La explotación reproductiva de mujeres es actualmente una de las principales cuestiones que enfrenta el feminismo a nivel internacional, y que se ha convertido en un floreciente negocio. El concepto de explotación reproductiva hace referencia a un conjunto de nuevas formas de explotación y mercantilización del cuerpo de las mujeres, y que han aparecido con las recientes innovaciones en el campo de la biotecnología.
Mapa mundial de la situación legal de la gestación subrogada.
Las Dos Vertientes de la Explotación Reproductiva
La explotación reproductiva tiene dos vertientes claramente diferenciadas:
- Compra de gametos femeninos u “ovodonación”: Consiste en la extracción remunerada de óvulos a mujeres fértiles de entre 18 y 35 años a través de una estimulación mediante hormonas y una posterior punción ovárica.
- Vientres de alquiler o maternidad subrogada: Esta otra mujer puede ser una compradora que quiere quedarse embarazada usando el óvulo de otra mujer; o bien puede ser una madre de alquiler, lo que conocemos como “vientres de alquiler” o “maternidad subrogada”.
Tanto la ovodonación como los vientres de alquiler, dos prácticas muy relacionadas entre sí, constituyen la explotación reproductiva de mujeres. Ambas suponen una división de la participación en la procreación entre distintas mujeres. El resultado es una industria de la explotación reproductiva de alcance global que deslocaliza sus factores productivos a países con legislaciones más laxas o nulas y que se lucra a costa de las mujeres convirtiéndonos en mercancía.
La Situación en España
En España, la “ovodonación” o “donación de óvulos” está regulada como un acto altruista y de libre elección individual. En la última década, con la connivencia de las universidades, se publicita abiertamente la posibilidad de vender óvulos entre las estudiantes. Las consecuencias psicofísicas para la salud de las mujeres son graves, sea porque el procedimiento lleva a forzar la ovulación sea porque se empuja a las donantes a someterse a repetidos tratamientos. La propia Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida alerta sobre los riesgos de este procedimiento como el síndrome de hiperestimulación ovárica, aparición de trastornos psicológicos como la ansiedad y síntomas depresivos, hemorragia por punción accidental de vasos sanguíneos, dolor abdominal, torsión ovárica, etc.
En un contexto neoliberal y patriarcal ¿no resulta extraño un acto de altruismo de mujeres sin recursos hacia hombres y mujeres con mayor capacidad económica? La elevada precarización del mercado laboral en España puede ser un factor que empuje a muchas jóvenes españolas a buscar ingresos por esta vía. En cuanto a la demanda, los óvulos de las jóvenes españolas tienen una alta cotización en el mercado mundial debido a los indicadores positivos de salud de la que goza nuestro país en el ranking internacional, además de ser óvulos genéticamente occidentales (los compradores demandan mayoritariamente bebés blancos). España es líder europea en “donación” de óvulos. Nuestro país es el que más tratamientos de ovodonación realiza de toda Europa.
Los datos del registro nacional español de 2018 apuntan que hubo 15.179 extracciones de óvulos (punciones) de “donantes”. La mal llamada ovodonación permite abastecer de materia prima el negocio de la reproducción asistida, que facturó 460 millones en 2020 a nivel nacional.
Vientres de Alquiler: Un Negocio Lucrativo
Los vientres de alquiler es el término con el que comúnmente nos referimos a lo que eufemísticamente se ha llamado como “gestación subrogada” o “gestación por sustitución”, que no es otra cosa que la explotación de la capacidad de gestación de las mujeres. En este proceso la madre de alquiler pierde derechos fundamentales y queda totalmente sujeta a las condiciones del contrato. Este contrato le impedirá ejercer su derecho al aborto y puede ser sometida a controles sobre su alimentación, movilidad o sexualidad, entre otros aspectos.
En España, la Ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida establece en su artículo 10 la nulidad de estos contratos. No obstante, la Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución, permite la inscripción en el registro civil de bebés nacidos con este medio, apelando al bien superior del menor.
