Baja por Maternidad en España: Requisitos y Trámites

El nacimiento de un hijo trae consigo una inmensa alegría, pero también muchas dudas, especialmente para las madres trabajadoras. Una de las principales preocupaciones es cómo solicitar la baja por maternidad y cuáles son los requisitos necesarios. En España, la baja por maternidad es un derecho laboral que permite a las madres disfrutar de un descanso retribuido durante y después del nacimiento, adopción, tutela o acogimiento de un hijo.

Aquí te presentamos una guía detallada sobre cómo solicitar la baja por maternidad en España, los requisitos que debes cumplir y los trámites que debes realizar.

Duración de la Baja por Maternidad

En España, la baja por maternidad tiene una duración de 16 semanas. La actual ley otorga 17 semanas de baja maternal, que se pueden ampliar en dos por cada hijo en caso de parto múltiple. Es decir, serán 19 si se tienen dos hijos o 21 si son trillizos. Hoy la prestación por maternidad para las mujeres que son autónomas y cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es de 19 semanas. Durante ese tiempo las trabajadoras autónomas cesan su actividad laboral por el parto y para el cuidado de su hijo sin dejar de cobrar.

Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.

Distribución del Permiso

  • Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda.
  • El plazo para solicitar la prestación por maternidad se inicia con el nacimiento del bebé.
  • Las seis primeras semanas se deben coger inmediatamente después del parto.
  • Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad.

Cabe recordar que España equiparó en enero de 2021, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores hasta las 16 semanas de prestación, convirtiendo a nuestro país en uno de los más avanzados de nuestro entorno en cuanto a la equiparación de este permiso como ocurre en países como Suecia, Islandia o Dinamarca.

Baja por MATERNIDAD Y PATERNIDAD: 5 claves que debes conocer del permiso laboral por nacimiento

Requisitos para Solicitar la Baja por Maternidad

Para poder acceder a la baja por maternidad, es necesario cumplir con ciertos requisitos de cotización:

  • Si se es menor de 21 años no se exige periodo de cotización.
  • Si se tiene entre 21 y 26, se debe de haber cotizado 90 días en los siete años previos a la fecha de parto o bien 180 días a lo largo de su vida laboral.
  • Para las mayores de 26 años, el período de cotización exigido es de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al parto o 360 días durante toda su vida laboral.

Trámites para Solicitar la Baja por Maternidad

El proceso para solicitar la baja por maternidad implica varios pasos:

  1. Comunicar a la empresa: Luego hay que comunicar a la empresa de la madre el día que el facultativo certifica que se inicia la baja para que ésta empiece a tramitar los papeles necesarios.
  2. Obtener el informe de baja: Si la madre está trabajando, deberá cubrir el informe de baja por permiso de nacimiento de hijo/hija, el cual te deberán entregar debidamente firmado y validado.
  3. Registrar al bebé: Deberás registrar a tu hijo/hija dentro de los 8 días posteriores al nacimiento. En el Registro, te pedirán el justificante de nacimiento cumplimentado y el DNI/NIE/Pasaporte de las personas progenitoras. Si contáis con libro de familia (físico o digital), podrá acudir uno solo de vosotros a realizar el registro.
  4. Solicitar la prestación en el INSS: Una vez que hayas registrado a tu hijo/hija, deberás solicitar al INSS su inscripción. Además, también en el INSS, deberás de recoger la documentación para solicitar la prestación de maternidad. Posteriormente, debes regresa al INSS.

Importante: La forma más rápida es solicitar la prestación a través de internet en la sede electrónica de la Seguridad Social.

Documentación Necesaria

Para solicitar la baja por maternidad, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
  • Si trabajas por cuenta ajena, el certificado de empresa en el que conste el día que inicias la baja por nacimiento.
  • En estos dos últimos casos deberá presentar la solicitud debidamente cumplimentada (puede descargarla en este enlace), fotocopia del documento de identidad del asegurado y el Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.

Dónde Presentar la Solicitud

Se puede solicitar online (no es necesario tener el certificado digital), por correo ordinario o en las oficinas de Atención de la Seguridad Social (se llama CAISS).

  • Online: También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente. Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.
  • Correo Ordinario: Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.

Otros Trámites Importantes

Además de la solicitud de la baja por maternidad, existen otros trámites importantes que debes realizar:

  • Alta del bebé en la Seguridad Social: Otro de los trámites a realizar con la Seguridad Social al tener un bebé es darle de alta como beneficiario de alguno de sus progenitores (que tengan la condición de asegurados) para acceder a la asistencia sanitaria. Este trámite se suele realizar en paralelo a la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, especialmente si se hace presencialmente o por correo ordinario.
  • Solicitar el "cheque bebé": Por último, USO te recuerda que, para poder beneficiarte del conocido como “cheque bebé”, deberás solicitarlo a través del Modelo 140. IRPF. Deducción por maternidad.

Situaciones Especiales

  • Baja preparto: En la semana 39 de embarazo, si la madre no ha dado a luz, puede pedir una baja laboral hasta que dé a luz. Para pedir esta baja preparto, debe acudir a su médico de cabecera, quien se la dará directamente.
  • Fallecimiento del bebé: Cuando un bebé con más de 180 días de gestación (26 semanas) nace muerto/a, la madre tiene derecho a la prestación por nacimiento y cuidado del menor (baja por maternidad). La baja tiene una duración de 17 semanas (a partir de 31 de julio de 2025), de las cuales las primeras 6 son de disfrute obligatorio. «En el supuesto de fallecimiento del hijo, la duración de la prestación económica no se verá reducida, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas posteriores al parto, la madre solicitara reincorporarse a su puesto de trabajo.

Conclusión

Solicitar la baja de maternidad es un derecho y un beneficio que todas las madres trabajadoras en España tienen. Esta baja te permitirá disponer del tiempo y la tranquilidad necesarias para cuidar de tu recién nacido sin tener que preocuparte por tu sustento económico.

Publicaciones populares: