivos de las Políticas Públicas
El Título Primero, bajo la rúbrica «De la salud sexual y reproductiva, se articula en cuatro capítulos. En el capítulo I se fijan los objetivos de las políticas públicas en materia de salud sexual y reproductiva. El capítulo II contiene las medidas en el ámbito sanitario y el capítulo III se refiere a las relativas al ámbito educativo.
Modificaciones al Código Penal
Se ha dado nueva redacción al artículo 145 del Código Penal con el fin de limitar la pena impuesta a la mujer que consiente o se practica un aborto fuera de los casos permitidos por la ley eliminando la previsión de pena privativa de libertad, por un lado y, por otro, para precisar la imposición de las penas en sus mitades superiores en determinados supuestos.
Artículos Relevantes de la Ley Orgánica 1/2023
Artículo 1. Esta ley orgánica tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y de la salud reproductiva, regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y de los derechos sexuales y reproductivos, así como establecer las obligaciones de los poderes públicos para que la población alcance y mantenga el mayor nivel posible de salud y educación en relación con la sexualidad y la reproducción.
Artículo 2. Salud sexual: El estado general de bienestar físico, mental y social, que requiere un entorno libre de coerción, discriminación y violencia y no la mera ausencia de enfermedad o dolencia, en todos los aspectos relacionados con la sexualidad de las personas.
Artículo 3. Es responsabilidad de los poderes públicos a todo nivel actuar con la diligencia debida en la protección de la salud y de los derechos sexuales y reproductivos, garantizando su reconocimiento y ejercicio efectivo.
El 28 de Septiembre: Un Día para Actuar por la Despenalización del Aborto
El 28 de septiembre es una fecha significativa para reflexionar y actuar por la despenalización del aborto y los derechos reproductivos. Su origen se remonta a 1990, cuando se lanzó la campaña "28 de Septiembre" con el objetivo de abogar por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe.
