IVA Trimestral: Presentación y Plazos del Segundo Trimestre

El IVA trimestral es una obligación fiscal para autónomos y empresas que realizan actividades sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la presentación del IVA trimestral, con un enfoque especial en el segundo trimestre del año.

¿Qué es el Modelo 303?

El modelo 303 es el formulario utilizado para la autoliquidación del IVA. Permite a los contribuyentes declarar el IVA repercutido (cobrado en facturas emitidas) y el IVA soportado (pagado en compras y gastos deducibles). La diferencia entre ambos determinará si hay que pagar a Hacienda o si procede una devolución o compensación.

Este modelo debe ser presentado por:

  • Los autónomos y empresas que realicen actividades sujetas a IVA, independientemente de su forma jurídica.
  • Los arrendadores de inmuebles, cuando el alquiler esté sujeto a IVA.
  • Los promotores inmobiliarios, al realizar entregas de bienes sujetas a este impuesto.

No obstante, algunas actividades están exentas de IVA y, por lo tanto, sus titulares no deben presentar el modelo 303.

Plazos de Presentación del IVA Trimestral

El IVA trimestral se presenta cuatro veces al año, dentro de los plazos establecidos por la Agencia Tributaria. El segundo trimestre de 2025 abarca el periodo que va desde el 1 de Abril hasta el 30 de Junio. Eso significa que todos los impuestos relacionados con la actividad de este período de tiempo deben presentarse en el mes siguiente, entre el 1 y el 21 de Julio de 2025. Lo mismo podemos decir de las liquidaciones de dichos impuestos. Los modelos correspondientes deben presentarse antes del día 21, siendo el último día de pago de algunos impuestos ese mismo día.

Fechas Clave para el Segundo Trimestre de 2025:

  • Periodo que abarca: 1 de Abril - 30 de Junio de 2025
  • Plazo de presentación: 1 de Julio - 21 de Julio de 2025

A esto, por supuesto, hay que añadir la declaración de la renta, cuya fecha límite de presentación es el 30 de Junio de 2025 por vía telemática y presencial.

Modelos a Presentar en el Segundo Trimestre de 2025

Los modelos que hay que presentar en el segundo trimestre de 2025 tienen algo especial, y es que coinciden en el tiempo con la campaña de la Declaración de la Renta anual. Vamos a tener esto en cuenta para la lista de modelos a presentar a continuación:

  • Declaración de la renta: resumen anual de la actividad e IRPF a presentar desde el 2 de Abril hasta el 30 de Junio
  • Modelo 111: declaración trimestral de retenciones del IRPF sobre empresarios, trabajadores y profesionales.
  • Modelo 115: declaración trimestral de retenciones del IRPF sobre el alquiler de oficinas o locales.
  • Modelo 130: liquidación trimestral del IRPF en caso de estar en régimen de estimación directa y habiendo solicitado pago fraccionado del mismo.
  • Modelo 131: liquidación trimestral del IRPF en modalidad de pago fraccionado si se está en régimen de estimación objetiva.
  • Modelo 303: declaración y liquidación trimestral del IVA.
  • Modelo 309: declaración y liquidación del IVA para autónomos que no están obligados a ello de forma periódica.
  • Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias trimestrales.

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Consecuencias de No Presentar el IVA a Tiempo

No presentar el modelo 303 dentro del plazo puede generar sanciones y recargos según el tiempo de retraso. Si se presenta sin requerimiento de Hacienda, existen dos escenarios:

  • Con un retraso de hasta 3 meses: recargo del 1% más un 1% adicional por cada mes de demora.
  • Con un retraso superior a 12 meses: recargo del 15% más intereses de demora.

En el caso de que Hacienda envíe un requerimiento, habrá que hacer frente a una multa mínima del 50% de la cuota resultante, que puede llegar hasta el 150% en casos graves.

Cálculo del IVA a Pagar, Compensar o Devolver

En esta sección se detallan los ingresos y gastos sujetos a IVA para calcular el importe a pagar, compensar o devolver:

  • IVA devengado: el IVA que has cobrado en tus ventas o servicios
  • IVA soportado: el IVA que has pagado en gastos deducibles para tu actividad

El resultado de la liquidación dependerá de la diferencia entre ambas cantidades. Por un lado, si el IVA devengado es mayor que el soportado, el resultado será un importe que habrá que pagar a Hacienda. Por otro lado, si el IVA soportado es mayor que el devengado, puedes compensarlo en los próximos trimestres o solicitar su devolución en el cuarto trimestre del año.

