Ayudas y Prestaciones para Madres con Hijos en España

La llegada de un nuevo miembro a la familia es un momento único, lleno de amor, cambios y, cómo no, nuevas responsabilidades. Existen múltiples ayudas y prestaciones diseñadas para hacer este camino un poco más llevadero. Si te sientes un poco perdido con tanto trámite, no te preocupes. Aquí te explicamos todas las ayudas disponibles de manera detallada.

Imagen ilustrativa de una madre con su hijo.

Prestaciones Familiares por Hijo a Cargo

Dentro de la acción protectora del Sistema de Seguridad Social, uno de los beneficios menos conocidos son las prestaciones familiares por hijo a cargo. Esta prestación ha sido recientemente renovada tras estar congelada desde el año 2000.

De este modo, su cuantía ha pasado de 291 euros a 341 euros anuales (un 17,18% más). Además, incluye un nuevo supuesto, el de pobreza severa, por el que las familias con menos recursos reciben una prestación de 588 euros anuales por cada hijo o menor a su cargo.

Requisitos:

  • Residir legalmente en territorio español.
  • No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a la cuantía que anualmente establezca la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

*En 2020, y conforme al Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, el límite de ingresos será de 12.424,00 euros/año incrementándose en un 15 por ciento por cada hijo o menor a cargo, a partir del segundo (incluido).

Con carácter general la cuantía asciende a 341 euros. Para este segundo caso, el límite de ingresos oscila en función de los integrantes de la familia (adultos y menores) entre los 4.723 euros o menos al año para las unidades familiares compuestas por un adulto y un menor de 14 años, y los 10.534 euros/año para las familias de 3 mayores de 14 años y 3 menores.

Ayudas Económicas Directas

Así, veremos las distintas ayudas económicas directas que se pueden solicitar actualmente, como la del SEPE y el cheque para familias de bajos ingresos. Explicaremos, igualmente, los subsidios para gastos específicos, como cheques guardería para la escolarización de 0 a 3 años o las becas para comedor escolar. Este tipo de ayudas económicas suponen una aportación directa de una cantidad determinada.

Ayudas por Desempleo del SEPE

Las ayudas por desempleo del SEPE, el Servicio Público de Empleo Estatal, contemplan una mejora en las condiciones de la prestación si el perceptor tiene familia. El subsidio se puede percibir un tiempo proporcional al que haya tenido la prestación contributiva agotada. De manera, que si esta duró 120 días o más el periodo podrá llegar a 24 meses (prorrogables a 30).

Cheque Familiar

El cheque familiar es otra ayuda, cuya cuantía puede llegar a los 2.400 euros anuales. Puede solicitarse como pago directo a distribuir en mensualidades a lo largo del año (lo que daría unos 200 euros aproximadamente cada mes).

Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Esta sería la extinta ayuda por hijo a cargo, que actualmente se incluye dentro del IMV, el Ingreso Mínimo Vital. La llegada del Ingreso Mínimo Vital supuso una progresiva reordenación del conjunto de ayudas estatales, cuyos objetivos se solapan con los de esta nueva política. Si quieres saber los requisitos y la documentación necesaria, puedes consultarlo aquí: SEPE Cargas familiares.

INGRESO MÍNIMO VITAL 2025. Tutorial cómo solicitar la ayuda económica, requisitos y dudas frecuentes

Deducción en el IRPF para Familias Numerosas

La deducción en el IRPF para familias numerosas sí tendría un alcance estatal. En el caso de que se hayan percibido de forma anticipada importes inferiores o superiores a la deducción que procede la situación se regulariza automáticamente al cumplimentar los datos de la deducción.

Cheque Guardería

El cheque guardería supone una deducción de los gastos en centros de educación infantil de 0 a 3 años. Por lo general, se pueden solicitar por vía presencial en las oficinas de registro o en los propios centros escolares. Para gestionarlas online, se haría en la sede electrónica de la correspondiente comunidad autónoma. Normalmente se requiere el certificado electrónico o algún tipo de identificación digital.

Otras Ayudas y Subsidios

  • Subsidio por Desempleo: Si se ha trabajado menos de un año se puede tener derecho a un subsidio por desempleo. Su duración dependerá del número de meses cotizados y de si se tiene o no responsabilidades familiares.
  • Subsidio para Mayores de 52 Años: En el supuesto del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años, el SEPE deberá cotizar, además, para la jubilación. Se tomará como base de cotización el 125 % de la base mínima de cotización vigente en cada momento. La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si se tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no se tienen, y no llegar a 360 días.

