En España, la legislación del aborto ha sido un tema de debate constante y evolución. Desde la primera ley que despenalizó el aborto en ciertos supuestos hasta la legislación actual, el camino ha sido largo y lleno de desafíos. A continuación, se presenta un análisis detallado de la situación actual, incluyendo la legislación vigente, las reformas recientes y las perspectivas de diversas organizaciones.
Legislación del Aborto en España
En España, el aborto está regulado por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, que establece un marco legal para garantizar el derecho de las mujeres, niñas y personas que pueden quedarse embarazadas a decidir libremente sobre su fertilidad y el ejercicio de la autonomía reproductiva. Esta normativa permite la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 14 sin necesidad de justificación, y hasta la semana 22 en casos de riesgo grave para la vida o salud de la persona gestante, o anomalías fetales graves.
La ley marcó un avance en la protección de los derechos reproductivos en el país, pero dejó desafíos -como la protección de las menores, los plazos de reflexión, la eliminación de barreras y el acceso equitativo-, que fueron abordados en la reforma legislativa de 2022.
Leyes sobre el aborto en todo el mundo.
Contexto Actual: Reforma Legislativa de 2022
La reforma legislativa de 2022 tuvo como objetivo fundamental garantizar el derecho al aborto y fortalecer la autonomía en la toma de decisiones sobre salud reproductiva. Para lograr esto, se eliminaron requisitos que antes se consideraban restrictivos y que obstaculizaban el acceso a servicios seguros y accesibles.
En este nuevo marco y desde entonces, adolescentes de entre 16 y 18 años ya no necesitan la autorización de sus progenitores para interrumpir un embarazo. Asimismo, las personas con discapacidad ahora pueden decidir libremente sin la autorización de quienes ejercen su representación legal, asegurando que cuentan con los apoyos necesarios para tomar decisiones informadas.
También se suprimieron otras barreras, como el plazo obligatorio de reflexión de tres días antes de proceder con el aborto y la obligación de recibir información sobre ayudas para continuar con el embarazo.
España anuncia reforma a la ley del aborto; eliminará el consentimiento paterno
Otro avance relevante fue la mejora de la regulación de la objeción de conciencia del personal sanitario para garantizar que los abortos se realicen en el sistema público de salud y que las mujeres no vean comprometido su derecho a la atención médica.
Sin embargo, persisten barreras significativas que limitan el acceso al aborto, ya que la mayoría de los procedimientos se llevan a cabo en centros privados. Esto genera desigualdad, especialmente entre las personas más vulnerables, como adolescentes, que encuentran dificultades para acceder a información y servicios de salud sexual y reproductiva; y como las personas migrantes, que encuentran la mismas dificultades por la interpretación del Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud.
Manifestación a favor del aborto legal y seguro.
Datos Estadísticos Relevantes
La tasa de abortos fue de 12,22 por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años.
En 2023, el número de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en mujeres menores de 20 años ascendió a 10.934, lo que supone un incremento del 4,78 % en comparación con el año anterior. Esto incluye regular de manera adecuada las negativas a prestar atención médica, como ocurre cuando los profesionales sanitarios se niegan a realizar abortos por motivos de conciencia. Estas prácticas no deben impedir que las mujeres accedan al aborto cuando lo necesitan.
Diversos órganos de la ONU, como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), han instado a los Estados a garantizar que siempre haya suficientes proveedores de servicios de aborto disponibles, tanto en el sistema público como en el privado, y dentro de un radio geográfico accesible.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) también ha establecido que si un médico objeta por razones de conciencia, está obligado a remitir a la paciente a otro profesional capacitado en el mismo centro o en uno cercano. Si la derivación no es posible, el profesional debe realizar el aborto para evitar riesgos para la vida o la salud de la mujer. En casos de complicaciones derivadas de un aborto, la mujer debe recibir atención médica urgente y respetuosa, como en cualquier otra emergencia médica.
Tanto en instituciones públicas como privadas, los Estados tienen la obligación de asegurar que la asistencia sanitaria se preste sin discriminación y respetando los derechos humanos.
Amnistía Internacional y el Acceso al Aborto
Amnistía Internacional continúa trabajando para que este derecho sea plenamente accesible y efectivo en la práctica, y pide lo siguiente:
- Un acceso seguro y sin barreras: Amnistía Internacional pide que todas las personas que necesiten acceder a un aborto puedan hacerlo de manera segura, con información clara y rigurosa. Esto implica eliminar cualquier barrera adicional, evitar la discriminación y proteger a las personas de cualquier forma de acoso en los centros de salud.
- Acceso al aborto en la sanidad pública: Uno de los problemas más grandes a los que se sigue enfrentando España es que la mayoría de los abortos no se realizan en centros públicos. En 2022, solo el 17% de las interrupciones del embarazo se practicaron en hospitales públicos, y en algunas provincias, es prácticamente imposible acceder a estos servicios, haciendo inevitable el traslado a otras regiones. Esto supone gastos adicionales y un impacto significativo en la salud física y mental de las personas afectadas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad.