Esta instrucción ha sido contravenida ya en dos ocasiones, sin que ésta se haya actualizado. En primer lugar, el Tribunal Superior de España en su resolución de 835/2013 relativa a la inscripción de unos menores nacidos por gestación subrogada, estableció la inscripción como nula. Por otro lado, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Paradiso y Campanelli contra Italia, en su resolución de enero de 2017, estableció que no se puede establecer la existencia de unos lazos familiares que deban ser protegidos cuando estos lazos se han constitudito en violación de la ley y que no existe un deber del estado de proteger el mero deseo de constituir una familia, con independencia de la forma en la que este propósito se lleve a cabo.
El propio Comité de Bioética de España, en su informe sobre los aspectos éticos y jurídicos de la maternidad subrogada de 2017 concluía: “existen sólidas razones para rechazar la maternidad subrogada. El deseo de una persona de tener un hijo, por muy noble que sea, no puede realizarse a costa de los derechos de otras personas.
Entre 2010 y 2016, el Gobierno tiene conocimiento de 979 inscripciones de criaturas nacidas bajo contrato de gestación subrogada en oficinas consulares y misiones diplomáticas españolas de 12 países (al menos según la información publicada). Las madres gestantes solo perciben el 0,9% del total del negocio internacional de los vientres de alquiler.
¿En qué consiste una subrogación gestacional y qué implica este proceso?
El Lenguaje Engañoso de la Industria
Todas las clínicas privadas de fertilidad sin excepción hacen referencia a la ayuda que una mujer puede ofrecer a otra para cumplir su sueño, todo en un gesto de solidaridad. Este lenguaje esconde intencionadamente la transacción comercial que subyace la ovodonación. Algunos anuncios sugieren tímidamente esta compra de óvulos: “donar te renta”, “además puede ayudarte a cumplir tu sueño”, puesto que iría contra la ley decir la verdad: compran óvulos a mujeres que necesitan dinero. En el caso de la subrogación, también tiene lugar una distorsión de la realidad mediante el lenguaje empleado.
Lo podemos ver en el planteamiento de las agencias presentes en España, que excluyen todo lo posible a las mujeres que gestan y paren esas criaturas. Solo hablan de un “procedimiento” o “técnica” de reproducción asistida, donde la mujer gestante es un mero objeto a disposición en un catálogo en el que se puede elegir por país, precio y otras características.
Casos y Controversias
Casos como el de BioTexCom, la agencia contratada por la mayoría de parejas que se encuentran atrapadas en Ucrania, está siendo investigada por tráfico de menores, de órganos y delito fiscal. Historias como la de Kelly Martinez, quien sirvió como madre sustituta para tres parejas diferentes y fue amenazada con la ruina financiera después de casi morir durante su tercera subrogación, ejemplifican los problemas de la industria de la fertilidad.
Mientras que la violencia contra las mujeres va siendo reconocida como una lacra mundial a combatir, los influyentes y ricos promotores del mercado de la reproducción humana se mueven sin tregua para conseguir legalizar la violencia de la explotación reproductiva de las mujeres y el comercio de sus hijos recién nacidos.
Reflexiones Finales
Por más que la ideología ultraliberal se empeñe en disfrazar de derecho y de libre elección de las mujeres el sacrificio -con o sin precio- de su capacidad reproductiva, este libro nos muestra que no existe libre elección en la aceptación de las violencias médicas, psicológicas y económicas.
En los últimos años ha aumentado de forma significativa la reflexión sobre los problemas que atañen a las mujeres, los dilemas que asedian sus cuerpos y, como consecuencia, las demandas feministas para tratar de solucionarlos. Vivimos un nuevo ciclo de movilizaciones y una diversificación de los discursos feministas, en especial de aquellos relacionados con un tema que parecía superado: «El derecho de las mujeres a decidir sobre nuestro cuerpo».
Concepto de prueba de ADN.
Caso Insólito de Herencia Resuelto por ADN
Un ourensano de 35 años se ha convertido en millonario de la noche a la mañana y una prueba de ADN habría sido el motivo. Una muestra de saliva recogida en plena calle fue la protagonista de una historia que no ha dejado indiferente a nadie.
La madre de este hombre quedó embarazada sin que su entonces pareja, que veraneaba en Galicia, quisiera hacerse cargo del niño que venía en camino, desentendiénose por completo. Años después, en 2011, el padre murió en México con 65 años dejando con él una herencia millonaria.
