Deducción por Maternidad en el IRPF: Requisitos y Beneficios

Toda ayuda es poca cuando tenemos un hijo, especialmente desde el punto de vista económico. Por ello, es fundamental conocer las deducciones fiscales disponibles para las madres trabajadoras en España.

¿Cómo se tributa cuando tenemos hijos? ¿Cuánto podemos deducirnos? Lo primero que debes saber es que los hijos permiten pagar menos impuestos en el IRPF al elevar el mínimo personal y familiar, es decir, el mínimo que está exento del pago del IRPF. O que dependan de ellos económicamente. Es importante destacar que estas cantidades son por descendiente, no por declarante.

Queridas mamás… os traemos el beneficio fiscal que ayuda a las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años, ¡la deducción por maternidad! Esta permite que te deduzcas hasta 1.200 € anuales por cada hijo.

¿Quién puede cobrar la deducción por maternidad?

La deducción por maternidad es un apoyo que ofrece el Gobierno a todas las madres trabajadoras con un hijo menor de tres años. Todas las madres que coticen a la Seguridad Social o cobren una prestación por desempleo (como el paro o el ingreso mínimo vital) tienen derecho a esta ayuda, tanto si son las madres biológicas como las adoptivas. La ayuda es por cada hijo.

Para ello, es necesario que en el momento del nacimiento de tu hijo, estés recibiendo algún tipo de prestación contributiva o asistencial del sistema de protección por desempleo. Esta deducción adicional proporciona un beneficio fiscal adicional para las mujeres en tu situación.

La deducción por maternidad exige la realización de una actividad por cuenta propia o ajena y el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad; además a partir de 01.01.2023 también se permite el acceso a la misma cuando en el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo, o que en el momento del nacimiento o en cualquier momento posterior estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo, en este último caso, de 30 días cotizados.

Dicho esto, durante los períodos de excedencia voluntaria no se realiza actividad por cuenta ajena, no se tendrá derecho a prestación y probablemente la madre trabajadora no se encuentra en las situaciones relatadas que dan derecho a la deducción, por lo cual ya no se cumpliría con los requisitos expuestos y consecuentemente no resultaría aplicable la deducción.

Además, por lo general, en estos supuestos se produce la baja en la Seguridad Social o mutualidad correspondiente y no existe obligación de cotizar.

Requisitos para la Deducción por Maternidad

  • Tener un hijo menor de tres años.
  • Tener derecho al mínimo por descendientes. Esto es, una cantidad mínima de tus ganancias por las que Hacienda te permite no tributar. Se considera como la parte necesaria para cubrir unas necesidades básicas, en este caso, el cuidado de tu hijo o hija.
  • La deducción se calcula proporcionalmente al número de meses en que se cumplan los requisitos, excluyendo el mes en que el niño cumple 3 años.

Modalidades de la Deducción

Existen dos modalidades para recibir esta deducción:

  • Deducción por maternidad anual en la renta: se aplica una deducción de 1.200 € en tu declaración anual. O sea, te permite restar 1.200 € de lo que te tocaría pagar de IRPF. En el caso de que te salga a devolver, te ingresarán el importe.
  • Abono anticipado de la deducción por maternidad: puedes recibir esta ventaja fiscal de forma anticipada. En vez de deducir los 1.200 € de golpe al año, recibes un pago de 100 € al mes.

Puedes optar por recibir la deducción de forma anticipada, mediante transferencias mensuales de 100 €, o aplicarla en tu declaración anual del IRPF. Si eres madre con hijos menores de 3 años y trabajas, puedes solicitar un abono anticipado de 100 € mensuales, que suma un total de 1.200 € al año.

Si quieres simplificar el proceso y asegurarte de que todo está en orden. Podemos asistirte en la solicitud del abono anticipado o en la aplicación de la deducción en tu declaración. ¡Disfruta de la tranquilidad de saber que estás ahorrando lo máximo posible!

Si ya estás aprovechando la deducción por maternidad, hay otra buena noticia: si tu peque va a la guardería, puedes añadir hasta 1.000€ más a tu deducción anual.

COMO PEDIR LA ayuda por MATERNIDAD*rellenado el modelo 140

Deducción por Gastos de Guardería

El cheque guardería permite deducir a la madres que trabajan hasta 1000 € anuales para gastos de guardería de niños hasta los 3 años de edad.

Los gastos que puedes deducir incluyen la inscripción, la matrícula, los servicios generales del centro y la alimentación de tu hijo en la guardería. Los cheques guardería que te proporcione tu empresa no cuentan como un gasto. Esta deducción puede pedirse hasta el mes anterior a que el niño entre en el segundo ciclo de la escuela infantil.

Modelo 140: Cómo Solicitar el Abono Anticipado

Para recibir este adelanto mensual de 1.200€, que sin duda viene de maravilla, necesitas rellenar y presentar el Modelo 140. Si quieres olvidarte de rellenar un millón de casillas que ni entiendes, siempre puedes hacer tu declaración con nosotros en menos de 15 minutos y solo respondiendo a 9 preguntas simples.

Podrás rellenar el modelo 140 en la Sede Electrónica de la AEAT. Una vez te hayas identificado, toca rellenar el formulario. Es muy sencillo, solo te pedirán algunos datos básicos: nombre, apellidos, NIF, IBAN de la cuenta donde quieres recibir el ingreso y régimen de alta en la Seguridad Social o prestación por desempleo.

Deducciones Autonómicas por Maternidad

En España, algunas deducciones fiscales, como las relacionadas con partos múltiples, son gestionadas por las comunidades autónomas. A continuación, se detallan algunas de estas deducciones:

  • Andalucía: 200 € por cada hijo nacido, adoptado o acogido. Si vives en un pueblo con menos de 3.000 habitantes, la deducción sube a 400 €.
  • Aragón: Deducción por nacimiento o adopción del tercer hijo o siguientes. Aplica una deducción por nacimiento o adopción de hijos, incluyendo partos múltiples.
  • Castilla y León: 1.010 € por el primer hijo, 1.475 € por el segundo y 2.351 € por el tercero y los siguientes. Si hay partos o adopciones múltiples en menos de un año, la deducción se incrementa un 50% con dos hijos y un 100% con tres o más. También permite una deducción por parto múltiple. La cuantía depende del número de hijos y se aplica en el año del nacimiento.
  • Comunidad de Madrid: 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado. Se aplica en el año del nacimiento y también en los dos años siguientes.
  • Extremadura: Puedes deducirte 300 € por cada hijo nacido en parto múltiple. Tu base imponible debe ser inferior a 19.000 € si haces la declaración individual, o 24.000 € si es conjunta.
  • Murcia: Tiene una deducción específica para partos múltiples: 100 € por cada hijo nacido en el segundo o tercer parto.
  • La Rioja: También tiene una deducción, pero solo para partos múltiples de tres o más hijos.
  • Canarias: Hay deducción por parto múltiple, pero solo si hay tres o más hijos nacidos en el mismo parto.

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¿Es necesario incorporar a los hijos/as en la declaración? Sí, es necesario.

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Deducción Importe Máximo Anual Requisitos Principales
Deducción por Maternidad 1.200 € Madre trabajadora con hijo menor de 3 años
Deducción por Gastos de Guardería 1.000 € Gastos en guardería de niños menores de 3 años

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