- Registro de objetores de conciencia: Amnistía Internacional también insta a las autoridades competentes a la implementación completa del registro de profesionales de la salud que se niegan a practicar abortos por motivos de conciencia. Este registro es esencial para planificar los recursos necesarios y garantizar que todas las personas puedan acceder al aborto en cualquier centro de salud, independientemente de las objeciones de ciertos profesionales. Sin embargo, en septiembre de 2024 solo cinco comunidades autónomas habían implementado este registro, y el Ministerio de Sanidad aún no había publicado el protocolo que prometió para regular este proceso.
El 28 de Septiembre: Día de Acción por la Despenalización del Aborto
El 28 de septiembre es una fecha significativa para reflexionar y actuar por la despenalización del aborto y los derechos reproductivos. Su origen se remonta a 1990, cuando se lanzó la campaña "28 de Septiembre" con el objetivo de abogar por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe.
En 2011, esta fecha fue reconocida como un evento internacional por la Red Global de Mujeres por los Derechos Reproductivos (WGNRR), marcando un hito en la lucha por los derechos reproductivos en todo el mundo.
Finalmente se eligió el 28 de septiembre en recuerdo de la Ley de Nacimiento Libre de Brasil, promulgada en 1871, que otorgó libertad a los hijos e hijas de las personas esclavizadas, conectando esta lucha por la libertad con los derechos reproductivos.
Acto conmemorativo del 28 de septiembre.
Un Día de Acción y Compromiso
En Amnistía Internacional conmemoramos cada año el 28 de septiembre como una oportunidad para reafirmar nuestro compromiso con el derecho al aborto como parte de los derechos sexuales y reproductivos. Este día nos movilizamos para garantizar que el derecho al aborto sea accesible y seguro para todas las personas.
Lamentablemente, muchas activistas, educadoras, defensoras y profesionales de la salud que trabajan para lograrlo son objeto de estigmatización, intimidación e incluso criminalización. A pesar de las amenazas, continúan con su labor vital, ayudando a mujeres, niñas y personas embarazadas a ejercer su derecho al aborto. Son un movimiento imparable, cuya valentía merece ser reconocida y protegida.
Desde Amnistía Internacional pedimos a los Estados que respeten y protejan a quienes luchan por el derecho al aborto, como Justyna Wydrzyńska, cuya condena es un claro ejemplo de la represión de los derechos reproductivos en su país natal: Polonia.
Cronología y Evolución de la Ley del Aborto en España
Desde hace trece años, abortar en España por decisión propia es legal y gratuito. Así lo estableció la Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo aprobada en febrero de 2010. Aunque trece años después, la evaluación de esta política pública ha dejado entrever las costuras de su implementación.
Desde 1985, solo se podía abortar en tres supuestos: violación, riesgo para la salud física o psíquica de la gestante, y malformación del feto. Pero la aprobación de la ley del aborto permitió la interrupción del embarazo a voluntad propia en las primeras 14 semanas (y bajo determinadas circunstancias médicas a partir de esa semana). Fue recurrida ante el Tribunal Constitucional por el PP nada más aprobarse.
La evaluación de esta política pública ha mostrado que el acceso a la prestación tiene obstáculos, como hemos venido contando en este medio.
Aunque la ley del aborto de 2010 reconoce el derecho a la objeción de conciencia, que es individual, establece que este debe ser comunicado por escrito y de forma anticipada. Sin embargo, una gran parte de centros sanitarios públicos no practican abortos alegando objeción de conciencia. Por ello, la inmensa mayoría son derivados a clínicas privadas concertadas (el 84,3% en 2021). Además de la externalización de la prestación, una de las principales consecuencias es, precisamente, los desplazamientos: si en su territorio no hay una clínica privada concertada, deberán acudir a otro territorio, como ocurre en Castilla y León.
La ley del aborto de 2010 estableció que, una vez la mujer hubiese decidido abortar, recibiría un sobre cerrado con información acerca de políticas activas a la maternidad y ayudas al nacimiento. El sobre que se entrega en la Comunidad de Madrid es el único que incluye centros religiosos en su relación de centros donde recibir información vinculada a la interrupción del embarazo.
La prestación del aborto está financiada, por lo que la mujer, si cursa su petición a través de la sanidad pública, no tiene que costearlo aunque finalmente sea derivada a una clínica privada. Sin embargo, la dificultad en el acceso (periodo de reflexión, demora en la derivación…) empuja a muchas mujeres a pagar por abortar para acortar los plazos.
A partir de la semana 22, la interrupción del embarazo solo se permite si hay un motivo médico ratificado por un comité clínico. La discrecionalidad de estos comités, en los que puede haber objetores de conciencia, obliga a algunas mujeres a abortar en el extranjero.
La ley devuelve a las menores de 16 y 17 años su capacidad para decidir libremente sobre su maternidad, prescindiendo así de la exigencia de consentimiento paterno o materno.
