Se abre de nuevo un debate que nunca ha dejado de estar candente, el de la gestación subrogada. Con tan solo definirlo ya se evidencia la división de opiniones. Algunos consideran que "se denigra a la mujer", mientras que otros opinan que "es un derecho". Alquiler de útero, madres suplentes, vientres de alquiler, maternidad subrogada... son algunos de los nombres por los que se conoce la práctica en la que, tras previo acuerdo con otra persona o pareja, una mujer queda embarazada con un óvulo distinto al suyo y da a luz para que esa persona distinta se convierta en el padre o madre del bebé.
En este proceso el óvulo empleado para la gestación procede de la madre intencional o de una donante de óvulos. La gestación subrogada es un proceso de reproducción a la que muchos rostros conocidos de nuestro país han recurrido para ser padres, contratando a una mujer desconocida para que se desarrolle su embrión.
ciclo: Los Problemas Nac y el Derecho. Maternidad subrogada y reproducción asistida. Jun 15, 2017.
Famosos que han recurrido a la gestación subrogada
Cristiano Ronaldo, Carmen Cervera, Miguel Bosé y el cantante Ricky Martin, entre otros, son algunos de los nombres que forman parte de la lista de famosos que han cumplido su deseo de paternidad o maternidad a través de un procedimiento que en España es ilegal. El último caso en nuestro país ha sido Ana Obregón, que con sus 68 años, se ha convertido madre recurriendo a un vientre de alquiler en Estados Unidos.
Ana Obregón se convirtió en madre a los 68 años mediante gestación subrogada en Estados Unidos.
El Debate Ético y Legal
La explotación de la mujer es la principal crítica de los opositores del vientre de alquiler. Los óvulos y los espermatozoides en la gestación subrogada son, siempre que se pueda, donados por los padres de intención, de forma que tras dar a luz la madre que gesta al bebé, este acaba siendo biológicamente del padre o la madre que aporta sus gametos. Así, la idea central de este proceso de reproducción es que la gestante aporte solamente el útero para mantener el embarazo y dar a luz al futuro bebé, algo que no siempre sucede. Tras el parto, el bebé se entrega a los padres de intención.
En los contratos previos por donde se acuerda el vientre de alquiler, se exigen derechos y obligaciones de cada una de las partes, sobre todo de la madre que gesta al bebé. Y en estos se aclara que la finalidad del contrato es que los padre biológicos "encargan" un bebé y la madre de alquiler "se compromete a llevar a término el embarazo y dar a luz el bebé con ayuda de las técnicas de reproducción asistida".
Los defensores de la maternidad subrogada hablan del derecho a ser padres, del altruismo de la gestante y de la libertad de cualquier mujer para tomar decisión sobre su propio cuerpo. Sin embargo, los detractores de esta práctica, entre los que se encuentra la red estatal contra los vientres de alquiler, critican la explotación de la mujer, que es usada como un incubadora a partir de la compra de un hijo. Además, se aprovecha muchas veces de la precariedad de la madre, de la depravación del capitalismo y la degradación de los valores y de cualquier ética. Los opositores al vientre de alquiler creen que ser padres no es un derecho y que hay varios métodos para ser padres como la adopción u otros métodos de reproducción asistida.
La gestación subrogada genera un intenso debate con argumentos a favor y en contra.
Marco Legal en España
La Ley 14/2006 prohíbe la gestación subrogada en nuestro país, por lo que es una práctica ilegal y las personas que desean ser padres a través de esta técnica, deben hacerlo viajando a un país extranjero, como Israel o India (previo a la guerra también lo hacían a Ucrania o Rusia) o algunos estados norteamericanos como Florida, sitio en donde Obregón ha sido madre mediante un vientre de alquiler en Miami. En caso de que algún padre o madre anhele serlo a través de esta práctica en España, estos recibirían el castigo de una pena de prisión de uno a cinco años y la inhabilitación especial para ejercer el derecho de la patria potestad y tutela durante el tiempo de cuatro a diez años.
A pesar de esta regulación, muchas personas o parejas que viven en territorio nacional pueden tener hijos mediante la gestación subrogada, pues en el año 2010 una instrucción de la Dirección General de Registros y Notariado ha posibilitado la inscripción de estos niños en el Registro Civil como hijos siempre y cuando uno de los padres tenga la nacionalidad española y el alumbramiento se haya producido en un país que admita por ley el procedimiento.