Además, el modelo 303 dispone de diferentes casillas para calcular el resultado final:

  • Casilla 27: total del IVA devengado.
  • Casilla 45: total del IVA soportado deducible.
  • Casilla 46: resultado de la autoliquidación. Si el resultado es positivo, indica la cantidad a pagar.

Gastos Deducibles en la Declaración Trimestral del IVA

Para optimizar el pago de impuestos y evitar costes innecesarios, es fundamental conocer qué gastos puedes deducir en tu declaración trimestral del IVA.

Para empezar, debes tener en cuenta que el IVA soportado en determinados bienes y servicios es deducible siempre y cuando esté directamente relacionado con la actividad económica del autónomo o la empresa. Esto implica que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Ser necesario para la actividad económica y estar vinculado a la generación de ingresos.
  • Estar correctamente documentado con una factura completa (las facturas simplificadas, como los tickets, no siempre son deducibles).
  • Figurar en los registros contables de la empresa o autónomo.

Estos son algunos de los gastos deducibles más habituales:

  • Alquiler de oficinas.
  • Material y equipos informáticos.
  • Suministros y servicios profesionales.
  • Transporte, dietas y gasolina en determinadas condiciones.

Evidentemente, no todos los gastos de una empresa pueden deducirse automáticamente. Hacienda revisa con especial atención algunos de ellos, por lo que es importante justificar su relación con la actividad profesional.

Tabla de Gastos Deducibles Comunes

Tipo de GastoRequisitos para la Deducibilidad
Alquiler de oficinasDebe ser necesario para la actividad y estar a nombre de la empresa o autónomo.
Material y equipos informáticosDeben estar directamente relacionados con la actividad económica.
Suministros (luz, agua, internet)Deben estar a nombre de la empresa o autónomo y ser necesarios para la actividad.
Servicios profesionales (asesoría, gestoría)Deben estar relacionados con la actividad y debidamente facturados.
Transporte, dietas y gasolinaDeben ser estrictamente necesarios para la actividad y justificarse con facturas y documentación adecuada.

Uno de los errores más habituales es omitir facturas, tanto de ventas como de compras. Esto puede afectar el cálculo del IVA a pagar o devolver y generar discrepancias en futuras inspecciones de Hacienda.

Para evitarlo, te recomendamos utilizar un software de facturación que registre automáticamente todas las operaciones.

Tipos de IVA en España

En España existen tres tipos de IVA:

  • General (21 %): aplicable a la mayoría de bienes y servicios.
  • Reducido (10 %): para alimentos, transporte y productos farmacéuticos, entre otros.
  • Superreducido (4 %): para productos de primera necesidad como pan, leche o libros.

Aplicar un tipo de IVA incorrecto puede provocar ajustes en futuras declaraciones e incluso sanciones. Antes de emitir tus facturas, consulta siempre el tipo de IVA aplicable.

Como ya hemos indicado previamente, la presentación fuera de plazo conlleva recargos e incluso multas. Hacienda exige conservar todas las facturas y justificantes durante cuatro años. Por último, si realizas compras o ventas dentro de la Unión Europea, recuerda que debes declarar las operaciones en el modelo 349.

Ejemplos de IVA deducible.

La presentación y pago del IVA trimestral es una de las obligaciones fiscales más habituales para autónomos y empresas que ejercen una actividad económica. Están obligados a presentar el IVA todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica sujeta a este impuesto.

Las obligaciones fiscales para los autónomos.

Algunas actividades específicas, como la enseñanza reglada, los servicios sanitarios o ciertos servicios deportivos y sociales, pueden estar exentas, por lo que es fundamental verificar si tu actividad concreta se encuentra dentro de estas excepciones.

