¿Cómo Afecta la Baja por Maternidad a tu Declaración de la Renta en España?

Cuando te encuentras navegando por las turbulentas aguas de una baja laboral, es fácil sentirse un poco perdido, especialmente cuando llega el momento de enfrentarse a la declaración de la renta. En este momento, una pregunta surge con fuerza: ¿si estoy de baja se considera dos pagadores?. La respuesta corta es sí, pero hay mucho más en esta historia.

Estar de baja afecta a tu declaración de la renta ya que los pagos de mutuas y la Seguridad Social se consideran un segundo pagador pero ojo porque hay excepciones como en el caso de las bajas de maternidad.

Muchas contribuyentes afrontan por primera vez la declaración de IRPF como madres. A la hora de calcular los mínimos y las deducciones, hay que tener en cuenta las circunstancias personales de cada uno. La familia es fuente de deducciones.

Vamos a desgranarlo juntos, manteniendo la seriedad pero sin perder ese toque divertido que tanto nos gusta. Primero, aclaremos qué es eso de tener un «segundo pagador». En el contexto de la declaración de la renta, se considera que tienes un segundo pagador cuando, además de tu salario habitual, recibes ingresos de otra fuente. Esto puede suceder, por ejemplo, si has estado de baja y has recibido prestaciones por parte de la Seguridad Social o una mutua.

Cuando estás de baja, ya sea por enfermedad, accidente, o incluso por maternidad o paternidad, y recibes prestaciones, estas se consideran como ingresos. Por tanto, si te paga una mutua o la Seguridad Social se considerará un segundo pagador. El principal efecto de tener un segundo pagador es que puede modificar el importe que debes pagar o que te devuelvan en tu declaración de la renta.

¿La seguridad social se considera segundo pagador?Sí, la Seguridad Social puede considerarse como segundo pagador en ciertas circunstancias, como cuando estás de baja y recibes prestaciones económicas de ella además de tu salario habitual.

¿Si me paga la mutua se considera un segundo pagador?Si, al igual que la Seguridad Social, una mutua también puede ser considerada como un segundo pagador si estás de baja y recibes prestaciones de ella, además de tu ingreso habitual.

Estar de baja laboral generalmente implica una reducción de ingresos, lo que puede resultar en una menor base imponible y, por tanto, en menos impuesto a pagar. Esta disminución de ingresos y, por tanto, de una menor base imponible puede provocar que algunas deducciones pueden verse afectadas por la reducción de ingresos.

Las indemnizaciones por despido o las prestaciones por incapacidad permanente no cuentan como segundo pagador. Para evitar sorpresas desagradables, es importante informarse bien y planificar.

En definitiva, estar o solicitar de baja laboral tiene varias implicaciones fiscales que deben ser cuidadosamente gestionadas.

Otro de los puntos importantes a considerar a la hora de saber si estamos obligados a presentarla es tener en cuenta que los pagos efectuados por la Seguridad Social a cuenta de la baja preparto y baja por maternidad tienen la consideración de segundo pagador a efectos fiscales.

El hecho de tener un hijo hace que se pague menos, siempre que los niños convivan con la madre y estén a su cargo o se tenga la custodia compartida. Hacienda estima un dinero que todas las personas necesitan para vivir que está exento de tributar.

Estar de baja no es un paseo por el parque, especialmente cuando se trata de tus finanzas personales. Sin embargo, con la información correcta y una buena planificación, puedes navegar por esta situación sin mayores contratiempos.

La baja por maternidad y su impacto en la declaración de la renta.

¿Las Prestaciones de Maternidad y Paternidad Tributan en el IRPF?

¿Hay que declarar la prestación por maternidad y paternidad? ¿Cómo tributan estas ayudas en el IRPF? ¿Qué hay que hacer si se han disfrutado de estas subvenciones durante 2024? Te explicamos todo lo relativo a estas cuestiones para la campaña de la Renta 2024-2025.

¿Hay que incluir la prestación de maternidad y paternidad en la Renta? ¿La baja por paternidad cuenta como segundo pagador? La deducción por maternidad o paternidad en el IRPF ¿Cuando estás de baja por paternidad te retienen IRPF?

Las prestaciones públicas de maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF, desde una sentencia del Tribunal Supremo en octubre de 2018. Esta exención se introdujo con efectos para el ejercicio 2018 y los 4 ejercicios anteriores no prescritos. Ahora ya no se tributa por esas rentas.