El Ministerio de Justicia ha aprobado una nueva instrucción que cambia radicalmente la forma en que se podrán inscribir en España los nacimientos de menores fruto de gestación subrogada realizada en el extranjero. A partir de ahora, este tipo de inscripciones solo serán posibles si existe un vínculo biológico demostrado o si se completa un proceso legal de adopción conforme a la legislación española.
Hasta ahora, las personas que recurrían a la gestación por sustitución en otros países podían registrar al bebé en el Registro Civil español con una resolución judicial extranjera que validara el contrato de gestación. Esa vía directa, sin necesidad de demostrar vínculo biológico ni tramitar una adopción, era la que permitía que estos menores fueran reconocidos legalmente por sus progenitores intencionales. Tan solo en 2024 un total de 154 niños fueron inscritos en España utilizando este procedimiento.
La nueva instrucción, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pone fin a esa posibilidad. La medida responde a una sentencia reciente del Tribunal Supremo, que en diciembre de 2024 declaró nulo un contrato de gestación subrogada validado por un tribunal estadounidense. El Supremo argumentó que esta práctica vulnera derechos fundamentales, ya que cosifica tanto a la mujer gestante como al niño, reduciéndolos a objetos de comercio. Además, señaló que se impide al menor el derecho a conocer su origen biológico, uno de los pilares del interés superior del niño, reconocido por el ordenamiento jurídico español y por diversos tratados internacionales.
"El objetivo es evitar que ciudadanos españoles burlen la prohibición de esta práctica en nuestro país y la practiquen en el extranjero, una reclamación histórica del movimiento feminista y de los colectivos que defienden la protección de los menores por suponer una mercantilización del cuerpo de la mujer y de sus hijos", precisa el departamento de Félix Bolaños.
En España, esta práctica está prohibida desde 2006 y, desde 2023, reconocida legalmente como una forma de violencia contra las mujeres. No obstante, hasta ahora existía un vacío legal que permitía el reconocimiento automático de la filiación cuando mediaban resoluciones extranjeras, algo que agencias intermediarias utilizaban como argumento para ofrecer garantías legales a los clientes.
La nueva instrucción impide que este reconocimiento sea automático. Solo se permitirá el registro si hay prueba de vínculo genético con al menos uno de los progenitores, o si se completa un proceso de adopción, que conlleva controles legales y éticos más estrictos.
Además, esta medida se alinea con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que reconoce el derecho de los países a imponer restricciones a la gestación subrogada si esta contradice sus principios legales internos.
El Testimonio de Juan: Una Historia Personal
En una de esas tardes como las demás, en un momento en el que no ocurre nada fuera de lo normal, durante un trayecto en coche, la hija de Juan con solo dos años le preguntó: "Papá, ¿yo de qué barriga salí?". Hoy tiene 11 años, y su padre asegura que es una niña feliz, muy feliz y segura de si misma. Nació por gestación subrogada en Estados Unidos haciendo realidad un sueño para Juan y su pareja, ser padres.
El pasado 1 de mayo se publicó en el BOE la prohibición de inscribir de forma directa en el Registro Civil a ningún bebé nacido por gestación subrogada en el extranjero. A partir de ahora se exigirán los cauces ordinarios previstos en el ordenamiento español para formalizar la inscripción registral: filiación biológica y adopción.
Esta decisión deja en medio de una laguna a todas esas familias que estaban iniciando el proceso o incluso que ya tienen a sus bebés en casa, pero no la resolución administrativa. Juan es uno de ellos. Su historia es muy particular, pero refleja muy bien las situaciones a las que se exponen muchas familias que han visto en la gestación subrogada la forma de convertirse en padres.
Juan es gay y como él mismo nos explica: "Estoy muy orgulloso de mi modelo de vida, no creo que tenga que ni engañar, ni mentir a nadie para conseguir algo, que creo que, es maravilloso, que es ser padre".
Fue entonces cuando la gestación subrogada se cruzó en su camino. Su primer destino fue la India, pero lo que vio allí "no cuadraba con mis principios morales" y matiza: "Seguramente, en la India se pudieran haber hecho procesos super reglados, éticos, donde no hubiese explotación de mujeres, pero lo que yo vi no me gustó, no me sentía cómodo y decidí que ese no era el camino para mí. No quiero decir que la gente que haya hecho el proceso de gestación subrogada en la India lo haya hecho explotando a mujeres, pero lo que yo vi no iba conmigo".