El pago del IVA con domiciliación bancaria se carga en la cuenta del contribuyente el último día del plazo de presentación voluntaria de cada trimestre. Esto suele ser el día 20 de abril, julio y octubre, y a finales de enero para el cuarto trimestre. Cuando el día 20 del mes no es un día hábil, ya sea por caer en fin de semana o por festivo nacional, el sistema bancario no ejecuta cargos. Si has domiciliado correctamente el pago del IVA y no aparece en tu cuenta el día 20, no te preocupes. El cobro se hará efectivo a lo largo del día hábil, siempre que hayas presentado el modelo dentro del plazo previsto para domiciliaciones (habitualmente hasta el día 15 del mes en cuestión, o el 25 de enero para el cuarto trimestre).

La declaración del IVA es un trámite habitual para las empresas y los trabajadores por cuenta propia que realizan actividades económicas. Igual que sucede con otros trámites comunes, como la presentación de la declaración de la Renta, lo más aconsejable para cumplir con estas obligaciones tributarias y ahorrarse errores y quebraderos de cabeza es contar con la ayuda de un gestor administrativo.

Cualquier profesional autónomo o empresa que desarrolle una actividad económica que esté sujeta a IVA tiene la obligación de realizar el pago trimestral de este impuesto a la Agencia Tributaria, aunque en algunos casos debe hacerse de forma mensual. Así pues, para saber si tienes que presentar la declaración del IVA, lo primero que necesitas conocer es si la actividad que desarrollas está sujeta o no sujeta a este impuesto.

Sí. Incluso si durante un trimestre no se ha tenido actividad económica, hay que presentar la declaración del IVA. En este caso, simplemente se informará a Hacienda de que no hemos facturado, pero no habrá que realizar ningún ingreso.

A lo largo de un ejercicio fiscal, se realizan 4 autoliquidaciones trimestrales (pago del IVA) más una declaración informativa al finalizar el año. Para las autoliquidaciones trimestrales del IVA con domiciliación bancaria, se debe tener en cuenta que las presentaciones se deberán realizar entre los días 1 y 15 del mes (excepto la de enero, que se puede presentar entre el 1 y el 25 de enero). El cobro del IVA se hará en el último día de la presentación voluntaria, es decir, si por ejemplo domiciliamos el pago del IVA del T1, debemos presentar la declaración de la autoliquidación entre el 1 y el 17 de abril, pero el cobro se hará efectivo el día 20.

Preguntas Frecuentes

Tenemos los plazos, tenemos los modelos, pero seguro que todavía tienes alguna duda al respecto. Por eso, a continuación vamos a responder todas las preguntas más frecuentes sobre los impuestos que se generan durante el segundo trimestre, su presentación y su pago.

¿Cuándo se presenta y paga el IVA del segundo trimestre?

El IVA del segundo trimestre se presenta entre el 1 y el 21 de Julio de 2025, como ya hemos visto, presentando el modelo 303. El pago se tramita a través de este mismo modelo, y se suele hacer el mismo día 21 que acaba el plazo. Por otra parte, también entre el 1 y el 21 de Julio, el modelo 309 se presenta para las liquidaciones de IVA no periódicas, pagándose también el día 21. No obstante, existe la posibilidad de fraccionar o aplazar el pago.

¿Cuándo se presenta y paga el IRPF del segundo trimestre?

El IRPF del segundo trimestre se presenta entre los días 1 y 21 de Julio de 2025 presentando el modelo 130 si se está en régimen de estimación directa, o con el modelo 131 si se está en régimen simplificado o de estimación objetiva. Como en el caso anterior, se hace el día 21 de Julio. Al igual que con el anterior modelo, también existe la posibilidad de fraccionar o aplazar el pago.

¿Cuándo se presenta y paga el modelo 111 del segundo trimestre?

El modelo 111 del segundo trimestre debe presentarse para declarar y liquidar las retenciones del IRPF sobre empresarios, profesionales y trabajadores y se presenta, como el resto, entre el 1 y el 21 de Julio de 2025. El pago se hace el mismo día 21 de Julio en el que acaba el plazo.

¿Cuándo se presenta el modelo 349 del segundo trimestre?

La declaración que resume todas las operaciones intracomunitarias del segundo trimestre corresponde al modelo 349. ¿Cuándo se presenta este? Pues en el mismo plazo que el resto de trimestrales de este periodo: entre el 1 y el 21 de Julio de 2025.

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