La llegada de un hijo trae consigo muchos cambios, tanto a nivel personal como económico. Afortunadamente, en España, existen beneficios fiscales diseñados para aliviar la carga económica asociada con la paternidad. En una medida que refleja un compromiso creciente con el bienestar familiar, el gobierno español ha confirmado que las prestaciones por paternidad están exentas del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
En 2024, en España hubo 322.034 nacimientos, según el Instituto Nacional de Estadística. Esto supone un incremento del 0,4% respecto al año anterior y marca el primer repunte tras una década a la baja. Este leve aumento de la natalidad se produce en un contexto marcado por la longevidad y el envejecimiento de la población, en el que la inversión de la pirámide demográfica plantea importantes desafíos económicos y sociales.
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Exención de IRPF en las Prestaciones por Paternidad
La exención de IRPF en las prestaciones por paternidad es una medida que alivia la carga fiscal de los nuevos padres. Según la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, desde el momento en que se percibe la prestación por nacimiento o adopción, esta queda exenta del IRPF. Las prestaciones públicas de maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF, desde una sentencia del Tribunal Supremo en octubre de 2018. Esta exención se introdujo con efectos para el ejercicio 2018 y los 4 ejercicios anteriores no prescritos.
Así que los contribuyentes que durante el ejercicio 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad o paternidad o retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos. Según el artículo 7 de la Ley del IRPF, las prestaciones públicas de maternidad y paternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF. Esto es así desde una sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2018, que introdujo la exención desde 2018 y, además, para los cuatro ejercicios anteriores no prescritos. Por tanto, en ese momento se pudo solicitar la rectificación (devolución) de esos ejercicios.
Además, se declaran exentas las prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos por las Mutualidades de Previsión Social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social.
Según establece la Ley 35/2006 del IRPF, las prestaciones por maternidad o paternidad están exentas de tributación, por lo que no habrá que agregarla como un rendimiento o como un pagador más, algo que sí ocurre con la prestación contributiva por desempleo.
¿Debemos incluirlas al hacer nuestra declaración de la Renta 2024 en la campaña de 2025?
Ahora ya no se tributa por esas rentas. Por tanto, en ese momento se pudo solicitar la rectificación (devolución) de esos ejercicios.De acuerdo con esta modificación legal, los contribuyentes que durante 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad y paternidad o retribuciones durante los permisos o bajas por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos y pueden deducirse las retenciones soportadas.
Cómo Acceder a la Prestación por Paternidad
Acceder a la prestación por paternidad implica un procedimiento específico y el cumplimiento de ciertos requisitos esenciales, establecidos para garantizar que el beneficio llegue a quienes realmente lo necesitan. La solicitud de la baja por paternidad y el acceso a la prestación correspondiente requieren de un proceso bien definido y la presentación de una serie de documentos esenciales. Este procedimiento garantiza que se cumplan todas las formalidades y requisitos necesarios para obtener tanto la prestación como la exención fiscal asociada.
- Información Preliminar: Antes de comenzar el proceso de solicitud, es importante que los padres se familiaricen con los requisitos y el procedimiento. Antes de iniciar cualquier trámite, es importante que los padres se informen sobre los detalles de la prestación por paternidad.
- Periodo Mínimo de Cotización: Según la Ley General de la Seguridad Social, los padres deben haber cotizado un mínimo de días para ser elegibles para la prestación.
- Contacto con el INSS: El primer paso formal es contactar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Certificado de la Empresa: Este documento es fundamental y debe ser emitido por el empleador.
- Formularios Oficiales del INSS: Estos formularios están disponibles en la página web del INSS o en sus oficinas físicas. Una vez reunida toda la documentación, se debe presentar la solicitud al INSS.
- Entrega de Documentos: Una vez recopilados todos los documentos y completados los formularios, deben ser presentados al INSS. Tras la presentación de la solicitud, el INSS revisará la documentación y confirmará la elegibilidad para la prestación.
- Revisión por el INSS: Tras recibir la solicitud, el INSS revisará toda la documentación para asegurarse de que cumple con los requisitos establecidos. Durante el proceso, es posible que surjan dudas o que se necesite hacer seguimiento de la solicitud.
Preguntas Frecuentes sobre la Exención de IRPF
Cuando se trata de la exención del IRPF en prestaciones por paternidad, es normal que surjan preguntas específicas:
- ¿La prestación por paternidad está exenta de IRPF desde el primer día? Incluso si aún no has tramitado la baja por paternidad, la prestación que recibes está exenta de IRPF desde el momento en que comienzas a recibirla.
