La gestación subrogada, también conocida como maternidad subrogada o por la denominación popular "vientre de alquiler", es una técnica reproductiva que se lleva a cabo mediante la gestación del embrión en el útero de una mujer que no es la que ha concebido al hijo. El embrión ha sido fecundado mediante técnicas de reproducción asistida.
Jurídicamente, una definición adecuada es la de E. Lamm: "forma de reproducción asistida, por medio de la cual una persona, denominada gestante, acuerda con otra persona, o con una pareja, denominadas comitentes, gestar un embrión con el fin de que la persona nacida tenga vínculos jurídicos de filiación con la parte comitente".
La forma de denominar a este tipo de reproducción es tanto “gestación subrogada” como “gestación por sustitución”, siendo la de “vientres de alquiler” una denominación popular que contiene un juicio de desvalor de la acción.
¿Qué es la gestación subrogada?
Tipos de Gestación Subrogada
Básicamente, hay dos tipos:
- Gestación subrogada tradicional: En este caso, la madre sustituta es también la madre biológica del bebé, ya que se utiliza su óvulo para la fecundación. El óvulo fecundado puede ser resultado de una relación sexual o de una inseminación artificial utilizando el esperma del padre intencional o de un donante.
- Gestación subrogada gestacional: La madre sustituta no tiene vínculo genético con el bebé, ya que se utiliza un óvulo de la madre intencional o de una donante, y es fecundado con el esperma del padre intencional o de un donante. El embrión resultante se implanta en el útero de la madre sustituta mediante una técnica llamada "transferencia de embriones". Se considera que disminuyen los lazos afectivos de dicha portadora con el bebé, al no tener relación genética con él.
En principio, parece más apropiado de la figura del “vientre de alquiler” que la madre gestante no aporte sus propios óvulos, dado que de ese modo el vínculo con quien va a nacer puede ser más débil.
Las variantes pueden ser muchas. Las combinaciones pueden multiplicarse añadiendo otros factores.
¿Quiénes Recurren a la Gestación Subrogada?
Este método de reproducción asistida puede ser una opción para personas o parejas que no pueden concebir un hijo por sí mismos debido a diversas razones médicas, biológicas o personales.
La mayor parte de personas que recurren a la gestación subrogada son parejas heterosexuales que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
- Ausencia de útero
- Alteraciones o anomalías uterinas
- Enfermedades que impiden la gestación por suponer un riesgo para la salud de la madre o del bebé
- Abortos de repetición
- Fracasos repetidos de FIV
También las mujeres solteras y las parejas lesbianas con este tipo de alteraciones pueden recurrir a la subrogación para ser madres.
Por su parte, los hombres solteros y las parejas homosexuales masculinas son también un colectivo común en gestación subrogada, pues es el método que les permite tener un hijo biológico, ya que pueden aportar los espermatozoides. Este caso es lo que se conoce como gestación subrogada por esterilidad estructural o constitucional, es decir, no es posible gestar por la propia anatomía masculina.
Situación Legal en España
Las leyes y regulaciones varían según el país y, en algunos casos, pueden ser restrictivas o prohibir por completo la gestación subrogada.
En España, la gestación subrogada no es legal. La Ley 14/2006 de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, regula los tratamientos de reproducción asistida en el país, pero no permite la maternidad subrogada.
“Artículo 62. No, en nuestro país la maternidad subrogada es ilícita. El artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, establece que será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
De acuerdo con esta ley, la mujer que da a luz a un niño siempre se considera su madre legal, independientemente de su relación genética con el bebé. Por lo tanto, cualquier contrato de gestación subrogada sería inválido y no tendría efecto legal en España.
Además, según el BOE de febrero de 2023, se prohíbe expresamente la promoción comercial de la gestación por sustitución. Además de su ilegalidad, la reforma de la ley del aborto aprobada en febrero pasado califica la gestación subrogada como una forma de violencia contra la mujer. Sin embargo, no establece obstáculos adicionales para registrar a los niños concebidos en el extranjero.
Y en el art. De acuerdo con lo anterior, el Instituto de las Mujeres, adscrito al Ministerio de Igualdad, indica en su web con fecha 7/7/2025 que ha denunciado a varias agencias por publicitar servicios de vientres de alquiler.
Por otro lado, la publicidad de la maternidad por sustitución es ilegal en España. La Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, señala en su art. 32.2 que se promoverá la información, a través de campañas institucionales, de la ilegalidad de la gestación por subrogación, así como la nulidad de pleno derecho del contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
Por ello, a pesar de la prohibición, algunas personas y parejas españolas buscan la gestación subrogada en otros países donde este procedimiento es legal, como Estados Unidos, Canadá, Ucrania y Georgia, entre otros.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que la legalidad y regulaciones varían de un país a otro y pueden haber dificultades en el proceso de reconocimiento de la filiación y nacionalidad del niño nacido a través de gestación subrogada en el extranjero.
Inscripción de Subrogaciones Efectuadas en Otros Países
¿Qué pasa con las subrogaciones efectuadas en otros países y que pretenden ser inscritas en España? Ahí radica la posibilidad de “colar” una subrogación materna en España.
La Dirección General de los Registros y del Notariado (actualmente Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública), señaló en resolución de 18 de febrero de 2019 que eran inscribibles en los Registros Civiles españoles las filiaciones por maternidad subrogada hechas en otros países si se habían establecido en una sentencia judicial, y no eran inscribibles si se habían efectuado en vía administrativa, de modo que orientaba a ir a países que la determinasen judicialmente por sentencia.
Las razones más utilizadas por los tribunales para terminar admitiendo la filiación de los menores nacidos tras un contrato de “vientre de alquiler” pasan por el derecho a la no discriminación por razón de la filiación y, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, de 13 de marzo de 2013 (ECLI:ES:TSJM:2013:8633) que el carácter ilegal de una filiación no justifica ningún trato diferenciado.