Descartada esa opción, Juan se decantó por Estados Unidos y el proceso fue "muy rápido, una cuadratura del círculo". Allí "el entorno legal, la libertad que se da a las mujeres, sí que cuadraba mucho más con lo que yo entendía que tenía que ser mi modo de convertirme en padre. Convencí a mi marido para hacerlo de esa manera y nos liamos la manta a la cabeza. Tomamos la decisión en noviembre de 2012 y en noviembre de 2013 fuimos padres".
El destino parecía sonreírles y con su hija mayor todo salió a pedir de boca hasta que, lamentablemente, cuando su hija tenía 4 años "a mi marido le diagnosticaron un cáncer muy agresivo, sin cura, y en un tiempo muy cortito se nos fue. Mi hija se quedó huérfana siendo una niña, pero con toda su documentación reglada, siendo hija de quien era y, siendo reconocida como hija de quien era en el país de donde es, que es España. Tuvo sus derechos hereditarios, se le ha reconocido su pensión de orfandad y mi hija es una niña feliz. Hemos reconstruido la familia y te puedo asegurar que mi hija es una niña feliz", nos cuenta un Juan emocionado.
Pasó el tiempo y padre e hija consiguieron rehacer sus vidas. Una persona "maravillosa" se cruzó en su camino y con él decidió formar la que hoy es su familia de cuatro. Decidieron volver a ser padres, esta vez fue un poquito más complicado, no fue en un año, fueron algo más de dos. Su hijo nació el pasado 20 de diciembre, en esta ocasión el proceso se desarrolló en Houston con la ayuda de dos mujeres "increíbles".
"Mi hijo nació el 20 de diciembre de 2024 y en ese momento se le reconoció como ciudadano americano. Tenemos un certificado americano que nos constituye como padres de este niño y, todo ello en base a que el proceso está totalmente judicializado, que establece una pre filiación por si en algún momento el embarazo termina precipitadamente para que todo esté reglado, y una vez que el niño ha nacido se hace una nueva sentencia que sí confirma la relación de filiación entre el bebé y los padres", nos explica.
Tras la publicación en el BOE de la reciente instrucción queda indicado que las solicitudes pendientes de inscripción directa de menores nacidos mediante gestación subrogada no se practicarán. Y esto que parecen embrollos burocráticos lo cierto es que tiene un impacto real en la vida de estas personas.
El miembro de la pareja que aporta la carga genética en la gestación es el que es considerado padre biológico mientras que la otra parte de la pareja tiene que iniciar un proceso de adopción para ser reconocida como tal. Un proceso de filiación puede durar entre un año y medio o dos años. Un proceso de adopción posterior, tardaría alrededor de seis meses a un año, también dependiendo del juzgado. Con lo cual, te puedes ver en una situación en la que el niño no es reconocido plenamente con su nombre y apellidos de sus padres entre 3 años.
Con esta decisión, asegura, se ha retrocedido en torno a 15 años de derechos y denuncia que en nuestro país hay mucha desinformación con respecto a la gestación subrogada.
La Perspectiva de los Detractores
Visión radicalmente opuesta es la que manifiestan asociaciones contrarias a la gestación subrogada. Para conocer qué opinaban sobre esta modificación hemos contactado con Ana Trejo Pulido, fundadora de Stop Vientres de Alquiler, que ha valorado dicha prohibición como un "primer paso muy importante".
Trejo Pulido reivindica que esta modificación ha sido "un reclamo de hace años del feminismo" y aunque reconoce que es un "avance" matiza que no es "perfecta". "¿Qué es lo que necesitamos? Necesitamos una ley, una normativa que de verdad penalice a quien tanto en España, como en el extranjero, ya sea la modalidad comercial o altruista, que no deja de ser un negocio y una compra venta de seres humanos, se prohíba esta práctica explícitamente y esto lleve acarreado sanciones penales, administrativas y por supuesto que estas personas no puedan ostentar la patria potestad. Yo creo que una cuestión muy importante es que se defina esta práctica como violencia infantil y maltrato infantil.
Marco Legal Internacional
Tras la polémica, la abogada Beatriz de Vicente ha detallado en Antena 3 Noticias cuáles son los procedimientos a seguir en estos casos. Para explicar el marco legal a nivel internacional sobre la maternidad subrogada la experta se ha remontado a la Declaración de los Derechos del Niño de 1959.
