¿Cómo Afecta la Maternidad y Paternidad en el IRPF en España?

La llegada de un hijo trae consigo muchos cambios, tanto a nivel personal como económico. Es fundamental entender cómo la maternidad y paternidad influyen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España.

¿Debo Incluir la Prestación de Maternidad y Paternidad en la Renta?

Según el artículo 7 de la Ley del IRPF, las prestaciones públicas de maternidad y paternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF. Esto es así desde una sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2018, que introdujo la exención desde 2018 y, además, para los cuatro ejercicios anteriores no prescritos. Por tanto, en ese momento se pudo solicitar la rectificación (devolución) de esos ejercicios.

Además, se declaran exentas las prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos por las Mutualidades de Previsión Social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social.

De acuerdo con esta modificación legal, los contribuyentes que durante 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad y paternidad o retribuciones durante los permisos o bajas por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos y pueden deducirse las retenciones soportadas.

¿La Baja por Paternidad Cuenta como Segundo Pagador?

Según establece la Ley 35/2006 del IRPF, las prestaciones por maternidad o paternidad están exentas de tributación, por lo que no habrá que agregarla como un rendimiento o como un pagador más, algo que sí ocurre con la prestación contributiva por desempleo.

La Deducción por Maternidad o Paternidad en el IRPF

La prestación por maternidad no tiene que tributar en el IRPF. Sin embargo, existe otra deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo referente a los gastos de guardería o en centros de educación infantil.

Concretamente, el 1 de enero de 2023 se introdujo una modificación por la cual podrán optar a ella las mujeres con hijos menores de tres años, por los que tengan derecho al mínimo por descendientes, que:

  • En el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo
  • En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad
  • En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados

También podrán aplicar esta deducción cuando se cumplan los requisitos anteriores:

  • Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes)
  • El padre o tutor en caso del fallecimiento de la madre
  • El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva

Hijos que Dan Derecho a la Deducción

Los hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción son:

  • Los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquel en el que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive.
  • Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva. La deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
  • Los menores en régimen de tutela.

El tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años de edad.

¿Cuando Estás de Baja por Paternidad te Retienen IRPF?

La respuesta a esta pregunta es negativa. Las prestaciones públicas de maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF, desde una sentencia del Tribunal Supremo en octubre de 2018. Esta exención se introdujo con efectos para el ejercicio 2018 y los 4 ejercicios anteriores no prescritos. Ahora ya no se tributa por esas rentas.

Así que los contribuyentes que durante el ejercicio 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad o paternidad o retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos.

¿Cómo reclamar la devolución de IRPF por maternidad? - Estando Contigo

Beneficios Fiscales Adicionales

La deducción por maternidad sigue siendo uno de los beneficios fiscales más importantes para las madres trabajadoras en España. Según el artículo 81 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las mujeres con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo.

Además, se han ampliado los supuestos que permiten acceder a esta deducción, extendiéndola a mujeres que se encuentren en situaciones específicas como el ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), que trabajen a tiempo parcial o que estén en una situación de incapacidad temporal.

Para poder beneficiarse de esta deducción por maternidad, es imprescindible que la madre esté dada de alta en la Seguridad Social.

A partir de 2023 y siguiendo en vigor en 2025, se ha consolidado la ampliación de la deducción por maternidad para incluir un importe adicional por los gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. Esta deducción adicional puede llegar hasta 1.000 euros anuales por cada hijo menor de tres años que esté inscrito en una guardería o centro autorizado.

Las familias numerosas tienen derecho a una serie de beneficios fiscales específicos. La deducción por familia numerosa se recoge en el artículo 81.bis de la Ley del IRPF. Las familias numerosas pueden aplicarse una deducción de hasta 1.200 euros anuales, o 2.400 euros si es una familia numerosa de categoría especial.

En 2025, los progenitores con hijos que tengan una discapacidad reconocida igual o superior al 33% pueden beneficiarse de una deducción por descendiente con discapacidad contemplada también en el artículo 81 bis de la Ley del IRPF.

Duración de las Bajas y Cálculo de la Prestación

En 2025, los periodos de baja por maternidad y paternidad se mantienen en 16 semanas para ambos progenitores, siendo estas bajas intransferibles. De estas, al menos seis deben disfrutarse después del parto y de manera ininterrumpida y, en el caso de la madre, hasta un máximo de cuatro pueden tomarse antes del parto.

Las diez semanas restantes pueden repartirse en períodos semanales durante los doce meses tras el nacimiento.

La prestación se calcula en función de la base reguladora del trabajador, que varía dependiendo de la base de cotización del beneficiario.

Durante la baja, tanto la madre como el padre cobrará la totalidad de lo que la empresa cotiza por ellos.