De hecho, esta última resolución judicial desestima la pretensión del INSS y de la Tesorería General de la Seguridad Social de devolución de la prestación por paternidad tras una gestación por sustitución en California, recordando que dicha prestación atiende al interés del menor.
Los tribunales españoles, sin embargo, han seguido aplicando la ley española y considerando nulos los contratos de gestación subrogada.
¿Cuántos Casos Hay en España?
Aunque no se disponga de un número exacto y oficial, la gestación subrogada ha ido ganando popularidad en los últimos años en países donde esta práctica es legal y está regulada.
De acuerdo con los datos publicados por la socióloga Ana Trejo, entre 2010 y 2020, los consulados españoles recibieron 2.856 solicitudes de inscripción de menores nacidos mediante gestación subrogada. De estas solicitudes, más de 2.500 fueron aceptadas, lo que representa casi el 88% de ellas.
Postura del Tribunal Supremo
El pasado 4 de diciembre de 2024 el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, sin votos particulares, dictó una sentencia en la cual desestimaba el recurso de apelación interpuesto contra el Auto de la Audiencia Provincial de Cádiz, Sección 5ª, de 25 de mayo de 2023.
La resolución de la Audiencia, a su vez, desestimaba el recurso de apelación interpuesto contra el auto del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Roque de fecha 10 de junio de 2022 por el que se denegaba el exequatur de la sentencia extranjera del Juzgado nº 73 del Condado de Béxar, Texas, EEUU (número de causa 2020PA01319) de 20 de noviembre de 2020.
La Sala Primera confirmó que no podía darse eficacia civil a la sentencia norteamericana por contravenir el orden público nacional.
Examinado el recorrido jurisprudencial de la gestación subrogada, el Tribunal Supremo, con la Sentencia de 4 de diciembre de 2024, ha tenido oportunidad de pronunciarse por primera vez en un caso de exequatur, procedimiento judicial que tiene por objeto exclusivamente conceder a una resolución judicial dictada por el tribunal de un país ajeno a la Unión Europea el mismo valor jurídico que las resoluciones dictadas en nuestro país.
Por esta razón, consideraron que la gestación por sustitución suponía una mercantilización de la gestación y de la filiación y, a juicio de la Sala, la resolución extranjera era contraria al orden público. La doctrina jurisprudencial creada con esta sentencia es coherente con la sentencia dictada en 2024, ya que en este caso más reciente sí se trataba de una resolución judicial extranjera, no de una mera certificación registral.
Consideraciones Éticas
Los partidarios defienden que el concepto de familia se ha ampliado a personas sin vínculo de sangre, hablan de las posibilidades de la biotecnología, y de que la nueva noción de parentalidad resalta la responsabilidad voluntariamente aceptada al ejercer como padres.
Los detractores dicen que la maternidad subrogada va asociada a la explotación de la mujer y al tráfico de menores, que nunca deben ser mercancía, hayan nacido ya o no. Hablan de la indisponibilidad del cuerpo humano y del estado de las personas. También de cosificación de la mujer.
La línea divisoria entre la GS y la “compraventa de seres humanos” en esta práctica no está tan clara y es importante señalar el por qué. Esta distinción tiene su importancia, pues habitualmente nos centramos al denominar la práctica en la función reproductiva como nudo del contrato, evitando uno de los temas claves: no se realiza un contrato simplemente para que una mujer geste un bebé con independencia del destino del nasciturus.
La gestación no es un fin en sí mismo para los contratantes, independientemente de lo que ocurra después, sino que es un medio para conseguir el fin deseado: un hijo/a. Por tanto, realmente estamos hablando de que el contrato incluye una transacción con un ser humano.
Gestación Subrogada en el Mundo
Fuera de nuestras fronteras, la gestación por sustitución es una práctica legal en países como Estados Unidos, Ucrania o India. En la Unión Europea, la técnica es legal en Reino Unido, Grecia y, recientemente ha sido aprobada en Portugal.
Leyenda:
- Verde: Legal y regulada
- Azul: Legal pero no regulada
- Amarillo: Legal para residentes, pero no para extranjeros
- Rojo: Ilegal
- Gris: Sin información
Preguntas Frecuentes
¿Cuándo es necesario recurrir a la gestación subrogada?
En general, las dos principales causas por las que se recurre a la gestación subrogada son ausencia de útero o malformación uterina, y contraindicación médica.
¿Cuánto cuesta un vientre de alquiler?
El precio de la gestación subrogada depende de varios factores y del país donde se lleve a cabo. A modo orientativo, el coste de la gestación subrogada ronda los 35.000€ y 150.000€ aproximadamente.
¿La gestación subrogada es posible para un padre soltero?
Sí, aunque la gestación subrogada no está permitida por la legislación española. Los hombres solteros que desean ser papás pueden hacerlo por gestación subrogada en los países dónde la legislación así lo permita. Se trata de una de las situaciones de infertilidad estructural por la cual es necesario recurrir a una gestante, al igual que las parejas gays.
¿Es posible la maternidad subrogada entre hermanas?
En los países que lo permiten, sí. Este sería el caso en que la gestante se queda embarazada con el óvulo de su hermana y, por tanto, da a luz a su sobrino. Hay algunos países donde solamente es legal si se demuestra que existe una causa médica que impide el embarazo como, por ejemplo, el cáncer.
¿Está permitido el vientre de alquiler en España?
No. La gestación por sustitución o gestación subrogada, más conocido como vientre de alquiler, no está permitida por la legislación española. Tal y como se indica en en Artículo 10 de la Ley 14/2006:Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