Con la reforma de la ley del aborto aprobada, también existe la posibilidad de tener un permiso por una interrupción del embarazo, sea voluntaria o no. Por otro lado, quienes estén gestando podrán acogerse a una baja laboral a partir de la semana 39 de embarazo que no se descontará del permiso por nacimiento.
La ley establece la gratuidad de los productos de gestión menstrual en centros educativos, en las situaciones en que resulte necesario, así como en centros penitenciarios y centros sociales para que puedan acceder a ellos las mujeres en situación de vulnerabilidad.
Posturas Políticas y Sociales Frente a la Ley del Aborto
El aborto ha sido, es y será, el campo de batalla en el que el patriarcado pugna la ofensiva por el control del cuerpo, la moral y la libertad de las mujeres. El aborto siempre ha existido y se ha practicado. A pesar de que constantemente se cuestione el derecho al aborto en España, la lucha por su despenalización viene de lejos.
Con el Partido Popular de Mariano Rajoy en el gobierno de nuevo, se inicia una reforma de la Ley del aborto. Así, el 20 de diciembre de 2013, el Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de la ley orgánica de protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, avalado por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. La propuesta limitaba a dos los casos de aborto despenalizado: cuando la mujer haya sido violada o su salud psicológica o psíquica corra riesgo.
Estas movilizaciones provocarían que el 23 de septiembre de 2014, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunciase la retirada del anteproyecto por falta de consenso, aunque se modificará la ley para que el consentimiento paterno sea obligatorio en menores de 18 años.
La mayoría de las veces los partidos conservadores han utilizado la falacia de que las leyes del aborto más avanzadas hacen que suban exponencialmente los abortos con el fin de justificar sus intentos de intromisión en los derechos de las mujeres.
En esta línea, se ha manifestado la ministra de Igualdad, quien ha sostenido que los derechos "reconocidos constitucionalmente suponen un cambio en las reglas de juego", por eso, "se debe avanzar en seguridad, en libertad y en gratuidad" en lo relativo a la interrupción voluntaria del embarazo.
Por su parte, la ministra de Sanidad, Mónica García, ha afirmado que los derechos sexuales y reproductivos "son salud, en especial para las mujeres" y ha alertado de que en la actualidad "la derecha sueña" con devolver a las mujeres a "tiempos pretéritos y oscuros".
La reforma del aborto ha dado un paso más en la Cámara baja tras incorporar algunas de las enmiendas parciales propuestas por el PNV y el grupo IU-ERC-ICV. El principal cambio es que las menores de 16 y 17 años tendrán que informar al menos a uno de sus padres o a su tutor, salvo en caso "violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones o malos tratos", como propusieron los nacionalistas vascos. La decisión final de abortar, no obstante, seguirá siendo de las jóvenes.
La nueva ley incorpora también la objeción de conciencia para los médicos, un aspecto que el anteproyecto de ley había dejado al margen. Los profesionales sanitarios directamente implicados podrán objetar de forma individual y por escrito, como propuso IU-ERC-ICV.
La nueva ley del aborto permite el aborto libre hasta las 14 primeras semanas de gestación y hasta las 22 semanas en caso de riesgo de anomalías fetales o de riesgo para la vida o salud de la embarazada. Más allá de esta fecha, sólo se podrá abortar en caso de anomalías incompatibles con la vida o enfermedad grave o incurable del feto.
El diputado popular asegura que la nueva normativa se saca adelanta "en contra de la sociedad", de las "prioridades de los españoles" y de la legitimidad democrática que da el ser "capaz de alcanzar consensos básicos".
La diputada socialista ha defendido que las menores no informen sobre su decisión si les puede ocasionar problemas para evitar que aborten, de todas formas, de forma clandestina. Montón ha dicho al PP que su postura, que ha calificado de "hipócrita", está "fuera de la realidad y no ayuda a respetar los derechos de las mujeres y a la disminución del número de abortos en España".
La principal novedad de ésta ley del aborto es que las mujeres menores de edad podrán solicitar la práctica del aborto del mismo modo que si fueran mayores de edad.
En cuanto a la información que deben recibir los padres, la ley fija que al menos uno de sus progenitores o tutores tienen que ser informados de la decisión, salvo "cuando la menor alegue fundadamente que esto le provocará un conflicto grave, manifestado en el peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo".
Tabla Resumen de la Evolución de la Legislación del Aborto en España
| Año | Ley/Evento | Descripción |
|---|---|---|
| 1985 | Ley Orgánica 9/1985 | Despenalización del aborto en tres supuestos: violación, riesgo para la salud de la madre y malformación del feto. |
| 2010 | Ley Orgánica 2/2010 | Permite el aborto libre en las 14 primeras semanas de gestación y bajo ciertas condiciones hasta la semana 22. |
| 2013 | Anteproyecto de reforma (PP) | Propuesta de reforma que limitaba los supuestos y fue retirada por falta de consenso. |
| 2022 | Reforma Legislativa | Elimina requisitos restrictivos, permite a menores de 16-18 años abortar sin consentimiento paterno y mejora la regulación de la objeción de conciencia. |