Así que los contribuyentes que durante el ejercicio 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad o paternidad o retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos.

Exención de IRPF en Prestaciones por Maternidad y Paternidad

Según el artículo 7 de la Ley del IRPF, las prestaciones públicas de maternidad y paternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF. Esto es así desde una sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2018, que introdujo la exención desde 2018 y, además, para los cuatro ejercicios anteriores no prescritos. Por tanto, en ese momento se pudo solicitar la rectificación (devolución) de esos ejercicios.

Además, se declaran exentas las prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos por las Mutualidades de Previsión Social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social.

De acuerdo con esta modificación legal, los contribuyentes que durante 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad y paternidad o retribuciones durante los permisos o bajas por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos y pueden deducirse las retenciones soportadas.

La Baja por Paternidad y su Consideración como Segundo Pagador

Según establece la Ley 35/2006 del IRPF, las prestaciones por maternidad o paternidad están exentas de tributación, por lo que no habrá que agregarla como un rendimiento o como un pagador más, algo que sí ocurre con la prestación contributiva por desempleo.

Deducción por Maternidad: Un Beneficio Fiscal Clave

La deducción por maternidad es una ayuda de 1.200 euros anuales que reciben las madres trabajadoras en España desde el nacimiento hasta que el niño tiene tres años, tanto si son autónomas como si trabajan por cuenta ajena. Aunque se le denomina deducción, realmente es una minoración de la cuota diferencial del IRPF, es decir, si a la contribuyente le sale a pagar 1.000 euros en la declaración, Hacienda le restará esos 1.200 y por tanto le devolverá los 200 euros de diferencia. También se puede pedir el abono anticipado de la ayuda para que cada mes se le ingresen los 100 euros (esta opción es a la que se acogen la mayoría de mujeres).

La prestación por maternidad no tiene que tributar en el IRPF. Sin embargo, existe otra deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo referente a los gastos de guardería o en centros de educación infantil. Concretamente, el 1 de enero de 2023 se introdujo una modificación por la cual podrán optar a ella las mujeres con hijos menores de tres años, por los que tengan derecho al mínimo por descendientes, que:

  • En el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo
  • En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad
  • En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados

También podrán aplicar esta deducción cuando se cumplan los requisitos anteriores:

  • Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes)
  • El padre o tutor en caso del fallecimiento de la madre
  • El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva

Los hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción son:

  • Los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquel en el que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive.
  • Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva. La deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
  • Los menores en régimen de tutela. El tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años de edad.

Infografía sobre la deducción por maternidad y sus requisitos.

¿Cuando Estás de Baja por Paternidad te Retienen IRPF?

La respuesta a esta pregunta es negativa. Normativa: Art. La cuantía exenta tiene como límite el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda. La cuantía exenta tiene como límite el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda. Atendiendo a la forma de cálculo de la prestación de maternidad y/o paternidad, y a efectos del límite que se indica en el artículo 7.h) de la Ley del IRPF, el importe mensual de la prestación nunca podrá superar al 100 por 100 de la base máxima de cotización vigente en cada momento.

Por eso, en TaxDown entendemos que la declaración de la renta puede ser compleja, especialmente al lidiar con situaciones como estar de baja. Por eso, en TaxDown, te facilitamos el proceso. Te invitamos a experimentar la diferencia con TaxDown. Nuestro servicio te guiará paso a paso, adaptándose a tus circunstancias particulares para maximizar tu beneficio fiscal. Regístrate aquí y calcula el resultado de tu declaración GRATIS con nosotros hoy mismo.

Y tú, ¿ya estás listo para enfrentarte a la declaración de la renta estando de baja? Con esta guía, esperamos que el proceso sea un poco menos intimidante y mucho más claro.

Concepto ¿Tributa en IRPF? ¿Se considera segundo pagador? Deducción aplicable
Prestación por Maternidad/Paternidad No (Exenta desde 2018) No Deducción por maternidad de 1.200€ anuales (bajo ciertos requisitos)
Prestación por Incapacidad Temporal (Enfermedad Común) Sí, si la paga la Seguridad Social o una mutua Ninguna específica, pero puede afectar a otras deducciones

Tabla resumen sobre la tributación y deducciones en la baja por maternidad y otras situaciones.

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