Complemento de Maternidad por Aportación Demográfica: Requisitos y Contexto Actual

El complemento de maternidad por aportación demográfica en las pensiones de seguridad social es un tema que ha evolucionado significativamente en los últimos años. Este complemento, que inicialmente estaba destinado a las mujeres, ha sido objeto de varios cambios jurisprudenciales y legislativos, abriendo la puerta a que también los hombres puedan beneficiarse de él. A continuación, analizaremos en qué consiste este complemento, quiénes pueden solicitarlo y cuáles son los requisitos necesarios.

Complemento de maternidad

¿En qué consiste el complemento de maternidad por aportación demográfica?

El complemento de maternidad es un complemento económico que se añade a la cuantía de la pensión que percibe el beneficiario. Este complemento oscila entre un 5% y un 15%, dependiendo del número de hijos, y está disponible para mujeres y hombres que hayan accedido a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.

  • 5% por dos hijos
  • 10% por tres hijos
  • 15% por cuatro hijos o más

En el caso de la jubilación, este complemento solo se percibe si se accede a la misma desde la edad legal ordinaria de jubilación o en casos de jubilaciones anticipadas por causas no imputables a la voluntad del trabajador (jubilación anticipada forzosa). Quedan excluidos los supuestos de jubilaciones parciales y anticipadas debidas a la voluntad exclusiva del pensionista (jubilación anticipada voluntaria).

¿Quiénes se pueden beneficiar de este complemento?

La Sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de fecha 17 de mayo de 2023, Recurso Núm. establece los requisitos para que los hombres puedan solicitar el complemento de maternidad:

  • Ser hombre y ser titular de una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
  • Que el reconocimiento de la prestación haya tenido lugar entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
  • Para pensionistas de jubilación, el acceso a la misma debe haber sido en la modalidad de jubilación “ordinaria” o por jubilación anticipada “forzosa”, excluyéndose la jubilación “parcial” o “voluntaria”.
  • Haber tenido dos hijos o más, estableciéndose un porcentaje a aplicar a la pensión que oscila entre el 5% y el 15% dependiendo del número de hijos.

Reconfiguración del complemento: Brecha de género

El 12 de diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), estableció que el complemento por maternidad existente en aquel momento (2019) en la normativa española de seguridad social implicaba una “…discriminación directa por razón de sexo…”.

Como consecuencia de ello, y debido al alto número de reclamaciones existentes, el gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 3/2021, relativo a la adopción de medidas para la reducción de la brecha de género, sustituyendo así al conocido como complemento de maternidad y ampliando el derecho a los hombres. El TS también establece que el complemento de maternidad por aportación demográfica puede percibirse a la vez por los dos progenitores.

Se reforma la normativa y, desde el 4-2-2021, el complemento para la reducción de la brecha de género sustituye al anterior complemento de maternidad por aportación demográfica. Ahora bien, la percepción de del complemento de maternidad por aportación demográfica es incompatible con el complemento para reducción de la brecha de género que corresponda por el reconocimiento de una nueva pensión pública.

Cuando el otro progenitor que perciba el complemento de maternidad por aportación demográfica solicite el complemento para la reducción de la brecha de género, la cuantía mensual que se le reconoce se deduce del complemento por maternidad que se perciba. Los efectos económicos son desde el primer día del mes siguiente al de la resolución, siempre que dicha resolución se dicte dentro de los 6 meses siguientes a la solicitud, o en su caso, al reconocimiento de la pensión que se cause.

No obstante, el TJUE ha considerado que estos requisitos son discriminatorios para los hombres. No se permite que los dos progenitores puedan percibir a la vez el complemento para la reducción de la brecha de género. El complemento por maternidad no se aplica en el caso de jubilación parcial. Se pueden solicitar al mismo tiempo que se solicita la pensión o bien de manera posterior, en sede electrónica o descargando el modelo de solicitud.

El siguiente esquema resume la evolución del complemento y su aplicación:

¿Qué plazo hay para reclamar este complemento?

El Tribunal Supremo en su Sentencia de 21 de febrero de 2024 establece que el derecho a solicitar al complemento de paternidad no prescribe, modificando la interpretación anterior en la que se tenía en cuenta el plazo de prescripción de 5 años desde la publicación de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea.

¿Se pueden reclamar daños y perjuicios si no me conceden este complemento?

Muy recientemente el TJUE en una cuestión planteada por el TSJ de Galicia en la reclamación del complemento derivado de una incapacidad permanente, ha resuelto conceder al trabajador una indemnización por daños y perjuicios adicional incluidas las costas y honorarios del abogado, derivados de la vulneración de un derecho fundamental. Así mismo, se tendrá que esperar a su aplicación por los tribunales españoles.

¿Qué cambios jurisprudenciales ha habido hasta el momento actual?

Este complemento solo se percibirá en los casos de que a la misma se acceda desde la edad legal ordinaria de jubilación o en casos de jubilaciones anticipadas por causas no imputables a la voluntad del trabajador (jubilación anticipada forzosa), ya se está abriendo la posibilidad por parte de los tribunales de reclamar este complemento en el supuesto de jubilaciones voluntarias.

El TSJ de Cataluña reconoce el abono de este complemento a una trabajadora en una jubilación anticipada voluntaria en el año 2019. Y el TSJ de Madrid reconoce el abono de este complemento en el caso de una jubilación anticipada voluntaria, siendo la causa real de la extinción un ERE aprobado por la autoridad laboral en una entidad bancaria.

También hay sentencias en sentido contrario por lo que hay que esperar a que haya unificación de doctrina en el caso de jubilaciones anticipadas voluntarias y parciales.

¿Cómo solicitar el complemento de maternidad por aportación demográfica?

A día de la fecha, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha habilitado un formulario oficial que es accesible desde la web del organismo, que se puede presentar de forma telemática a través de esta web o a través de registro público o por cualquier otro medio habilitado en derecho como, por ejemplo, el correo administrativo).

En principio, como única documentación a anexar a la solicitud se exige una copia del libro de familia o, en su defecto, el certificado de nacimiento de los hijos o documento fehaciente de la resolución administrativa o judicial que constate la adopción si es el caso, ya que el Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene acceso al resto de la documentación que se pudiera necesitar para comprobar el cumplimiento de los demás requisitos (DNI, datos de la pensión…).

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