El Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, ha marcado un hito significativo al universalizar el derecho al permiso de lactancia en España. Esta nueva legislación introduce cambios cruciales, especialmente en lo que respecta a la acumulación del permiso, eliminando las restricciones impuestas por convenios colectivos que pudieran ser menos favorables para los trabajadores.
Anteriormente, el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET) permitía a los empleados ausentarse una hora de su puesto de trabajo en casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. La duración de este permiso se incrementaba proporcionalmente en situaciones de nacimientos múltiples.
Este cambio en la regulación no afecta a la propia naturaleza del permiso.
#LactanciaMaternaSí | Períodos de lactancia
¿Qué ha cambiado con el Real Decreto-ley 7/2023?
La modificación del artículo 37.4 ET elimina las restricciones en el disfrute del permiso de lactancia. Ahora, todas las opciones, incluyendo la acumulación de horas retribuidas de ausencia, son un derecho universal para todos los trabajadores, incluyendo al personal laboral de la Administración Pública.
El cambio principal reside en que todos los progenitores gozarán de los mismos derechos para disfrutar del permiso de lactancia, independientemente de lo que establezca su convenio colectivo, o incluso si este no lo reconoce. Anteriormente, las empresas podían oponerse a conceder la acumulación del permiso si el convenio no lo regulaba, situación que ahora se corrige.
Es decir, se universaliza el derecho a acumular en jornadas completas las horas de lactancia, con independencia de que lo recoja o no el convenio colectivo.
Ahora, prevalece lo que pacten las personas trabajadoras individualmente con la empresa en cuanto a las condiciones del ejercicio del permiso por lactancia sobre lo pactado colectivamente en un convenio colectivo.
Con ello, se avanza en la mejora y se incrementa el nivel de reconocimiento y protección de los permisos de conciliación.
Ampliación del Permiso de Lactancia: ¿Qué opciones existen?
La modificación, eso sí, no supone la ampliación de la duración del permiso.
Cuando ambos progenitores estén trabajando, podrán solicitar la ampliación del permiso de lactancia hasta que el menor cumpla los 12 meses. Sin embargo, en este caso el permiso no será retribuido. Existe, no obstante, una opción para que este permiso sea retribuido, solicitándolo como prestación en lugar de como permiso retribuido por la empresa.
¿Qué ocurre si ambos progenitores trabajan en la misma empresa?
Una situación particular con respecto al permiso de lactancia es que ambos progenitores trabajen en la misma empresa. En este caso, si ambos ejercen el derecho por el mismo sujeto causante (el mismo menor), la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento.
Coordinación y Notificación
Como hemos recogido anteriormente, la ley contempla que el permiso de lactancia pueda ser también disfrutado por el padre (o el progenitor no gestante) con las mismas condiciones. El permiso de lactancia es un derecho individual. La coordinación entre las personas cuidadoras es fundamental para garantizar el bienestar del bebé.
Es importante que notifiquen cuanto antes que van a disfrutar de este derecho. Por ley debe ser un mínimo de 15 días antes (o según convenio), pero si trabajan en la misma empresa se aconseja que sea lo antes posible para facilitar la planificación.
- Flexibilidad.
- Coordinación con otros permisos.
- Registro.
¿Quién paga? Tu empresa es la responsable de pagar hasta los 9 meses del bebé.
Para poder disfrutar de su permiso, los progenitores deben avisar con antelación a la empresa. Pero, ¿cuánto tiempo antes? La Doctrina del Tribunal Supremo avala la interpretación habitual de Inspección de trabajo y lo cuenta como días naturales (es decir, incluyendo festivos y fines de semana) a menos que la norma o el convenio diga explícitamente “días hábiles” o “laborales”.Por ello, es recomendable consultar bien el convenio correspondiente y llevar un registro por escrito de las comunicaciones.
Sector Público vs. Sector Privado: Diferencias en el Permiso de Lactancia
Entonces, ¿cuánto dura el permiso de lactancia? El permiso de lactancia se regula tanto por el Convenio Colectivo como por la normativa laboral vigente. Las principales diferencias entre ambos sectores radican en la duración y la forma de disfrute del permiso.
El permiso de lactancia es una ayuda importante para las familias que tratan de conciliar en los primeros meses del bebé. Es un ejemplo de cómo las leyes pueden evolucionar para adecuarse a las necesidades reales de cada persona.
| Aspecto | Sector Público | Sector Privado |
|---|---|---|
| Regulación | Convenio Colectivo y Normativa Laboral | Convenio Colectivo y Normativa Laboral |
| Duración | Varía según el convenio | Varía según el convenio |
| Forma de Disfrute | Varía según el convenio | Varía según el convenio |