"El artículo 9 prohíbe cualquier trato que tenga como objeto un menor. En el año 2000 esto es corroborado en la Convención de la ONU. En el marco europeo el artículo 3 establece que el cuerpo humano no puede ser objeto nunca de lucro, y más recientemente, el pasado 3 de marzo, la Casa Blanca ha hecho la declaración en la que 75 expertos de más de 100 países abogan por la abolición de la subrogación de la maternidad al entender que es una mercantilización de hombres y niños", ha indicado.
No obstante, la abogada ha recordado que hay países que son más laxos en este tema. "Tenemos el Reino Unido en Europa que permite la subrogación, siempre altruista y sin contraprestación económica de por medio, y sólo a sus residentes".
Situación Actual en España
En nuestro país esta práctica no está permitida, algo que se estableció en 2003. "Se mantiene vigente en el Código Penal que la venta de un ser humano es un delito que contempla penas de 1 a 5 años de prisión".
En el año 2006 la legislación española incluye la reproducción asistida, que advierte que la "cesión o donación de gametos o preembriones jamás puede ser objeto de lucro". El artículo 10 va más allá y decreta que "cualquier contrato que tenga por objeto la gestación subrogada se considera nulo de pleno derecho".
Inscripción de Niños Nacidos por Gestación Subrogada
¿Qué ocurre cuando una pareja llega a España con niño de gestación subrogada y quiere inscribirlo? Ante esta negativa el TS estableció que en estos casos "prima el interés máximo del menor". Así, se llevó a cabo una instrucción ese mismo año que permitía la inscripción de los bebés siempre que se cumplan cuatro requisitos: al menos uno de los adoptantes debe tener residencia en España, el procedimiento se debe haber realizado en un país con un marco legal que lo permita y un protocolo establecido "para garantizar que no se compre un niño en cualquier situación", tiene que existir una sentencia que reconozca la filiación del niño y conseguir que los tribunales españoles legitimen esa sentencia.
La gestación subrogada no está permitida en España, por ello algunos españoles recurren a terceros países para encargar y recoger a sus hijos gestados por una mujer extranjera, una realidad paradójica con múltiples aristas que ha puesto en aprietos al Gobierno y cuya solución es muy compleja.
Muchas familias se ven afectadas por las nuevas restricciones en la inscripción de niños nacidos por gestación subrogada.
La situación sigue sin orden porque la legislación española establece la nulidad de los contratos de vientres de alquiler, pero no sanciona la práctica, por lo que resulta insuficiente para evitar que los ciudadanos españoles con recursos económicos viajen al extranjero y recurran a este proceso.
Desde la asociación Son Nuestros Hijos solicitan responsabilidad al Ejecutivo y advierten de que "con instrucción o sin ella se va a seguir inscribiendo a los menores en los registros consulares" aunque "el camino vaya a ser más largo". El deseo de tener un hijo, la dignidad de la mujer, el interés superior del menor y distintos enfoques internacionales son los vértices de una realidad compleja cuya solución no parece sencilla.
Gestación Subrogada: ¿Prohibida o No?
El presidente del Comité de Bioética de España, Federico de Montalvo, incide en que la gestación subrogada no está prohibida en España. "Ése es el gran problema. Aquí está declarada la nulidad del contrato, no está prohibida la actividad y una actividad para estar no permitida tiene que estar prohibida".
En el libro 'Vientres de alquiler', la abogada Núria González explica que la ley sobre técnicas de reproducción humana asistida declara nulo de pleno derecho el contrato de gestación por sustitución y aclara que la filiación viene determinada por el parto. También en 2010 el Tribunal Supremo declaró nulos esos contratos. Sin embargo, en esa misma ley se mantiene "a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico".
A su vez, añade la abogada, el Código Penal prohíbe la venta de hijos o menores y castiga la práctica con penas de prisión de hasta cinco años, tanto para quien vende a los menores como para quien los recibe y los intermediarios. Y en el Código Civil se establece que la mujer gestante nunca podrá entregar a un menor antes de que hayan transcurrido seis semanas desde el parto.
¿Y cómo se permite que ciudadanos españoles recurran a los vientres de alquiler en el extranjero? Gracias a una instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, que considera que lo mejor para el menor es la filiación a favor de los padres comitentes, los padres inscriben a los niños en los registros consulares.
Según el Gobierno, España ha tramitado entre 2010 y 2016 un total de 979 inscripciones por gestación subrogada en los registros consulares del extranjero, si bien la asociación Son Nuestros Hijos eleva esta cifra a mil cada año.