- ¿Es necesario realizar algún trámite adicional para la exención del IRPF? No es necesario realizar ningún trámite adicional específico para la exención del IRPF en la prestación por paternidad. Esta exención se aplica automáticamente desde que se empieza a recibir la prestación.
- ¿Qué otros ingresos están sujetos a tributación? La exención de IRPF se aplica únicamente a la prestación por paternidad. Cualquier otro ingreso que recibas, como tu salario (en caso de que estés trabajando parcialmente) o ingresos por otras actividades, estará sujeto a las normas habituales de tributación.
La Baja por Paternidad en Detalle
La baja por paternidad en España es un derecho que permite a los padres disfrutar de un periodo de descanso remunerado tras el nacimiento, adopción o acogida de un hijo.
- Seis semanas obligatorias: Deben tomarse de manera ininterrumpida y a jornada completa inmediatamente después del nacimiento, adopción o acogida del menor.
- Diez semanas flexibles: Estas pueden disfrutarse de forma acumulada o interrumpida, a jornada completa o parcial, dentro de los primeros 12 meses desde el nacimiento o adopción.
Duración de la Baja por Paternidad en Diferentes Situaciones
- Nacimientos múltiples: En caso de nacimientos múltiples, como gemelos o mellizos, la baja por paternidad se amplía en una semana adicional por cada hijo a partir del segundo.
- Adopciones o acogimientos: La baja por paternidad en adopciones o acogimientos es idéntica a la baja por nacimiento, con una duración estándar de 16 semanas, donde las primeras 6 son obligatorias e ininterrumpidas.
- Nacimiento prematuro u hospitalización prolongada: Si el bebé nace prematuramente o necesita una hospitalización prolongada (más de siete días), la baja puede prolongarse hasta un máximo de 13 semanas adicionales.
- Acogimiento familiar: En casos de acogimiento familiar, la baja por paternidad se gestiona de manera similar a la de adopción, con 16 semanas iniciales.
Aspectos Económicos y Laborales de la Baja por Paternidad
Durante el periodo de baja por paternidad, el trabajador tiene derecho a percibir el 100% de su base reguladora, que corresponde al salario habitual. Esta prestación es gestionada y pagada directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Por ejemplo, en el caso de un trabajador que tiene un salario bruto mensual de 2.000 euros, la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio de la baja, sería equivalente a esos 2.000 euros mensuales.
¿Quién paga la baja por paternidad?
La prestación es pagada por el INSS, no por la empresa.
¿Cómo afecta la baja por paternidad a la declaración de la renta?
Ya hemos visto que la prestación por paternidad no tiene que tributar en el IRPF. Sin embargo, existe otra deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo referente a los gastos de guardería o en centros de educación infantil. Concretamente, el 1 de enero de 2023 se introdujo una modificación por la cual podrán optar a ella las mujeres con hijos menores de tres años, por los que tengan derecho al mínimo por descendientes, que:
- En el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo
- En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad
- En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados
También podrán aplicar esta deducción cuando se cumplan los requisitos anteriores:
- Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes)
- El padre o tutor en caso del fallecimiento de la madre
- El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva
Los hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción son:
- Los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquel en el que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive.
- Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva. La deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
- Los menores en régimen de tutela. El tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años de edad.
¿Qué ocurre si se acaba el contrato mientras estoy disfrutando de la prestación?
Si tu contrato finaliza mientras estás de baja por paternidad, seguirás percibiendo la prestación hasta agotar las 16 semanas.
¿Puedo ser despedido durante la baja por paternidad?
No, el despido durante el periodo de baja por paternidad se considera nulo, salvo que exista una causa justificada y demostrable que no esté relacionada con la baja.
Requisitos y Documentación Necesaria
- Menores de 21 años: No se requiere un periodo mínimo de cotización.
- Certificado de empresa: Documento que acredite la situación laboral del trabajador y el salario percibido.
- Formulario de solicitud: Debe completarse y presentarse junto con los demás documentos.
¿Cuándo debe solicitarse la baja por paternidad?
Se recomienda presentar la solicitud hasta 15 días antes del inicio del descanso.
¿Es posible interrumpir la baja por paternidad?
Sí, en casos excepcionales como complicaciones médicas o situaciones familiares que lo requieran, la baja puede ser interrumpida temporalmente.
Derechos y Obligaciones de las Empresas
La baja por paternidad también establece una serie de obligaciones y derechos para las empresas.
- Protección contra el despido: El empleador no puede despedir al trabajador durante el periodo de baja por paternidad. Cualquier despido que ocurra durante la baja se considerará nulo, lo que proporciona una mayor seguridad laboral al empleado.