Requisitos para Acceder a la Prestación por Maternidad

Pero, ¿es posible acceder siempre a la prestación por maternidad? Lo cierto es que no. Solo si tienes menos de 21 años no se te exigirá haber cotizado. Desde esta edad hasta los 36 años, la cotización tendrá que ser de un mínimo de 90 días en los 7 años anteriores o de 180 días en total. Por encima de esta edad, se eleva a 180 y 360 días, respectivamente.

La cuantía exenta tiene como límite el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda. Atendiendo a la forma de cálculo de la prestación de maternidad y/o paternidad, y a efectos del límite que se indica en el artículo 7.h) de la Ley del IRPF, el importe mensual de la prestación nunca podrá superar al 100 por 100 de la base máxima de cotización vigente en cada momento.

Autónomos y la Baja por Maternidad/Paternidad

La baja por maternidad y paternidad también puede disfrutarse, pero el importe a percibir no viene determinado por los ingresos, sino por la base de cotización y la de la incapacidad temporal por contingencias comunes.

Reclamar la Devolución del IRPF

Hasta 2018, esta baja se consideraba un ingreso, ya que para Hacienda debía tributar y la Ley de IRPF no hacía una interpretación clara. En la ley mencionada, se hace referencia en el artículo 7, letra h, donde se menciona que las prestaciones públicas por el nacimiento, parto, adopciones, orfandad o hijos al cargo están exentas de tributar.

También, las que se refieren a la maternidad en las CCAA y entidades locales. Debido a esta última mención, se hace una diferenciación entre las comunidades y las prestaciones de la Seguridad Social, y Hacienda entiende que no están exentas.

Si volvemos a la pregunta de cómo afecta la maternidad en el IRPF, la respuesta es que estos ingresos que estás obteniendo durante la baja no figuran como tal en tu declaración.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que los ejercicios fiscales que vamos presentando también tienen una fecha de prescripción. Esta se sitúa en los cuatro años.

Igual que Hacienda no podrá reclamar nada que sea anterior, tú tampoco podrás hacerlo. Entonces, ¿desde cuál es posible reclamar la devolución en la actualidad? Pues a partir de la que presentaste en 2028, 2019, 2020 y 2021. Se aplica tanto para las bajas de maternidad como para las de paternidad. Estas últimas tenían en ese momento una duración de 15 días.

Y lo más importante, ¿cuál será el importe de esta devolución? Pues va a depender de lo que cobraras y del resto de tus ingresos. De manera aproximada, si la prestación ascendió a unos 5.600 €, podrás recuperar 1.000 €.

Para que puedas reclamar la devolución, no hay que esperar a presentar tu próxima declaración de la renta, sino que debes acceder a la página de la Agencia Tributaria. Solo debes seguir los pasos tal y como cuando deseas acceder a tu borrador de la Renta 2022. Lo más sencillo es utilizar la misma verificación; es decir, la Clave PIN de la declaración de la renta. Tras introducir tus datos e identificarte, podrás acceder al trámite.

¿Todavía tienes dudas sobre cómo afecta la maternidad en el IRPF? No te preocupes porque en TaxDown te ayudamos y te asesoramos con cualquier duda que tengas.

Estadísticas de Natalidad en España

En 2024, en España hubo 322.034 nacimientos, según el Instituto Nacional de Estadística. Esto supone un incremento del 0,4% respecto al año anterior y marca el primer repunte tras una década a la baja. Este leve aumento de la natalidad se produce en un contexto marcado por la longevidad y el envejecimiento de la población, en el que la inversión de la pirámide demográfica plantea importantes desafíos económicos y sociales.

Resumen de Deducciones y Exenciones

En definitiva, la planificación fiscal es un aspecto fundamental para cualquier familia, y más aún en situaciones como la maternidad y paternidad. En 2025, existen múltiples beneficios fiscales que pueden aliviar la carga económica asociada con la llegada de un hijo. Sin embargo, para aprovechar al máximo estas ventajas, es esencial estar bien informado y cumplir con los requisitos establecidos por ley.

¿Te encuentras en esta situación y tienes dudas sobre el proceso?

La sentencia del Tribunal Supremo 1462/2018, de 3 de octubre de 2018, declara que la prestación por maternidad no debe tributar por IRPF. Los/as que tienen hijos/as que nacieron en 2016 y 2017, ya lo pueden solicitar. Quienes han tenido a su/s hijo/a/os/as en 2018 no tienen que hacer ningún trámite en especial.

En el comienzo de la campaña de la renta 2018 (mayo de 2019), la Agencia Tributaria incorpora los datos fiscales actualizados con las prestaciones exentas de pagar IRPF.

A través de Internet. En papel. Interesado. Representante. Datos adicionales. Datos de la devolución. Fecha y firma.

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