El Proceso de Gestación Subrogada
En la actualidad existen varias agencias españolas que actúan de intermediarias, previo pago, para que ciudadanos nacionales recurran al extranjero para tener un hijo por gestación subrogada.
Canadá, Estados Unidos, Reino Unido, India, Nepal, México, Tailandia, Ucrania, Rusia, Grecia, Georgia y Sudáfrica son algunos de los países a los que los españoles han acudido con este fin. Para hacerlo, hay que acreditar que no pueden tener un hijo de forma natural.
El futuro padre viaja al país donde se va a firmar el contrato con la gestante y deja una muestra de semen con el que se fecundará un óvulo, ya sea de una donante o de la mujer de la pareja. El embrión se implanta en el útero de la mujer gestante -que previamente ha pasado pruebas médicas y psicológicas-, que firma en el contrato que rechaza a la filiación. Si prospera el embarazo, el padre o padres españoles viajarán cuando tenga lugar el parto para recoger al bebé y, tras inscribirlo en un registro consular, regresar con él a España.
David Monje, responsable de la agencia Go4baby, detalla que en su empresa ofrecen "paquetes" que parten de los 36.000 euros y van hasta los 54.000, en función de los intentos de transferencia de embriones y de los servicios que se ofrecen a los padres. Se tarda entre 12 y 18 meses desde que se firma el contrato hasta que se tiene al niño.
Monje defiende que las mujeres en Ucrania se prestan a gestar un niño de terceros "para mejorar su vida y la de su familia" porque "saben que haciendo este tipo de proceso pueden conseguir una buena compensación económica".
La abogada Núria González denuncia que se trata de "un negocio lucrativo que tiene a un bebé como producto y que alquila el cuerpo de una mujer", compromete su dignidad, y afirma que estos contratos abusivos están basados en la "extrema vulnerabilidad" de las gestantes, que suelen ser mujeres pobres.
Contratos Repugnantes
En este sentido, el presidente del Comité de Bioética considera que los contratos por gestación subrogada "resultan sorprendentes y repugnantes". "En esos contratos se plantea lo que la mujer puede hacer: si puede fumar, si puede beber, si puede viajar, si hay malformación quién decide sobre el aborto. Si hay un parto gemelar y uno de los niños nace con deficiencia y otro no, que ha ocurrido, resulta que el producto es defectuoso", alerta De Montalvo.
Cree que la gestación subrogada "abre una comercialización, una mercantilización de algo natural que es tener un hijo". "Hay un negocio detrás", lamenta. "Pensar que para una mujer de un país remoto que casi no conoce España su pasión, su afición o su inquietud es permitir que unos españoles tengan un hijo me suena a una historia tan compleja, me suena raro, inverosímil", resalta.
Posturas Políticas
Un único partido del Parlamento, Ciudadanos, se ha mostrado a favor de regular por ley la maternidad subrogada: "La gestación subrogada es una realidad, nos guste o no", subraya la diputada Patricia Reyes.
El modelo que propone la formación naranja es uno altruista, en el que una mujer se presta a gestar un hijo de terceros de manera voluntaria, sin recibir remuneración pero sí "compensación" para cubrir los gastos del embarazo, y bajo la supervisión de un sistema oficial. "Mercantilización aquí no hay. (...) Que una mujer pueda tomar libremente sus decisiones es lo más feminista del mundo. Que no se le deje a una mujer tomar la decisión de gestar para ayudar a otras personas me parece lo más contrario al feminismo que hay", apunta.
La Búsqueda de una Solución Global
La abogada Núria González destaca que "si hubiera una prohibición mundial, no habría más problema", sin embargo la postura de los países difiere mucho. De la misma opinión es el presidente del Comité de Bioética: "El problema es que si lo regulamos a nivel nacional, incluso si lo prohibimos, ¿qué conseguimos? Se van a seguir yendo y van a volver con un niño. Son dilemas transfronterizos. Lo nacional puede solucionar problemas, pero no es suficiente".
De Montalvo será uno de los 36 expertos de la Unesco que tratarán de promover en junio una respuesta mundial a este asunto, entre otras cosas, alcanzar puntos de encuentro en la protección del menor y "que la sociedad piense que lo que está haciendo no es lo más correcto".
Reconoce que prohibir la actividad de las agencias intermediarias dificultaría que los españoles recurrieran a esta práctica, "pero los que tienen poder económico van a seguir recurriendo a empresas fuera.
