¿Qué derechos tengo si me divorcio y no trabajo en España?

Al plantear una decisión tan importante como una separación o un divorcio, es normal que surjan dudas e inseguridades. En este artículo, analizamos los derechos y opciones disponibles en España para aquellas personas que se divorcian y no tienen trabajo, especialmente las mujeres con hijos.

La pensión compensatoria: una compensación económica para el cónyuge desfavorecido

La pensión compensatoria es una compensación económica que puede recibir el progenitor más desfavorecido en la separación o divorcio. La pensión compensatoria tiene por objetivos compensar el desequilibrio económico sufrido por la ruptura, reducir las desigualdades económicas generadas y cubrir las necesidades básicas de la parte más desfavorecida. Así se evita que las consecuencias negativas fruto del divorcio recaigan exclusivamente en una de las partes.

El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.

¿Cómo se determina el desequilibrio económico?

Si no hay acuerdo entre los cónyuges, son varios los aspectos que entran en juego a la hora de considerar que existe un desequilibrio económico:

  • La edad y la salud de cada uno.
  • La profesión y oportunidades de empleo.
  • La dedicación a la familia, en el pasado y en el futuro.
  • La ayuda aportada en materia profesional al otro cónyuge.
  • Los acuerdos previos del matrimonio.
  • Que se haya perdido de forma puntual el derecho a recibir una pensión.
  • El tiempo que ha durado el matrimonio y la convivencia.
  • El patrimonio y las necesidades económicas de los dos.
  • Cualquier otro dato de interés para tomar la decisión.

¿Cómo se establece el importe de la pensión compensatoria?

La cuantía de la pensión compensatoria varía de una situación a otra. Cada divorcio es diferente, por eso se valoran caso por caso las circunstancias para determinar cuánto dinero ha de conformar la pensión. Y es que no existe ningún importe definido por ley, sino que son los propios cónyuges o el juez los que deciden. En cuanto a los aspectos que se analizarán para fijar una cantidad, son de hecho los mismos que se han enumerado anteriormente.

Aparte, esa cantidad puede establecerse de tres formas diferentes:

  • Escogiendo una cantidad determinada e invariable mes a mes.
  • Optando por fijar un porcentaje sobre el dinero que mensualmente ingrese el pagador.
  • Realizando un pago único, que consiste en entregar de una sola vez el importe que se decida.

¿Cuándo no procede la pensión compensatoria?

No procederá otorgar la pensión compensatoria cuando se dé alguna de estas circunstancias:

  • Ambos cónyuges se ven igual perjudicados por el divorcio.
  • Los dos tienen un nivel de vida parecido al que disfrutaban con anterioridad al proceso de divorcio.

Hay que recordar, por otro lado, que la pensión compensatoria no se puede conceder de oficio. Al contrario, tiene que ser el interesado quien la solicite de forma expresa, y deberá hacerlo en el mismo momento del divorcio o separación.

Modificación y extinción de la pensión compensatoria

Para saber si la pensión compensatoria puede modificarse, primero hay que fijarse en el modo en que esta se ha establecido:

  • Por sentencia judicial: hay que acreditar en este caso que se han producido cambios sustanciales en el patrimonio de uno de los dos para modificarla o anularla.
  • De mutuo acuerdo: si se decidió conjuntamente y se incluyó en su momento en el convenio regulador, los cónyuges pueden modificarla cuando quieran ambos.

La pensión compensatoria podrá extinguirse en los siguientes supuestos:

  • Cuando desaparece el motivo que la originó.
  • Si el receptor de la pensión se casa de nuevo.
  • Si el receptor de la pensión inicia una convivencia con otra pareja.

De esta lista se desprende que con el fallecimiento del pagador no desaparece la obligación del pago de la pensión compensatoria. Esta, por lo tanto, pasará a los herederos, que por su parte podrán acudir al juez para solicitar su supresión. Si esto sucediera, se entiende que el preceptor de la pensión tiene derecho a cobrar una pensión de viudedad.