- Concesión del permiso de lactancia: Si el trabajador solicita acumular el permiso de lactancia en días completos, la empresa debe negociar y acordar cómo se organizará este tiempo adicional.
- Organización del trabajo: El empleador puede reorganizar las tareas y responsabilidades del trabajador ausente, siempre que esto no afecte negativamente a los derechos de otros empleados.
- Negociación del permiso de lactancia: Aunque el derecho a la hora diaria de lactancia no puede ser negado, la acumulación en días completos debe ser acordada entre ambas partes.
Combinación de la Baja por Paternidad con el Permiso de Lactancia
En España, es posible combinar la baja por paternidad con el permiso de lactancia, lo que permite a los padres optimizar su tiempo de cuidado al recién nacido o adoptado. El permiso de lactancia es un derecho que tienen ambos progenitores para ausentarse del trabajo durante una hora diaria (o reducir su jornada laboral en media hora) para el cuidado del hijo menor de nueve meses.
- Acumulación del permiso de lactancia: El trabajador puede solicitar acumular las horas de lactancia en jornadas completas.
- Ajuste del calendario: Para unir ambos permisos, el trabajador debe planificar con su empresa el periodo en el que va a disfrutar de la baja por paternidad y del permiso de lactancia acumulado.
- Solicitud y aprobación: Aunque el permiso de lactancia es un derecho, su acumulación en días completos suele requerir un acuerdo con la empresa.
Supongamos que un trabajador disfruta de las 16 semanas de baja por paternidad y luego decide acumular el permiso de lactancia.
Deducciones por Maternidad
La deducción por maternidad sigue siendo uno de los beneficios fiscales más importantes para las madres trabajadoras en España. Según el artículo 81 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las mujeres con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo. Además, se han ampliado los supuestos que permiten acceder a esta deducción, extendiéndola a mujeres que se encuentren en situaciones específicas como el ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), que trabajen a tiempo parcial o que estén en una situación de incapacidad temporal.
Para poder beneficiarse de esta deducción por maternidad, es imprescindible que la madre esté dada de alta en la Seguridad Social. A partir de 2023 y siguiendo en vigor en 2025, se ha consolidado la ampliación de la deducción por maternidad para incluir un importe adicional por los gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. Esta deducción adicional puede llegar hasta 1.000 euros anuales por cada hijo menor de tres años que esté inscrito en una guardería o centro autorizado.
Familias Numerosas y Discapacidad
Las familias numerosas tienen derecho a una serie de beneficios fiscales específicos. La deducción por familia numerosa se recoge en el artículo 81.bis de la Ley del IRPF. Las familias numerosas pueden aplicarse una deducción de hasta 1.200 euros anuales, o 2.400 euros si es una familia numerosa de categoría especial.
En 2025, los progenitores con hijos que tengan una discapacidad reconocida igual o superior al 33% pueden beneficiarse de una deducción por descendiente con discapacidad contemplada también en el artículo 81 bis de la Ley del IRPF.
Deducciones Autonómicas por Paternidad
En el ámbito autonómico también hay una deducción por paternidad como tal.
- Andalucía: En Andalucía existe una deducción que consiste, atención, en 50€ por nacimiento o adopción de hijos.
- Aragón: Una de las mejores deducciones por paternidad es la de esta comunidad. Al igual que en Andalucía, la cuantía que puedes obtener por hijos adoptados en el extranjero es de 600€.
- Principado de Asturias: La deducción más destacable es la que puedes obtener por adopción de menores en el extranjero.
- Canarias: Es la comunidad autónoma más generosa.
- Extremadura: La única deducción por paternidad que se aplica se puede obtener en caso de partos múltiples.
- Galicia: La tierra de las Tanxugueiras también tiene buenas deducciones por hijos nacidos y adoptados.
- Murcia: ¡Y qué buenas deducciones tienes!
- La Rioja: Otra de las comunidades más generosas.
- Comunidad Valenciana: Si eres padre y estás residiendo en la Comunidad Valenciana, también puedes optar por una deducción un poco menos sexy que la de Castilla y León. ¡Pero es mejor que nada!
Ojo con estas deducciones autonómicas porque el borrador de Renta Web, en numerosas ocasiones, no las aplica de forma automática.
Conclusión
La baja por paternidad es un derecho clave que refleja el avance hacia la igualdad de responsabilidades en el cuidado de los hijos, equiparando los derechos de los padres a los de las madres. Además, la protección económica y laboral durante este periodo asegura que los padres puedan disfrutar de este tiempo sin preocupaciones financieras y sin miedo a perder sus empleos, algo no demasiado descabellado hasta hace poco tiempo.