Su hijo, que daba por hecho quién era su progenitor aunque este lo negara, contrató un detective privado que viajó a tierras mexicanas para conseguir pruebas y destapar la verdad. El experto decidió seguir al abuelo paterno y recogió un esputo que había depositado en la vía pública.
Tras viajar con las pruebas y realizar un examen de ADN, este vecino de Ourense fue reconocido legalmente como el heredero del empresario. Fernando Osuna, abogado del demandante, relata a EFE este suceso. "Siguió durante un tiempo al abuelo de mi cliente. Le cogió saliva, se analizó en un laboratorio y se consiguió demostrar una relación de padre e hijo", explica.
En concreto, las pruebas dieron un 99,9% de probabilidad de que fuesen familia. El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ourense probó que la relación sentimental previa entre la madre y el empresario fue verídica y que ambos tuvieron un hijo.
Por su parte, el abuelo paterno se negó hasta en tres ocasiones a realizarse una prueba de ADN en España como el juzgado le solicitaba. El juez consideró que esa negativa era un indicio de certeza. En 2017, una sentencia en el Tribunal Supremo ya recogía que si el demandado se negaba, y con pruebas suficientes, esa negativa puede ser tomada como una declaración de certeza.
El juzgado también le impone al abuelo paterno el pago de los costes del proceso, poniendo fin a una historia familiar de película.
El Juzgado de Primera Instancia nº4 de Ourense le ha concedido “íntegramente” la demanda dirigida a su abuelo, después de enviar la muestra de saliva a un laboratorio para realizar pruebas, que corroboraron el parentesco y oficializan a su nexo biológico con su abuelo paterno y consecuentemente con su padre.
Los testigos citados a declarar en juicio ratificaron que la madre del demandante había mantenido una relación sentimental con el padre biológico durante “al menos tres años”, cuando este, que residía en México, viajaba a Carballiño en vacaciones.
Un hombre de 35 años ha logrado ser reconocido como hijo biológico de un empresario ya fallecido, y acceder así a una herencia millonaria. ¿Puedes tener una herencia y no saberlo?
Lo que en cualquier calle puede parecer un gesto de mala educación -escupir al suelo- se convirtió en la prueba definitiva en un proceso judicial que llevaba años bloqueado. La saliva recogida fue analizada en un laboratorio y permitió confirmar el vínculo biológico entre el demandante y la familia de su supuesto padre.
De este modo, un simple acto cotidiano terminó teniendo consecuencias millonarias, al abrir la puerta a una herencia que hasta ahora le había sido negada. El caso ha despertado un enorme interés no solo en Ourense, sino en toda España, por lo extraordinario del método empleado.
Estos siguieron durante semanas al abuelo paterno hasta conseguir la prueba clave: un escupitajo en plena calle.
Los investigadores lo recogieron aplicando todas las medidas necesarias para garantizar la cadena de custodia. Posteriormente, el laboratorio confirmó lo que el joven siempre había sospechado: existía un vínculo biológico que lo unía de manera directa al empresario fallecido.
Cuando el juez citó al abuelo para realizar una nueva prueba de ADN en sede judicial, este se negó a presentarse. Sin embargo, el Tribunal Supremo ya había sentado jurisprudencia en casos similares: la negativa a someterse a una prueba puede ser considerada una admisión tácita, siempre que existan otras evidencias sólidas.
Gracias a esta doctrina, el juez reconoció al demandante como hijo biológico del empresario, con pleno derecho a la herencia. Además, el abuelo fue condenado a pagar las costas del proceso judicial. Con la sentencia firme, el hombre de Ourense podrá acceder a una herencia de varios millones de euros. Un patrimonio que llevaba más de una década bloqueado y que ahora cambiará por completo su vida.
Tabla resumen de la situación de la gestación subrogada en el mundo:
| País | Situación Legal |
|---|---|
| España | Ilegal |
| Estados Unidos | Legal con variaciones por estado |
| Ucrania | Legal |
Este hombre se llevó varios millones de euros por la herencia. El caso es también un ejemplo del papel cada vez más relevante que juegan las pruebas de ADN en los procesos de filiación. Lo que antes podía quedar en el terreno de la sospecha o la palabra contra palabra, hoy puede resolverse con un análisis genético.