Indemnización por dedicación a la familia

La indemnización por divorcio ama de casa es una compensación económica que busca restablecer el equilibrio patrimonial entre los cónyuges. Las mujeres que han desempeñado un papel fundamental en la familia sin acceso a ingresos propios pueden solicitar una indemnización basada en el artículo 1438 del Código Civil.

Para acceder a la pensión compensatoria, el solicitante debe demostrar la existencia de un desequilibrio económico derivado del divorcio. Ambos conceptos pueden confundirse, pero tienen diferencias clave. Sí, es posible recibir ambos beneficios si se cumplen los requisitos legales. No todas las solicitudes son aprobadas.

El Código Civil establece en su artículo 1438: “Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio [el documento en el que los cónyuges acuerdan las consecuencias personales y patrimoniales de una separación o divorcio] lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos".

Y en segundo lugar, es necesario que el cónyuge solicitante haya contribuido a las cargas del matrimonio solo con el trabajo realizado para la casa. Lo que sí ha reconocido la jurisprudencia es que la colaboración en actividades profesionales o negocios familiares, en condiciones laborales precarias, será equiparable al trabajo de la casa.

La indemnización (o compensación) del artículo 1.438, tiene en cuenta la dedicación al hogar, y tiene como finalidad compensar directamente el valor de la dedicación pasada a la familia, que se entiende como una manera de contribución exclusiva de un cónyuge al levantamiento de las cargas familiares: uno aporta dinero, y otro aporta tiempo.

El Código Civil no determina una forma concreta, así que queda a decisión del Juez, en caso de que considere que existe este derecho, considerar cómo se deberá realizar este pago. Pero si la persona solicitante ya ha recibido una serie de compensaciones durante el matrimonio, ya no procederá reclamarla.

Ayudas SEPE para madres separadas desempleadas sin trabajo ni ingresos

TODAS LAS AYUDAS PARA MADRES SOLTERAS | AYUDA-SOCIAL.ES

Se solicita en el SEPE aquellas mujeres que no tienen derecho a paro y tengan cargas familiares. Es imprescindible reunir estos requisitos:

  • Estar desempleada
  • Estar inscrita como demandante de empleo
  • Haber agotado todas las prestaciones por desempleo
  • Que las rentas no superen el 75% del salario mínimo interprofesional
  • Tener hijos a cargo, menores de 26 años, mayores con discapacidad o menores de 18 años en régimen de acogimiento.
  • Contar con un compromiso de actividad, es decir, son las obligaciones que la mujer ha firmado por escrito y se ha comprometido con el SEPE, en el momento de solicitar la prestación por desempleo.

La ayuda por familia está en torno a los 430 euros al mes.

Otras ayudas disponibles para mujeres divorciadas con hijos

Existen ayudas específicas para mujeres divorciadas con hijos que además se cuantifican en función de las circunstancias familiares, principalmente el número de hijos:

  • Deducción fiscal por maternidad en el IRPF.
  • Ayudas por hijo a cargo con o sin discapacidad.
  • Ayudas por impago de pensión alimenticia.
  • Ayudas por maternidad y adopción.
  • Ayudas para mujeres con hijos en Comunidad de Madrid
  • Ayuda de acogimiento familiar o de un menor.
  • Subvenciones al alquiler de la vivienda
  • Deducción fiscal tras el nacimiento o adopción de un menor.
  • Ayuda a familias con problemas económicos.
  • Ayuda a las madres trabajadoras que tengan hijos a su cargo.

Además de estas ayudas, cada territorio autonómico cuenta con su propio programa de ayudas. Aunque algunas medidas son comunes, otras no están extendidas por todo el territorio nacional y es importante conocerlas para poder aspirar a ellas. Algunas de las más frecuentes tienen que ver con la alimentación del menor si existen hijos en común.

Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Si te has separado o divorciado, puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos. Es importante tener en cuenta que:

  • Lo que te van a pedir es la sentencia de separación o divorcio, pues hasta entonces sigues constando como que están juntos y se considera unión familiar los ingresos conjuntamente.
  • Cuando se presenta la demanda ya se puede hacer la petición con el justificante, pero supeditado el pago de ayudas a que efectivamente acabe con una resolución de declare la separación o divorcio.