Ayudas Específicas por Comunidad Autónoma

Además de las ayudas que hemos visto antes, cada comunidad autónoma ofrece ayudas adicionales para apoyar a las familias. Algunas autonomías ofrecen ayudas para madres y padres solteros.

Mapa de España con las diferentes comunidades autónomas.

Prestación económica por nacimiento o adopción

Prestación económica de pago único a tanto alzado que se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas o que, con tal motivo, adquieran dicha condición, en familias monoparentales y en los casos de madres o padres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos.

Serán causantes los hijos nacidos o adoptados, en una familia numerosa o que, con tal motivo, adquiera dicha condición, en una familia monoparental o en los supuestos de madres o padres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que el nacimiento se haya producido en territorio español o que la adopción se haya constituido o reconocido por autoridad española competente.

Importante: Ello siempre que la prestación se solicite en los cinco años siguientes al nacimiento o adopción. De otro modo se procederá a su denegación por prescripción. Se entenderán como nacidos, los que reúnan las condiciones que determina el artículo 30 del Código Civil: "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno".

Para la consideración de familia numerosa, se estará a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.

Requisitos

  • Residan legalmente en territorio español.
  • No perciban ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos anualmente en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Si existe convivencia, cualquiera de los progenitores o adoptantes de común acuerdo. A falta de acuerdo, será beneficiaria la madre, en su caso.

Documentación Necesaria

  • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante y del otro progenitor/a adoptante.
  • Miembros de la familia de un ciudadano de la UE/EEE o Suiza: tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión o resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud de la tarjeta.
  • Extranjeros no comunitarios: Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) para los solicitantes, otros progenitores y causantes o autorización de residencia temporal o permanente, según proceda.
  • Certificado de empadronamiento de beneficiarios y causantes (sólo en los supuestos previstos en el RD 523/2006, de 28 de abril).
  • Libro de familia o certificado en extracto de las partidas de nacimiento de los hijos, expedido por el Registro Civil correspondiente.
  • Justificante de ingresos.
  • En supuestos de separación judicial o divorcio: sentencia judicial que acredite dichas situaciones o documento por el que se establece la guarda y custodia de los hijos.
  • En el supuesto de hijos con discapacidad que computen para la aplicación del límite de ingresos: título de minusvalía expedido por el IMSERSO u organismo competente de la Comunidad Autónoma.
  • En supuestos de familia numerosa: título de familia numerosa.
  • En supuestos de madre o padre con discapacidad: título de minusvalía expedido por el IMSERSO u organismo competente de la Comunidad Autónoma.
  • En supuesto de tutela: resolución judicial mediante la que se constituye la tutela.

Castilla y León: Un Ejemplo de Apoyo en el Medio Rural

Castilla y León, con 2.248 municipios, la mayor parte de ellos pequeños núcleos de población, es una Comunidad eminentemente rural. Son ya varios los programas, servicios, líneas de ayudas y deducciones fiscales que otorgan un tratamiento específico a las familias del medio rural, porque tienen dificultades añadidas a las que pueden encontrar las familias que viven en las ciudades.

Porque tal y como menciona la Ley de protección a las familias numerosas estas familias presentan una problemática particular por el coste que representa para ellas el cuidado y educación de los hijos o el acceso a una vivienda adecuada a sus necesidades.

Las familias monoparentales tienen además, una dificultad añadida, no existe legislación a nivel nacional que regule las condiciones y requisitos para el reconocimiento de su condición y tampoco los beneficios a que podrían acogerse. Algunas Comunidades Autónomas están abordando este déficit, pero siempre con el hándicap que supone para estas familias no poder disponer de un título válido en toda España.

Las familias de acogida realizan un esfuerzo personal, social, educativo y económico que el Plan Familias quiere poner en valor. Pero esa apuesta debe ampliarse a otro tipo de servicios e impregnar toda la política de apoyo a las familias.

¿Cómo saber si tienes derecho a ayudas familiares?

Tus derechos a las ayudas familiares pueden depender de múltiples factores, como tus ingresos, número de hijos, y otros.

Como cada ayuda tiene sus requisitos concretos, puedes consultar en los enlaces anteriores la información concreta de cada trámite.

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