Los requisitos generales para solicitar el IMV son:

  • Tener renta y patrimonio por debajo de ciertos umbrales.
  • Que la unidad de convivencia esté formada desde hace al menos seis meses.
  • El titular de la prestación debe tener al menos 23 años.
  • No ser administrador de una sociedad mercantil.

Es necesario cumplir los requisitos tanto en el periodo de referencia que marca la solicitud como durante el tiempo de la percepción de la prestación. Las personas beneficiarías están obligadas a comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación de la prestación.

Ayuda familiar parejas no casadas

Una sentencia contenciosa o de mutuo acuerdo homologando un convenio regulador con la patria potestad y guarda y custodia de los hijos es imprescindible para solicitar ayudas familiares en los casos de separación o divorcio. Ahora el SEPE (INEM) también lo solicita cuando existen hijos de padre y madre no casados y sin convivencia, los denominados procesos de guarda y custodia.

Se computará y tendrá muy en cuenta si se trata una custodia compartida o materna. Debe de informarse de manera actualizada en el SEPE para tener toda la información necesaria para tomar una decisión plenamente libre y consciente.

Para cobrar la ayuda del ingreso mínimo vital de parejas separadas no casadas con hijos se requiere un convenio regulador sin matrimonio que regule las medidas paternofiliales, siendo necesario la sentenia de guarda y custodia. Para la petición de la ayuda en el SEPE será suficiente con la copia sellada de presentación de la demanda en el Juzgado, momento en el que de ser concedida a los efectos de su pago el ingreso mínimo vital o la ayuda que corresponda se efectuará a partir de que se presente la oportuna sentencia de guarda y custodia.

Usted puede manifestar ante el SEPE que se ha separado de hecho, pero para el efectivo cobro de la ayuda efectivamente deberá de acreditarlo con la correspondiente sentencia.

La ayuda familiar se puede denegar en el caso de que no se cumplan con los requisitos establecidos al efecto:

  • No tener la sentencia de guarda y custodia, ya sea en proceso amistoso o contencioso.
  • Superar los ingresos exigidos al efecto para el cobro de la ayuda concreta en relación a los baremos de las circunstancias específicas de la familia.

Es perfectamente adecuado tramitar la separación para cobrar la ayuda si ustedes están ya separados o han decidido separarse por cuestiones estrictamente sentimentales.

Separarse para cobrar una ayuda sin que realmente se vaya a producir la separación real, podrá constituir una actuación irregular que podría conllevar sanciones, no sólo la devolución de aquellas ayudas que hubiera recibido irregularmente, sino además sanciones e intereses.

Si ustedes están separados o han decidido separarse y por desgracia están atravesando una mala situación económica familiar, lo recomendable será que tramite el proceso de separación o guarda y custodia. Tiene derecho a ello y de no hacerlo estará perdiendo un ingreso destinado a familias vulnerables y que podrá contribuir al sustento de sus necesidades familiares, para eso está, si está desgraciadamente sin ingresos o con ingresos mínimos y se ha separado y encima tiene que costear las necesidades de los hijos, lo recomendable es que pida cuanto antes la ayuda del ingreso mínimo vital, reiteramos, para eso está.

En cambio, desaconsejamos simular una separación para cobrar la ayuda, pues en ese caso, además de estar privando a otras familias que sí lo necesitan de icho dinero, lo que estaría cometiendo sería una infracción grave.

Resumen de Ayudas y Requisitos
Ayuda Requisitos Principales
Pensión Compensatoria Desequilibrio económico tras el divorcio, solicitado expresamente.
Indemnización por Dedicación a la Familia (Art. 1438 Código Civil) Dedicación exclusiva al hogar y la familia sin remuneración.
Ayudas SEPE para Madres Separadas Desempleadas Estar desempleada, inscrita como demandante de empleo, haber agotado prestaciones por desempleo, rentas por debajo del 75% del SMI, hijos a cargo.
Ingreso Mínimo Vital (IMV) Sentencia de separación o divorcio, renta y patrimonio por debajo de umbrales, unidad de convivencia formada por al menos seis meses, titular mayor de 23 años.

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